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<rss xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/" xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/" xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom" version="2.0"><channel><atom:link href="https://triunfo.blogia.com/feed.xml" rel="self" type="application/rss+xml"/><title>TRIUNFO</title><description>Bienvenid@s a la bit&#xE1;cora de ANTONIO TORRES S&#xC1;NCHEZ.</description><link>https://triunfo.blogia.com</link><language>es</language><lastBuildDate>Sun, 10 Dec 2023 12:02:20 +0000</lastBuildDate><generator>Blogia</generator><item><title>Apolog&#xED;a DIONISIACA.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/042101-apologia-dionisiaca-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/042101-apologia-dionisiaca-.php</guid><description><![CDATA[<p align="justify">Hemos denegado del <span style="color: #ff0000"><strong>goce</strong></span> que produce entregarse al deleite exquisito que solo nos ofrece la posibilidad del crear, de entregarnos a nuestras m&aacute;s profundas pasiones y darles la fuerza para que tomen vuelo y puedan encumbrar las cimas m&aacute;s altas del ingenio. <br /><br />Desde el instante en que nacemos, encontramos en derredor, un sin n&uacute;mero de incidencias que nos empiezan a transformar a medida que vamos desarrollando nuestro pensamiento. Esta serie de influencias, son propiciadas principalmente por circunstancias <span style="color: #ff0000"><strong>culturales</strong></span> que act&uacute;an sobre nosotros como una fuerza que moldea, hasta el punto, que estamos tan profundamente inmersos en nuestra cultura que nos es dif&iacute;cil situarnos con suficiente perspectiva y ver que &eacute;sta es s&oacute;lo un conjunto de disposiciones hechas por el hombre para regular la vida social.<br /><br />Son definitivamente las influencias culturales, una de las principales bases de la conducta humana, que es originada en esencia por la existencia de sociedades organizadas. Pertenecer a una sociedad dada significa, cuando menos la exposici&oacute;n, sino la completa adhesi&oacute;n, a sus valores culturales, un cierto grado de conformidad con la conducta de sus miembros y la necesidad <strong><span style="color: #ff0000">i</span><span style="color: #ff0000">ntima</span></strong> de contactos sociales satisfactorios con otras personas.<br /><br />En esta medida vemos como, a lo largo de la historia, las diferentes sociedades han reprimido de una u otra forma, algunos aspectos propios del hombre que seg&uacute;n los paradigmas preponderantes del contexto, son mal vistos y consecuentemente <strong style="color: #ff0000">cohibidos</strong> por los miembros de los subgrupos imperantes que dictan los derroteros que indican el comportamiento que adquirir&aacute; toda la sociedad incidida.</p><p align="justify">Sin embargo, de alguna forma todos los seres humanos nos caracterizamos por conformar unas cualidades propias e individuales, dentro de la inmensa ola de <strong style="color: #ff0000">alicientes</strong> que buscan hundirnos en las profundidades de aquel inmenso mar de turbias aguas igualitarias, que en su terrible arremetida a pocos permiten permanecer a flote sobre la superficie.</p><p align="justify">Una de las m&aacute;s relevantes armas de que se sirve la cultura para coartar nuestros instintos y enfilarnos en la ringlera de la unilateralidad, es sin duda la moral, que tiene su origen en la interacci&oacute;n social, como m&eacute;todo adecuado para ejercer un control social que permitiese la mutua convivencia de una comunidad, para lo cual hab&iacute;a que inhibir ciertos comportamientos individuales que pudieran ocasionar conflictos interpersonales y otros de conveniencia particular.</p><p align="justify"><strong style="color: #ff0000">Moral</strong> que adem&aacute;s, tuvo la necesidad de inventar un polo regulador, un elemento contradictor, una fuerza represora, una potencia que afirmara la luz, la lucidez, el principio de la espiritualidad en el hombre, entonces ideo la concepci&oacute;n hiperb&oacute;lica de la raz&oacute;n. Todo para que la moral pudiera cumplir a cabalidad su funci&oacute;n negadora de la vida, despreciadora de la sensualidad, la sensibilidad y la imaginaci&oacute;n.<br /><br /><strong style="color: #ff0000">La raz&oacute;n</strong> es un prototipo de conocimiento y de acci&oacute;n, un conocimiento aceptado durante alg&uacute;n tiempo. La raz&oacute;n permite comprender c&oacute;mo piensan y act&uacute;an los hombres, dentro de que par&aacute;metros, pero no explica como evolucionan el pensamiento y la praxis. La raz&oacute;n no evoluciona a partir de s&iacute; misma. La raz&oacute;n es normativa, es un par&aacute;metro que establecen los hombres dentro de un proceso de civilizaci&oacute;n determinado, pero no algo convenido o propuesto voluntariamente, sino algo que se impone como una s&iacute;ntesis del proceso social, como un patr&oacute;n aceptado, esteriotipado. <br /><br />Cuando la raz&oacute;n ha llegado a ser opresora, estrecha agobiarte, los hombres vislumbran un mas all&aacute; de la racionalidad, algo que no es en s&iacute; mismo racional pero que llegar&aacute; a serlo. La aceptaci&oacute;n de la realidad nueva, un cambio en la estrategia epistemol&oacute;gica, el rechazo de un proceso que aparec&iacute;a a todas luces ben&eacute;fico, pero que llega el momento en que revela sus repercusiones nocivas para la sociedad. <br /><br />Este mas all&aacute; obedece a impulsos internos, que traspasan las barreras de la racionalidad, se encuentra en la medula de la esencia humana, la cual obedece mas a una fuerza in&eacute;dita interna, que a los ataviados vericuetos de las normatividades imperantes.<br /><br />En esta medida, es conveniente remembrar los antecedentes humanos que nos muestran una opci&oacute;n en lo instintivo y mundano, para as&iacute; poder alcanzar la pluridimencionalidad que nos aproxime hacia la forma que nos permita ser mas humanos, en tanto que aceptamos nuestro ser como tal sin reprimir las sensaciones de tal forma que podamos darnos la oportunidad de la vida, que contraste nuestras pulsiones con la racionalidad imperante, gastada y castrante, y propicie otra nueva que posibilite un pensamiento y una acci&oacute;n mas ricos, mas comprensivos o gratificantes, que tengan como cimiento la imaginaci&oacute;n, la sensibilidad en su mas amplia acepci&oacute;n: sensualidad, goce, arte, creaci&oacute;n, juego...<br /><br />Estas son algunas de las cualidades que podemos dilucidar en el paso que se da del mito a la filosof&iacute;a en la cultura griega, y que nos permiten observar como afect&oacute; de alguna manera la racionalizaci&oacute;n de las concepciones humanas en el fuero interno del hombre, lo cual lo llevar&iacute;a a atar su &iacute;mpetu con los fuertes lazos de la raz&oacute;n, en detrimento del hombre mismo.<br /><br />Es extra&ntilde;o que la Grecia antigua, no evidenciaba los aspectos coercitivos de otras culturas, sino que en su inusitada diversidad de divinidades, h&eacute;roes, musas y dem&aacute;s creaciones fant&aacute;sticas basadas en la magnificencia de la naturaleza y la delirante embriaguez de las artes; haya labrado un sopor&iacute;fero hechizo sobre el pueblo griego, efecto que llevo a esta embrionaria sociedad, como por un efecto hipn&oacute;tico, a una inusitada oleada de creaci&oacute;n art&iacute;stica, que se dio en el teatro, en la escultura, en la m&uacute;sica, en donde surgieron genios artistas de la talla de S&oacute;focles, Fidias, Euripides, Esopo, <a href="http://www.culturaclasica.com/literatura/grecia/drama6.htm">Arist&oacute;fanes</a>, Hes&iacute;odo y muchos mas que gracias a que esta era una cultura viva, creativa, alimentada por la corriente venosa del mito, lograron engrandecerse en la magnificencia de la magia que ofrec&iacute;a esta no intelectualizada cultura, muy al contrario de la que posteriormente se dar&iacute;a en occidente partiendo de la propia Grecia, en donde imperar&iacute;an el dominio de la raz&oacute;n y la l&oacute;gica los cuales terminar&iacute;an por negar ese instinto demon&iacute;aco y pasional del impetuoso artista Griego.<br /><br />El mito era la simbolizaci&oacute;n de una cultura abundante en meandros y en ricas y complejas estructuras verbales, que eran interpretadas libremente por los artistas, dando lugar a una constelaci&oacute;n de vivificantes que contribuyan a desarrollar la imaginaci&oacute;n y a poblar su universo simb&oacute;lico de creaciones que delectaban el esp&iacute;ritu.<br /><br />Todo esto porque la religi&oacute;n griega era una religi&oacute;n art&iacute;stica, no pose&iacute;a sacerdotes ni dogmas. No se trataba de un mundo moral sino mas bien l&uacute;dico, prof&eacute;tico y est&eacute;tico. No exist&iacute;a en todo caso una moral prescriptiva como la cristiana sino una visi&oacute;n somera de la vida, una praxis social avenida con la vida, respetuosa de la vida. No exist&iacute;a un mundo escindido, los dioses y los hombres moraban en el universo f&iacute;sico. Los dioses encarnaban las fuerzas naturales, pose&iacute;an las pasiones humanas y luchaban al lado de los hombres en la guerra.<br /><br />Toda esta riqueza cultural y art&iacute;stica que se hab&iacute;a formado con la fabulosa proliferaci&oacute;n de nuevas creaciones que a la vez giraban en torno a la religi&oacute;n; vienen a ser cuestionadas por el intelecto consiente, por la mentalidad l&oacute;gica, por la racionalidad imperiosa; que traer&iacute;a consigo la formaci&oacute;n de la filosof&iacute;a.<br /><br />La filosof&iacute;a en su af&aacute;n de buscar una forma coherente y juiciosa de discernir las eventualidades que su entorno le ofrec&iacute;a, soslay&oacute; la esforzada herencia art&iacute;stica que sobre su genealog&iacute;a pesaba, para en su lugar exponer una fr&iacute;a panor&aacute;mica de austeridad que en anta&ntilde;o hab&iacute;a sido desenfreno pasional en la que la pulsi&oacute;n dominaba las bre&ntilde;as de la creaci&oacute;n, y los artistas dejaban regocijar su instinto deambulando a su libre albedr&iacute;o por entre las praderas de la fantas&iacute;a, henchidos de la ebriedad producida por las quimeras ind&oacute;mitas.<br /><br />Por alguna extra&ntilde;a raz&oacute;n la cultura griega empez&oacute; a enfocar su formaci&oacute;n hacia los rec&oacute;nditos laberintos de la filosof&iacute;a, que desde su principio trataba de apartarse de las creencias cotidianas para de una forma l&oacute;gica llegar a conclusiones racionales, es as&iacute; como se deja de lado la invenci&oacute;n ilusoria para adentrarse mas en las cuestiones emp&iacute;ricas o por lo menos de mayor coherencia con la "realidad" de la vida.<br /><br />Este importante paso, es menester observarlo desde la perspectiva de las diferentes eventualidades que llevaron a esta sociedad a la transici&oacute;n de un orden social, fuertemente jerarquizado por un sistema de narraciones sacras, a un orden d&eacute;bilmente jerarquizado en que la idea de proporci&oacute;n, equilibrio y acuerdo priman como principios b&aacute;sicos de subordinaci&oacute;n.<br /><br />Evidentemente existen muchos t&oacute;picos con los cuales podr&iacute;amos analizar la transformaci&oacute;n del pensamiento griego; y no es para menos ya que son innumerables los factores que en determinado momento pueden llegar a tener alg&uacute;n tipo de incidencia sobre una serie de acontecimientos en especifico.<br /><br />Consecuentemente podemos escrutar sucintamente algunos factores que tendr&iacute;an relevancia en lo concerniente a este aspecto; como lo es la fortuita intromisi&oacute;n del ocio dentro de aquella sociedad que se asisti&oacute; en el avasallamiento de las sociedades vecinas o de miembros de la suya propia como en tantos casos se dio, en donde las fratr&iacute;as y las gens dominaban a los que se encontraban fuera de su exclusivo circulo, y les permit&iacute;a adquirir a sus miembros cierto poder&iacute;o pol&iacute;tico sobre los dem&aacute;s ciudadanos. De esta forma se fue dando una organizaci&oacute;n precaria de la sociedad que luego se ver&iacute;a abocada hacia la democracia, factor que tambi&eacute;n influir&iacute;a en el proceso de transformaci&oacute;n de las concepciones que manejar&iacute;a esta sociedad.<br /><br />Los que realmente ten&iacute;an acceso a la democracia y los privilegios de la polis eran los ciudadanos originarios de esta sociedad que basaban sus preeminencias y por ende su ocio, en los trabajos que realizaban los esclavos a sus servicios, permiti&eacute;ndoles a ellos realizar otras actividades como el deporte, las letras etc.<br /><br />Este <strong style="color: #ff0000">ocio</strong> es una condici&oacute;n necesaria en este paso del mito a la filosof&iacute;a, pero definitivamente no es una condici&oacute;n suficiente para que aconteciese este hecho, ya que esta es una situaci&oacute;n de car&aacute;cter coyuntural que genera una ruptura con lo que all&iacute; se venia manejando; es necesario para llegar a esta situaci&oacute;n de ruptura, entes haber tenido una formaci&oacute;n estructural que finalmente nos guiara en esta direcci&oacute;n; esta referencia es sin duda, la serie de avances que se hab&iacute;an dado para la &eacute;poca, como lo son el aspecto econ&oacute;mico, cultural, t&eacute;cnico, militar etc. Factores sin los cuales no se habr&iacute;a podido generar las diferentes situaciones de ruptura que llegar&iacute;an a dar con los caminos de la filosof&iacute;a.<br /><br />Por otra parte podemos encontrar en el mito, un principio organizador de la vida social de singular importancia: establece a la vez un cuerpo de prescripciones y un principio de inteligibilidad. Por lo general el mito instituye un acontecimiento inaugural que da raz&oacute;n a la existencia de la colectividad en el presente por referencia a un momento original. Todo acontecimiento que tenga lugar hoy es entendido como repetici&oacute;n del evento inaugural, el mito reduce as&iacute; la aspereza de lo inesperado incluy&eacute;ndolo dentro de un ciclo eterno en el que todo es repetici&oacute;n.<br /><br />Podr&iacute;amos encontrar otra situaci&oacute;n de ruptura, en la influencia de un sistema como el de los antiguos imperios mic&eacute;nico y minoico, en donde cualquier acontecimiento era competencia del rey, por m&aacute;s irrelevante que fuere, porque era este quien garantizaba la estabilidad de la realidad, basado en las creencias mitol&oacute;gicas y en los principios cosmol&oacute;gicos a los que atend&iacute;an los pobladores de la &eacute;poca, y por tanto manten&iacute;an a la sociedad en relativo equilibrio.<br /><br />Necesariamente el imperio se tendr&iacute;a que desestabilizar con la invasi&oacute;n de los dorios que destruyo este equilibrio y dejo una brecha de enormes alcances. Para paliar esta irrupci&oacute;n catastr&oacute;fica de la realidad, esta avalancha de acontecimientos sin avales ni responsables surgir&iacute;a en buena medida el pensamiento racional; es entonces sobre la superficie de una basta crisis de soberan&iacute;a como se sentar&iacute;an las bases para el paso del mito a la filosof&iacute;a, visto desde gran tiempo atr&aacute;s en donde esta civilizaci&oacute;n entrar&iacute;a en un periodo oscuro del cual renacer&iacute;a con renovadas concepciones.<br /><br />Son por esta y tantas razones mas, por las que los griegos se vieron obligados a cambiar la ciega y c&oacute;moda fe en el mito, por la testaruda y dif&iacute;cil tarea de escudri&ntilde;ar respuestas en los rec&oacute;nditos e insondable parajes de la filosof&iacute;a.<br /><br />Mas sin embargo, este nuevo entendimiento de la existencia, llevar&iacute;a a la humanidad a auto imponerse una sin n&uacute;mero de barreras, que le impedir&iacute;an expresarse en sus m&aacute;ximas dimensiones, de tal forma que su fuerza interior se ver&iacute;a aplacada por la coacci&oacute;n de un entorno hostil y embebido por los r&iacute;gidos preceptos apol&iacute;neos; los cuales en una larga etapa hist&oacute;rica llevar&iacute;an al aletargamiento socarr&oacute;n de la humanidad para despu&eacute;s, en la actualidad llegar hasta el punto de convertir al hombre en una maquina humana funcional.<br /><br />Es por esto que debemos humanizar al hombre, d&aacute;ndole la oportunidad, de percibir la individualidad, libre de las cadenas totalitaristas, que amarran nuestras capacidades y que disminuyen la posibilidad de que alg&uacute;n d&iacute;a alcancemos una verdadera mayor&iacute;a de edad, que estar&iacute;a caracterizada, por el libre albedr&iacute;o con autorregulaci&oacute;n, de tal forma que el hombre act&uacute;e por si mismo sin la necesidad de preceptos ni reglas, con el suficiente criterio y sensatez para no atentar contra la colectividad en la b&uacute;squeda de su propio beneficio.<br /><br />Es para esto, que propongo la propensi&oacute;n por la universalidad del concepto, que nos permita integrar todos los aspectos de la vida y del hombre, restituir el mito, la l&uacute;dica, el erotismo, y todos los aspectos largamente reprimidos por la historia, para conjugarlos con la racionalidad inherente al hombre, en una amalgama indisoluble que nos conceda la oportunidad de sentir en extensa expresi&oacute;n, y alcanzar de alguna forma el modelo griego que alguna vez saboreo las dulces mieles de lo simb&oacute;lico y de lo mundano, sin los temores supraterrenales ni alternos que nos inhibieran de discernir y expresar abiertamente.<br /><br />Comprendiendo para esto, que no existe un bien, qu&iacute;micamente puro; ni tampoco un mal impoluto; el bien comporta en alguna medida al mal; el mal conlleva el bien, s&oacute;lo que subordinado. Las categor&iacute;as opuestas presentadas unilateralmente no hacen m&aacute;s que congelar retazos de vida, idealizarlos sacarlos de contexto. &Eacute;l darle realidad y validez a las categor&iacute;as contrarias, tomadas en abstracto es proclive al moralismo. El bien absoluto o el mal absoluto son impensables, no son desde el punto de vista de la raz&oacute;n, son puro manique&iacute;smo, pura cursiler&iacute;a.<br /><br />En esta mediada podr&iacute;amos aspirar a encontrar un sentido para la vida, diferente y m&aacute;s vivo del que nos inculcan los preceptos sociales imperantes, libr&aacute;ndonos de las cadenas de la opresi&oacute;n cultural, para comprender el entorno de una forma m&aacute;s pura, sin polarizaciones que nos contengan. De tal forma que podamos librarnos de alguna forma del desmesurado consumismo y de las extremas racionalizaciones que nos conducen al absurdo, y este a una vida sin sentido.<br /></p><p style="font-size: 8px; color: #ff0000" align="justify"></p>]]></description><pubDate>Thu, 21 Apr 2005 14:59:00 +0000</pubDate></item><item><title>El llamado PLAN IBARRETXE.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/041302-el-llamado-plan-ibarretxe-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/041302-el-llamado-plan-ibarretxe-.php</guid><description><![CDATA[<p><strong>PROPUESTA de un nuevo Estatuto Pol&iacute;tico para Euskadi.</strong><br /><br />El Pueblo Vasco o Euskal Herria es un Pueblo con identidad propia en el conjunto de los pueblos de Europa, depositario de un patrimonio hist&oacute;rico, social y cultural singular, que se asienta geogr&aacute;ficamente en siete Territorios actualmente articulados en tres &aacute;mbitos jur&iacute;dico-pol&iacute;ticos diferentes ubicados en dos estados.</p><p>El Pueblo Vasco tiene derecho a decidir su propio futuro, tal y como se aprob&oacute; por mayor&iacute;a absoluta el 15 de febrero de 1990 en el Parlamento Vasco, y de conformidad con el derecho de autodeterminaci&oacute;n de los pueblos, reconocido internacionalmente, entre otros, en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol&iacute;ticos y en el Pacto Internacional de Derechos Econ&oacute;micos, Sociales y Culturales.<br /><br />El ejercicio del derecho del Pueblo Vasco a decidir su propio futuro se materializa desde el respeto al derecho que tienen los ciudadanos y ciudadanas de los diferentes &aacute;mbitos jur&iacute;dico-pol&iacute;ticos en los que actualmente se articula a ser consultados para decidir su propio futuro. Esto es, respetando la decisi&oacute;n de los ciudadanos y ciudadanas de la actual Comunidad Aut&oacute;noma Vasca, la decisi&oacute;n de los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad Foral de Navarra, as&iacute; como las decisiones de los ciudadanos y ciudadanas de los Territorios vascos de Iparralde &ndash;Lapurdi, Behe Nafarroa, y Zuberoa.</p><p>De conformidad con estos tres pilares y como parte integrante del Pueblo Vasco, los ciudadanos y ciudadanas de la actual Comunidad Aut&oacute;noma de Euskadi, integrada por los Territorios de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, en el ejercicio de nuestra voluntad democr&aacute;tica y en virtud del respeto y actualizaci&oacute;n de nuestros derechos hist&oacute;ricos recogidos en el Estatuto de Gernika y en la Constituci&oacute;n espa&ntilde;ola, manifestamos nuestra voluntad de formalizar un nuevo pacto pol&iacute;tico para la convivencia.</p><p>Este pacto pol&iacute;tico se materializa en un nuevo modelo de relaci&oacute;n con el Estado espa&ntilde;ol, basado en la libre asociaci&oacute;n y compatible con las posibilidades de desarrollo de un estado compuesto, plurinacional y asim&eacute;trico.</p><p>Por cuanto antecede, los ciudadanos y ciudadanas de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa ratificamos el siguiente Estatuto Pol&iacute;tico.<br /><br />&bull; T&iacute;tulo Preliminar (art&iacute;culos 1-11).<br /><br />&bull; T&iacute;tulo I - Del r&eacute;gimen de relaci&oacute;n pol&iacute;tica con el Estado espa&ntilde;ol y sus garant&iacute;as (art&iacute;culos 12-17).<br /><br />&bull; T&iacute;tulo II - De los poderes en la Comunidad de Euskadi (art&iacute;culos 18-30).<br /><br />&bull; T&iacute;tulo III - Del r&eacute;gimen de relaci&oacute;n pol&iacute;tica e institucional en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi (art&iacute;culos 31-36).<br /><br />&bull; T&iacute;tulo IV - Del ejercicio del poder p&uacute;blico en la Comunidad de Euskadi (art&iacute;culos 37-54).<br /><br />&bull; T&iacute;tulo V - De la econom&iacute;a, hacienda y patrimonio en la Comunidad de Euskadi (art&iacute;culos 55-64).<br /><br />&bull; T&iacute;tulo VI - Del r&eacute;gimen de relaci&oacute;n pol&iacute;tica con el &aacute;mbito europeo e internacional (art&iacute;culos 65-69).<br /><br />&bull; Disposici&oacute;n Transitoria y Disposici&oacute;n Final.<br /><br /><br />&bull; Art&iacute;culo 1.- De la Comunidad de Euskadi<br /><br />Como parte integrante del Pueblo Vasco o Euskal Herria, los Territorios vascos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, as&iacute; como los ciudadanos y ciudadanas que los integran, en el ejercicio del derecho a decidir libre y democr&aacute;ticamente su propio marco de organizaci&oacute;n y de relaciones pol&iacute;ticas, y como expresi&oacute;n de su nacionalidad y garant&iacute;a de autogobierno, se constituyen en una Comunidad vasca libremente asociada al Estado espa&ntilde;ol bajo la denominaci&oacute;n de Comunidad de Euskadi.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 2.- Territorio<br /><br />1. El &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi comprender&aacute; los l&iacute;mites geogr&aacute;ficos y administrativos que se corresponden con las actuales demarcaciones que constituyen los Territorios Hist&oacute;ricos de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa.<br /><br />2. Desde el respeto al principio democr&aacute;tico, podr&aacute;n agregarse a la Comunidad de Euskadi los enclaves territoriales que, estando situados en su totalidad dentro de su territorio, se manifiesten, libre y democr&aacute;ticamente a favor de su incorporaci&oacute;n, mediante el cumplimiento de los requisitos siguientes:<br /><br />a) Que soliciten la incorporaci&oacute;n los Ayuntamientos interesados.<br />b) Que lo acuerden los habitantes de los Municipios del enclave, mediante refer&eacute;ndum que deber&aacute; ser convocado al efecto, aprobado por mayor&iacute;a de los votos v&aacute;lidos emitidos.<br />c) Que lo aprueben el Parlamento Vasco y las Cortes Generales del Estado.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 3.- S&iacute;mbolos<br /><br />1. Euskadi dispondr&aacute; de s&iacute;mbolos propios de representaci&oacute;n de su identidad nacional, tanto en el interior como en el exterior. Por Ley del Parlamento Vasco se regular&aacute; el uso y prelaci&oacute;n de los s&iacute;mbolos pol&iacute;ticos en Euskadi.<br /><br />2. La bandera de Euskadi es la bicruc&iacute;fera, compuesta de aspa verde, cruz blanca superpuesta y fondo rojo. Asimismo, se reconocen las banderas y ense&ntilde;as propias de los Territorios Hist&oacute;ricos que integran Euskadi.<br /><br />3. Corresponder&aacute; al Parlamento Vasco aprobar las modificaciones que se estimen convenientes en relaci&oacute;n con la denominaci&oacute;n ling&uuml;&iacute;stica de Euskadi o de sus Instituciones propias. Asimismo corresponder&aacute; a las Instituciones respectivas de sus Territorios Hist&oacute;ricos aprobar las modificaciones que estimen convenientes en relaci&oacute;n con las denominaciones ling&uuml;&iacute;sticas de Araba, Bizkaia y Gipuzkoa, y la de sus Instituciones Forales.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 4.- Ciudadan&iacute;a y nacionalidad vasca<br /><br />1. Corresponde la ciudadan&iacute;a vasca a todas las personas que tengan vecindad administrativa en alguno de los municipios de la Comunidad de Euskadi. Todos los ciudadanos y ciudadanas vascas, sin ning&uacute;n tipo de discriminaci&oacute;n, dispondr&aacute;n en la Comunidad de Euskadi de los derechos y deberes que reconoce el presente Estatuto y el ordenamiento jur&iacute;dico vigente.<br /><br />2. Se reconoce oficialmente la nacionalidad vasca para todos los ciudadanos y ciudadanas vascas, de conformidad con el car&aacute;cter plurinacional del Estado espa&ntilde;ol. La adquisici&oacute;n, conservaci&oacute;n y p&eacute;rdida de la nacionalidad vasca, as&iacute; como su acreditaci&oacute;n, ser&aacute; regulada por Ley del Parlamento Vasco ajust&aacute;ndose a los mismos requisitos exigidos en las Leyes del Estado para la nacionalidad espa&ntilde;ola, de modo que el disfrute o acreditaci&oacute;n indistinta de ambas ser&aacute; compatible y producir&aacute; en plenitud los efectos jur&iacute;dicos que determinen las Leyes.<br /><br />3. Nadie podr&aacute; ser discriminado en raz&oacute;n de su nacionalidad ni privado arbitrariamente de la misma.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 5.- Di&aacute;spora vasca<br /><br />1. Todas las personas residentes en el exterior que hayan dispuesto de su &uacute;ltima vecindad administrativa en la Comunidad de Euskadi, as&iacute; como sus descendientes, si as&iacute; lo solicitaran, podr&aacute;n gozar, de conformidad con lo que dispongan las Leyes, tanto de la nacionalidad vasca como de los derechos pol&iacute;ticos que corresponden a los ciudadanos y ciudadanas vascas.<br /><br />2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las Instituciones vascas fomentar&aacute;n desde una perspectiva integral los v&iacute;nculos sociales, econ&oacute;micos y culturales con los miembros de las colectividades y centros vascos en el exterior. Por Ley del Parlamento Vasco se regular&aacute;n las relaciones con los mismos, as&iacute; como los derechos y prestaciones que se consideren oportunos.<br /><br />3. A fin de prestar la asistencia necesaria a los miembros de las colectividades vascas en el exterior, las Instituciones vascas podr&aacute;n formalizar convenios y tratados de cooperaci&oacute;n con instituciones p&uacute;blicas y privadas de los pa&iacute;ses en los que se ubican.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 6.- Relaciones con la Comunidad Foral de Navarra<br /><br />1. La Comunidad de Euskadi y la Comunidad Foral de Navarra podr&aacute;n establecer los v&iacute;nculos pol&iacute;ticos y las relaciones internas a nivel municipal y territorial que consideren m&aacute;s adecuadas para el desarrollo y el bienestar social, econ&oacute;mico y cultural de sus ciudadanos y ciudadanas, sin m&aacute;s limitaci&oacute;n que la propia voluntad de los mismos, expresada y ratificada de conformidad con los correspondientes ordenamientos jur&iacute;dicos de ambas Comunidades.<br /><br />2. A estos efectos, se podr&aacute;n celebrar convenios y acuerdos de cooperaci&oacute;n entre ambas Comunidades para el desarrollo y la gesti&oacute;n de &aacute;mbitos de inter&eacute;s com&uacute;n, incluyendo, en su caso, la posibilidad de establecer instrumentos comunes de cooperaci&oacute;n, si as&iacute; fuera aprobado por sus respectivas Instituciones de autogobierno. El Estado respetar&aacute; en todo caso la celebraci&oacute;n de los convenios y acuerdos de cooperaci&oacute;n entre ambas Comunidades, no resultando, por tanto, de aplicaci&oacute;n a dichas relaciones, lo dispuesto en el &bull; Art&iacute;culo 145 de la Constituci&oacute;n.<br /><br />3. Si en el futuro, los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad de Euskadi y los de la Comunidad Foral de Navarra decidieran libremente conformar una estructura pol&iacute;tica conjunta, se establecer&aacute;, de com&uacute;n acuerdo, un proceso de negociaci&oacute;n pol&iacute;tica entre las Instituciones respectivas para articular un nuevo marco de organizaci&oacute;n y de relaciones pol&iacute;ticas que, en &uacute;ltimo t&eacute;rmino, deber&aacute; ser ratificado por la ciudadan&iacute;a de ambas Comunidades.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 7.- Relaciones con los Territorios vascos de Iparralde<br /><br />En el marco de la Uni&oacute;n Europea, se propiciar&aacute; la firma de los Acuerdos y Tratados que sean precisos para que los Territorios y Comunidades vascas situadas a ambos lados de los Pirineos, puedan utilizar, de la forma m&aacute;s amplia y extensa posible, las potencialidades que ofrece la normativa actual o futura de cooperaci&oacute;n transfronteriza para estrechar los especiales lazos hist&oacute;ricos, sociales y culturales, entre la Comunidad de Euskadi y los Territorios y Comunidades vascos ubicados en el Estado franc&eacute;s, incluyendo la capacidad de establecer instrumentos de cooperaci&oacute;n a nivel municipal y territorial, desde el respeto a la voluntad de sus ciudadanas y ciudadanos respectivos.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 8.- Euskera<br /><br />1. El euskera, lengua propia del Pueblo Vasco tendr&aacute;, como el castellano, car&aacute;cter de lengua oficial en Euskadi, y todos sus habitantes tienen el derecho a conocer y usar ambas lenguas.<br /><br />2. Las Instituciones vascas, teniendo en cuenta la diversidad socio-ling&uuml;&iacute;stica, garantizar&aacute;n el uso de ambas lenguas, regulando su car&aacute;cter oficial, y arbitrar&aacute;n y regular&aacute;n las medidas y medios necesarios para asegurar su conocimiento.<br /><br />3. Nadie podr&aacute; ser discriminado por raz&oacute;n de la lengua.<br /><br />4. La Real Academia de la Lengua Vasca-Euskaltzaindia es Instituci&oacute;n consultiva oficial en lo referente al euskera.<br /><br />5. Por ser el euskera patrimonio de otros Territorios vascos y comunidades, adem&aacute;s de los v&iacute;nculos y correspondencia que mantengan las Instituciones acad&eacute;micas y culturales, la Comunidad de Euskadi podr&aacute; formalizar los acuerdos o convenios que permitan el establecimiento de relaciones culturales con los mismos, a fin de salvaguardar y fomentar el euskera.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 9.- Valores del Autogobierno vasco<br /><br />El ejercicio del autogobierno vasco se regir&aacute; por los valores de la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo pol&iacute;tico; por el reconocimiento y garant&iacute;a de los derechos y deberes fundamentales recogidos en los c&aacute;nones universales declarativos de los derechos humanos; as&iacute; como por los principios esenciales del sistema pol&iacute;tico democr&aacute;tico y del estado de derecho.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 10.- Derechos Humanos y Libertades<br /><br />1. De acuerdo con los valores del autogobierno vasco, y atendiendo al car&aacute;cter prioritario de la defensa y protecci&oacute;n de los Derechos Humanos y Libertades de todas las personas, el Parlamento Vasco desarrollar&aacute; por Ley una Carta de Derechos y Deberes Civiles y Pol&iacute;ticos de la ciudadan&iacute;a vasca.<br /><br />2. Asimismo una Ley del Parlamento Vasco regular&aacute; la creaci&oacute;n de un Observatorio Vasco de Derechos Humanos y Libertades, como instrumento independiente para velar por la defensa de los derechos humanos y libertades de todas las personas, sin distinci&oacute;n.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 11.- Derechos y deberes fundamentales de la ciudadan&iacute;a vasca<br /><br />1. Los ciudadanos y ciudadanas vascas son titulares de los Derechos y Deberes fundamentales establecidos en la Constituci&oacute;n; los derechos y obligaciones establecidos en los tratados de la Uni&oacute;n Europea, que les corresponden en cuanto a su condici&oacute;n de ciudadanos y ciudadanas europeas; as&iacute; como de los derechos humanos, individuales y colectivos, reconocidos internacionalmente y, en particular, los recogidos expresamente en la Declaraci&oacute;n Universal de Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pol&iacute;ticos, el Pacto Internacional de Derechos Econ&oacute;micos, Sociales y Culturales, y el Convenio Europeo para la protecci&oacute;n de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales.<br /><br />2. Los poderes p&uacute;blicos vascos, en el &aacute;mbito de su competencia:<br /><br />a) Velar&aacute;n y garantizar&aacute;n el adecuado ejercicio de los derechos y deberes fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas.<br />b) Facilitar&aacute;n la participaci&oacute;n de todos los ciudadanos y ciudadanas en la vida pol&iacute;tica, econ&oacute;mica, cultural y social vasca.<br />c) Adoptar&aacute;n aquellas medidas dirigidas a promover las condiciones y a remover los obst&aacute;culos para que la libertad, la seguridad y la igualdad de las personas y de los grupos en que se integran sean efectivas y reales.<br />d) Impulsar&aacute;n particularmente una pol&iacute;tica tendente a la mejora de las condiciones de vida y trabajo.<br />e) Adoptar&aacute;n aquellas medidas que tiendan a fomentar el incremento del empleo y la estabilidad econ&oacute;mica.<br />f) Garantizar&aacute;n el respeto a los derechos de las minor&iacute;as existentes en su seno.<br /><br />3. Se atribuye a las Instituciones vascas el desarrollo constitucional, en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi, del ejercicio de los derechos y deberes fundamentales que garantizan la representatividad y participaci&oacute;n de la ciudadan&iacute;a en la vida pol&iacute;tica, econ&oacute;mica y social, a trav&eacute;s de los partidos pol&iacute;ticos, as&iacute; como de los sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales.<br />A estos efectos, por Ley del Parlamento Vasco se establecer&aacute; el r&eacute;gimen de creaci&oacute;n, reconocimiento, organizaci&oacute;n y extinci&oacute;n de partidos pol&iacute;ticos, sindicatos de trabajadores y asociaciones empresariales en la Comunidad de Euskadi. Las Leyes Org&aacute;nicas del Estado garantizar&aacute;n su interlocuci&oacute;n y participaci&oacute;n diferenciada ante las Instituciones y &Oacute;rganos de la Administraci&oacute;n del Estado.<br /><br />4. Corresponde a la Comunidad de Euskadi la creaci&oacute;n y regulaci&oacute;n, por Ley del Parlamento Vasco, de la Instituci&oacute;n del Ararteko como &oacute;rgano singular designado y adscrito al mismo, que ejerce la defensa de los derechos y deberes fundamentales de la ciudadan&iacute;a vasca mediante la supervisi&oacute;n de la actividad de las Administraciones p&uacute;blicas, dando cuenta al propio Parlamento.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Primero.- Del Estatus de Libre Asociaci&oacute;n &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 12.- R&eacute;gimen de Libre Asociaci&oacute;n<br /><br />Los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad de Euskadi, de acuerdo con su propia voluntad y con el respeto y actualizaci&oacute;n de los derechos hist&oacute;ricos que contempla la disposici&oacute;n adicional primera de la Constituci&oacute;n, acceden al autogobierno mediante un r&eacute;gimen singular de relaci&oacute;n pol&iacute;tica con el Estado espa&ntilde;ol, basado en la libre asociaci&oacute;n, desde el respeto y el reconocimiento mutuo, conforme se establece en el presente Estatuto Pol&iacute;tico, que constituir&aacute; a dichos efectos su norma institucional b&aacute;sica.<br /><br />La aceptaci&oacute;n de este R&eacute;gimen de Libre Asociaci&oacute;n no supone renuncia alguna de los derechos hist&oacute;ricos del Pueblo Vasco, que podr&aacute;n ser actualizados en cada momento en funci&oacute;n de su propia voluntad democr&aacute;tica.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 13.- Ejercicio democr&aacute;tico del Derecho a Decidir<br /><br />1. A los efectos del ejercicio democr&aacute;tico del derecho de libre decisi&oacute;n de los ciudadanos y ciudadanas vascas, del que emana la legitimidad democr&aacute;tica del presente Estatuto, las Instituciones de la Comunidad de Euskadi ostentan la potestad para regular y gestionar la realizaci&oacute;n de consultas democr&aacute;ticas a la ciudadan&iacute;a vasca por v&iacute;a de refer&eacute;ndum, tanto en lo que corresponde a asuntos de su &aacute;mbito competencial como a las relaciones que desean tener con otros Territorios y Comunidades del Pueblo Vasco, as&iacute; como en lo relativo a las relaciones con el Estado espa&ntilde;ol y sus Comunidades Aut&oacute;nomas, y a las relaciones en el &aacute;mbito europeo e internacional.<br /><br />2. Las Instituciones de la Comunidad de Euskadi regular&aacute;n en su &aacute;mbito territorial el ejercicio del derecho a la consulta en refer&eacute;ndum mediante Ley del Parlamento Vasco, estableciendo, a tal efecto, las modalidades, el procedimiento a seguir en cada caso, las condiciones de validez de sus resultados y la incorporaci&oacute;n de los mismos al ordenamiento jur&iacute;dico.<br /><br />3. Cuando en el ejercicio democr&aacute;tico de su libre decisi&oacute;n, los ciudadanos y ciudadanas vascas manifestaran, en consulta planteada al efecto, su voluntad clara e inequ&iacute;voca de alterar &iacute;ntegra o sustancialmente el modelo y r&eacute;gimen de relaci&oacute;n pol&iacute;tica con el Estado espa&ntilde;ol, as&iacute; como las relaciones con el &aacute;mbito europeo e internacional, que se regulan en el presente Estatuto, las Instituciones vascas y las del Estado se entender&aacute;n comprometidas a garantizar un proceso de negociaci&oacute;n para establecer las nuevas condiciones pol&iacute;ticas que permitan materializar, de com&uacute;n acuerdo, la voluntad democr&aacute;tica de la sociedad vasca.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Segundo.- De las Garant&iacute;as del Autogobierno &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 14.- Principios de Relaci&oacute;n Pol&iacute;tica con el Estado<br /><br />El r&eacute;gimen de relaciones entre la Comunidad de Euskadi y el Estado espa&ntilde;ol que contempla el presente Estatuto se sujeta al establecimiento de un r&eacute;gimen de garant&iacute;as jur&iacute;dicas basado en los principios de lealtad institucional rec&iacute;proca, cooperaci&oacute;n y equilibrio entre poderes.<br /><br />En virtud de la naturaleza de pacto pol&iacute;tico de este r&eacute;gimen de relaciones, el Estado deber&aacute; agotar todos los instrumentos de cooperaci&oacute;n y de prevenci&oacute;n de conflictos que se establecen en el presente Estatuto. En consecuencia, no resultar&aacute; de aplicaci&oacute;n unilateral, por parte del Estado, la previsi&oacute;n del art&iacute;culo 155 de la Constituci&oacute;n, ni podr&aacute; dictar unilateralmente medidas coercitivas de cumplimiento obligatorio para la Comunidad de Euskadi.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 15.- Comisi&oacute;n Bilateral Euskadi-Estado<br /><br />1. Con car&aacute;cter general, el Estado y la Comunidad de Euskadi garantizar&aacute;n el empleo del mecanismo de consulta previa, as&iacute; como las cartas de cooperaci&oacute;n, que constituyen requerimientos que podr&aacute;n dirigirse libremente las Instituciones entre s&iacute; a fin de recabar la informaci&oacute;n y colaboraci&oacute;n necesarias para armonizar sus actuaciones respectivas y prevenir situaciones eventuales de conflicto.<br /><br />2. Se constituye la Comisi&oacute;n Bilateral Euskadi-Estado, formada por un n&uacute;mero igual de representantes designados por el Gobierno del Estado y por el Gobierno Vasco, que conocer&aacute; con car&aacute;cter general de las relaciones institucionales de cooperaci&oacute;n intergubernamental y que deber&aacute; armonizar la aplicaci&oacute;n de los siguientes procedimientos singulares:<br /><br />a) Conocer e informar de los proyectos de Ley que afecten al desarrollo de los derechos y deberes fundamentales.<br />b) Gestionar ante las Cortes Generales o el Parlamento Vasco requerimientos de cooperaci&oacute;n normativa cuando se aprecie la tramitaci&oacute;n de Leyes, disposiciones normativas o actos con fuerza de Ley que puedan vulnerar el r&eacute;gimen de relaciones y de reparto competencial entre el Estado y la Comunidad de Euskadi.<br /><br />3. A esta Comisi&oacute;n bilateral le corresponder&aacute;, tambi&eacute;n, la coordinaci&oacute;n y el seguimiento de las actuaciones en materia de relaciones exteriores. <br /><br />4. La Comisi&oacute;n Bilateral Euskadi-Estado ejercer&aacute; sus funciones sin perjuicio de los otros organismos espec&iacute;ficos de coordinaci&oacute;n para pol&iacute;ticas y materias concretas previstas en el presente Estatuto.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 16.- Tribunal de Conflictos Euskadi-Estado<br /><br />Se establecen las siguientes medidas especiales de ordenaci&oacute;n jur&iacute;dica y procesal del Tribunal Constitucional en relaci&oacute;n con la Comunidad de Euskadi:<br /><br />1. Se crea una nueva Sala Especial del Tribunal Constitucional, que se constituir&aacute; en el Tribunal de Conflictos Euskadi-Estado, y conocer&aacute; de los procedimientos de declaraci&oacute;n de inconstitucionalidad y de los conflictos constitucionales que se puedan suscitar en relaci&oacute;n con las Instituciones y Poderes de la Comunidad de Euskadi, absorbiendo a tal fin las facultades de entre las se&ntilde;aladas que correspondan al Tribunal en Pleno.<br /><br />2. La Sala Especial del Tribunal Constitucional, constituida como Tribunal de Conflictos Euskadi-Estado, estar&aacute; integrada por seis magistrados. Los tres primeros ser&aacute;n designados por el Tribunal en Pleno, a propuesta del Senado, y entre los magistrados que ya se integran en el Tribunal. Los tres restantes ser&aacute;n de nuevo nombramiento, correspondiendo el mismo al Rey a propuesta del Parlamento Vasco, entre juristas vascos que requerir&aacute;n las mismas condiciones de competencia como juristas que los magistrados del Tribunal. Actuar&aacute; como Presidente de la Sala Especial uno de los magistrados de la misma por turno, que tendr&aacute; voto de calidad.<br /><br />3. Se establece un nuevo procedimiento de conflicto de competencias negativo ante el Tribunal Constitucional, que tendr&aacute; como actor al Gobierno Vasco y como &oacute;rgano requerido al Gobierno del Estado, por declararse &eacute;ste incompetente para ejercitar las atribuciones que le confieren la Constituci&oacute;n o las Leyes en relaci&oacute;n a la Comunidad de Euskadi. La Sentencia del Tribunal podr&aacute;, o bien declarar la improcedencia del requerimiento, o bien declarar su procedencia, estableciendo en tal caso un plazo dentro del cual se deber&aacute; ejercitar la atribuci&oacute;n requerida.<br /><br />4. Los Poderes e Instituciones de la Comunidad de Euskadi podr&aacute;n ejercitar ante el Tribunal de Conflictos una acci&oacute;n constitucional al objeto de dirimir la afectaci&oacute;n al autogobierno vasco de las Sentencias reca&iacute;das en procesos en los que no hayan sido parte. Se deducir&aacute; mediante un &uacute;nico escrito de interposici&oacute;n en el plazo de dos meses desde la publicaci&oacute;n en el Bolet&iacute;n Oficial del Estado de tales Sentencias, a fin de que el Tribunal de Conflictos Euskadi-Estado resuelva sobre la producci&oacute;n de efectos por la Sentencia en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />5. En virtud del presente Estatuto Pol&iacute;tico, en los procedimientos constitucionales en los que sean parte las Instituciones vascas se garantizar&aacute; de modo singular el principio de equilibrio entre poderes, de modo que la impugnaci&oacute;n por el Gobierno del Estado de las disposiciones normativas y resoluciones adoptadas por las Instituciones vascas no supondr&aacute; la suspensi&oacute;n autom&aacute;tica de las mismas prevista con un car&aacute;cter general en el art&iacute;culo 161.2 de la Constituci&oacute;n.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Tercero.- De la Modificaci&oacute;n y Actualizaci&oacute;n del Estatuto Pol&iacute;tico &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 17.- Procedimiento de modificaci&oacute;n y actualizaci&oacute;n<br /><br />Sin perjuicio de las especificidades establecidas en la regulaci&oacute;n del ejercicio democr&aacute;tico del derecho a decidir, para la modificaci&oacute;n y actualizaci&oacute;n de este Estatuto Pol&iacute;tico se atender&aacute; al siguiente procedimiento:<br /><br />a) La iniciativa corresponder&aacute; al Parlamento Vasco a propuesta de 1/5 parte de sus miembros, al Gobierno Vasco, o a las Cortes Generales del Estado.<br />b) La propuesta habr&aacute; de ser aprobada por la mayor&iacute;a absoluta del Parlamento Vasco.<br />c) Una vez aprobada, se iniciar&aacute; un proceso de negociaci&oacute;n entre las Instituciones Vascas y las del Estado, que deber&aacute; culminar en un plazo m&aacute;ximo de 6 meses.<br />d) El acuerdo alcanzado, en su caso, deber&aacute; ser aprobado por el Parlamento Vasco y las Cortes Generales y ratificado definitivamente por la sociedad vasca, mediante refer&eacute;ndum convocado a tal efecto por el Gobierno Vasco.<br />e) En el supuesto de no alcanzarse un acuerdo, el Parlamento Vasco podr&aacute; solicitar al Gobierno Vasco que someta a la ratificaci&oacute;n de la sociedad vasca mediante refer&eacute;ndum la propuesta inicialmente aprobada.<br />f) Si la propuesta es ratificada por la sociedad vasca, se iniciar&aacute; un nuevo proceso de negociaci&oacute;n con las Instituciones del Estado para incorporar la voluntad democr&aacute;tica de la sociedad vasca al ordenamiento jur&iacute;dico.<br /><br />T&iacute;tulo II<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 18.- Poderes de Euskadi<br /><br />1. Los Poderes de Euskadi emanan de su ciudadan&iacute;a, a qui&eacute;n corresponde, en todo caso, la legitimidad de su articulaci&oacute;n y su ejercicio a trav&eacute;s de sus propias Instituciones de Autogobierno.<br /><br />2. La Comunidad de Euskadi ejerce el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial a trav&eacute;s del Parlamento Vasco, del Gobierno Vasco y de su Lehendakari, y de las Instituciones del Poder Judicial en Euskadi, desde el respeto al r&eacute;gimen foral privativo de los Territorios Hist&oacute;ricos y de conformidad con los principios de independencia y separaci&oacute;n de poderes que fundamentan el sistema democr&aacute;tico.<br /><br />3. Las Instituciones vascas y las Instituciones del Estado ejercer&aacute;n sus poderes respectivos en el &aacute;mbito que les corresponda de conformidad con lo dispuesto en el presente Estatuto, en un marco bilateral de cooperaci&oacute;n y de respeto mutuo.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Primero.- Del Poder Legislativo. El Parlamento Vasco &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 19.- Funciones<br /><br />1. El Parlamento Vasco ejerce la potestad legislativa de la Comunidad de Euskadi, aprueba sus presupuestos e impulsa y controla la acci&oacute;n del Gobierno Vasco, todo ello sin perjuicio de las dem&aacute;s atribuciones y competencias que le encomiende este Estatuto, y de las atribuciones y competencias de las Instituciones Forales de los Territorios Hist&oacute;ricos.<br /><br />2. Corresponde, adem&aacute;s, al Parlamento Vasco:<br /><br />a) Designar los Senadores que han de representar a la Comunidad de Euskadi mediante el procedimiento que al efecto se se&ntilde;ale en una Ley del propio Parlamento Vasco que asegurar&aacute; la adecuada representaci&oacute;n proporcional.<br />b) Solicitar del Gobierno del Estado la adopci&oacute;n de un Proyecto de Ley o remitir a la Mesa del Congreso una Proposici&oacute;n de Ley, delegando ante dicha C&aacute;mara a los miembros del Parlamento Vasco encargados de su defensa.<br />c) Interponer el recurso de inconstitucionalidad.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 20.- Naturaleza, composici&oacute;n y r&eacute;gimen de elecci&oacute;n<br /><br />1. El Parlamento Vasco es inviolable.<br /><br />2. El Parlamento Vasco estar&aacute; integrado por un n&uacute;mero igual de representantes de cada Territorio Hist&oacute;rico elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto.<br /><br />3. La circunscripci&oacute;n electoral es el Territorio Hist&oacute;rico.<br /><br />4. La elecci&oacute;n se verificar&aacute; en cada Territorio Hist&oacute;rico atendiendo a criterios de representaci&oacute;n proporcional.<br /><br />5. El Parlamento Vasco ser&aacute; elegido por un per&iacute;odo de cuatro a&ntilde;os.<br /><br />6. Una Ley Electoral del Parlamento Vasco regular&aacute; la elecci&oacute;n de sus miembros y fijar&aacute; las causas de inelegibilidad e incompatibilidad que afecten a los puestos o cargos que se desempe&ntilde;en dentro de su &aacute;mbito territorial.<br /><br />7. Los miembros del Parlamento Vasco ser&aacute;n inviolables por los votos y opiniones que emitan en el ejercicio de su cargo. Durante su mandato, por los actos delictivos cometidos en el &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi, no podr&aacute;n ser detenidos ni retenidos sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpaci&oacute;n, prisi&oacute;n, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Euskadi. Fuera del &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi, la responsabilidad penal ser&aacute; exigible en los mismos t&eacute;rminos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 21.- Organizaci&oacute;n y funcionamiento<br /><br />1. El Parlamento Vasco elegir&aacute; de entre sus miembros un Presidente, una Mesa y una Diputaci&oacute;n Permanente; funcionar&aacute; en Pleno y Comisiones. El Parlamento fijar&aacute; su Reglamento interno, que deber&aacute; ser aprobado por la mayor&iacute;a absoluta de sus miembros. El Parlamento aprobar&aacute; su presupuesto y el estatuto de su personal.<br /><br />2. Los per&iacute;odos ordinarios de sesiones durar&aacute;n como m&iacute;nimo ocho meses al a&ntilde;o.<br /><br />3. La C&aacute;mara podr&aacute; reunirse en sesi&oacute;n extraordinaria a petici&oacute;n del Gobierno, de la Diputaci&oacute;n Permanente o de la tercera parte de sus miembros. Las sesiones extraordinarias deber&aacute;n convocarse con un orden del d&iacute;a determinado y ser&aacute;n clausuradas una vez que &eacute;ste haya sido agotado.<br /><br />4. La iniciativa legislativa corresponde a los miembros del Parlamento, al Gobierno y a las Instituciones Forales de los Territorios Hist&oacute;ricos, en los t&eacute;rminos establecidos por la Ley. Los miembros del Parlamento podr&aacute;n, tanto en Pleno como en Comisiones, formular ruegos, preguntas, interpelaciones y mociones en los t&eacute;rminos que reglamentariamente se establezcan.<br /><br />5. La iniciativa popular para la presentaci&oacute;n de proposiciones de Ley, que hayan de ser tramitadas por el Parlamento Vasco, se regular&aacute; por &eacute;ste mediante Ley, teniendo en cuenta que &eacute;sta es una materia que pertenece al &aacute;mbito competencial exclusivo de las Instituciones vascas.<br /><br />6. En caso de extraordinaria y urgente necesidad, el Gobierno podr&aacute; dictar disposiciones legislativas provisionales que tomar&aacute;n la forma de Decretos-Leyes y que no podr&aacute;n afectar al ordenamiento de las Instituciones b&aacute;sicas de la Comunidad de Euskadi, a los derechos, deberes y libertades de la ciudadan&iacute;a, al r&eacute;gimen de relaci&oacute;n y reparto competencial con los Territorios Hist&oacute;ricos, ni al r&eacute;gimen electoral interior.<br /><br />Los Decretos-Leyes deber&aacute;n ser inmediatamente sometidos a debate y votaci&oacute;n de totalidad en el Parlamento Vasco, convocado al efecto si no estuviese reunido, en el plazo de los treinta d&iacute;as siguientes a su promulgaci&oacute;n. La C&aacute;mara habr&aacute; de pronunciarse expresamente dentro de dicho plazo sobre su convalidaci&oacute;n o derogaci&oacute;n, para lo cual el Reglamento establecer&aacute; un procedimiento especial y sumario. Asimismo, dentro del mismo plazo citado, se podr&aacute; proceder a su tramitaci&oacute;n como Proyectos de Ley por el procedimiento de urgencia.<br />7. Las Leyes del Parlamento ser&aacute;n promulgadas por el Lehendakari, el cual ordenar&aacute; la publicaci&oacute;n de las mismas en el &ldquo;Bolet&iacute;n Oficial de la Comunidad de Euskadi&rdquo; en el plazo de quince d&iacute;as desde su aprobaci&oacute;n.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Segundo.- Del Poder Ejecutivo. El Gobierno Vasco y el Lehendakari &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 22.- Naturaleza y funciones<br /><br />El Gobierno Vasco es el &oacute;rgano colegiado que ostenta las funciones ejecutivas y administrativas de Euskadi.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 23.- Organizaci&oacute;n<br /><br />Las atribuciones del Gobierno y su organizaci&oacute;n, basada en el Lehendakari y Consejeros y Consejeras, as&iacute; como el Estatuto de sus miembros, ser&aacute;n regulados por el Parlamento.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 24.- R&eacute;gimen de cese y responsabilidad<br /><br />1. El Gobierno Vasco cesa tras la celebraci&oacute;n de elecciones del Parlamento, en el caso de p&eacute;rdida de la confianza parlamentaria o por dimisi&oacute;n o fallecimiento del Lehendakari.<br /><br />2. El Gobierno cesante continuar&aacute; en funciones hasta la toma de posesi&oacute;n del nuevo Gobierno. <br /><br />3. El Gobierno responde pol&iacute;ticamente de sus actos, de forma solidaria, ante el Parlamento Vasco, sin perjuicio de la responsabilidad directa de cada miembro por su gesti&oacute;n respectiva. <br /><br />4. El Lehendakari y los miembros del Gobierno, durante su mandato y por los actos delictivos cometidos en el &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi, no podr&aacute;n ser detenidos ni retenidos, sino en caso de flagrante delito, correspondiendo decidir, en todo caso, sobre su inculpaci&oacute;n, prisi&oacute;n, procesamiento y juicio al Tribunal Superior de Justicia de Euskadi. Fuera del &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi, la responsabilidad penal ser&aacute; exigible en los mismos t&eacute;rminos ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. <br /><br />&bull; Art&iacute;culo 25.- El Lehendakari<br /><br />1. El Lehendakari ser&aacute; designado de entre sus miembros por el Parlamento Vasco y nombrado por el Rey. El nombramiento del Lehendakari ser&aacute; efectivo tras su toma de posesi&oacute;n en un acto solemne, de acuerdo con las tradiciones y s&iacute;mbolos de identidad vascos.<br /><br />2. El Parlamento Vasco determinar&aacute; por Ley la forma de elecci&oacute;n del Lehendakari y sus atribuciones, as&iacute; como las relaciones del Gobierno con el Parlamento. <br />3. El Lehendakari designa y separa los Consejeros y Consejeras del Gobierno y dirige su acci&oacute;n, ostentando a la vez la m&aacute;s alta representaci&oacute;n de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Tercero.- Del Poder Judicial. El Consejo Judicial Vasco &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 26.- Competencia y &oacute;rganos jurisdiccionales<br /><br />1. La organizaci&oacute;n judicial vasca culminar&aacute; en el Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, que ostentar&aacute; competencia en todo el territorio de la Comunidad de Euskadi, y ante el que se agotar&aacute;n las sucesivas instancias procesales, incluyendo los recursos de casaci&oacute;n o la &uacute;ltima instancia que proceda en todos los &oacute;rdenes de la jurisdicci&oacute;n.<br /><br />2. La competencia de los &oacute;rganos jurisdiccionales en la Comunidad de Euskadi se extiende a todos los &oacute;rdenes, instancias y grados, independientemente del derecho aplicado, con la &uacute;nica excepci&oacute;n en el conjunto del Estado de la jurisdicci&oacute;n del Tribunal Supremo.<br /><br />3. En relaci&oacute;n con la competencia de los &oacute;rganos jurisdiccionales en la Comunidad de Euskadi, corresponder&aacute; al Tribunal Supremo, como &oacute;rgano superior del Poder Judicial, la unificaci&oacute;n de doctrina ante la aplicaci&oacute;n del derecho de forma inequ&iacute;vocamente contradictoria, entre diversos &oacute;rganos judiciales o respecto a la jurisprudencia del propio Tribunal Supremo, as&iacute; como el conocimiento de los conflictos de competencia y de jurisdicci&oacute;n entre los &oacute;rganos judiciales de la Comunidad de Euskadi y los dem&aacute;s del Estado. <br /><br />4. Asimismo en relaci&oacute;n con la competencia de los &oacute;rganos jurisdiccionales en la Comunidad de Euskadi, las anteriores previsiones de este &bull; Art&iacute;culo se entender&aacute;n sin perjuicio de la jurisdicci&oacute;n que, en amparo y protecci&oacute;n de los derechos fundamentales, corresponde al Tribunal Constitucional, as&iacute; como al Tribunal Europeo de Derechos Humanos con sede actual en Estrasburgo, de acuerdo con sus respectivas regulaciones en vigor.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 27.- Gobierno del Poder Judicial. El Consejo Judicial Vasco<br /><br />1. El gobierno del Poder Judicial en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi corresponde a la Instituci&oacute;n vasca denominada Consejo Judicial Vasco, que ejercer&aacute; sus competencias y funciones en estrecha colaboraci&oacute;n con el Consejo General del Poder Judicial en el Estado con el fin de preservar los principios de unidad e independencia jurisdiccional. El Consejo Judicial Vasco desarrollar&aacute; sus competencias sin perjuicio de las atribuciones que corresponden a los Presidentes de los Tribunales y a los titulares de los restantes &oacute;rganos jurisdiccionales con respecto a su propio &aacute;mbito org&aacute;nico.<br /><br />2. El Consejo Judicial Vasco designar&aacute; al Presidente del Tribunal Superior de Justicia y le corresponder&aacute;n, asimismo, las facultades de inspecci&oacute;n de Juzgados y Tribunales, as&iacute; como la consulta e informe sobre las materias que afecten al Poder Judicial en la Comunidad de Euskadi. Del mismo modo, le compete al Consejo Judicial Vasco la aplicaci&oacute;n de lo dispuesto en las Leyes del Parlamento Vasco de acuerdo con los criterios esenciales y sustantivos fijados en la Ley Org&aacute;nica del Poder Judicial, en materia de selecci&oacute;n, provisi&oacute;n, carrera, formaci&oacute;n, r&eacute;gimen disciplinario y de retribuciones de Secretarios, Jueces, Magistrados y Fiscales en Euskadi, teniendo en cuenta a dichos efectos el car&aacute;cter preferente del conocimiento del derecho vasco y del euskera.<br /><br />3. El Consejo Judicial Vasco estar&aacute; integrado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, que lo presidir&aacute;, y por un conjunto de miembros cuya composici&oacute;n y estatuto jur&iacute;dico ser&aacute;n regulados mediante Ley del Parlamento Vasco, atendiendo a su competencia y a un criterio mixto que garantice la elecci&oacute;n de una parte de los miembros entre Jueces y Magistrados que ejerzan sus funciones en la Comunidad de Euskadi. <br /><br />&bull; Art&iacute;culo 28.- Ministerio Fiscal<br /><br />1. La organizaci&oacute;n y funcionamiento del Ministerio Fiscal en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi se regular&aacute; mediante Ley del Parlamento Vasco, que le atribuir&aacute; la defensa de la legalidad en su conjunto, mediante el ejercicio de cuantas acciones le encomiende el ordenamiento jur&iacute;dico en todos los &oacute;rdenes de la jurisdicci&oacute;n. <br /><br />2. El Fiscal Jefe del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi ser&aacute; designado por el Consejo Judicial Vasco y ejercer&aacute; la jefatura directa sobre el conjunto de fiscal&iacute;as y su organizaci&oacute;n en la Comunidad de Euskadi. Asimismo, le corresponder&aacute; la propuesta de nombramiento y de carrera de fiscales para su designaci&oacute;n por el Consejo Judicial Vasco, as&iacute; como las dem&aacute;s facultades propias del cargo. <br /><br />&bull; Art&iacute;culo 29.- Administraci&oacute;n de Justicia<br /><br />1. La Comunidad de Euskadi ejercer&aacute; en su territorio todas las facultades ejecutivas y de car&aacute;cter org&aacute;nico que especifique el ordenamiento jur&iacute;dico en relaci&oacute;n con la Administraci&oacute;n de Justicia, en aplicaci&oacute;n de los mismos principios y leyes procesales que rigen en el Estado al objeto de garantizar la defensa de los derechos y deberes fundamentales de la ciudadan&iacute;a.<br /><br />2. La Justicia en la Comunidad de Euskadi ser&aacute; gratuita en los t&eacute;rminos que establezca la Ley y, en todo caso, para quienes acrediten insuficiencia de medios econ&oacute;micos, de modo que tengan garantizado el derecho de defensa profesional e independiente en todos los procesos en que, conforme a la Ley, as&iacute; se requiera.<br /><br />3. La Comunidad de Euskadi tiene competencia exclusiva en materia de planta judicial, demarcaciones territoriales y fijaci&oacute;n de su capitalidad, disponiendo a estos efectos de la facultad de crear nuevos juzgados y secciones, y de dotar a todos los &oacute;rganos judiciales de los medios materiales, org&aacute;nicos y personales que sean precisos.<br /><br />4. Por Ley del Parlamento Vasco se crear&aacute;n los Cuerpos de funcionarios del personal al servicio de la Administraci&oacute;n de Justicia en la Comunidad de Euskadi y se establecer&aacute; su correspondiente estatuto jur&iacute;dico y el r&eacute;gimen de su relaci&oacute;n de servicio.<br /><br />5. Se establecer&aacute; el marco preciso de cooperaci&oacute;n entre el Gobierno Vasco y el Ministerio de Justicia para la ordenada gesti&oacute;n de la Administraci&oacute;n de Justicia en la Comunidad de Euskadi y su coordinaci&oacute;n con el &aacute;mbito estatal y europeo. <br /><br />&bull; Art&iacute;culo 30.- Polic&iacute;a Judicial<br /><br />La Polic&iacute;a Vasca o Ertzaintza, en cuanto act&uacute;e como Polic&iacute;a Judicial, estar&aacute; al servicio del Poder Judicial, en los t&eacute;rminos que dispongan las Leyes procesales.<br /><br />T&iacute;tulo III<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Primero.- De las Instituciones Vascas &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 31.- Instituciones vascas<br /><br />Las Instituciones Vascas ejercer&aacute;n los poderes de la Comunidad de Euskadi, de conformidad con las atribuciones que les asigna el presente Estatuto y las Leyes.<br /><br />A los efectos de este Estatuto, tienen la consideraci&oacute;n de Instituciones Comunes vascas el Parlamento Vasco, el Gobierno Vasco y el Lehendakari, y las Instituciones del Poder Judicial en la Comunidad de Euskadi.<br /><br />Asimismo son Instituciones vascas las Instituciones Forales privativas de sus Territorios Hist&oacute;ricos, las Juntas Generales y las Diputaciones Forales.<br /><br />Del mismo modo, forman parte del marco institucional de la Comunidad de Euskadi sus Instituciones Municipales.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 32.- Capitalidad<br /><br />La designaci&oacute;n de la Capital de la Comunidad de Euskadi, as&iacute; como la Sede de sus Instituciones Comunes, se har&aacute; mediante Ley del Parlamento Vasco.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Segundo- De la institucionalizaci&oacute;n y las relaciones internas &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 33.- Territorios Hist&oacute;ricos<br /><br />1. Cada uno de los Territorios Hist&oacute;ricos que integran la Comunidad de Euskadi podr&aacute;, en su seno, conservar y actualizar su organizaci&oacute;n e Instituciones privativas de autogobierno. De acuerdo con su tradici&oacute;n hist&oacute;rica, son instituciones forales de los Territorios Hist&oacute;ricos sus respectivas Juntas Generales y Diputaciones Forales.<br /><br />2. Para la elecci&oacute;n de los &oacute;rganos representativos de los Territorios Hist&oacute;ricos se atender&aacute; a criterios de sufragio universal, libre, directo, secreto y de representaci&oacute;n proporcional, con circunscripciones electorales que procuren una representaci&oacute;n adecuada de todas las zonas de cada Territorio.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 34.- R&eacute;gimen de relaci&oacute;n y reparto competencial<br /><br />1. Desde el respeto al r&eacute;gimen foral privativo de los Territorios Hist&oacute;ricos, el sistema de relaci&oacute;n y reparto competencial entre las Instituciones Comunes y Forales atender&aacute; a los principios de colaboraci&oacute;n, solidaridad, subsidiariedad y federalismo de ejecuci&oacute;n.<br /><br />2. Una Ley del Parlamento Vasco articular&aacute; el r&eacute;gimen de relaci&oacute;n y el reparto de atribuciones y competencias entre las Instituciones Vascas para el ejercicio de las facultades y competencias reconocidas en el presente Estatuto.<br /><br />3. Se garantizar&aacute; la conservaci&oacute;n y actualizaci&oacute;n, atendiendo a criterios de mejora y modernizaci&oacute;n de su funcionalidad para las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, de un marco competencial que constituya el r&eacute;gimen privativo de competencias de cada Territorio Hist&oacute;rico, de acuerdo con las siguientes materias:<br /><br />a) Organizaci&oacute;n, r&eacute;gimen y funcionamiento de sus propias Instituciones de autogobierno.<br />b) Demarcaciones Territoriales de &aacute;mbito supramunicipal que no excedan de los l&iacute;mites del territorio.<br />c) R&eacute;gimen Electoral Municipal.<br />d) R&eacute;gimen de los bienes territoriales y municipales.<br />e) Carreteras y caminos.<br />f) Establecimiento y regulaci&oacute;n, dentro de su territorio, del r&eacute;gimen tributario, as&iacute; como la exacci&oacute;n, gesti&oacute;n, liquidaci&oacute;n, inspecci&oacute;n, revisi&oacute;n y recaudaci&oacute;n de los correspondientes tributos, en el marco de la potestad tributaria reconocida a las Instituciones vascas en el presente Estatuto y de las normas de armonizaci&oacute;n fiscal, coordinaci&oacute;n y colaboraci&oacute;n que establezca el Parlamento Vasco.<br />g) Todas aquellas que le sean atribuidas por Ley del Parlamento Vasco.<br /><br />4. Las Instituciones Forales tendr&aacute;n autonom&iacute;a financiera y presupuestaria y dispondr&aacute;n de su propia Hacienda para el adecuado ejercicio y financiaci&oacute;n de sus facultades y competencias. Asimismo, elaborar&aacute;n y aprobar&aacute;n anualmente sus respectivos Presupuestos, que contendr&aacute;n la totalidad de los ingresos y gastos de su actividad p&uacute;blica.<br /><br />5. La coordinaci&oacute;n y armonizaci&oacute;n de la Hacienda General de Euskadi con la Hacienda de las Instituciones Forales se llevar&aacute; a cabo de conformidad con las normas que a tal efecto dicte el Parlamento Vasco.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 35.- Comisi&oacute;n Arbitral<br /><br />Los conflictos de competencia que se puedan suscitar entre las Instituciones comunes de la Comunidad de Euskadi y las de cada uno de sus Territorios Hist&oacute;ricos se someter&aacute;n a la decisi&oacute;n de una Comisi&oacute;n Arbitral, formada por un n&uacute;mero igual de representantes designados libremente por el Gobierno Vasco y por la Diputaci&oacute;n Foral del territorio interesado, y presidida por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Euskadi, conforme al procedimiento que una Ley del Parlamento Vasco determine.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 36.- Municipios Vascos<br /><br />Por Ley del Parlamento Vasco se establecer&aacute; el r&eacute;gimen jur&iacute;dico y de competencias de los Municipios Vascos, y se regular&aacute; y proteger&aacute; su autonom&iacute;a. La citada Ley Municipal atender&aacute; a los principios b&aacute;sicos establecidos en la Carta Europea de Autonom&iacute;a Local y comprender&aacute; la garant&iacute;a de participaci&oacute;n en el marco vasco de relaciones institucionales y en la elaboraci&oacute;n y coordinaci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas.<br /><br />T&iacute;tulo IV<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Primero.- Del ejercicio del Autogobierno vasco &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 37.- Valores rectores del marco social y econ&oacute;mico<br /><br />El autogobierno vasco se desarrollar&aacute; en un marco social y econ&oacute;mico de progreso &eacute;tico que se sustenta en los siguientes valores:<br /><br />- Un modelo de desarrollo sostenible.<br />- La igualdad efectiva de hombres y mujeres en todos los &aacute;mbitos.<br />- El bienestar y la calidad de vida de las personas.<br />- La libertad de empresa y la creaci&oacute;n de riqueza.<br />- La participaci&oacute;n en la empresa y la cooperaci&oacute;n interempresarial.<br />- La justicia social y la solidaridad con las personas m&aacute;s desfavorecidas.<br />- El equilibrio y la cohesi&oacute;n territorial.<br />- La garant&iacute;a de acceso de todas las personas a un sistema educativo, sanitario y de protecci&oacute;n social adecuado y de calidad.<br />- El respeto a la pluralidad y la participaci&oacute;n democr&aacute;tica de la sociedad civil.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 38.- Derecho al buen gobierno y a la buena administraci&oacute;n<br /><br />Los poderes p&uacute;blicos vascos velar&aacute;n en el ejercicio de sus funciones por la interdicci&oacute;n de la arbitrariedad en las administraciones, el derecho al buen funcionamiento de las mismas y la funci&oacute;n social de los fines pol&iacute;tico-administrativos en la gesti&oacute;n p&uacute;blica.<br /><br />De acuerdo con ello, se garantizar&aacute; a todos los ciudadanos y ciudadanas vascas el derecho al buen gobierno y a la buena administraci&oacute;n, que se materializar&aacute; mediante el desarrollo de los siguientes contenidos:<br /><br />- El funcionamiento transparente de la administraci&oacute;n, la informaci&oacute;n sobre los derechos y los procedimientos, el acceso a los registros p&uacute;blicos y la motivaci&oacute;n suficiente en la actuaci&oacute;n administrativa.<br />- La funcionalidad, eficacia y simplicidad de los procedimientos administrativos y la tramitaci&oacute;n sin dilaciones indebidas.<br />- La aplicaci&oacute;n de la presunci&oacute;n de que los administrados y administradas act&uacute;an siempre de buena f&eacute;, salvo prueba en contrario a cargo de la administraci&oacute;n.<br />- La correspondencia, en t&eacute;rminos de eficiencia, entre el coste de los servicios p&uacute;blicos, su justificaci&oacute;n social y los resultados obtenidos.<br />- El deber de las administraciones de velar en cada actuaci&oacute;n por la aplicaci&oacute;n de modelos de calidad, estableciendo instrumentos de evaluaci&oacute;n externa de los servicios que prestan, m&aacute;s all&aacute; de los controles administrativos.<br />- La plena y eficaz responsabilidad por el funcionamiento administrativo que resulte deficiente, de acuerdo con las Leyes.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 39.- Participaci&oacute;n de la sociedad civil<br /><br />Los poderes p&uacute;blicos vascos establecer&aacute;n los mecanismos adecuados para facilitar y estimular la participaci&oacute;n ciudadana en los asuntos p&uacute;blicos, incluidos tanto el &aacute;mbito socioecon&oacute;mico como tambi&eacute;n los &aacute;mbitos sociales, culturales y educativos, a trav&eacute;s de los instrumentos que una Ley del Parlamento Vasco o las Leyes sectoriales del mismo determinen.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Segundo.- Del R&eacute;gimen General de Ejercicio del Poder P&uacute;blico &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 40.- Ejercicio del Poder P&uacute;blico<br /><br />El Poder P&uacute;blico ser&aacute; ejercido en la Comunidad de Euskadi de conformidad con los principios b&aacute;sicos de relaci&oacute;n y con la atribuci&oacute;n de competencias que se establecen en el presente Estatuto.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 41.- Principios de Relaci&oacute;n Administrativa con el Estado<br /><br />Constituyen principios b&aacute;sicos de relaci&oacute;n administrativa entre la Comunidad de Euskadi y el Estado espa&ntilde;ol respecto al ejercicio de sus respectivas competencias o atribuciones, los siguientes:<br /><br />a) El intercambio de informaci&oacute;n, la coordinaci&oacute;n y la cooperaci&oacute;n, de acuerdo con la lealtad institucional y en el marco de los mecanismos de colaboraci&oacute;n y de garant&iacute;as rec&iacute;procas que se establecen en el presente Estatuto.<br />b) El respeto y la no injerencia en el ejercicio de potestades y &aacute;mbitos competenciales respectivos, de conformidad con la asignaci&oacute;n y el reparto que se recogen en el presente Estatuto.<br />c) La subsidiariedad, a trav&eacute;s del criterio de la Administraci&oacute;n m&aacute;s id&oacute;nea, respecto al ejercicio de todas las potestades p&uacute;blicas de ejecuci&oacute;n.<br />d) La armonizaci&oacute;n de actuaciones cuando se susciten divergencias entre las instituciones respectivas, sin perjuicio de la aplicaci&oacute;n del sistema de garant&iacute;as y procedimientos establecidos en este Estatuto.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 42.- Las Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas en el reparto competencial<br /><br />1. Para la asignaci&oacute;n y reparto del Poder P&uacute;blico en la Comunidad de Euskadi se atender&aacute; prioritariamente el criterio de atribuci&oacute;n de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, aplic&aacute;ndose el reparto por materias de forma subsidiaria y a los efectos de su incorporaci&oacute;n en una pol&iacute;tica p&uacute;blica determinada.<br /><br />2. Constituye una pol&iacute;tica p&uacute;blica, a los efectos del presente Estatuto, el conjunto de materias competenciales y actividades administrativas sobre las que las Instituciones ejercen las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n precisas para su plena conformaci&oacute;n y desarrollo, en orden a prestar un servicio integral a los ciudadanos y ciudadanas vascas.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 43.- Atribuci&oacute;n de potestades legislativas a las Instituciones vascas<br /><br />1. Corresponder&aacute; a la Comunidad de Euskadi ejercer en su &aacute;mbito territorial la potestad legislativa en todas aquellas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y &aacute;mbitos competenciales no atribuidos expresamente al Estado en el presente Estatuto.<br /><br />2. En las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y &aacute;mbitos competenciales atribuidos a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo, dispondr&aacute; de la plena titularidad de las potestades normativa, legislativa y reglamentaria o de desarrollo. El Derecho emanado de las Instituciones vascas en dichos &aacute;mbitos ser&aacute; el &uacute;nico aplicable en la Comunidad de Euskadi, sin perjuicio, cuando proceda, de la aplicaci&oacute;n directa del Derecho europeo, correspondiendo por tanto a las Instituciones vascas la transposici&oacute;n al propio ordenamiento jur&iacute;dico de las disposiciones europeas que as&iacute; lo requieran.<br /><br />3. En virtud de este Estatuto, la aplicaci&oacute;n en la Comunidad de Euskadi de las reservas de &aacute;mbitos materiales correspondientes a las Leyes Org&aacute;nicas del Estado, se entender&aacute;n sin perjuicio del respeto a la regulaci&oacute;n por las Leyes vascas de las Instituciones y de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas y &aacute;mbitos competenciales atribuidos a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 44.- Atribuci&oacute;n de potestades de ejecuci&oacute;n a las Instituciones vascas<br /><br />1. En virtud de este Estatuto, con car&aacute;cter general, corresponden a la Comunidad de Euskadi, dentro de su territorio, la potestades de ejecuci&oacute;n de todas las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, salvo en aquellas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas atribuidas al Estado con car&aacute;cter exclusivo en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi, de acuerdo con lo dispuesto en este Estatuto.<br /><br />2. Las potestades de ejecuci&oacute;n atribuidas a las Instituciones vascas se extender&aacute;n a todas las funciones ejecutivas, tanto de las Leyes estatales que correspondan como de las Leyes vascas, y comprender&aacute;n la potestad de dictar los reglamentos de desarrollo, ejecutivos y de organizaci&oacute;n de las Leyes, as&iacute; como la completa gesti&oacute;n y administraci&oacute;n de los servicios, incluida la funci&oacute;n inspectora y revisora. A estos efectos, &uacute;nicamente ser&aacute;n aplicables en el &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi las normas reglamentarias e instrucciones dictadas por las Instituciones vascas y sus correspondientes autoridades.<br /><br />3. Las atribuciones y competencias de la Comunidad de Euskadi previstas en este Estatuto se entender&aacute;n referidas a su &aacute;mbito territorial. En el caso de que la regulaci&oacute;n o el ejercicio de sus potestades por parte de las Instituciones vascas pudieran afectar a otros &aacute;mbitos territoriales externos, se arbitrar&aacute;n los correspondientes convenios de cooperaci&oacute;n y colaboraci&oacute;n con las autoridades estatales o auton&oacute;micas que procedan.<br /><br />4. El Estado garantizar&aacute; el derecho de la Comunidad de Euskadi a designar representantes que participar&aacute;n al m&aacute;ximo nivel rector en las autoridades administrativas independientes, instituciones financieras y empresas p&uacute;blicas espa&ntilde;olas, cuya actuaci&oacute;n incida, directa o indirectamente, en las competencias o intereses de Euskadi.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Tercero.- De las Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas exclusivas del Estado &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 45.- Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas atribuidas al Estado en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi<br /><br />1. En su relaci&oacute;n con la Comunidad de Euskadi, quedan reservadas al Estado bajo car&aacute;cter exclusivo, las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n que correspondan, en los t&eacute;rminos que a continuaci&oacute;n se establecen, a los efectos que requiera la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de pol&iacute;ticas p&uacute;blicas en los siguientes &aacute;mbitos:<br /><br />a) Nacionalidad espa&ntilde;ola, extranjer&iacute;a y derecho de asilo, sin perjuicio del car&aacute;cter compartido de las pol&iacute;ticas de emigraci&oacute;n e inmigraci&oacute;n, en funci&oacute;n de su incidencia en las pol&iacute;ticas sectoriales exclusivas de la Comunidad de Euskadi.<br />b) Defensa y fuerzas armadas.<br />c) R&eacute;gimen de producci&oacute;n, comercio, tenencia y uso de armas y explosivos.<br />d) Sistema monetario.<br />e) R&eacute;gimen aduanero y arancelario.<br />f) Marina mercante; abanderamiento de buques y matriculaci&oacute;n de aeronaves; control del espacio a&eacute;reo.<br />g) Relaciones internacionales, sin perjuicio de las actuaciones con repercusi&oacute;n exterior que se reconocen a la Comunidad de Euskadi en este Estatuto.<br /><br />2. Asimismo en su relaci&oacute;n con la Comunidad de Euskadi, queda reservado al Estado dictar la legislaci&oacute;n com&uacute;n en los &aacute;mbitos que a continuaci&oacute;n se se&ntilde;alan, sin perjuicio de la capacidad de las Instituciones vascas para su desarrollo y adaptaci&oacute;n a su derecho sustantivo, as&iacute; como para su aplicaci&oacute;n y ejercicio de las potestades de ejecuci&oacute;n que correspondan.<br /><br />De acuerdo con ello, corresponder&aacute; al Estado:<br /><br />a) Legislaci&oacute;n penal, penitenciaria y procesal, sin perjuicio de las particularidades del derecho sustantivo vasco.<br />b) Legislaci&oacute;n mercantil, sin perjuicio del desarrollo de las bases de las obligaciones contractuales de car&aacute;cter mercantil, as&iacute; como en su caso de las bases de los contratos y concesiones administrativas.<br />c) Legislaci&oacute;n civil, sin perjuicio del derecho privado civil foral o propio de Euskadi.<br />d) Legislaci&oacute;n de propiedad intelectual e industrial.<br />e) Pesas y medidas, contraste de metales y determinaci&oacute;n de la hora oficial.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Cuarto.- De las Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas exclusivas de la Comunidad de Euskadi &rsaquo;<br /><br />Secci&oacute;n 1&ordf;.- Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas exclusivas de r&eacute;gimen general<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 46.- Pol&iacute;ticas de institucionalizaci&oacute;n y autogobierno<br /><br />Corresponden a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de institucionalizaci&oacute;n y autogobierno. Para la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de estas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, las Instituciones vascas ostentar&aacute;n todas las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n en las siguientes materias y &aacute;mbitos:<br /><br />a) R&eacute;gimen privativo de autoorganizaci&oacute;n y funcionamiento, s&iacute;mbolos e Instituciones de autogobierno.<br />b) Demarcaciones territoriales dentro de la Comunidad de Euskadi.<br />c) R&eacute;gimen electoral.<br />d) Estatuto jur&iacute;dico de los funcionarios.<br />e) Procedimiento administrativo derivado del derecho y de la organizaci&oacute;n propia; expropiaci&oacute;n forzosa, sistema de responsabilidad, patrimonio y r&eacute;gimen jur&iacute;dico de todas las Administraciones p&uacute;blicas de la Comunidad de Euskadi.<br />f) Asociaciones y Fundaciones.<br />g) Derecho privado civil foral o propio de Euskadi, que incluir&aacute;: <br />- La determinaci&oacute;n del r&eacute;gimen de sujeci&oacute;n al mismo dentro de su Territorio.<br />- La ordenaci&oacute;n y gesti&oacute;n de todos los registros e instrumentos p&uacute;blicos civiles en el territorio de la Comunidad de Euskadi bajo dependencia administrativa o judicial de las Instituciones vascas.<br />- La ordenaci&oacute;n de las relaciones jur&iacute;dico-civiles relativas al derecho de familia, incluidos los efectos de la regulaci&oacute;n de las uniones estables de personas alternativas al r&eacute;gimen de matrimonio.<br />- La ordenaci&oacute;n de las relaciones jur&iacute;dico-civiles de car&aacute;cter econ&oacute;mico y patrimonial, con respeto a las bases de las obligaciones contractuales que establezca el Estado.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 47.- Pol&iacute;ticas educativas y culturales<br /><br />1. Corresponde a la Comunidad de Euskadi el desarrollo constitucional de los derechos y deberes fundamentales respecto al r&eacute;gimen jur&iacute;dico de uso de las lenguas, los derechos de expresi&oacute;n y comunicaci&oacute;n, el derecho a la educaci&oacute;n y la libertad de ense&ntilde;anza.<br /><br />2. Para la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas educativas y culturales que le corresponden con car&aacute;cter exclusivo a la Comunidad de Euskadi, las Instituciones vascas ostentar&aacute;n todas las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n en las siguientes materias y &aacute;mbitos:<br /><br />a) Ense&ntilde;anza, tanto no universitaria como universitaria, en toda su extensi&oacute;n, niveles y grados, modalidades y especialidades, inclu&iacute;do el aprendizaje permanente.<br />b) Formaci&oacute;n Profesional, que incluir&aacute; todos los subsistemas de cualificaci&oacute;n y formaci&oacute;n profesional reglada, ocupacional y continua.<br />c) Obtenci&oacute;n, expedici&oacute;n y homologaci&oacute;n de t&iacute;tulos acad&eacute;micos y profesionales.<br />d) Defensa y protecci&oacute;n del patrimonio cultural, art&iacute;stico y monumental.<br />e) Artesan&iacute;a. <br />f) Museos, bibliotecas y archivos.<br />g) Cinematograf&iacute;a, artes esc&eacute;nicas, deporte y espect&aacute;culos.<br />h) R&eacute;gimen de prensa, radio, televisi&oacute;n y en general de todos los medios de comunicaci&oacute;n social.<br /><br />3. En relaci&oacute;n a los aspectos sobre identidad y representaci&oacute;n cultural de la Comunidad de Euskadi, el Estado garantizar&aacute; el respeto a la representatividad internacional de la identidad vasca en todas las manifestaciones culturales de los &aacute;mbitos del deporte y de la industria, producci&oacute;n y creaci&oacute;n literaria, art&iacute;stica, cient&iacute;fica y t&eacute;cnica, incluyendo la representaci&oacute;n de la Comunidad de Euskadi en &oacute;rganos internacionales y la promoci&oacute;n exterior de la cultura vasca, para lo que podr&aacute; suscribir acuerdos con instituciones y organismos internacionales o de otros pa&iacute;ses.<br /><br />4. Euskadi tiene derecho a disponer en el &aacute;mbito deportivo de sus propias selecciones nacionales, que podr&aacute;n participar con car&aacute;cter oficial en las competiciones internacionales.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 48.- Pol&iacute;ticas sociales y sanitarias<br /><br />Corresponden a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas sociales y sanitarias. Para la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de estas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, las Instituciones vascas ostentar&aacute;n todas las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n en las siguientes materias y &aacute;mbitos:<br /><br />a) Sanidad interior y exterior.<br />b) Ordenaci&oacute;n farmac&eacute;utica, productos sanitarios y farmac&eacute;uticos.<br />c) Asistencia social.<br />d) Instituciones y establecimientos de protecci&oacute;n y tutela de menores.<br />e) R&eacute;gimen e Instituciones penitenciarias y de reinserci&oacute;n social.<br />f) Desarrollo comunitario.<br />g) Pol&iacute;ticas de igualdad de g&eacute;nero.<br />h) Pol&iacute;tica infantil, juvenil y de tercera edad.<br />i) Integraci&oacute;n social y laboral de la inmigraci&oacute;n.<br />j) Pol&iacute;ticas de protecci&oacute;n a la familia.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 49.- Pol&iacute;ticas sectoriales econ&oacute;micas y financieras<br /><br />Corresponden a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas sectoriales econ&oacute;micas y financieras. Para la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de estas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, las Instituciones vascas ostentar&aacute;n todas las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n en las siguientes materias y &aacute;mbitos:<br /><br />a) Defensa del consumidor y del usuario.<br />b) Instalaciones de producci&oacute;n, distribuci&oacute;n y transporte de energ&iacute;a.<br />c) R&eacute;gimen minero y energ&eacute;tico; recursos geot&eacute;rmicos.<br />d) Agricultura y ganader&iacute;a.<br />e) Montes, aprovechamientos y servicios forestales, v&iacute;as pecuarias y pastos.<br />f) Pesca mar&iacute;tima y ordenaci&oacute;n del sector pesquero, marisqueo y acuicultura, caza y pesca fluvial y lacustre.<br />g) Industria.<br />h) Telecomunicaciones.<br />i) R&eacute;gimen de las nuevas tecnolog&iacute;as relacionadas con la sociedad de la informaci&oacute;n y del conocimiento.<br />j) Investigaci&oacute;n cient&iacute;fica y t&eacute;cnica.<br />k) Comercio interior y exterior; Ferias y Mercados; Denominaciones de Origen y Publicidad.<br />l) Corporaciones de Derecho P&uacute;blico, en particular, Cofrad&iacute;as de Pescadores, y C&aacute;maras de Comercio, Industria y Navegaci&oacute;n.<br />m) Colegios Profesionales y ejercicio de profesiones tituladas; r&eacute;gimen de Notarios, Registradores de la Propiedad, Agentes de Cambio y Bolsa, y Corredores de Comercio.<br />n) Turismo, ocio y esparcimiento.<br />o) Casinos, juegos y apuestas.<br />p) Ordenaci&oacute;n del cr&eacute;dito, banca y seguros.<br />q) Cooperativas y Mutualidades no integradas en la Seguridad Social.<br />r) Instituciones de cr&eacute;dito y Cajas de Ahorro.<br />s) Bolsas de Comercio y dem&aacute;s centros de contrataci&oacute;n de mercanc&iacute;as y de valores.<br />t) Estad&iacute;stica.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 50.- Pol&iacute;ticas de recursos naturales, ordenaci&oacute;n territorial, vivienda y medio ambiente<br /><br />1. Corresponden a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de recursos naturales, ordenaci&oacute;n territorial, vivienda y medio ambiente. Para la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de estas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, las Instituciones vascas ostentar&aacute;n todas las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n en las siguientes materias y &aacute;mbitos:<br /><br />a) Medio ambiente y ecolog&iacute;a.<br />b) Salvamento mar&iacute;timo y vertidos industriales y contaminantes.<br />c) Aprovechamientos hidr&aacute;ulicos, canales y regad&iacute;os, aguas minerales, termales y subterr&aacute;neas.<br />d) Ordenaci&oacute;n del territorio y del litoral.<br />e) Urbanismo y Vivienda.<br /><br />2. En virtud de este Estatuto, constituir&aacute;n bienes de dominio p&uacute;blico de la Comunidad de Euskadi los recursos naturales ubicados en su territorio y, en particular, la zona mar&iacute;timoterrestre de su litoral y sus playas, el mar territorial adjunto hasta el l&iacute;mite de doce millas, y los recursos naturales existentes en los mismos. Por Ley del Parlamento Vasco, que respetar&aacute; las normas y tratados internacionales y los principios y objetivos esenciales de la legislaci&oacute;n estatal, se regular&aacute; su administraci&oacute;n, defensa y conservaci&oacute;n.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 51.- Pol&iacute;ticas de infraestructuras y transportes<br /><br />1. Corresponden a la Comunidad de Euskadi con car&aacute;cter exclusivo las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas de infraestructuras y transportes. Para la elaboraci&oacute;n, ejecuci&oacute;n y control de estas pol&iacute;ticas p&uacute;blicas, las Instituciones vascas ostentar&aacute;n todas las potestades legislativas y de ejecuci&oacute;n en las siguientes materias y &aacute;mbitos:<br /><br />a) Ferrocarriles.<br />b) Transportes terrestres, mar&iacute;timos, fluviales y por cable.<br />c) Puertos, helipuertos y aeropuertos.<br />d) Servicio Meteorol&oacute;gico.<br />e) Centros de Contrataci&oacute;n y terminales de carga en materia de transporte.<br />f) Obras P&uacute;blicas.<br />g) Tr&aacute;fico y circulaci&oacute;n de veh&iacute;culos a motor.<br /><br />2. En virtud de este Estatuto, ser&aacute;n de titularidad plena de la Comunidad de Euskadi todas las obras p&uacute;blicas e infraestructuras que se encuentren total o parcialmente en su territorio, independientemente de su calificaci&oacute;n de inter&eacute;s general, incluidas todas aquellas que constituyen soporte de los sistemas de transporte y comunicaciones respecto de los tramos que se ubiquen o transcurran por su &aacute;mbito territorial.<br /><br />3. Las Instituciones vascas coordinar&aacute;n sus actuaciones y colaborar&aacute;n con el Estado y con las Comunidades Aut&oacute;nomas a fin de salvaguardar sus intereses respectivos, aplicando la legislaci&oacute;n espec&iacute;fica sobre infraestructuras y obras p&uacute;blicas de inter&eacute;s general, sin perjuicio de lo dispuesto en este Estatuto.<br /><br />Secci&oacute;n 2&ordf;.- Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas exclusivas de r&eacute;gimen espec&iacute;fico<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 52.- Pol&iacute;ticas de Seguridad P&uacute;blica<br /><br />1. En virtud de este Estatuto, corresponden a la Comunidad de Euskadi, para la protecci&oacute;n de las personas y bienes, todas las funciones gubernativas y de seguridad que establezcan las Leyes, as&iacute; como el r&eacute;gimen de su propia polic&iacute;a o Ertzaintza.<br /><br />2. Quedan reservadas a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, para su ejercicio en la Comunidad de Euskadi, &uacute;nica y exclusivamente, los servicios policiales asociados al control de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas atribuidas al Estado con car&aacute;cter exclusivo en este Estatuto.<br /><br />3. El mando supremo de la Ertzaintza corresponde al Lehendakari.<br /><br />4. Una Junta de Seguridad, formada, en n&uacute;mero igual, por representantes del Estado y de la Comunidad de Euskadi, garantizar&aacute; la coordinaci&oacute;n entre la Ertzaintza y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, respecto a aquellos delitos que afecten tanto a la Comunidad de Euskadi como al Estado.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 53.- Pol&iacute;ticas socio-laborales y de empleo<br /><br />1. Se atribuyen a la Comunidad de Euskadi todas las potestades y funciones p&uacute;blicas necesarias para establecer y regular su &aacute;mbito socio-laboral propio. Ejercer&aacute; sus competencias en materia sociolaboral atendiendo a los derechos y obligaciones esenciales de trabajadores y empresarios definidos en los &aacute;mbitos estatal y europeo.<br /><br />2. Corresponden a la Comunidad de Euskadi la potestad legislativa y la potestad de ejecuci&oacute;n en materia laboral, de empleo, formaci&oacute;n y prevenci&oacute;n de riesgos laborales. A tal fin, la Comunidad de Euskadi podr&aacute; organizar, gestionar y tutelar, dentro de su territorio, todos los servicios relacionados con las materias citadas, incluida la funci&oacute;n inspectora, sin perjuicio de la colaboraci&oacute;n y cooperaci&oacute;n con el Estado.<br /><br />3. Las Instituciones Vascas ser&aacute;n competentes para determinar, dentro de su &aacute;mbito territorial, la representatividad de las organizaciones sindicales y empresariales atendiendo a criterios estrictamente democr&aacute;ticos, as&iacute; como el r&eacute;gimen y eficacia de la negociaci&oacute;n colectiva, sin perjuicio del respeto a la voluntad pactada entre las organizaciones sindicales y empresariales de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />4. Las Instituciones vascas establecer&aacute;n los oportunos instrumentos bilaterales con el Estado y la Uni&oacute;n Europea para la colaboraci&oacute;n y cooperaci&oacute;n en el ejercicio de las competencias en materia laboral. Las relaciones de car&aacute;cter financiero derivadas del ejercicio de las mismas, incluida la participaci&oacute;n en fondos de &aacute;mbito estatal o europeo, se sujetar&aacute;n al sistema de Concierto Econ&oacute;mico previsto en este Estatuto, atendiendo al principio de solidaridad.<br /><br />5. Los poderes p&uacute;blicos vascos ajustar&aacute;n el ejercicio de las competencias en materia laboral a criterios de participaci&oacute;n democr&aacute;tica de las organizaciones sindicales y empresariales, procurando que las condiciones de trabajo se adecuen al nivel de desarrollo y progreso social, y promoviendo la cualificaci&oacute;n de los trabajadores y trabajadoras y su formaci&oacute;n continua a lo largo de toda la vida laboral.<br /><br />6. El Consejo Vasco de Relaciones Laborales ser&aacute; la entidad consultiva de las Instituciones vascas en materia sociolaboral y constituir&aacute; el &oacute;rgano de encuentro y di&aacute;logo permanente entre las organizaciones sindicales y las confederaciones empresariales en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi, con el objetivo de fomentar la negociaci&oacute;n colectiva y promover la mediaci&oacute;n y el arbitraje en los conflictos laborales.<br />El Consejo Vasco de Relaciones Laborales gozar&aacute; de personalidad jur&iacute;dica propia e independiente para el desarrollo de sus atribuciones, que ser&aacute;n reguladas por Ley del Parlamento Vasco.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 54.- Pol&iacute;ticas de Protecci&oacute;n Social<br /><br />1. Los Poderes P&uacute;blicos vascos mantendr&aacute;n un r&eacute;gimen p&uacute;blico de seguridad social para todos los ciudadanos y ciudadanas, que garantice la asistencia y las prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad.<br /><br />2. Corresponde a las Instituciones vascas la potestad de desarrollo de la legislaci&oacute;n del Estado en materia de previsi&oacute;n social y de seguridad social, as&iacute; como la gesti&oacute;n del sistema p&uacute;blico de seguridad social en su &aacute;mbito territorial, que se ejercitar&aacute; con un presupuesto propio y que incluir&aacute; la funci&oacute;n recaudadora de las cotizaciones sociales devengadas en la Comunidad de Euskadi y la gesti&oacute;n del patrimonio ubicado en su territorio y afecto al sistema.<br /><br />3. Las Instituciones vascas garantizar&aacute;n el principio de unidad en la titularidad de los recursos del sistema de seguridad social del conjunto del Estado. A tal efecto, su participaci&oacute;n financiera en el mismo se sujetar&aacute; al sistema de Concierto Econ&oacute;mico previsto en este Estatuto, en el que se regular&aacute;n los flujos econ&oacute;micos y los mecanismos de inspecci&oacute;n que garanticen los principios de solidaridad y no discriminaci&oacute;n con los ciudadanos y ciudadanas del conjunto del Estado.<br /><br />4. La Comunidad de Euskadi podr&aacute; organizar y administrar dentro de su territorio todos los servicios relacionados con las materias expresadas en este art&iacute;culo y ejercer&aacute; la tutela de las Instituciones, Entidades y Fundaciones en materia de seguridad social.<br /><br />T&iacute;tulo V<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Primero.- Del Ejercicio del Poder P&uacute;blico en el &aacute;mbito econ&oacute;mico &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 55.- Principios de Relaci&oacute;n Econ&oacute;mica con el Estado<br /><br />1. Las Instituciones vascas ejercer&aacute;n las facultades y competencias reconocidas en el presente T&iacute;tulo, de conformidad con el r&eacute;gimen de relaci&oacute;n y reparto competencial establecido en este Estatuto y en las normas que a tal efecto dicte el Parlamento Vasco.<br /><br />2. Por su parte, el Estado, en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi, ajustar&aacute; el ejercicio de las facultades y competencias que le atribuye la Constituci&oacute;n a lo dispuesto en el presente T&iacute;tulo.<br /><br />3. Las relaciones de orden econ&oacute;mico y financiero entre la Comunidad de Euskadi y el Estado derivadas del ejercicio de sus respectivas facultades y competencias se desarrollar&aacute;n de forma bilateral y deber&aacute;n formalizarse mediante el sistema foral tradicional de Concierto Econ&oacute;mico, a trav&eacute;s de las disposiciones legales o reglamentarias de car&aacute;cter paccionado que correspondan.<br /><br />4. Los conflictos y discrepancias que se susciten ser&aacute;n planteados y, en su caso resueltos, por una Comisi&oacute;n Mixta integrada por igual n&uacute;mero de representantes de las Instituciones de la Comunidad de Euskadi y del Estado. En el seno de esta Comisi&oacute;n Mixta se establecer&aacute;n los oportunos instrumentos bilaterales para la coordinaci&oacute;n, armonizaci&oacute;n y colaboraci&oacute;n en el ejercicio de todas las facultades y competencias reconocidas en el presente T&iacute;tulo y su adecuaci&oacute;n a las Pol&iacute;ticas P&uacute;blicas del Estado y de la Uni&oacute;n Europea.<br /><br />5. En particular, se arbitrar&aacute;n los mecanismos oportunos que permitan la participaci&oacute;n de las Instituciones vascas en la Uni&oacute;n Europea, as&iacute; como en los tratados y convenios internacionales que incidan en el ejercicio de las facultades y competencias reconocidas en el presente T&iacute;tulo.<br /><br />6. En los t&eacute;rminos que se acuerden en virtud del procedimiento previsto en los apartados anteriores, los poderes p&uacute;blicos vascos ajustar&aacute;n el ejercicio de las facultades y competencias reconocidas en el presente T&iacute;tulo al principio de solidaridad, equilibrio econ&oacute;mico territorial y al respeto y garant&iacute;a de la libertad de circulaci&oacute;n y establecimiento de las personas y de la libre circulaci&oacute;n de bienes, capitales y servicios, sin que se produzcan efectos discriminatorios ni menoscabo de las posibilidades de la libre competencia empresarial.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Segundo.- De la Ordenaci&oacute;n econ&oacute;mica y financiera de Euskadi &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 56.- Ordenaci&oacute;n y planificaci&oacute;n de la actividad econ&oacute;mica<br /><br />1. Corresponder&aacute; con car&aacute;cter exclusivo a las Instituciones vascas la ordenaci&oacute;n y planificaci&oacute;n de la actividad econ&oacute;mica y la promoci&oacute;n y fomento del desarrollo econ&oacute;mico de la Comunidad de Euskadi, de acuerdo con el derecho a la propiedad privada y el respeto a la libertad de empresa en el marco de la econom&iacute;a de mercado.<br /><br />2. En orden al ejercicio de la iniciativa p&uacute;blica de las Instituciones vascas en la actividad econ&oacute;mica, &uacute;nicamente el Parlamento Vasco, mediante ley, podr&aacute; reservar al sector p&uacute;blico recursos o servicios esenciales, especialmente en caso de monopolio, y, asimismo, acordar la intervenci&oacute;n de empresas cuando as&iacute; lo exija el inter&eacute;s general.<br /><br />3. En el mismo sentido, respetando los principios esenciales de la legislaci&oacute;n estatal, corresponder&aacute; al Parlamento Vasco regular la delimitaci&oacute;n de la funci&oacute;n social de la propiedad privada, as&iacute; como cualquier limitaci&oacute;n al ejercicio de los derechos inherentes a la misma por causa justificada de utilidad p&uacute;blica o inter&eacute;s social que, en cualquier caso, llevar&aacute; aparejada la correspondiente indemnizaci&oacute;n.<br /><br />4. El Estado arbitrar&aacute; los mecanismos oportunos que permitan la participaci&oacute;n de las Instituciones vascas en la planificaci&oacute;n de la actividad econ&oacute;mica de &aacute;mbito supraterritorial.<br /><br />5. Las Instituciones vascas participar&aacute;n, asimismo, en la gesti&oacute;n del sector p&uacute;blico econ&oacute;mico estatal en su &aacute;mbito territorial y designar&aacute;n, de com&uacute;n acuerdo con el Estado, sus propios representantes en los organismos econ&oacute;micos, &oacute;rganos de control, instituciones financieras y empresas p&uacute;blicas del Estado y, en su caso, de la Uni&oacute;n Europea, cuya competencia o influencia se extienda al &aacute;mbito territorial de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />6. A las Instituciones vascas les corresponder&aacute; la potestad legislativa y de ejecuci&oacute;n sobre defensa de la competencia, constituyendo a tal efecto el organismo encargado de su salvaguarda, que deber&aacute; coordinar su actuaci&oacute;n con el Tribunal de Defensa de la Competencia del Estado y con los organismos europeos e internacionales encargados de dicha materia.<br /><br />7. El Consejo Econ&oacute;mico y Social Vasco constituir&aacute; el &oacute;rgano consultivo de las Instituciones vascas con el fin de hacer efectiva la participaci&oacute;n de los distintos intereses econ&oacute;micos y sociales en la pol&iacute;tica econ&oacute;mica de la Comunidad de Euskadi. El Consejo gozar&aacute; de personalidad jur&iacute;dica propia y plena capacidad e independencia para el ejercicio de sus funciones. Una ley del Parlamento Vasco regular&aacute; su composici&oacute;n y funciones.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 57.- Sistema financiero<br /><br />1. Corresponder&aacute; con car&aacute;cter exclusivo a las Instituciones vascas la regulaci&oacute;n y supervisi&oacute;n del sistema financiero de la Comunidad de Euskadi, de acuerdo con los principios b&aacute;sicos de la legislaci&oacute;n mercantil del Estado relativos a la ordenaci&oacute;n del cr&eacute;dito, banca y seguros y sin perjuicio de las competencias del Estado en materia de r&eacute;gimen aduanero y arancelario y sistema monetario.<br /><br />2. La Comunidad de Euskadi participar&aacute; y designar&aacute;, de com&uacute;n acuerdo con el Estado, sus propios representantes en las instituciones y organismos de control del sistema financiero estatal y, en su caso, de la Uni&oacute;n Europea, cuya competencia o influencia se extienda a su &aacute;mbito territorial.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Tercero.- De la Hacienda y Patrimonio de Euskadi &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 58.- Hacienda General de Euskadi<br /><br />1. La Hacienda General de Euskadi estar&aacute; constituida por el conjunto de derechos y obligaciones de naturaleza econ&oacute;mica cuya titularidad corresponda a la Comunidad de Euskadi.<br /><br />2. El Parlamento Vasco regular&aacute; mediante Ley las materias propias de la Hacienda General de Euskadi.<br /><br />3. Los ingresos de la Hacienda General de Euskadi estar&aacute;n constituidos por:<br /><br />a) Las aportaciones que efect&uacute;en las Instituciones Forales como contribuci&oacute;n al sostenimiento de todas las cargas generales de la Comunidad de Euskadi, de conformidad a lo que disponga una Ley del Parlamento Vasco.<br />b) Los rendimientos de los tributos propios que establezca el Parlamento Vasco, de conformidad con lo establecido en el presente Estatuto. <br />c) El producto de las tasas, prestaciones patrimoniales y otros derechos econ&oacute;micos por la utilizaci&oacute;n del dominio p&uacute;blico.<br />d) Los recargos que el Parlamento Vasco pudieran establecer sobre los tributos de aplicaci&oacute;n en el &aacute;mbito de la Comunidad de Euskadi.<br />e) Las transferencias de la Uni&oacute;n Europa.<br />f) Las transferencias y otras asignaciones con cargo a los Presupuestos Generales del Estado.<br />g) Los rendimientos procedentes de su patrimonio e ingresos de derecho privado.<br />h) El producto de las operaciones de cr&eacute;dito y emisiones de deuda realizadas en virtud de la potestad reconocida en este Estatuto.<br />i) Cualesquiera otros ingresos que puedan establecerse en virtud de lo dispuesto en el presente Estatuto y en las Leyes del Parlamento Vasco.<br /><br />4. La Comunidad de Euskadi, en el &aacute;mbito de su competencia y en relaci&oacute;n con su Hacienda General, dispondr&aacute; de las mismas prerrogativas reconocidas al Estado.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 59.- Presupuestos Generales de Euskadi<br /><br />1. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Euskadi tendr&aacute;n car&aacute;cter anual, contendr&aacute;n la totalidad de los ingresos y gastos de la actividad p&uacute;blica general, y ser&aacute;n elaborados por el Gobierno Vasco y aprobados por el Parlamento Vasco.<br /><br />2. Una Ley del Parlamento Vasco regular&aacute; la elaboraci&oacute;n, examen, enmienda, aprobaci&oacute;n, modificaci&oacute;n, ejecuci&oacute;n, liquidaci&oacute;n y control de los Presupuestos Generales, as&iacute; como su posible pr&oacute;rroga.<br /><br />3. La coordinaci&oacute;n y armonizaci&oacute;n de la pol&iacute;tica presupuestaria de la Comunidad de Euskadi con la del Estado a los efectos de garantizar la estabilidad econ&oacute;mica y presupuestaria se llevar&aacute; a cabo de conformidad con los principios e instrumentos de relaci&oacute;n econ&oacute;mica establecidos en este Estatuto.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 60.- Autonom&iacute;a financiera<br /><br />1. La Comunidad de Euskadi tendr&aacute; autonom&iacute;a fiscal y financiera para el desarrollo y ejecuci&oacute;n de las competencias reconocidas en el presente Estatuto.<br /><br />2. La actividad financiera de la Comunidad de Euskadi se coordinar&aacute; y armonizar&aacute; con la del Estado de conformidad con lo previsto en el presente Estatuto. De acuerdo con ello, se establecer&aacute;n las formas de colaboraci&oacute;n financiera entre la Comunidad de Euskadi y el Estado y, en especial, para determinar la aportaci&oacute;n de aqu&eacute;lla a las cargas generales del Estado, su participaci&oacute;n en los ingresos del Estado y la colaboraci&oacute;n en la pol&iacute;tica de inversiones p&uacute;blicas.<br /><br />3. La Comunidad de Euskadi contribuir&aacute; a la financiaci&oacute;n de las cargas generales correspondientes a las pol&iacute;ticas ejercidas por el Estado en su &aacute;mbito territorial, de conformidad con lo establecido en el presente Estatuto, mediante la aportaci&oacute;n de un cupo global en el marco del Concierto Econ&oacute;mico. Para el se&ntilde;alamiento de este cupo global, se constituir&aacute; una Comisi&oacute;n Mixta integrada, de una parte, por un representante de cada Diputaci&oacute;n Foral y otros tantos por el Gobierno Vasco, y de otra parte por un n&uacute;mero igual de representantes de la Administraci&oacute;n del Estado.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 61.- Potestad tributaria<br /><br />1. La Comunidad de Euskadi tiene potestad para mantener, establecer y regular, dentro de su territorio, su propio sistema y r&eacute;gimen tributario, que en ning&uacute;n caso tendr&aacute; alcance confiscatorio y que estar&aacute; inspirado en los principios de igualdad y progresividad.<br /><br />2. En el marco de los tratados y convenios internacionales y de las normas de armonizaci&oacute;n fiscal de la Uni&oacute;n Europea, corresponder&aacute; a las Instituciones vascas competentes, la exacci&oacute;n, gesti&oacute;n, liquidaci&oacute;n, inspecci&oacute;n, revisi&oacute;n y recaudaci&oacute;n de todos los tributos, con excepci&oacute;n de aqu&eacute;llos que, en virtud de tales normas, sean de &aacute;mbito estatal o europeo.<br /><br />3. Los tributos estatales no podr&aacute;n recaer sobre hechos imponibles gravados por la Comunidad de Euskadi y, previo acuerdo mutuo, podr&aacute;n ser objeto de cesi&oacute;n total o parcial a las Instituciones vascas.<br /><br />4. El Estado no podr&aacute; en ning&uacute;n caso adoptar medidas tributarias sobre bienes situados en el territorio de la Comunidad de Euskadi o que supongan obst&aacute;culo para la libre circulaci&oacute;n de mercanc&iacute;as o servicios.<br /><br />5. Asimismo, las Instituciones vascas competentes podr&aacute;n, dentro de su &aacute;mbito territorial, establecer y regular recargos sobre los tributos estatales siempre que no desvirt&uacute;en la naturaleza o estructura de los mismos.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 62.- Cr&eacute;dito y Deuda P&uacute;blica<br /><br />1. Las Instituciones vascas podr&aacute;n emitir deuda p&uacute;blica o contraer cr&eacute;dito en los t&eacute;rminos que establezca, mediante Ley, el Parlamento Vasco.<br /><br />2. La Deuda P&uacute;blica de la Comunidad de Euskadi y los t&iacute;tulos de car&aacute;cter equivalente emitidos por las Instituciones vascas tendr&aacute;n la consideraci&oacute;n de fondos p&uacute;blicos a todos los efectos y gozar&aacute;n de los mismos beneficios y condiciones que la Deuda P&uacute;blica del Estado.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 63.- Patrimonio<br /><br />1. El Patrimonio de la Comunidad de Euskadi integrar&aacute;, sin excepci&oacute;n, todos los derechos y bienes afectos a las competencias y servicios asumidos por las Instituciones vascas en virtud del presente Estatuto.<br /><br />2. El Parlamento Vasco resolver&aacute; sobre las Instituciones vascas a quienes corresponder&aacute; la propiedad o uso de dichos bienes y derechos.<br /><br />3. El Parlamento Vasco regular&aacute; el r&eacute;gimen jur&iacute;dico de los bienes de dominio p&uacute;blico y de los bienes comunales, respetando los principios esenciales de inalienabilidad, imprescriptibilidad e inembargabilidad, as&iacute; como su desafectaci&oacute;n, el r&eacute;gimen jur&iacute;dico de los bienes de dominio privado, las concesiones administrativas, respetando las bases de las obligaciones contractuales, y la administraci&oacute;n, defensa y conservaci&oacute;n del Patrimonio de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />4. Las Instituciones vascas garantizar&aacute;n la conservaci&oacute;n y promover&aacute;n el enriquecimiento del patrimonio hist&oacute;rico, cultural y art&iacute;stico de Euskadi y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su r&eacute;gimen jur&iacute;dico y su titularidad.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 64.- Tribunal Vasco de Cuentas P&uacute;blicas<br /><br />1. El Tribunal Vasco de Cuentas P&uacute;blicas es el supremo y &uacute;nico &oacute;rgano fiscalizador de las actividades econ&oacute;mico financieras del sector p&uacute;blico de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />2. Como &oacute;rgano dependiente directamente del Parlamento Vasco, ejerce sus funciones por delegaci&oacute;n de &eacute;ste y con jurisdicci&oacute;n sobre todo el territorio de la Comunidad de Euskadi.<br /><br />3. Los miembros del Tribunal Vasco de Cuentas P&uacute;blicas gozar&aacute;n de la misma independencia e inamovilidad que los jueces.<br /><br />4. Una Ley del Parlamento Vasco regular&aacute; su composici&oacute;n, organizaci&oacute;n y funciones, as&iacute; como las garant&iacute;as y procedimiento de su funci&oacute;n fiscalizadora y del enjuiciamiento de la responsabilidad contable.<br /><br />T&iacute;tulo VI<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Primero.- De las Relaciones con Europa &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 65.- Uni&oacute;n Europea<br /><br />1. El Estado incorporar&aacute; los compromisos derivados del presente Estatuto a los Tratados de la Uni&oacute;n Europea en los t&eacute;rminos que corresponda, en orden a garantizar su reconocimiento y respeto en el &aacute;mbito europeo.<br /><br />2. De conformidad con la normativa comunitaria europea, la Comunidad de Euskadi dispondr&aacute; de representaci&oacute;n directa en los &oacute;rganos de la Uni&oacute;n Europea. A tal efecto, el Gobierno espa&ntilde;ol habilitar&aacute; los cauces precisos para posibilitar la participaci&oacute;n activa del Gobierno Vasco en los diferentes procedimientos de toma de decisiones de las Instituciones Comunitarias en aquellos asuntos que afecten a sus competencias.<br />Asimismo, los representantes de las Instituciones vascas formar&aacute;n parte de las delegaciones del Estado en el Consejo de Ministros de la Uni&oacute;n Europea en todos aquellos asuntos que afecten al contenido de las pol&iacute;ticas p&uacute;blicas que les son exclusivas.<br /><br />3. El Gobierno Vasco y el Gobierno espa&ntilde;ol arbitrar&aacute;n los sistemas de coordinaci&oacute;n precisos que garanticen la participaci&oacute;n efectiva de la Comunidad de Euskadi en la elaboraci&oacute;n, programaci&oacute;n, distribuci&oacute;n y ejecuci&oacute;n de los diferentes fondos comunitarios.<br /><br />4. Corresponder&aacute; a las Instituciones vascas la transposici&oacute;n de las Directivas Comunitarias en el &aacute;mbito de sus competencias.<br /><br />5. El Estado garantizar&aacute; el acceso de las Instituciones vascas al Tribunal Europeo de Justicia, en tanto en cuanto no se encuentre previsto su acceso directo en la normativa Europea.<br /><br />6. La Comunidad de Euskadi constituir&aacute; una circunscripci&oacute;n electoral &uacute;nica en el &aacute;mbito de las elecciones al Parlamento Europeo.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 66.- Cooperaci&oacute;n Transfronteriza e Interregional Europea<br /><br />Las Instituciones vascas, en aplicaci&oacute;n del principio de subsidiariedad, promover&aacute;n la cooperaci&oacute;n transfronteriza e interregional en el &aacute;mbito de la Uni&oacute;n Europea, como instrumento b&aacute;sico sobre el que edificar la construcci&oacute;n de una Europa basada en el reconocimiento de sus diferentes pueblos y colectividades regionales como factor de enriquecimiento cultural y de profundizaci&oacute;n democr&aacute;tica.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Segundo.- De las Relaciones Exteriores &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 67.- Representaci&oacute;n exterior<br /><br />1. Las Instituciones P&uacute;blicas Vascas desarrollar&aacute;n fuera del Territorio de la Comunidad de Euskadi la actividad necesaria para la defensa y la promoci&oacute;n de los intereses de los ciudadanos y ciudadanas vascas, pudiendo suscribir, a tal efecto, acuerdos, convenios y protocolos con instituciones y organismos internacionales, en los &aacute;mbitos de su propia competencia.<br /><br />2. A tal fin, la acci&oacute;n exterior del Gobierno Vasco contar&aacute; con los recursos humanos y materiales necesarios, incluyendo, en su caso, la creaci&oacute;n de delegaciones y oficinas de representaci&oacute;n en el exterior, cuyo estatuto ser&aacute; regulado por Ley del Parlamento Vasco.<br /><br />3. La Comunidad de Euskadi podr&aacute; tener presencia directa en todos aquellos organismos internacionales cuya propia regulaci&oacute;n de acceso y participaci&oacute;n as&iacute; lo permita y, en especial, en los relacionados con la lengua, la cultura, la paz, la defensa de los derechos humanos y la cooperaci&oacute;n, el desarrollo sostenible y el medio ambiente.<br /><br />4. Los Centros Vascos en el exterior tendr&aacute;n reconocimiento oficial y constituir&aacute;n un instrumento esencial para el mantenimiento de los v&iacute;nculos de la Comunidad de Euskadi con los miembros de las comunidades vascas en el exterior, as&iacute; como para el desarrollo y fomento de las relaciones comerciales, culturales, pol&iacute;ticas e institucionales con los pa&iacute;ses en los que &eacute;stos se ubican.<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 68.- Tratados y Convenios Internacionales<br /><br />1. La formalizaci&oacute;n por parte del Gobierno espa&ntilde;ol de tratados y convenios internacionales que supongan una alteraci&oacute;n o restricci&oacute;n de las competencias recogidas en el presente Estatuto Pol&iacute;tico exigir&aacute; la autorizaci&oacute;n previa de las Instituciones Comunes vascas.<br /><br />2. El Gobierno Vasco participar&aacute;, en cuanto parte implicada, en el desarrollo de las negociaciones de tratados y convenios internacionales desarrollados por el Gobierno espa&ntilde;ol, as&iacute; como en los proyectos de legislaci&oacute;n aduanera, en tanto afecten a materias de inter&eacute;s espec&iacute;fico para la Comunidad de Euskadi.<br /><br />3. La Comunidad de Euskadi ejecutar&aacute; los tratados y convenios internacionales en todo lo que afecte a sus atribuciones y competencias.<br /><br />&lsaquo; Cap&iacute;tulo Tercero.- De la Cooperaci&oacute;n al Desarrollo &rsaquo;<br /><br />&bull; Art&iacute;culo 69.- Solidaridad y Cooperaci&oacute;n al Desarrollo<br /><br />La Comunidad de Euskadi podr&aacute; desarrollar una pol&iacute;tica propia de solidaridad y de cooperaci&oacute;n con los pa&iacute;ses en v&iacute;as de desarrollo, estableciendo a tal efecto los programas y acuerdos pertinentes con los pa&iacute;ses y zonas destinatarias, as&iacute; como con las organizaciones no gubernamentales y las instituciones p&uacute;blicas y privadas que resulte preciso para garantizar la efectividad y eficacia de las pol&iacute;ticas de cooperaci&oacute;n.<br /><br />&lsaquo; Disposici&oacute;n Transitoria &rsaquo;<br /><br />1. En el plazo m&aacute;ximo de seis meses desde la entrada en vigor del presente Estatuto, la Comunidad de Euskadi asumir&aacute; materialmente y comenzar&aacute; a ejercer en plenitud todas las potestades, funciones y servicios sin excepci&oacute;n que le corresponden conforme a su r&eacute;gimen de autogobierno, todo ello sin perjuicio de la continuidad en el ejercicio y de la subrogaci&oacute;n plena en las que ya tiene asumidas la Comunidad Aut&oacute;noma de Euskadi.<br /><br />2. Dentro de dicho plazo de seis meses, una Comisi&oacute;n Mixta de Transferencias integrada por igual n&uacute;mero de representantes del Gobierno Vasco y del Gobierno del Estado, por una sola vez y de modo definitivo, establecer&aacute; los acuerdos que procedan a fin de garantizar la continuidad de los servicios p&uacute;blicos y traspasar los medios personales y materiales de titularidad del Estado, que quedar&aacute;n, respectivamente, integrados en la Comunidad de Euskadi o bajo su titularidad plena conforme a su r&eacute;gimen de autogobierno. A dichos efectos, se considerar&aacute; que las actas de la Comisi&oacute;n Mixta y los certificados que se libren con relaci&oacute;n a los inventarios y documentos oficiales del Estado ser&aacute;n suficientes para la titulaci&oacute;n e inscripci&oacute;n de los bienes en los Registros Oficiales correspondientes.<br /><br />En el seno de la Comisi&oacute;n Mixta citada, se aprobar&aacute;n los acuerdos financieros y se proceder&aacute; a la regularizaci&oacute;n de flujos financieros que correspondan entre la Comunidad de Euskadi y el Estado.<br /><br />La falta de acuerdo en la Comisi&oacute;n Mixta no impedir&aacute; a la Comunidad de Euskadi el ejercicio de las atribuciones o competencias asumidas, que las podr&aacute; ejercer con sus propios medios y recursos financieros, sin perjuicio de poder reclamar con posterioridad al Estado ante el Tribunal Superior de Justicia de Euskadi los da&ntilde;os y perjuicios que se hayan podido derivar del retraso en proceder al traspaso debido.<br /><br />3. A la entrada en vigor del presente Estatuto, permanecer&aacute; vigente el derecho actualmente aplicable en la Comunidad de Euskadi en tanto no se promulgue el derecho propio del mismo, cuando corresponda conforme a su r&eacute;gimen de autogobierno.<br /><br />&lsaquo; Disposici&oacute;n Final &rsaquo;<br /><br />El modelo y r&eacute;gimen de relaci&oacute;n pol&iacute;tica entre la Comunidad de Euskadi y el Estado espa&ntilde;ol regulado en el presente Estatuto Pol&iacute;tico suceder&aacute; y sustituir&aacute;, a su entrada en vigor, al que fuera aprobado por Ley Org&aacute;nica 3/1979, de 18 de diciembre, en el Estatuto de Autonom&iacute;a para el Pa&iacute;s Vasco.</p>]]></description><pubDate>Wed, 13 Apr 2005 14:20:00 +0000</pubDate></item><item><title>Nacionalidad.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/041301-nacionalidad-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/041301-nacionalidad-.php</guid><description><![CDATA[<p>En la actualidad, nacionalidad es un <strong style="color: #ff0000">sentimiento y una realidad de pertenencia</strong> a una naci&oacute;n ya sea por nacimiento en el territorio de un pa&iacute;s, como por inscripci&oacute;n del nacimiento del menor en los registros pertinentes de una Misi&oacute;n Consular. Tambi&eacute;n se tiene ese mismo sentimiento y realidad por adopci&oacute;n de otra nacionalidad.</p><p>Un pa&iacute;s internacionalmente reconocido, tiene territorio y naci&oacute;n. Por ello, no puede existir pa&iacute;s sin territorio, aunque s&iacute; existen naciones sin territorio.<br /><br />Naci&oacute;n es un concepto que involucra un sentimiento y una realidad de pertenencia al conjunto de un pueblo nacido en un mismo territorio o pa&iacute;s.<br /><br />Las costumbres de los pueblos, por contacto entre las personas, tienden a homogeneizarse, no solamente en cuanto a modo de comunicarse (idioma), sino en todas las manifestaciones de la cultura, desde los usos sociales hasta la gastronom&iacute;a. Esa semejanza de modos de vida, da un sentimiento de pertenencia a un conjunto, que ha sido muy importante y fruct&iacute;fero en la historia de la humanidad.</p><p><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Algunos PRECEDENTES.</strong><br /></span><br />En la antig&uuml;edad, la nacionalidad estaba ligada a la religi&oacute;n; los dioses, como la naci&oacute;n, eran territoriales y cuando llegaba otro pueblo invasor, sol&iacute;a aceptar al dios del lugar como dios suyo. En ciertas culturas colonizadoras (griegos, romanos), para poder llevar los dioses propios a nuevos territorios, cuando se fundaba una colonia se pon&iacute;a en el altar fundacional una arqueta con tierra de la naci&oacute;n de origen, para implantar en la nueva ciudad su dios, tra&iacute;do con la tierra.<br /><br />De la importancia de esos dioses nacionales tambi&eacute;n da ejemplo S&oacute;crates, que prefiere tomar la cicuta antes que ir al destierro perdiendo sus dioses y su naci&oacute;n.</p><p><br />Como la religi&oacute;n, la nacionalidad supone un v&iacute;nculo de los nacionales entre s&iacute; y adem&aacute;s, desde la desaparici&oacute;n de los dioses territoriales, con el territorio donde nacieron.<br /><br />Los gobernantes se han aprovechado de estos sentimientos a menudo. Dios y la naci&oacute;n han sido los motores que han conseguido llevar a los pueblos, a guerras y conflictos en los que nada ten&iacute;an que ganar.</p><p><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Nacionalidad de HECHO.</strong><br /></span><br />El reci&eacute;n nacido tiene una nacionalidad de hecho que depender&aacute; de si el pa&iacute;s o territorio donde haya nacido aplique el concepto de "jus sanguinis" y/o "jus solis", es decir la nacionalidad de uno o de ambos progenitores (nacionalidad por v&iacute;nculo sangu&iacute;neo) y/o la nacionalidad del territorio donde ha nacido (nacionalidad por v&iacute;nculo territorial). Esta nacionalidad de hecho subsiste en tanto los padres no hayan inscrito al menor en el registro oficial correspondiente. Luego de su inscripci&oacute;n, ya sea en la municipalidad (o ayuntamiento) donde naci&oacute; el menor o en el consulado del pa&iacute;s de uno o de ambos progenitores, obtendr&aacute; la nacionalidad de derecho autom&aacute;ticamente una vez firmados los correspondientes registros.</p><p><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Nacionalidad de DERECHO.</strong><br /></span><br />Al momento de concluir y firmar por ambos progenitores la inscripci&oacute;n del nacimiento en el registro oficial que corresponda, surge autom&aacute;ticamente la noci&oacute;n de nacionalidad de derecho.</p><p><br />Jur&iacute;dicamente significa gozar de los derechos acordados por un Estado, as&iacute; como tener las obligaciones que le son inherentes, a futuro, a los reci&eacute;n inscritos y eventualmente a los descendientes de &eacute;stos.</p><p><br />Igualmente, se aplica a los que han adoptado voluntariamente la nacionalidad de otro Estado.<br /><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Aplicaci&oacute;n del concepto de NACIONALIDAD de derecho por NACIMIENTO.</strong><br /></span><br />Se dan varias formas de reconocimiento de la nacionalidad:<br /><br />- Algunos Estados reconocen y aplican conjuntamente la noci&oacute;n jus sanguinis y jus solis.</p><p><br />- Existen pa&iacute;ses que reconocen la nacionalidad por jus sanguinis s&oacute;lo en la primera generaci&oacute;n.</p><p><br />- Otros pa&iacute;ses solo reconocen la nacionalidad por jus sanguinis hasta la tercera o quinta generaci&oacute;n.<br /><br />- Existen estados que aplican el reconocimiento de la nacionalidad por "jus solis" exclusivamente.</p><p><br />- Existen pa&iacute;ses que aplican ambos criterios conjuntamente, pero restringiendo la aplicaci&oacute;n del concepto "jus sanguinis". </p><p><br /><strong style="color: #ff0000">Aplicaci&oacute;n del concepto de la NACIONALIDAD de derecho por ADOPCI&Oacute;N.</strong><br /><br />Llegada la mayor&iacute;a de edad, el nacional de un pa&iacute;s, luego de cumplir una serie de requisitos, puede adoptar la nacionalidad de otro pa&iacute;s diferente al suyo.</p><p><br />En caso existan convenios de doble nacionalidad, el adquiriente de la nueva nacionalidad no deber&aacute; renunciar a su nacionalidad de origen y podr&aacute; conservar y ejercer alternativamente las dos.</p><p><br />Existen pa&iacute;ses que para aceptar el otorgamiento de la nacionalidad de ese pa&iacute;s a un extranjero, les solicita renunciar a aquella de origen. Sin embargo, este acto, a veces es revestido de una sola formalidad sin comunicar oficialmente al estado de la nacionalidad de origen la nueva adopci&oacute;n de nacionalidad, con lo cual el individuo puede, de facto, gozar de doble nacionalidad.<br /><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Aplicaci&oacute;n del concepto de la NACIONALIDAD de derecho por MATRIMONIO.</strong><br /></span><br />Aquel nacional de un pa&iacute;s que contrae matrimonio con un nacional de otro pa&iacute;s, luego de residir por lo menos un a&ntilde;o en el pa&iacute;s cuya nacionalidad pretende adoptar, podr&aacute; hacerlo a propia solicitud y generalmente la misma no es denegada.</p><p><br /><span style="color: #ff0000"><strong>DOBLE nacionalidad.</strong><br /></span><br />Algunos pa&iacute;ses permiten la tenencia de una doble nacionalidad, ya sea constitucionalmente o por ley de menor categor&iacute;a que la carta magna.</p><p><br />Aquellos individuos que adquieren legalmente otra nacionalidad pueden estar ante dos circunstancias diferentes que son:</p><p><br />- Renuncia a la nacionalidad de origen por exigencia del pa&iacute;s que le otorga la nueva nacionalidad, y</p><p><br />- Adquisici&oacute;n de una segunda nacionalidad sin perder la primera. En este caso, el gobierno del pa&iacute;s que otorga la nueva nacionalidad, lo informa al representante diplom&aacute;tico consular del pa&iacute;s al cual pertenece el individuo.</p><p><br />Existen pa&iacute;ses que han suscrito con otros, y en forma bilateral, convenios diplom&aacute;ticos de doble nacionalidad lo cual es considerado beneficioso por sus connacionales.</p><p><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Nacionalidad ACTIVA.</strong><br /></span><br />Cuando un individuo ostenta una doble nacionalidad, s&oacute;lo una nacionalidad puede ser ejercida a la vez y la otra queda latente, sin que por ello se la considere perdida.</p><p><br />En este sentido, la nacionalidad ejercida se define por el tiempo que el individuo permanece en uno de los dos pa&iacute;ses. La nacionalidad que le corresponde es aquella donde ha vivido la mitad de d&iacute;as al a&ntilde;o m&aacute;s uno.</p><p><br />&iquest;Y esto qu&eacute; significa en la pr&aacute;ctica ?</p><p><br />- Los impuestos a pagar por un individuo se aplicar&aacute;n en el pa&iacute;s cuya nacionalidad est&eacute; ejerciendo.</p><p><br />- Si viaja a un tercer pa&iacute;s, debe de hacerlo con el pasaporte de cuya nacionalidad est&aacute; ejerciendo.<br /><br />- Si tiene alg&uacute;n problema de cualquier naturaleza en alg&uacute;n viaje a un tercer pa&iacute;s, s&oacute;lo podr&aacute; recurrir al Consulado del pa&iacute;s que ostenta la nacionalidad.</p><p><br />- En el tema legislaci&oacute;n nacional aplicado al individuo, la misma se aplica en su integridad de acuerdo a la nacionalidad que est&eacute; ejerciendo.</p><p><br />- En un tercer pa&iacute;s, solo le corresponder&aacute; que le apliquen la ley local y en su defecto los derechos y obligaciones correspondientes al &uacute;ltimo de los dos pa&iacute;ses de su nacionalidad donde haya vivido seis meses m&aacute;s un d&iacute;a y por lo tanto, cuya nacionalidad ejerce indubitablemente. <br /><br /><span style="color: #ff0000"><strong>Nacionalidad LATENTE.</strong><br /></span><br />Cuando se tiene doble nacionalidad, una de ellas queda inactiva y por lo tanto latente.</p><p><br />Este hecho no exime al individuo de cumplir con la obligaci&oacute;n de tener sus documentos de identificaci&oacute;n al d&iacute;a.<br /><br />Esta nacionalidad latente se reactiva autom&aacute;ticamente al ejercer el derecho a ingresar a su pa&iacute;s con el pasaporte de este pa&iacute;s. Mientras no haya cumplido seis meses m&aacute;s un d&iacute;a, se presume que la nacionalidad latente ha sido cambiada a la de ejercicio y viceversa, por lo que las leyes aplicables corresponden a la nacionalidad que nuevamente se comienza a ejercer.</p><p><br /><span style="color: #ff0000"><strong>AP&Aacute;TRIDA.</strong><br /></span><br />Ap&aacute;trida es aquel individuo que ha perdido su nacionalidad sin haber adquirido otra. Generalmente esta situaci&oacute;n se origina por decisi&oacute;n de un gobierno dictatorial, a espaldas y en contra de la Declaraci&oacute;n Universal de los Derechos Humanos (Art&iacute;culo 15, numerales 1 y 2).<br /><br /><br /><strong style="color: #009900">@torres.</strong></p>]]></description><pubDate>Wed, 13 Apr 2005 13:52:00 +0000</pubDate></item><item><title>El autismo del IMPERIO.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/041001-el-autismo-del-imperio-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/041001-el-autismo-del-imperio-.php</guid><description><![CDATA[En contra de lo que se podr&iacute;a pensar, las ocupaciones militares, incluso cuando se realizan del modo m&aacute;s brutal, pueden salir triunfantes. Sirva como ejemplo la ocupaci&oacute;n por parte de Hitler de Europa occidental o la de los pa&iacute;ses de la Europa del Este por parte de Rusia durante la posguerra. En ambos casos, los territorios ocupados estaban gobernados por colaboradores que ten&iacute;an a su disposici&oacute;n aparatos locales civiles y militares y que contaban &uacute;nicamente con el apoyo de las tropas de los ocupantes. En el caso de Hitler surgi&oacute; una valiente resistencia, pero sin la ayuda exterior habr&iacute;a sido eliminada. En Europa del Este (as&iacute; como en Rusia), Estados Unidos trat&oacute; de apoyar a la resistencia antisovi&eacute;tica hasta principios de la d&eacute;cada de 1950, sin &eacute;xito.<br /><br />*<br /><br />Consideremos, en cambio, la invasi&oacute;n de Irak. Ha acabado con dos reg&iacute;menes monstruosos, uno del que se pod&iacute;a hablar, otro del que no. El primero era el reino del tirano; el segundo las sanciones impuestas por Estados Unidos y Gran Breta&ntilde;a, que han matado a centenares de miles de personas, devastado la sociedad, reforzado el poder del tirano y obligado a la poblaci&oacute;n a confiar en &eacute;l para sobrevivir (a trav&eacute;s del racionamiento), preservando, de este modo, a Saddan Hussein del destino de otros dictadores apoyados por distintos gobiernos de Estados Unidos y, en particular, por los miembros y amigos de la actual administraci&oacute;n americana &ndash;Suharto, Marcos, Duvalier, Mobutu, etc.- que fueron derrocados desde dentro. Algo as&iacute; era plausible antes de la guerra.<br /><br />*<br /><br />No hay duda de que la poblaci&oacute;n ha acogido bien el fin de las sanciones y el fin del r&eacute;gimen de Saddam Hussein; los que se opon&iacute;an a la guerra contra Irak en todo el mundo tambi&eacute;n, aunque este hecho se haya ocultado por parte de la administraci&oacute;n actual. Pero se pod&iacute;an suprimir las sanciones sin conflicto; adem&aacute;s, si estas hubieran sido abolidas, la poblaci&oacute;n probablemente habr&iacute;a logrado librarse de la dictadura. Las investigaciones del inspector David Key, nombrado por el presidente George Bush tras la victoria, no solo han desmentido de forma clara la presunta posesi&oacute;n de armas de destrucci&oacute;n masiva por parte de Irak, sino que tambi&eacute;n han demostrado que, en los a&ntilde;os anteriores a la invasi&oacute;n norteamericana, el poder que ejerc&iacute;a Saddam Hussein era muy fr&aacute;gil. Todo ello ha confirmado, a posteriori, las tesis de numerosos expertos que conoc&iacute;an bien la situaci&oacute;n interna de Irak. Por ejemplo, Denis Halliday (1) y Hans van Sponeck, coordinadores de la ayuda humanitaria de la Organizaci&oacute;n de Naciones Unidas (ONU) hab&iacute;an afirmado repetidas veces que, si el embargo y las sanciones impuestas por Washington y Londres no hubieran afectado a la poblaci&oacute;n, los mismos iraqu&iacute;es se habr&iacute;an ocupado de derrocar al tirano.<br /><br />*<br /><br />Sabemos que las intervenciones militares pueden tener efectos secundarios positivos: as&iacute;, el bombardeo de Pearl Harbour por parte de la aviaci&oacute;n japonesa, en diciembre de 1941, condujo a la expulsi&oacute;n de las potencias imperiales occidentales de Asia, salvando as&iacute; los millones de vidas que se habr&iacute;an perdido en las guerras de liberaci&oacute;n. &iquest;Justifica esto el fascismo japon&eacute;s y sus cr&iacute;menes? Est&aacute; claro que no. Y estoy convencido de que la agresi&oacute;n japonesa contra Estados Unidos fue un crimen de guerra, el &ldquo;crimen capital&rdquo; seg&uacute;n el tribunal de Nuremberg.<br /><br />*<br /><br />Arthur Schlessinger, el historiador americano de mayor prestigio, al iniciarse los bombardeos de Irak, recordaba con toda la raz&oacute;n el precedente de Pearl Harbour. El presidente Franklin D. Roosevelt, escrib&iacute;a, no se equivocaba cuando dec&iacute;a que el ataque japon&eacute;s era una fecha se&ntilde;alada en la infamia y que los norteamericanos deber&iacute;an vivir el ataque contra Irak como una infamia comparable a la de la pol&iacute;tica imperial japonesa.<br /><br />*<br /><br />Con el fin de los dos reg&iacute;menes, el de las sanciones y el de Saddam Hussein, Estados Unidos dispon&iacute;a de inmensos recursos para reconstruir Irak. La poblaci&oacute;n se sent&iacute;a aliviada y la resistencia no ten&iacute;a pr&aacute;cticamente ning&uacute;n apoyo externo. Sin embargo, esta se ha ido desarrollando en el interior, b&aacute;sicamente en respuesta a la violencia y a la brutalidad de los invasores. Hacia falta verdadero talento para sufrir un fracaso...<br /><br />*<br /><br />Y es que la invasi&oacute;n ha desencadenado un ciclo de violencia que ha engendrado, a su vez, todav&iacute;a m&aacute;s violencia, como demuestran los terribles combates en Faluya en donde los civiles iraqu&iacute;es son las primeras victimas. Si los v&iacute;nculos entre el antiguo r&eacute;gimen iraqu&iacute; y la red terrorista Al-Qaida no han existido nunca, todo el mundo admite que el Irak ocupado se ha convertido en un &ldquo;santuario de terroristas&rdquo;. Esto lo ha demostrado de forma especial Jessica Stern, especialista en terrorismo de la Universidad de Harvard, en un estudio publicado por el New York Times (2) tras la destrucci&oacute;n de la sede de la ONU en Bagdad.<br /><br />*<br /><br />La guerra contra Irak se llev&oacute; a cabo a pesar de la oposici&oacute;n de la opini&oacute;n p&uacute;blica internacional, que tem&iacute;a que esta agresi&oacute;n llevara a una diseminaci&oacute;n del terrorismo. La administraci&oacute;n George Bush consider&oacute; este riesgo como menor comparado con la perspectiva de hacerse con el control de Irak y de sus riquezas, de lanzar la primera &ldquo;guerra preventiva&rdquo; y de reforzar su influencia en el panorama interno norteamericano.<br /><br />*<br /><br />Por otra parte, la &ldquo;guerra contra el terrorismo&rdquo; ha fracasado y los ataques sangrientos se han extendido por todo el mundo. Para desgracia de sus habitantes, el n&uacute;mero de ciudades a las que ha alcanzado el terror tras el 11 de septiembre de 2001 no deja de aumentar, especialmente despu&eacute;s de la guerra de Irak. Actualmente incluye a Bagdad, Casablanca, Estambul, Yakarta, Jerusal&eacute;n, Haifa, Ashdod, Mombasa, Mosc&uacute;, Riyad y Madrid. Antes o despu&eacute;s, a este ritmo, es posible que el terrorismo y las armas de destrucci&oacute;n masiva acaben por juntarse en el seno de una misma organizaci&oacute;n violenta cuyos ataques podr&iacute;an ser a&uacute;n m&aacute;s terribles. <br /><br />*<br /><br />El concepto de &ldquo;guerra preventiva&rdquo; tan apreciado por Bush ha revelado su verdadera naturaleza: un simple eufemismo para poder agredir libremente a quien se quiera. El car&aacute;cter arbitrario y peligroso de esta doctrina, y no solamente su aplicaci&oacute;n en Irak, fue lo que dio lugar en febrero de 2003 a las grandes protestas contra la invasi&oacute;n, rechazo que se ha ido ampliando a partir de entonces, especialmente por la incapacidad de Washington para probar que el r&eacute;gimen de Saddam Hussein pose&iacute;a armas de destrucci&oacute;n masiva, una acusaci&oacute;n que apunta a una gran mentira de Estado.<br /><br />*<br /><br />En abril de 2003, los sondeos de opini&oacute;n mostraban que los ciudadanos americanos deseaban que la ONU ejerciera la responsabilidad principal durante la posguerra en la reconstrucci&oacute;n pol&iacute;tica y econ&oacute;mica de Irak. A pesar de todo, el fracaso de la ocupaci&oacute;n resulta sorprendente, dada la potencia militar y los recursos con los que cuenta Estados Unidos y ha llevado a la administraci&oacute;n Bush a dar marcha atr&aacute;s y a resignarse a solicitar la ayuda de Naciones Unidas. Sin embargo, la ONU querr&iacute;a saber si Irak va a ser algo m&aacute;s que un Estado vasallo de Washington. Norteam&eacute;rica construye en Bagdad su sede diplom&aacute;tica m&aacute;s grande del mundo con 3000 funcionarios, lo que indica claramente que el trasvase de soberan&iacute;a previsto para el pr&oacute;ximo 30 de junio de 2004 ser&aacute; muy limitado.<br /><br />*<br /><br />Este sentimiento se ve reforzado por la pretensi&oacute;n norteamericana de mantener en Irak importantes bases militares y una gran presencia de sus fuerzas armadas. Esta voluntad de hacer de Bagdad su vasallo, se confirma asimismo por las ordenes dadas por Paul Bremer, el proc&oacute;nsul de Washington, para que la econom&iacute;a local permanezca abierta y controlada por los extranjeros. La p&eacute;rdida del control de la econom&iacute;a reduce radicalmente la soberan&iacute;a pol&iacute;tica y las perspectivas de un desarrollo sano. Es una de las lecciones m&aacute;s claras de la historia. Ning&uacute;n pa&iacute;s colonizado ha podido desarrollarse mientras su pol&iacute;tica y su econom&iacute;a han estado dominadas por la potencia ocupante.<br /><br />*<br /><br />En diciembre de 2003, una investigaci&oacute;n del Program on International Policy attitudes/Knowledge Networks se&ntilde;al&oacute; que la misma poblaci&oacute;n norteamericana solo apoya de forma muy d&eacute;bil la decisi&oacute;n de mantener, permanentemente, una fuerte presencia militar en Irak. Esta inquietud popular proviene del hecho de que la gente no cree en la justicia de la causa. Si esta se reflejara en las urnas, el pr&oacute;ximo mes de noviembre, podr&iacute;a provocar un cambio pol&iacute;tico importante. Incluso si la oferta electoral en Estados Unidos es muy reducida y si la gente sabe que las elecciones normalmente est&aacute;n ama&ntilde;adas. Al candidato dem&oacute;crata John Kerry se le describe a veces como un &ldquo;Bush con pocas calor&iacute;as&rdquo;, Sin embargo, puede ocurrir que las dos facciones de lo que llaman el &ldquo;Partido de los empresarios&rdquo; presenten pol&iacute;ticas diferentes. Peque&ntilde;as variaciones, al principio, entre los dos candidato pueden dar lugar, a la larga, a impactos gigantescos y de naturaleza muy contrastada seg&uacute;n que el elegido sea Bush o Kerry. Eso se confirmar&aacute; el pr&oacute;ximo mes de noviembre como se confirm&oacute; en el 2000 cuando se enfrentaron Bush y Albert Gore.<br /><br />*<br /><br />Bush expone as&iacute; su doctrina: &ldquo;Liberar el mundo del mal y del terrorismo&rdquo;. &ldquo;Declarar la guerra al terrorismo, afirm&oacute; tras el 11 de septiembre de 2001, supone tambi&eacute;n declarar la guerra a cualquier Estado que de refugio a los terroristas. Porque un Estado que acoge en su suelo a terroristas es a su vez un Estado terrorista y debe por lo tanto ser tratado como tal&rdquo;. En nombre de esta doctrina, Bush declar&oacute; la guerra a Afganist&aacute;n en el 2001 y a Irak en el 2002. Y amenaza a otros pa&iacute;ses como Siria. Podemos preguntarnos si Bush realmente es coherente, ya que hay muchos otros Estados que acogen terroristas, que los protegen y a los que ni se bombardea ni se les invade. Empezando por... &iexcl;los mismos Estados Unidos!<br /><br />*<br /><br />Es sabido que desde 1959 los Estados Unidos han apadrinado ataques terroristas contra Cuba. Entre ellos se pueden se&ntilde;alar la invasi&oacute;n de la bah&iacute;a de Cochinos en 1961, el ametrallamiento a&eacute;reo contra civiles, las bombas en lugares p&uacute;blicos de la Habana y en otros sitios, el asesinato de funcionarios, la destrucci&oacute;n en vuelo de un avi&oacute;n de l&iacute;nea cubano en 1976 que caus&oacute; m&aacute;s de ochenta muertos, as&iacute; como decenas de complots para matar a Fidel Castro. Uno de los terroristas anticastristas m&aacute;s conocidos, acusado de ser el cerebro del atentado contra el avi&oacute;n civil en 1976, es Orlando Bosch. En 1989, George Bush padre anul&oacute; la decisi&oacute;n del Ministerio de Justicia que hab&iacute;a denegado una solicitud de asilo formulada por Bosch. En consecuencia, vive tranquilamente en Estados Unidos en donde prosigue con sus actividades anticastristas.<br /><br />*<br /><br />La lista de terroristas que han encontrado refugio en Estados Unidos incluye tambi&eacute;n a Emmanuel Constant, de Hait&iacute;, conocido por el nombre de &ldquo;Toto&rdquo;, un antiguo l&iacute;der paramilitar de la &eacute;poca de los Duvalier. &ldquo;Toto&rdquo; es el fundador del Frente Revolucionario para el Avance y el Progreso de Hait&iacute; (FRAPH), grupo paramilitar que, a las ordenes de la junta que derroc&oacute; al presidente Aristide, aterroriz&oacute; a la poblaci&oacute;n de 1990 a 1994. Seg&uacute;n informes recientes, &ldquo;Toto&rdquo; vive en el Queens en Nueva York. Y Washington ha denegado la petici&oacute;n de extradici&oacute;n presentada por Hait&iacute;. &iquest;Por qu&eacute;? Porque &ldquo;Toto&rdquo; podr&iacute;a revelar los v&iacute;nculos entre Estados Unidos y la junta culpable de haber hecho asesinar &ndash;por los hombres del FRAPH- entre 4000 y 5000 haitianos... Hay que a&ntilde;adir que entre los gansters que han participado, al lado de las fuerzas americanas, en el reciente golpe de estado contra el presidente Aristide figuran varios ex dirigentes de la organizaci&oacute;n terrorista FRAPH.<br /><br />*<br /><br />Washington rehuye continuamente entregar a aquellos que le han servido bien, incluso cuando se trata de terroristas. As&iacute;, en febrero de 2003, Venezuela pidi&oacute; la extradici&oacute;n de dos oficiales que hab&iacute;an participado en el golpe de estado del 11 de abril de 2002 contra el presidente Hugo Ch&aacute;vez y que, acto seguido, hab&iacute;an organizado un atentado en Caracas para despu&eacute;s huir a Miami, en donde encontraron refugio. Claro est&aacute;, Washington la deneg&oacute;.<br /><br />*<br /><br />Y es que no todos los terroristas son iguales. Y los que sirven a los intereses de Estados Unidos no deber&iacute;an ser calificados con la fea palabra &ldquo;terroristas&rdquo;. Son los nuevos &ldquo;combatientes de la libertad&rdquo;, como llamaban los medios de comunicaci&oacute;n antes al mismo Osama bin Laden, en la &eacute;poca en la que aterrorizaba a los sovi&eacute;ticos por cuenta de Estados Unidos...<br />-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br /><br />V&eacute;ase Denis Halliday, &ldquo;Des sanctions qui tuent&rdquo;, Le Monde diplomatique, enero de 1999.<br /><br />Jessica Stern, &ldquo;How America Created a Terrorist Haven&rdquo;, The New York Times, 20 de agosto de 2003.<br /><br />-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br /><br />(C) Noam <strong>CHOMSKY</strong>.]]></description><pubDate>Sun, 10 Apr 2005 10:24:00 +0000</pubDate></item><item><title>Pasi&#xF3;n por los MERCADOS libres.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/040901-pasion-por-los-mercados-libres-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/040901-pasion-por-los-mercados-libres-.php</guid><description><![CDATA[<strong>Exportando los valores NORTEAMERICANOS a trav&eacute;s de la nueva Organizaci&oacute;n Mundial de Comercio.</strong><br /><br />Durante m&aacute;s de medio siglo, las Naciones Unidas han sido para los EE.UU. el foro central donde intentar crear un mundo a su imagen y semejanza, maniobrando con sus aliados para forjar acuerdos globales sobre derechos humanos, pruebas nucleares o medio ambiente que, seg&uacute;n insist&iacute;a Washington, reflejar&iacute;an sus propios valores. <br />***<br />**<br />*<br />"As&iacute; transcurri&oacute; la historia de la posguerra", nos alecciona el primer p&aacute;rrafo de un art&iacute;culo de primera p&aacute;gina del analista pol&iacute;tico del New York Times, David Sanger. Pero los tiempos est&aacute;n cambiando. Hoy, dice el titular: "Estados Unidos est&aacute; exportando sus valores de libre mercado a trav&eacute;s de acuerdos comerciales globales". Dejando atr&aacute;s la tradicional confianza en las Naciones Unidas, la Administraci&oacute;n Clinton se est&aacute; volviendo hacia la nueva Organizaci&oacute;n Mundial de Comercio (OMC) para llevar adelante la tarea de "exportar los valores norteamericanos". M&aacute;s abajo, Sanger dice (citando al Representante Comercial de EE.UU) que la OMC ser&iacute;a el instrumento m&aacute;s efectivo para llevar la "pasi&oacute;n americana por la desregulaci&oacute;n", por el libre mercado en general y los valores americanos de libre competencia, reglas claras, y cumplimiento efectivo", a un mundo que anda a tientas en medio de las tinieblas. Estos "valores americanos" se ponen de manifiesto de la manera m&aacute;s dram&aacute;tica por la ola del futuro: telecomunicaciones, Internet, tecnolog&iacute;a inform&aacute;tica de punta y otros milagros creados por el exuberante esp&iacute;ritu empresarial americano que el mercado no puede contener, al fin libre de las interferencia del Estado gracias a la revoluci&oacute;n de Reagan. <br />***<br />**<br />*<br />Hoy, "los gobiernos est&aacute;n adoptando el evangelio del libremercado predicado en la d&eacute;cada de los ochenta por el presidente Reagan y la Primer Ministro de Gran Breta&ntilde;a, Margaret Thatcher", informa Youssef Ibrahim en otro art&iacute;culo de primera p&aacute;gina del Times, reiterando la cantilena. Nos guste o no, entusiastas y cr&iacute;ticos provenientes de un gran espectro de opiniones acuerdan -s&oacute;lo para mantenernos dentro del sector de los liberales de izquierda- en "la implacable embestida de lo que sus exponentes llaman "la revoluci&oacute;n del mercado": "el rudo individualismo reaganista" ha cambiado las reglas de juego en el mundo, mientras que aqu&iacute; "republicanos y dem&oacute;cratas por igual est&aacute;n listos para otorgar v&iacute;a libre al mercado", en medio de su consagraci&oacute;n a la "nueva ortodoxia". <br />***<br />**<br />*<br />Hay una cantidad de problemas con este cuadro. Uno es la explicaci&oacute;n de la &uacute;ltima mitad del siglo. Aun los m&aacute;s fieles creyentes en la "Misi&oacute;n de Am&eacute;rica" deben estar conscientes de que las relaciones EE.UU./ONU han sido virtualmente lo opuesto a lo que el p&aacute;rrafo inicial describe, desde que la ONU qued&oacute; fuera de control con el progreso de la descolonizaci&oacute;n, dejando a EE.UU. a menudo aislado y en oposici&oacute;n a los acuerdos globales en una gran cantidad de temas, "y dedicado a minar los acuerdos centrales de la ONU, particularmente aquellos con una orientaci&oacute;n hacia el tercer mundo". Muchas cuestiones mundiales son sujeto de debate, pero seguramente &eacute;sta no es una de ellas. <br />***<br />**<br />*<br />Acerca del "rudo individualismo reaganista" y su adoraci&oacute;n por el mercado, quiz&aacute;s sea suficiente citar el balance de los a&ntilde;os de Reagan que realiz&oacute; en Foreign Affairs un experto en Finanzas Internacionales del Consejo para las Relaciones Exteriores, que se&ntilde;ala la "iron&iacute;a" de que Ronald Reagan, "el dirigente con el m&aacute;s apasionado amor por el laissez faire de la posguerra, presidiera el mayor giro hacia el proteccionismo desde 1930" &ndash;no hay "iron&iacute;a", sino el trabajo normal de un "apasionado amante del laissez faire": para usted, disciplina de mercado, pero no para m&iacute;, a menos que el "campo de juego" me sea favorable, t&iacute;picamente como resultado de una intervenci&oacute;n en gran escala del Estado. Es dif&iacute;cil encontrar otro tema que haya sido tan dominante en la historia econ&oacute;mica de los tres siglos pasados. El actual entusiasmo por la revoluci&oacute;n de las comunicaciones del que Sanger habla es un caso de manual. <br />***<br />**<br />*<br />Los reaganistas siguieron un curso bien conocido &ndash;recientemente derivado en comedia por los "conservadores" de Gingrich- cuando ensalzaron las glorias del mercado y cuestionaron en severas conferencias la debilitante cultura de la dependencia de los pobres, del pa&iacute;s y del extranjero, mientras cacareaban orgullosos ante el mundo de los negocios que Reagan hab&iacute;a "garantizado una ayuda m&aacute;s importante a la industria de EE.UU. que cualquier otro de sus predecesores en m&aacute;s de medio siglo"; de hecho, m&aacute;s que todos sus predecesores juntos, cuando ellos condujeron "el sostenido asalto al principio (de libre comercio)" de los ricos y poderosos iniciado a comienzos de la d&eacute;cada de los 70, se lamentaba en una rese&ntilde;a acad&eacute;mica Patrick Low, economista del secretariado del GATT, quien estimaba que los efectos restrictivos de las medidas reaganistas eran tres veces mayores que los de otros importantes pa&iacute;ses industrializados. <br />***<br />**<br />*<br />El radical "giro hacia el proteccionismo" fue s&oacute;lo una parte del "sostenido asalto" a los principios del libre comercio, que se aceler&oacute; bajo el "rudo individualismo reaganista". Otro cap&iacute;tulo de esta historia incluye la enorme transferencia de fondos p&uacute;blicos al sector privado, frecuentemente bajo la tradicional m&aacute;scara de la "seguridad". Sin esas extremas medidas de interferencia en el mercado, es dudoso que las industrias automotrices, del acero, de m&aacute;quinas-herramientas y de semiconductores de EE.UU., entre otras, hubieran sobrevivido a la competencia japonesa o hubiesen sido capaces de ponerse a la cabeza en tecnolog&iacute;as de punta, con amplios efectos sobre toda la econom&iacute;a. <br />***<br />**<br />*<br />La "Gran Breta&ntilde;a de Thatcher" es otro buen ejemplo para ilustrar el "evangelio del libre mercado". Limit&aacute;ndonos a unas pocas revelaciones de principios de 1997, "en el per&iacute;odo de m&aacute;xima presi&oacute;n para vender armas a Turqu&iacute;a", el London Observer inform&oacute; que la Primer Ministro Thatcher "intervino personalmente para asegurar que se efectuara un pago de 22 millones de libras, sacados del presupuesto de ayuda exterior, para colaborar en la construcci&oacute;n de una l&iacute;nea de subterr&aacute;neos en la capital de Turqu&iacute;a, Ankara. El proyecto era antiecon&oacute;mico, y en 1995 el Ministro de Asuntos Exteriores, Douglas Hurd, admiti&oacute; que era "ilegal". El incidente fue particularmente notorio pues se dio durante los coletazos del esc&aacute;ndalo Pergau Dam, que revel&oacute; los subsidios ilegales thatcheristas, destinados a "embellecer" los negocios de armas con el gobierno de Malasia, con un dict&aacute;men de la Corte Suprema adverso a Hurd. Adem&aacute;s de las garant&iacute;as estatales de cr&eacute;dito, los arreglos financieros, y el resto de la parafernalia de dispositivos para transferir fondos p&uacute;blicos para la "industria de defensa", que produjeron beneficios para la industria de avanzada en general. <br />***<br />**<br />*<br />Unos d&iacute;as antes, el mismo diario inform&oacute; que "hasta 2 millones de ni&ntilde;os brit&aacute;nicos padecen problemas de salud y raquitismo debido a malnutrici&oacute;n" como resultado de la "pobreza a una escala sin precedentes desde la d&eacute;cada de1930". La tendencia a aumentar la salud infantil se ha revertido y las enfermedades de la ni&ntilde;ez que hab&iacute;an sido controladas est&aacute;n resurgiendo, gracias al (altamente selectivo) "evangelio del libre mercado", muy admirado por sus beneficiarios. <br />***<br />**<br />*<br />Unos meses antes, un titular anunciaba que "Uno de cada tres beb&eacute;s brit&aacute;nicos nace en la pobreza", y que "la pobreza se ha triplicado desde que Margart Thatcher fue electa". En otro titular se le&iacute;a:"Las enfermedades descriptas por Dickens vuelven a perseguir a los brit&aacute;nicos de hoy", informando sobre estudios que concluyen que "las condiciones sociales en Gran Breta&ntilde;a est&aacute;n volviendo a ser las de hace un siglo". Particularmente crueles son los efectos de los cortes de gas, electricidad, agua y tel&eacute;fonos, "en un gran n&uacute;mero de hogares", ya que la privatizaci&oacute;n sigue su propio curso, con una variedad de mecanismos que favorecen a "los clientes m&aacute;s pudientes" a costa de una "sobrefacturaci&oacute;n a los pobres", y conducen a un "creciente abismo energ&eacute;tico entre ricos y pobres, incluyendo agua corriente y otros servicios. Los "recortes salvajes" en los programas sociales est&aacute;n colocando a la naci&oacute;n "al borde del p&aacute;nico por un inminente colapso social". Pero la industria y las finanzas se est&aacute;n beneficiando lindamente con esas mismas opciones pol&iacute;ticas. Para coronar todo esto, los gastos p&uacute;blicos despu&eacute;s de 17 a&ntilde;os de evangelio thatcherista fueron del mismo 42 &frac14; % del PBI que cuando ella se hizo cargo. <br />***<br />**<br />*<br />No se trata, exactamente, de una realidad para nosotros desconocida. <br /><br /><br /><br /><strong>Exportando los valores norteamericanos.</strong><br /><br />Dejemos de lado estos curiosos contrastes entre doctrina y realidad, y veamos qu&eacute; podemos aprender examinando la nueva era que aparece en el horizonte. Creo que mucho. <br />***<br />**<br />*<br />Sanger celebra el acuerdo de la OMC en telecomunicaciones. Uno de sus bienvenidos efectos es proveer a Washington de una "nueva herramienta de pol&iacute;tica exterior". El acuerdo "habilita a la OMC a traspasar las fronteras de los setenta pa&iacute;ses que lo han firmado" y no es ning&uacute;n secreto que las instituciones internacionales pueden actuar mientras se atengan a las demandas de los poderosos, en particular los EE.UU. En el mundo real, la "nueva herramienta" permite a EE.UU. intervenir a fondo en los asuntos internos de otros pa&iacute;ses, oblig&aacute;ndolos a cambiar sus leyes y pr&aacute;cticas. De modo decisivo, la OMC se asegurar&aacute; de que otros pa&iacute;ses est&eacute;n "siguiendo a rajatablas sus promesas de permitir invertir a los extranjeros", sin restricciones, en &aacute;reas centrales de sus econom&iacute;as. En este caso espec&iacute;fico, el resultado probable est&aacute; claro para todos: como se&ntilde;ala Far Eastern Economic Review (FEER) (Revista Econ&oacute;mica del Lejano Oriente),"los obvios beneficiarios corporativos de esta nueva era ser&aacute;n los agentes comerciales norteamericanos, que son los que est&aacute;n mejor posicionados para dominar el juego", a la par de la megacorporaci&oacute;n compuesta por EE.UU. y el Reino Unido. <br />***<br />**<br />*<br />No todo el mundo est&aacute; deleitado con las perspectivas. Los ganadores reconocen este hecho, y ofrecen su interpretaci&oacute;n: en palabras de Sanger, los otros temen que "los gigantes norteamericanos de las telecomunicaciones.... pueden aplastar a los d&eacute;biles monopolios estatales que han dominado durante mucho tiempo las telecomunicaciones en Europa y Asia" como sucedi&oacute; en EE.UU., bien pasado el per&iacute;odo en que se transform&oacute; por lejos en la principal econom&iacute;a mundial y en el Estado m&aacute;s poderoso. Tambi&eacute;n vale la pena hacer notar que importantes contribuciones a la tecnolog&iacute;a moderna provienen de los laboratorios de investigaci&oacute;n de los "d&eacute;biles monopolios estatales" que dominaron las telecomunicaciones hasta la d&eacute;cada de los 70, aprovechando su independencia de la disciplina de mercado para cubrir las necesidades de avanzados sectores de la industria, generalmente por transferencias de fondos p&uacute;blicos (de modo indirecto, salvo las modalidades m&aacute;s directas del sistema del Pent&aacute;gono). <br />***<br />**<br />*<br />Aquellos que se aferran irracionalmente al pasado ven las cosas un poco distintas. FEER se&ntilde;ala que "se perder&aacute;n empleos" en Asia y "muchos consumidores asi&aacute;ticos tendr&aacute;n que pagar m&aacute;s por los servicios telef&oacute;nicos antes de que empiecen a pagar menos". &iquest;Cu&aacute;ndo empezar&aacute;n a pagar menos? Para que amanezca ese luminoso d&iacute;a s&oacute;lo es necesario que los inversores extranjeros "sean alentados.. a actuar de la manera socialmente deseable", no simplemente con los ojos puestos en la ganancia, el buen servicio a los ricos y al mundo comercial. No se explica c&oacute;mo ocurrir&aacute; ese milagro, aunque sin duda esta cuesti&oacute;n inspirar&aacute; serias reflexiones en los cuarteles generales de las corporaciones. <br />***<br />**<br />*<br />En un espacio de tiempo previsible, el acuerdo de la OMC elevar&aacute; los costos de servicios telef&oacute;nicos para la mayor&iacute;a de los consumidores asi&aacute;ticos, predice la Review. "La realidad es que, comparativamente, pocos usuarios en Asia aprovechar&aacute;n los beneficios de las tarifas internacionales m&aacute;s baratas" que se anticipan con el traspaso a grandes corporaciones extranjeras, en su mayor&iacute;a norteamericanas. En Indonesia, por ejemplo, s&oacute;lo alrededor de 300.000 de 190 millones de personas hacen llamadas al exterior, y pertenecen espec&iacute;ficamente al sector de negocios. "Es muy probable que, en general, el costo local de las telecomunicaciones aumente" en Asia, de acuerdo a David Barden, analista regional en telecomunicaciones de la J.P. Morgan Securities en Hong Kong. Pero eso es beneficioso, contin&uacute;a : "si no hay rentabilidad en el negocio, no hay negocio". Y ahora que a&uacute;n m&aacute;s propiedades p&uacute;blicas pasar&aacute;n a manos de grandes corporaciones extranjeras, mejor que se les garantice rentabilidad &ndash;telecomunicaciones hoy, y ma&ntilde;ana un &aacute;rea mucho m&aacute;s grande de servicios relacionados con ellas. La prensa econ&oacute;mica predice que "las comunicaciones personales por Internet (incluyendo las redes e interacciones corporativas) dominar&aacute;n las comunicaciones en cinco o seis a&ntilde;os, y los operadores telef&oacute;nicos tienen el mayor inter&eacute;s en entrar en el negocio "online". Contemplando el futuro de su propia compa&ntilde;&iacute;a, el Director General de Intel, Andrew Grove, ve a Internet como "el mayor cambio en nuestro sector" en la actualidad. &Eacute;l espera un crecimiento en gran escala de los "proveedores de conexi&oacute;n, la gente que trabaja en la generaci&oacute;n de la World Wide Web, la gente que fabrica computadoras (con "gente" quiere decir corporaciones), y la industria de la publicidad, que ya maneja anualmente alrededor de 350 mil millones de d&oacute;lares, y prev&eacute; nuevas oportunidades con la privatizaci&oacute;n de Internet, lo que se espera que la convierta en un oligopolio global. <br />***<br />**<br />*<br />Mientras tanto, las privatizaciones se suceden aprisa en todos lados. Para tomar un caso importante: con una considerable oposici&oacute;n popular, el gobierno de Brasil decidi&oacute; privatizar la compa&ntilde;&iacute;a Vale, que controla el uranio bruto, el hierro y otros recursos naturales e industriales y medios de transporte, incluyendo tecnolog&iacute;a sofisticada. Vale es enormemente rentable, con unos ingresos en 1996 de m&aacute;s de 5 mil millones de d&oacute;lares, y excelentes perspectivas para el futuro; es una de las 6 empresas latinoamericanas ubicadas entre las 500 m&aacute;s rentables del mundo. Un estudio hecho por especialistas de la Escuela de Graduados de Ingenier&iacute;a en la Universidad Federal de R&iacute;o estima que el gobierno ha subvaluado seriamente a la compa&ntilde;&iacute;a, haciendo notar que para ello se bas&oacute; en un an&aacute;lisis "independiente" de Merrill Lynch que, casualmente, est&aacute; asociada con el conglomerado anglo americano que est&aacute; tratando de adue&ntilde;arse de este componente central de la econom&iacute;a brasile&ntilde;a. El gobierno niega airadamente estas relaciones. Si fueran correctas, como se podr&iacute;a suponer, formar&iacute;an parte de un modelo muy conocido. <br />***<br />**<br />*<br />Comentario al margen: las comunicaciones no son exactamente lo mismo que el uranio. Cuando hay al menos una pretensi&oacute;n de democracia, las comunicaciones son el meollo de la cuesti&oacute;n. La concentraci&oacute;n de las comunicaciones en las manos de quien sea (particularmente si son manos extranjeras), plantea serias preguntas sobre la profundidad de esa democracia. Los mismos interrogantes se plantean sobre la concentraci&oacute;n en las finanzas, que mina la participaci&oacute;n popular en la planificaci&oacute;n social y econ&oacute;mica. El control sobre los alimentos plantea problemas todav&iacute;a m&aacute;s serios, en este caso sobre la supervivencia. Hace un a&ntilde;o, el Secretario General de la Organizaci&oacute;n para la Alimentaci&oacute;n y la Agricultura de la ONU (FAO), discutiendo sobre la "crisis de alimentos que sigui&oacute; a los grandes aumentos en los precios de cereales este a&ntilde;o", advirti&oacute; que los pa&iacute;ses "deben tornarse m&aacute;s autosuficientes en la producci&oacute;n de alimentos", seg&uacute;n inform&oacute; el Financial Times. La FAO est&aacute; alertando a los "pa&iacute;ses en v&iacute;as de desarrollo" para que reviertan las pol&iacute;ticas que les fueron impuestas por el "Consenso de Washington", pol&iacute;ticas que han tenido un desastroso impacto en muchas partes del mundo, a la par que otorgan grandes ayudas a los agronegocios subsidiados &ndash;de paso tambi&eacute;n al narcotr&aacute;fico, quiz&aacute; el &eacute;xito m&aacute;s dram&aacute;tico de las reformas neoliberales, si se lo juzga seg&uacute;n los "valores del libre mercado" que "los EE.UU. est&aacute;n exportando". <br />***<br />**<br />*<br />El control de las reservas alimenticias por los gigantes corporativos internacionales est&aacute; en camino, y con el acuerdo sobre las telecomunicaciones firmado y en marcha, los servicios financieros son los siguientes en la lista. <br />***<br />**<br />*<br />En resumen, las consecuencias que se esperan de la victoria de los "valores norteamericanos"en la OMC son: 1) una "nueva herramienta" de largo alcance para la intervenci&oacute;n de EE.UU. en los asuntos internos de otros pa&iacute;ses; 2) la transferencia de un crucial sector de las econom&iacute;as extranjeras a corporaciones con base estadounidense 3) beneficios para ciertos sectores de negocios y para los ricos; 4) transferencia de costos hacia la poblaci&oacute;n en general; 4) armas nuevas y potencialmente poderosas contra quienes amenazan a la democracia. <br />***<br />**<br />*<br />Una persona racional podr&iacute;a preguntar si estas expectativas son motivo de la celebraci&oacute;n (por la victoria de los "valores americanos") o si se derivan de la victoria de principios celebrados como parte del compromiso con valores m&aacute;s elevados. El escepticismo surge inevitablemente al comparar la imagen de la era de posguerra que nos da el Time con hechos incontrastables. Esto se remarca a&uacute;n m&aacute;s con una mirada a algunas de las sorprendentes regularidades hist&oacute;ricas; entre ellas, la de que los que est&aacute;n en posici&oacute;n de imponer sus proyectos no s&oacute;lo los saludan con entusiasmo sino que adem&aacute;s se benefician con ellos, tanto si los valores profesados tienen que ver con el libre comercio u otros grandes principios &ndash;que resultan en la pr&aacute;ctica perfectamente ajustados a las necesidades de los que manejan el juego y se alegran de los resultados. La pura l&oacute;gica sugiere un toque de escepticismo cuando el modelo se repite y la historia debiera hacer que aument&aacute;ramos ese escepticismo. <br />***<br />**<br />*<br />En realidad, ni siquiera debi&eacute;ramos buscar tan lejos. <br /><br /><strong>Un foro inapropiado.</strong><br /><br />El mismo d&iacute;a en que desde su primera p&aacute;gina estaban informando sobre la victoria de los valores norteamericanos en la Organizaci&oacute;n Mundial de Comercio, los editores del New York Times advirtieron a la Uni&oacute;n Europea que no se dirigiera a la OMC para llevar adelante sus acusaciones de violaci&oacute;n de acuerdos de libre comercio contra los EE.UU. Cercano a este tema est&aacute; el Acta Helms-Burton, que "compele a EE.UU. a imponer sanciones contra compa&ntilde;&iacute;as extranjeras que hagan negocios con Cuba". Las sanciones "efectivamente excluir&aacute;n a esas compa&ntilde;&iacute;as de exportar a EE.UU. o hacer negocios en EE.UU., aun si los productos y actividades no tienen nada que ver con Cuba" (Peter Morici, ex Director de Econom&iacute;a de la Comisi&oacute;n Internacional de Comercio de EE.UU.) No es poco castigo, aun sin contar con las m&aacute;s directas amenazas contra los individuos y las compa&ntilde;&iacute;as que cruzan una l&iacute;nea que Washington traza unilateralmente. Los editores consideran el Acta como un "err&oacute;neo intento del Congreso de imponer su pol&iacute;tica exterior a otros": Morici se opone debido a que "crea m&aacute;s costos que beneficios para EE.UU." En relaci&oacute;n m&aacute;s amplia con el tema est&aacute; el propio embargo, "la estrangulaci&oacute;n econ&oacute;mica de Cuba por los norteamericanos", que los editores califican como "un anacronismo de la guerra fr&iacute;a", que es mejor abandonar porque est&aacute; resultando da&ntilde;ino para los intereses norteamericanos. <br />***<br />**<br />*<br />Pero no plantean cuestiones m&aacute;s amplias, como lo correcto o lo incorrecto de esas medidas; todo el asunto es "esencialmente una disputa pol&iacute;tica", remarcan los editores del Times, sin referirse a las "obligaciones de libre comercio" de Washington. Como la mayor&iacute;a, los editores aparentemente dan por sentado que si Europa insiste, la OMC probablemente dictamine en contra de los EE.UU. Por lo tanto, la OMC no es un foro apropiado. <br />***<br />**<br />*<br />La l&oacute;gica es simple, y estandarizada. Hace diez a&ntilde;os, con los mismos fundamentos, la Corte Internacional de Justicia fue considerada un foro inapropiado para juzgar los cargos que Nicaragua hac&iacute;a a los EE.UU. EE.UU. objet&oacute; la jurisdicci&oacute;n de la CIJ, y cuando &eacute;sta conden&oacute; a EE.UU. por "uso ilegal de la fuerza", ordenando a Washington que cesara su terrorismo internacional, violaci&oacute;n de los tratados e ilegal guerra econ&oacute;mica, y a pagar sustanciales reparaciones, el Congreso controlado por los dem&oacute;cratas reaccion&oacute; de inmediato intensificando sus actos criminales, mientras que la Corte fue terminantemente denunciada por los cuatro costados como un "foro hostil" que se hab&iacute;a desacreditado a s&iacute; misma fallando en contra de los EE.UU. Apenas se inform&oacute; sobre el fallo de la Corte, no incluyendo las palabras citadas y el juicio expreso de que la ayuda a los contras por parte de EE.UU.era "militar" y no "humanitaria". A la par de la direcci&oacute;n norteamericana de las fuerzas terroristas, la ayuda continu&oacute; hasta que EE.UU. impuso su voluntad, siempre llam&aacute;ndola "ayuda humanitaria". Las historias p&uacute;blicadas se atienen a las mismas convenciones. <br />***<br />**<br />*<br />Estados Unidos vet&oacute; despu&eacute;s una resoluci&oacute;n del Consejo de Seguridad llamando a todos los Estados a observar la ley internacional (hecho del que se inform&oacute; muy poco) y vot&oacute; solo (con El Salvador e Israel) contra una resoluci&oacute;n de la Asamblea General llamando a una "completa e inmediata obediencia" hacia los fallos de la Corte &ndash;de lo que no se inform&oacute; en la prensa principal, -que tampoco lo hizo al a&ntilde;o siguiente cuando la votaci&oacute;n se repiti&oacute; y esta vez EE.UU. qued&oacute; solamente con Israel como soporte. Todo el asunto viene a ser una ilustraci&oacute;n t&iacute;pica sobre c&oacute;mo EE.UU. us&oacute; a la ONU como un "foro" para imponer "sus propios valores". <br />***<br />**<br />*<br />Volviendo al caso actual de la OMC, en noviembre de 1996 Washington vot&oacute; solo (con Israel y Uzbekist&aacute;n) contra una Resoluci&oacute;n de la Asamblea General, respaldada por la Uni&oacute;n Europea en pleno, conminando a EE.UU. a levantar el embargo a Cuba. La Organizaci&oacute;n de los Estados Americanos hab&iacute;a ya votado un&aacute;nimemente por el rechazo al Acta Helms-Burton, y hab&iacute;a solicitado a su cuerpo jur&iacute;dico (la Corte Interamericana de Justicia) que legislara sobre su legalidad. En agosto de 1996, la CIJ dictamin&oacute; por unanimidad que el Acta violaba la legislaci&oacute;n internacional. Un a&ntilde;o antes, la Comisi&oacute;n Interamericana de Derechos Humanos de la OEA hab&iacute;a condenado las restricciones de EE.UU. a los embarques de alimentos y medicinas para Cuba, consider&aacute;ndolos una violaci&oacute;n a las leyes internacionales. La Administraci&oacute;n Clinton respondi&oacute; que el cargamento de medicinas no fue literalmente detenido, sino entorpecido con condiciones tan onerosas y amenazantes que a&uacute;n las m&aacute;s grandes corporaciones americanas y extranjeras no estuvieron dispuestas a afrontar las consecuencias (fuertes penalidades econ&oacute;micas y prisi&oacute;n por lo que Whasington juzga como violaciones a una "apropiada distribuci&oacute;n", prohibici&oacute;n de barcos y aeronaves, orquestaci&oacute;n de campa&ntilde;as de prensa, etc.). Y mientras que realmente se impiden los embarques de alimentos, la Administraci&oacute;n afirma que hay "muchos proveedores" en otros lados (a costos mucho m&aacute;s altos), de modo que la violaci&oacute;n directa de leyes internacionales no es una violaci&oacute;n. <br />***<br />**<br />*<br />Cuando el asunto fue llevado por la Uni&oacute;n Europea a la Organizaci&oacute;n Mundial de Comercio, EE.UU. se retir&oacute; de las sesiones siguiendo el modelo empleado ante la CIJ, llevando el asunto a un punto muerto. <br />***<br />**<br />*<br />El mundo que EE.UU. ha intentado "crear a su imagen", a trav&eacute;s de instituciones internacionales, es un mundo basado en la ley de la fuerza. La "pasi&oacute;n americana por el comercio libre"implica que el gobierno de EE.UU. pueda violar los acuerdos comerciales como se le antoje. No hay problemas cuando las comunicaciones, las finanzas y las reservas alimenticias son transferidas a grandes corporaciones extranjeras (generalmente norteamericanas). Las cosas son diferentes, sin embargo, cuando los acuerdos comerciales y la ley internacional interfieron con los proyectos de los poderosos. <br />***<br />**<br />*<br />Aprendemos m&aacute;s todav&iacute;a cuando investigamos las razones de los rechazos de EE.UU. al cumplimiento de leyes internaciones y acuerdos comerciales. En el caso de Nicaragua, el Consejero Legal del Departamento de Estado, Abraham Soafer, explic&oacute; que cuando EE.UU. acept&oacute; la Jurisdicci&oacute;n de la Corte Mundial en la d&eacute;cada de los &acute;40, la mayor&iacute;a de los miembros de las Naciones Unidas "estaban alineados con los EE.UU. y compart&iacute;a sus puntos de vista sobre el orden mundial". Pero ahora, "una gran parte de ellos no puede contarse entre los que comparten nuestra visi&oacute;n de la concepci&oacute;n constitucional original de la Carta de las Naciones Unidas" y "Esta misma mayor&iacute;a se opone a menudo a los EE.UU. en importantes cuestiones internacionales". Es por eso entendible que EE.UU. sea, por lejos, el primer pa&iacute;s que desde la d&eacute;cada del &acute;60 viene vetando las resoluciones de las Naciones Unidas en una amplia gama de temas que incluye leyes internacionales, derechos humanos, protecci&oacute;n ambiental, etc. (el Reino Unido va segundo, y Francia le sigue en un distante tercer puesto). Esto es precisamente lo contrario de la versi&oacute;n estandarizada y repetida m&aacute;s arriba en el p&aacute;rrafo inicial. EE.UU. increment&oacute; su liderazgo con otro punto m&aacute;s despu&eacute;s de que se hiciera esta cuenta, imponiendo su veto n&uacute;mero 71 desde 1967, cuando la cuesti&oacute;n de los asentamientos israel&iacute;es en Jerusal&eacute;n se trat&oacute; en la Asamblea General: EE.UU. e Israel fueron los &uacute;nicos en oponerse; otra vez el modelo conocido. <br />***<br />**<br />*<br />Sacando las conclusiones naturales acerca de la poca confiabilidad del mundo, Sofaer explica que ahora debemos "reservarnos el poder de determinar si la Corte tiene jurisdicci&oacute;n sobre nosotros en cada caso en particular". El principio, de larga data, ahora ejercitado en un mundo que ya no es obediente, es que "EE.UU. no acepta jurisdicci&oacute;n compulsiva en ninguna disputa que comprenda asuntos que escencialmente pertenecen a la jurisdicci&oacute;n interna de los EE.UU.", tal como la determinan los EE.UU". Los "asuntos internos" en cuesti&oacute;n eran los ataques norteamericanos a Nicaragua. <br />***<br />**<br />*<br />Este principio operativo b&aacute;sico fue elegantemente formulado por la nueva Secretaria de Estado, Madeleine Albright, cuando disert&oacute; ante el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas sobre la renuencia del Consejo a aceptar las demandas de EE.UU. en lo concerniente a Iraq: EE.UU. "proceder&aacute; con otros, multilateralmente cuando podamos, y unilatelarmente cuando debamos", reconociendo que no existen restricciones externas en un &aacute;rea juzgada como "vital para los intereses nacionales", tal como la determinan los EE.UU. Las Naciones Unidas son un foro apropiado cuando sus miembros "pueden ser contados" entre quienes comparten los puntos de vista de Washington, pero no cuando la mayor&iacute;a "se opone a los Estados Unidos en cuestiones internacionales importantes". La ley internacional y la democracia son cosas buenas &ndash;pero juzgadas por su resultado, no por su proceso-; igual que el libre comercio. <br />***<br />**<br />*<br />La actual postura de EE.UU. en el caso de la OMC no rompe, por lo tanto, con las nuevas bases. Washington declar&oacute; que la OMC "no tiene competencia para proceder" en un asunto de seguridad nacional de EE.UU; tenemos que entender que nuestra existencia est&aacute; en juego en la estrangulaci&oacute;n de la econom&iacute;a cubana. Una decisi&oacute;n de la OMC contra EE.UU., en ausencia de EE.UU., no tendr&iacute;a importancia ni ser&iacute;a preocupante, dijo un vocero de la administraci&oacute;n Clinton, porque "no creemos que nada de lo que la OMC diga o haga pueda forzar a EE.UU. a cambiar sus leyes". Recordemos que el gran m&eacute;rito que tiene el acuerdo sobre telecomunicaciones de la OMC es que esta "nueva herramienta de pol&iacute;tica exterior" fuerza a otros pa&iacute;ses a cambiar sus leyes y pr&aacute;cticas, de acuerdo con nuestras demandas. <br />***<br />**<br />*<br />El principio es que EE.UU. est&aacute; exento de la interferencia de la OMC en sus leyes, as&iacute; como es libre de violar las leyes internacionales seg&uacute;n su deseo; exclusivamente, aunque el privilegio puede extenderse a sus Estados clientes si las circunstancias lo requieren. Otra vez, los principios fundamentales del orden mundial resuenan fuertes y claros. <br />***<br />**<br />*<br />Los acuerdos anteriores del GATT hab&iacute;an permitido excepciones basadas en la seguridad nacional, y por ellas, Washington hab&iacute;a justificado su embargo a Cuba como "medidas tomadas en la persecusi&oacute;n de intereses esenciales para la seguridad de EE.UU.". El acuerdo del GATT tambi&eacute;n permit&iacute;a a un miembro adoptar "cualquier acci&oacute;n que considere necesaria para la protecci&oacute;n de sus intereses esenciales de seguridad", pero s&oacute;lo en relaci&oacute;n con asuntos determinados: materiales fisionables, tr&aacute;fico de armas, y acciones "tomadas en tiempo de guerra u otras emergencias en las relaciones internacionales". Tal vez no deseando quedar en los registros oficiales con una expresi&oacute;n de extremo absurdo, la Administraci&oacute;n Clinton no invoc&oacute; formalmente la "excepci&oacute;n por motivos de seguridad nacional", a pesar de que dej&oacute; claro de que el asunto era de "seguridad nacional". <br />***<br />**<br />*<br />En el momento de escribir esto, la Uni&oacute;n Europea y EE.UU. est&aacute;n tratando de llegar a un acuerdo antes del 14 de abril, cuando est&aacute; programado el comienzo de las sesiones de la OMC. Entretanto, el Wall Street Journal informa que Washington "dice que no cooperar&aacute; con los paneles de la OMC, argumentando que la organizaci&oacute;n de comercio no tiene jurisdicci&oacute;n en asuntos de seguridad nacional". <br /><br /><strong>Pensamientos indecentes.</strong> <br /><br />No se supone que la gente educada recuerde la reacci&oacute;n que se produjo cuando Kennedy trat&oacute; de organizar acciones colectivas contra Cuba en 1961: M&eacute;xico no pod&iacute;a acordar con eso, como explic&oacute; un diplom&aacute;tico, porque "si p&uacute;blicamente declaramos que Cuba es una amenaza para nuestra seguridad, cuarenta millones de mexicanos se morir&iacute;an de risa". Aqu&iacute; tomamos m&aacute;s seriamente las amenazas a la seguridad nacional. <br />***<br />**<br />*<br />No se registraron muertes por risa cuando el vocero de la Administraci&oacute;n, Stuart Eizenstat, justificando el rechazo de Washington a los acuerdos de la OMC, "argument&oacute; que Europa est&aacute; desafiando tres d&eacute;cadas de pol&iacute;tica Norteamericana con Cuba, que se remontan hasta la Administraci&oacute;n Kennedy", "que est&aacute; enteramente dedicada a forzar un cambio en el gobierno de La Habana" (NYT). Corresponde una reacci&oacute;n sobria, presumiendo que EE.UU. tiene todo el derecho de destituir a otro gobierno; en este caso, utilizando la agresi&oacute;n, el terror en gran escala, y la estrangulaci&oacute;n econ&oacute;mica. <br />***<br />**<br />*<br />Esta suposici&oacute;n se mantiene inc&oacute;lumne, pero la declaraci&oacute;n de Eizenstat fue criticada desde posiciones m&aacute;s cercanas por el historiador Arthur Schlesinger. Escribiendo "como alguien involucrado en la pol&iacute;tica de la Administraci&oacute;n Kennedy hacia Cuba", Schlesinger se&ntilde;ala que el Subsecretario de Comercio Eizenstat ha malentendido la pol&iacute;tica de la Administraci&oacute;n Kennedy. Su preocupaci&oacute;n era la "perturbaci&oacute;n que Cuba produc&iacute;a en el hemisferio" y la "conexi&oacute;n sovi&eacute;tica". Pero todo eso qued&oacute; atr&aacute;s, de modo que la pol&iacute;tica de Clinton es un anacronismo aunque, por lo dem&aacute;s, pareciera inobjetable. <br />***<br />**<br />*<br />Schlesinger no explica el sentido de las frases "perturbaci&oacute;n en el hemisferio" y "la conexi&oacute;n sovi&eacute;tica", pero lo ha hecho en otro lado, secretamente. Al informar al presidente electo sobre las conclusiones de la Misi&oacute;n Latinoamericana de 1961, Schlesinger aclar&oacute; minuciosamente el problema de "la perturbaci&oacute;n que significa Castro": es "la difusi&oacute;n de la idea de Castro de tomar los asuntos con las propias manos", un problema serio, agregaba poco despu&eacute;s, cuando "la distribuci&oacute;n de tierra y otras formas de riqueza nacional favorec&iacute;an ampliamente a las clases propietarias... (y) los pobres y despose&iacute;dos, estimulados por el ejemplo de la revoluci&oacute;n cubana, est&aacute;n ahora demandando la oportunidad de tener una vida decente" Schlesinger tambi&eacute;n explicaba la amenaza de la "conexi&oacute;n sovi&eacute;tica": "Entretanto, la Uni&oacute;n Sovi&eacute;tica revolotea alrededor, otorgando grandes pr&eacute;stamos para el desarrollo y present&aacute;ndose como el modelo para lograr la modernizaci&oacute;n en una sola generaci&oacute;n". La "conexi&oacute;n sovi&eacute;tica" fue percibida de un modo similar en t&eacute;rminos generales en Washington y Londres, desde los or&iacute;genes de la guerra fr&iacute;a en 1917 hasta la d&eacute;cada de los &acute;60, cuando el registro documental se cierra (para el p&uacute;blico). <br />***<br />**<br />*<br />Schlesinger tambi&eacute;n recomendaba al presidente entrante "un machac&oacute;n discurso rimbombante" sobre las altas metas de la cultura y el esp&iacute;ritu" "que van a encantar a la audiencia al sur de la frontera, donde las disquisiciones metahist&oacute;ricas son desmedidamente admiradas". Mientras tanto, nosotros nos ocuparemos de asuntos serios. S&oacute;lo para mostrar cu&aacute;nto cambian las cosas, Schlesinger tambi&eacute;n critic&oacute;, con realismo "la funesta influencia del Fondo Monetario Internacional", que entonces persegu&iacute;a la versi&oacute;n 1950 del actual "Consenso de Washington" ("ajuste estructural", "neoliberalismo") <br />***<br />**<br />*<br />Con estas (secretas) explicaciones sobre las "perturbaciones de Castro en el Hemisferio", y la "conexi&oacute;n sovi&eacute;tica", nos acercamos un paso m&aacute;s a una comprensi&oacute;n de la realidad de la Guerra Fr&iacute;a. Pero &eacute;se es otro tema. <br />***<br />**<br />*<br />Similares perturbaciones m&aacute;s all&aacute; del hemisferio no han sido un problema menor, y contin&uacute;an difundiendo peligrosas ideas entre gente que "ahora est&aacute; demandando la oportunidad de una tener una vida decente ". A finales de febrero de 1996, mientras EE.UU. estaba indignada porque Cuba hab&iacute;a derribado dos aviones de un grupo anticastrista con base en Florida, que sistem&aacute;ticamente violaba el espacio a&eacute;reo cubano tirando panfletos sobre La Habana incitando a los cubanos a la revuelta (participaban tambi&eacute;n de cont&iacute;nuos ataques terroristas contra Cuba, seg&uacute;n fuentes cubanas), las Agencias de noticias trasmit&iacute;an distintas historias. AP informaba que en Sud&aacute;frica, "una alegre, cantarina multitud daba la bienvenida a m&eacute;dicos cubanos" que hab&iacute;an arribado a invitaci&oacute;n del gobierno de Mandela "para promover un sistema de salud p&uacute;blico en las &aacute;reas rurales pobres". "Cuba tiene 57.000 m&eacute;dicos para sus 11 millones de personas, comparado con 25.000 en Sud&aacute;frica para 40 millones de personas". Los 101 m&eacute;dicos cubanos inclu&iacute;an especialistas de primera clase quienes, si hubieran sido sudafricanos, "probablemente habr&iacute;an estado trabajando en Ciudad del Cabo o en Johanesburgo" por el doble del salario que recibir&iacute;an en las &aacute;reas rurales pobres. "Desde que comenz&oacute; en Argelia en 1963, el programa de enviar especialistas de salud al exterior, Cuba envi&oacute; 51.820 m&eacute;dicos, dentistas, enfermeras y otros especialistas en medicina" a "las naciones m&aacute;s pobres del Tercer Mundo", proveyendo "ayuda m&eacute;dica completamente gratis" en la mayor&iacute;a de los casos. Un mes despu&eacute;s, expertos m&eacute;dicos cubanos fueron invitados a Hait&iacute; para estudiar una epidemia de meningitis. <br />***<br />**<br />*<br />Esta clase de perturbaciones comenz&oacute; hace mucho tiempo. Un importante peri&oacute;dico de Alemania Occidental (Die Zeit) inform&oacute; que los pa&iacute;ses del Tercer Mundo consideran a Cuba como "una potencia internacional", debido a sus maestros, trabajadores de la construcci&oacute;n, m&eacute;dicos y otros profesionales que est&aacute;n involucrados en el "servicio internacional". En 1985, se informa, 16.000 cubanos trabajaban en pa&iacute;ses del Tercer Mundo, m&aacute;s del doble que el total del Cuerpo de Paz y los especialistas en SIDA provenientes de los EE.UU. Para 1988, Cuba ten&iacute;a "m&aacute;s m&eacute;dicos trabajando en el exterior que cualquier pa&iacute;s industrializado, y m&aacute;s que la Organizaci&oacute;n Mundial de la Salud de las Naciones Unidas". La mayor parte de esta ayuda no tiene compensaci&oacute;n econ&oacute;mica y los "emisarios internacionales" cubanos son "hombres y mujeres que viven en condiciones que la mayor&iacute;a de los trabajadores de ayuda internacional de los pa&iacute;ses desarrollados no aceptar&iacute;an", lo cual constituye "la base de su &eacute;xito". "Para los cubanos", contin&uacute;a el informe, "el servicio internacional" es considerado con "un signo de madurez pol&iacute;tica" y se ense&ntilde;a en las escuelas como "la m&aacute;xima virtud". La c&aacute;lida recepci&oacute;n que la delegaci&oacute;n del CNA de Sud&aacute;frica ofreci&oacute; a los cubanos en 1996, y la multitud que cantaba "larga vida a Cuba", son prueba del mismo fen&oacute;meno. <br />***<br />**<br />*<br />Por otro lado, podr&iacute;amos preguntarnos c&oacute;mo reaccionar&iacute;a EE.UU. si aviones libios volaran sobre Nueva York o Washington tirando panfletos que inciten a los norteamericanos a la revuelta, despu&eacute;s de a&ntilde;os de ataques terroristas contra blancos estadounidenses en el propio territorio y en el exterior. &iquest;Coron&aacute;ndolos con flores, tal vez? Barrie Dunsmore, de ABC, nos di&oacute; una clave para responder a esto, unas semanas antes de que fueran derribados los dos aviones. Al citar a Walter Porges, el ex vicepresidente de News Practices de"ABC News", Porges inform&oacute; que cuando una tripulaci&oacute;n de periodistas de la ABC, en un avi&oacute;n civil, intent&oacute; tomar fotograf&iacute;as de la Sexta Flota estadounidense en el Mediterr&aacute;neo, "se le orden&oacute; retirarse inmediatamente bajo amenaza de ser derribado" "lo que ser&iacute;a legal bajo las reglamentaciones de la Ley Internacional que define el espacio a&eacute;reo militar". Pero un peque&ntilde;o pa&iacute;s bajo el ataque de una superpotencia es una cuesti&oacute;n diferente. <br />***<br />**<br />*<br />Podr&iacute;a ser &uacute;til mirar m&aacute;s lejos en la historia. La pol&iacute;tica de derrocar al gobierno de Cuba no se retrotrae a la administraci&oacute;n Kennedy, como afirma Eizenstat, sino a su predecesor: la decisi&oacute;n formal de derrocar a Castro a favor de un r&eacute;gimen "m&aacute;s devoto a los verdaderos intereses de los cubanos y m&aacute;s aceptable para los EE.UU." fue tomada en secreto en marzo de 1960, con el agregado de que la operaci&oacute;n deb&iacute;a ser llevada a cabo "de manera que evitara cualquier apariencia de intervenci&oacute;n norteamericana", debido a la reacci&oacute;n esperada en Am&eacute;rica Latina y a la necesidad de aliviar la carga de quienes dise&ntilde;aron esta estratega en EE.UU. En ese momento la "conexi&oacute;n sovi&eacute;tica" y las "perturbaciones en el hemisferio" eran nulas, salvo en la versi&oacute;n de Schlesinger. <br />***<br />**<br />*<br />Dado que Washington es el &aacute;rbitro de los "verdaderos intereses de los cubanos", se hizo innecesario para la adminsitraci&oacute;n Eisenhower poner atenci&oacute;n a los estudios de opini&oacute;n p&uacute;blica, que informaban sobre el apoyo popular a Castro y el optimismo popular sobre el futuro. Por razones similares, la actual informaci&oacute;n sobre estas cuestiones no se toma en cuenta. La Administraci&oacute;n Clinton est&aacute; sirviendo los verdaderos intereses de los cubanos imponi&eacute;ndoles miseria y hambre, independientemente de lo que indiquen los estudios de opini&oacute;n; por ejemplo, la encuenta dada a conocer en diciembre de 1994 por un asociado a la organizaci&oacute;n Gallup, que encontr&oacute; que la mitad de la poblaci&oacute;n considera el embargo como "la causa principal de los problemas de Cuba", mientras que el 3% encuentra que la "situaci&oacute;n pol&iacute;tica" es el "m&aacute;s serio problema que enfrenta Cuba hoy"; que el 77% considera a EE.UU. como el "peor enemigo" (ning&uacute;n otro pa&iacute;s alcanz&oacute; el 3%); que en una proporci&oacute;n de 2 contra 1 la poblaci&oacute;n siente que la revoluci&oacute;n ha tenido m&aacute;s aciertos que fallas, siendo la "principal falla" "el haber dependido de pa&iacute;ses socialistas como Rusia, que nos traicion&oacute;"; y que la mitad de los cubanos se describen a s&iacute; mismos como "revolucionarios" y otro 20% como "comunistas" o "socialistas". <br />***<br />**<br />*<br />Correctas o err&oacute;neas, las conclusiones sobre las actitudes p&uacute;blicas son irrelevantes; otra vez un modelo conocido, tambi&eacute;n en los EE.UU. <br />***<br />**<br />*<br />Los aficionados a la historia deber&iacute;an recordar que la pol&iacute;tica actual se remonta a la d&eacute;cada de 1820, cuando las intenciones de Washington de tomar el control sobre Cuba fueron bloqueadas por la fuerza disuasoria brit&aacute;nica. Cuba era considerada por el Secretario de Estado John Quincy Adams como "un objeto de trascendente importancia para los intereses comerciales y politicos de nuestra Union", pero aconsejaba paciencia: con el tiempo, predec&iacute;a, Cuba caer&iacute;a en las manos de EE.UU. por "las leyes de... gravitaci&oacute;n pol&iacute;tica", como fruta madura para cosechar. Y as&iacute; sucedi&oacute;, ya que las relaciones de poder cambiaron lo suficiente como para que EE.UU. pudiera liberar a la isla (de su gente) a finales del siglo, convirti&eacute;ndola en una plantaci&oacute;n de EE.UU. y un para&iacute;so para la mafia y los turistas. <br />***<br />**<br />*<br />La raigambre hist&oacute;rica del compromiso de gobernar a Cuba podr&iacute;a ayudar a entender el elemento de histeria tan evidente en la ejecuci&oacute;n de la empresa; por ejemplo, la atm&oacute;sfera "casi salvaje" de la primera reuni&oacute;n de gabinete despu&eacute;s del fracaso de la invasi&oacute;n de Bah&iacute;a de los Cochinos, descripta por Chester Bowles, la "casi fren&eacute;tica reacci&oacute;n en busca de un programa de acci&oacute;n", una disposici&oacute;n reflejada en las declaraciones p&uacute;blicas del presidente Kennedy sobre c&oacute;mo la inacci&oacute;n nos dejar&iacute;a "a punto de ser arrojados entre los despojos de la historia". Las iniciativas de Clinton, p&uacute;blicas y encubiertas, revelan una similar veta de fanatismo vengativo, mientras que sus amenazas y acciones legales aseguraron que "el n&uacute;mero de compa&ntilde;&iacute;as con licencia de EE.UU. para vender (medicinas) en Cuba ha ca&iacute;do a menos de 4% "del porcentaje anterior al Acta por la Democracia Cubana (ADC) de octubre de 1992, mientras "s&oacute;lo unas pocas compa&ntilde;&iacute;as farmac&eacute;uticas en el mundo han intentado hacer frente a las regulaciones de EE.UU" y sus penalizaciones, informa una importante revista m&eacute;dica brit&aacute;nica. <br />***<br />**<br />*<br />Consideraciones como &eacute;sas nos llevan del plano abstracto de la ley internacional y los acuerdos solemnes a las realidades de la vida humana. Los juristas pueden debatir si la prohibici&oacute;n de alimentos (en vigencia) y medicinas, violan los acuerdos internacionales que afirman que "el alimento no puede ser usado como instrumento de presi&oacute;n pol&iacute;tica y econ&oacute;mica" (Declaraci&oacute;n de Roma, 1996) y otros principios. Pero las v&iacute;ctimas tienen que vivir con el hecho de la ADC ha resultado una grave reducci&oacute;n del comercio de suministros m&eacute;dicos leg&iacute;timos y de las donaciones de alimentos, en perjuicio del pueblo cubano" (Joanna Cameron, Fletcher Forum). <br />***<br />**<br />*<br />Un estudio publicado recientemente por la Asociaci&oacute;n Americana para la Salud Mundial (American Association for World Health) llega a la conclusi&oacute;n de que el embargo ha causado serios d&eacute;ficit nutricionales, deterioro en la provisi&oacute;n de agua potable y una brusca declinaci&oacute;n en la disponibilidad de medicinas y de informaci&oacute;n m&eacute;dica, que condujo a la disminuci&oacute;n del &iacute;ndice de natalidad, epidemias neurol&oacute;gicas y otras enfermedades que causaron decenas de miles de v&iacute;ctimas, as&iacute; como otras graves consecuencias para la salud. "Los est&aacute;ndares de salud y nutrici&oacute;n han sido devastados con la reciente intensificaci&oacute;n del embargo, que lleva 37 a&ntilde;os y que incluye la importaci&oacute;n de alimentos", escribe Victoria Brittain en la prensa brit&aacute;nica, informando sobre un estudio de un a&ntilde;o realizado por especialistas norteamericanos, que encontr&oacute; que "ni&ntilde;os hospitalizados yac&iacute;an en agon&iacute;a porque se les niega el acceso a drogas esenciales" y que los m&eacute;dicos estaban obligados a "trabajar con equipos eficientes menos que a medias, debido a que no tienen repuestos". En otros estudios actuales de revistas m&eacute;dicas se llega a conclusiones similares. <br />***<br />**<br />*<br />Estos son cr&iacute;menes reales, mucho m&aacute;s que las violaciones informales y meditadas de los instrumentos legales que se usan como armas contras los enemigos oficiales, con el cinismo que s&oacute;lo los verdaderamente poderosos pueden demostrar. <br />***<br />**<br />*<br />Para ser justos, deber&iacute;a agregarse que, a veces, tambi&eacute;n se informa en EE.UU. del sufrimiento causado por el embargo. Un art&iacute;culo central en la secci&oacute;n de negocios del New York Times es encabezada de este modo: "Explosi&oacute;n de los precios de cigarros cubanos: ahora el embargo realmente duele porque los grandes cigarros se han vuelto escasos". El art&iacute;culo informa sobre las tribulaciones de los ejecutivos de negocios en un "lujoso sal&oacute;n para fumar" en Manhattan, que se lamentan "de que es realmente dif&iacute;cil obtener un cigarro cubano en EE.UU", excepto a "precios que atragantan a los m&aacute;s devotos fumadores". <br />***<br />**<br />*<br />Mientras que la Administraci&oacute;n Clinton, explotando el privilegio de los poderosos, atribuye las crueles consecuencias de una guerra econ&oacute;mica sin precedentes en la historia moderna a las pol&iacute;ticas del r&eacute;gimen del cual promete "liberar" al sufriente pueblo cubano, una conclusi&oacute;n m&aacute;s plausible es mucho m&aacute;s cercana a lo contrario: la "estrangulaci&oacute;n econ&oacute;mica de Cuba, "llevada a cabo por EE.UU." ha sido concebida, mantenida -e intensificada luego de la Guerra Fr&iacute;a-, por las razones impl&iacute;citas en el informe de Arthur Schlesinger al presidente electo Kennedy. Como tem&iacute;a la Misi&oacute;n Latinoamericana de Kennedy, el &eacute;xito de programas para mejorar la salud y los est&aacute;ndares de vida hab&iacute;an ayudado a difundir "las ideas de Castro de resolver por s&iacute; mismos sus propios asuntos", estimulando "a los pobres y desamparados" de la regi&oacute;n con la peor desigualdad del mundo a "demandar la oportunidad de tener una vida decente", con poderosos efectos que van m&aacute;s all&aacute; de eso. Hay pruebas documentales sustanciales y convincentes, apoyadas por acciones consistentes basadas en motivos completamente racionales, que no le dan la menor credibilidad a estas afirmaciones. Para evaluar la reivindicaci&oacute;n de que estas pol&iacute;ticas emanan de la preocupaci&oacute;n por los derechos humanos y la democracia, un ligero vistazo a la evidencia es m&aacute;s que suficiente, al menos para aquellos que incluso pretenden ser serios. <br />***<br />**<br />*<br />En todo caso, es inoportuno tener ideas o recuerdos sobre esos asuntos cuando celebramos el triunfo de "los valores norteamericanos". Tampoco se supone que recordemos que hace unos pocos meses, inspirado por la misma pasi&oacute;n por el libre mercado, Clinton "presion&oacute; a M&eacute;xico a cerrar un acuerdo que pusiera fin a los env&iacute;os de tomates baratos a los EE.UU.", un regalo a los productores de Florida que le cost&oacute; a M&eacute;xico alrededor de $800 millones anuales, y que viola tanto los acuerdos del NAFTA como de la OMC (aunque s&oacute;lo "en esp&iacute;ritu", porque &eacute;ste fue un acuerdo directo de poderes, y no requiri&oacute; tarifas oficiales). La Administraci&oacute;n explic&oacute; la decisi&oacute;n directamente: los tomates mexicanos son m&aacute;s baratos y los consumidores norteamericanos los prefieren. El mercado libre funciona, pero con resultados err&oacute;neos. O tal vez los tomates tambi&eacute;n son una amenaza para la seguridad nacional. <br />***<br />**<br />*<br />Con seguridad: los tomates y las telecomunicaciones est&aacute;n en muy diferentes categor&iacute;as. Cualquier favor que Clinton les deba a los productores de Florida queda empeque&ntilde;ecido por los requerimientos de la industria de las telecomunicaciones, sin tener en cuenta el hecho que Thomas Ferguson describe como "el secreto mejor guardado de la elecci&oacute;n 1996": que "m&aacute;s que cualquier otro bloque en particular, fue el sector de las telecomunicaciones el que salv&oacute; a Bill Clinton, "quien recibi&oacute; una sustancial contribuci&oacute;n a su campa&ntilde;a de "este sector asombrosamente rentable". El Acta de Telecomunicaciones de 1996 y el acuerdo de la OMC son, en alg&uacute;n sentido, notas de "agradecimiento", a pesar de que es improbable que el resultado hubiera sido muy distinto si una diferente mezcla de generosidades hubiera surgido del mundo de los negocios mundiales, que sufr&iacute;a en ese momento de lo que Business Week hab&iacute;a llamado recientemente ganancias "espectaculares" en otra "Fiesta Sorpresa para la Am&eacute;rica de las Corporaciones". <br />***<br />**<br />*<br />Entre las verdades a ser olvidadas figuran prominentemente las brevemente mencionadas m&aacute;s arriba: el r&eacute;cord actual del "rudo individualismo reaganista" y del "evangelio del libre mercado", que fue predicado (para los pobres y desprotegidos) mientras el proteccionismo alcanzaba alturas sin precedentes y la Administraci&oacute;n invert&iacute;a fondos p&uacute;blicos en las industrias de alta tecnolog&iacute;a con inusual desenfreno. Aqu&iacute; comenzamos a alcanzar el quid de la cuesti&oacute;n. Las razones del escepticismo sobre la "pasi&oacute;n" que hemos estado analizando son suficientemente v&aacute;lidas, pero hay un pie de p&aacute;gina para la verdadera historia: c&oacute;mo las corporaciones estadounidenses llegaron a estar tan bien ubicadas como para adue&ntilde;arse de los mercados internacionales, inspirando la actual celebraci&oacute;n de los "valores americanos". <br />***<br />**<br />*<br />Pero esto, otra vez, es una historia m&aacute;s larga, que nos dice mucho acerca del mundo contempor&aacute;neo: sus realidades sociales y econ&oacute;micas, y el control de ideolog&iacute;a y doctrina, incluyendo las doctrinas elaboradas para inducir a la falta de esperanzas, la resignaci&oacute;n y la desesperaci&oacute;n. <br />------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- <br />Por Noam <strong>Chomsky.</strong>]]></description><pubDate>Sat, 09 Apr 2005 12:41:00 +0000</pubDate></item><item><title>CONSTITUCI&#xD3;N APOST&#xD3;LICA: Universi Dominici Gregis.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/040401-constitucion-apostolica-universi-dominici-gregis-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/040401-constitucion-apostolica-universi-dominici-gregis-.php</guid><description><![CDATA[JUAN PABLO II siervo de los siervos de Dios para perpetua memoria Pastor de todo el reba&ntilde;o del Se&ntilde;or es el Obispo de la Iglesia de Roma, en la cual el Bienaventurado Ap&oacute;stol Pedro, por soberana disposici&oacute;n de la Providencia divina, dio a Cristo el supremo testimonio de sangre con el martirio. Por tanto, es comprensible que la leg&iacute;tima sucesi&oacute;n apost&oacute;lica en esta Sede, con la cual &laquo;cada Iglesia debe estar de acuerdo por su alta preeminencia&raquo;,(1) haya sido siempre objeto de especial atenci&oacute;n.<br /><br />Precisamente por esto los Sumos Pont&iacute;fices, en el curso de los siglos, han considerado como su deber preciso, as&iacute; como tambi&eacute;n su derecho espec&iacute;fico, regular con oportunas normas la elecci&oacute;n del Sucesor. As&iacute;, en los tiempos cercanos a nosotros, mis Predecesores san P&iacute;o X,(2) P&iacute;o XI,(3) P&iacute;o XII,(4) Juan XXIII(5) y por &uacute;ltimo Pablo VI,(6) cada uno con la intenci&oacute;n de responder a las exigencias del momento hist&oacute;rico concreto, proveyeron a emanar al respecto sabias y apropiadas reglas para disponer la id&oacute;nea preparaci&oacute;n y el ordenado desarrollo de la reuni&oacute;n de los electores a quienes, en la vacante de la Sede Apost&oacute;lica, les corresponde el importante y arduo encargo de elegir al Romano Pont&iacute;fice.<br /><br />Si hoy me dispongo a afrontar por mi parte esta materia, no es ciertamente por la poca consideraci&oacute;n de aquellas normas, que m&aacute;s bien aprecio profundamente y que en gran parte quiero confirmar, al menos en lo referente a la sustancia y a los principios de fondo que las inspiraron. Lo que me mueve a dar este paso es la conciencia de la nueva situaci&oacute;n que est&aacute; viviendo hoy la Iglesia y la necesidad, adem&aacute;s, de tener presente la revisi&oacute;n general de la ley can&oacute;nica, felizmente llevada a cabo, con el apoyo de todo el Episcopado, mediante la publicaci&oacute;n y promulgaci&oacute;n primero del C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico y despu&eacute;s del C&oacute;digo de los Canones de las Iglesias Orientales. De acuerdo con esta revisi&oacute;n, inspirada en el Concilio Ecum&eacute;nico Vaticano II, he querido sucesivamente adecuar la reforma de la Curia Romana mediante la Constituci&oacute;n apost&oacute;lica Pastor Bonus.(7) Por lo dem&aacute;s, precisamente lo dispuesto en el canon 335 del C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico, y propuesto tambi&eacute;n en el canon 47 del C&oacute;digo de los Canones de las Iglesias Orientales, deja entrever el deber de emanar y actualizar constantemente leyes espec&iacute;ficas, que regulen la provisi&oacute;n can&oacute;nica de la Sede Romana cuando est&eacute; vacante por cualquier motivo.<br /><br />En la formulaci&oacute;n de la nueva disciplina, aun teniendo en cuenta las exigencias de nuestro tiempo, me he preocupado de no cambiar sustancialmente la l&iacute;nea de la sabia y venerable tradici&oacute;n hasta ahora seguida.<br /><br />Indiscutible, verdaderamente, es el principio seg&uacute;n el cual a los Romanos Pont&iacute;fices corresponde definir, adapt&aacute;ndolo a los cambios de los tiempos, el modo en el cual debe realizarse la designaci&oacute;n de la persona llamada a asumir la sucesi&oacute;n de Pedro en la Sede Romana. Esto se refiere, en primer lugar, al organismo al cual se le pide el cometido de proveer a la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice: la praxis milenaria, sancionada por normas can&oacute;nicas precisas, confirmadas tambi&eacute;n por una expl&iacute;cita disposici&oacute;n del vigente C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico (cf. can. 349 del C.I.C.), lo constituye el Colegio de los Cardenales de la Santa Iglesia Romana. Siendo verdad que es doctrina de fe que la potestad del Sumo Pont&iacute;fice deriva directamente de Cristo, de quien es Vicario en la tierra,(8) est&aacute; tambi&eacute;n fuera de toda duda que este poder supremo en la Iglesia le viene atribuido, &laquo;mediante la elecci&oacute;n leg&iacute;tima por &eacute;l aceptada juntamente con la consagraci&oacute;n episcopal&raquo;.(9) Muy importante es, pues, el cometido que corresponde al organismo encargado de esta elecci&oacute;n. Por consiguiente, las normas que regulan su actuaci&oacute;n deben ser muy precisas y claras, para que la elecci&oacute;n misma tenga lugar del modo m&aacute;s digno y conforme al cargo de alt&iacute;sima responsabilidad que el elegido, por investidura divina, deber&aacute; asumir mediante su aceptaci&oacute;n.<br /><br />Confirmando, pues, la norma del vigente C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico (cf. can. 349 C.I.C.), en el cual se refleja la ya milenaria praxis de la Iglesia, ratifico que el Colegio de los electores del Sumo Pont&iacute;fice est&aacute; constituido &uacute;nicamente por los Padres Cardenales de la Santa Iglesia Romana. En ellos se expresan, como en una s&iacute;ntesis admirable, los dos aspectos que caracterizan la figura y la misi&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice. Romano, porque se identifica con la persona del Obispo de la Iglesia que est&aacute; en Roma y, por tanto, en estrecha relaci&oacute;n con el Clero de esta ciudad, representado por los Cardenales de los t&iacute;tulos presbiterales y diaconales de Roma, y con los Cardenales Obispos de las Sedes suburbicarias; Pont&iacute;fice de la Iglesia universal, porque est&aacute; llamado a hacer visiblemente las veces del invisible Pastor que gu&iacute;a todo el reba&ntilde;o a los prados de la vida eterna. La universalidad de la Iglesia est&aacute;, por lo dem&aacute;s, bien reflejada en la composici&oacute;n misma del Colegio Cardenalicio, formado por Purpurados de todos los continentes.<br /><br />En las actuales circunstancias hist&oacute;ricas la dimensi&oacute;n universal de la Iglesia parece expresada suficientemente por el Colegio de los ciento veinte Cardenales electores, compuesto por Purpurados provenientes de todas las partes de la tierra y de las m&aacute;s variadas culturas. Por tanto, confirmo como m&aacute;ximo este n&uacute;mero de Cardenales electores, precisando al mismo tiempo que no quiere ser de ning&uacute;n modo indicio de menor consideraci&oacute;n el mantener la norma establecida por mi predecesor Pablo VI, seg&uacute;n la cual no participan en la elecci&oacute;n aquellos que ya han cumplido ochenta a&ntilde;os de edad el d&iacute;a en el que comienza la vacante de la Sede Apost&oacute;lica.(1)(0) En efecto, la raz&oacute;n de esta disposici&oacute;n est&aacute; en la voluntad de no a&ntilde;adir al peso de tan venerable edad la ulterior carga constituida por la responsabilidad de la elecci&oacute;n de aqu&eacute;l que deber&aacute; guiar el reba&ntilde;o de Cristo de modo adecuado a las exigencias de los tiempos. Esto, sin embargo, no impide que los Padres Cardenales mayores de ochenta a&ntilde;os tomen parte en las reuniones preparatorias del C&oacute;nclave, seg&uacute;n lo dispuesto m&aacute;s adelante. De ellos en particular, adem&aacute;s, se espera que, durante la Sede vacante, y sobre todo durante el desarrollo de la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice, actuando casi como gu&iacute;as del Pueblo de Dios reunido en las Bas&iacute;licas Patriarcales de la Urbe, como tambi&eacute;n en otros templos de las Di&oacute;cesis del mundo entero, ayuden a la tarea de los electores con intensas oraciones y s&uacute;plicas al Esp&iacute;ritu Divino, implorando para ellos la luz necesaria para que realicen su elecci&oacute;n teniendo presente solamente a Dios y mirando &uacute;nicamente a la &laquo;salvaci&oacute;n de las almas que debe ser siempre la ley suprema de la Iglesia&raquo;.(11)<br /><br />Especial atenci&oacute;n he querido dedicar a la antiqu&iacute;sima instituci&oacute;n del C&oacute;nclave: su normativa y praxis han sido consagradas y definidas, al respecto, tambi&eacute;n en solemnes disposiciones de muchos de mis Predecesores. Una atenta investigaci&oacute;n hist&oacute;rica confirma no s&oacute;lo la oportunidad contingente de esta instituci&oacute;n, por las circunstancias en las que surgi&oacute; y fue poco a poco definida normativamente, sino tambi&eacute;n su constante utilidad para el desarrollo ordenado, sol&iacute;cito y regular de las operaciones de la elecci&oacute;n misma, particularmente en momentos de tensi&oacute;n y perturbaci&oacute;n.<br /><br />Precisamente por esto, aun consciente de la valoraci&oacute;n de te&oacute;logos y canonistas de todos los tiempos, los cuales de forma concorde consideran esta instituci&oacute;n como no necesaria por su naturaleza para la elecci&oacute;n v&aacute;lida del Romano Pont&iacute;fice, confirmo con esta Constituci&oacute;n su vigencia en su estructura esencial, aportando sin embargo algunas modificaciones para adecuar la disciplina a las exigencias actuales. En particular, he considerado oportuno disponer que, en todo el tiempo que dure la elecci&oacute;n, las habitaciones de los Cardenales electores y de los que est&aacute;n llamados a colaborar en el desarrollo regular de la elecci&oacute;n misma est&eacute;n situadas en lugares convenientes del Estado de la Ciudad del Vaticano. Aunque peque&ntilde;o, el Estado es suficiente para asegurar dentro de sus muros, gracias tambi&eacute;n a los oportunos recursos m&aacute;s abajo indicados, el aislamiento y consiguiente recogimiento que un acto tan vital para la Iglesia entera exige de los electores.<br /><br />Al mismo tiempo, considerado el car&aacute;cter sagrado del acto y, por tanto, la conveniencia de que se desarrolle en un lugar apropiado, en el cual, por una parte, las celebraciones lit&uacute;rgicas se puedan unir con las formalidades jur&iacute;dicas y, por otra, se facilite a los electores la preparaci&oacute;n de los &aacute;nimos para acoger las mociones interiores del Esp&iacute;ritu Santo, dispongo que la elecci&oacute;n se contin&uacute;e desarrollando en la Capilla Sixtina, donde todo contribuye a hacer m&aacute;s viva la presencia de Dios, ante el cual cada uno deber&aacute; presentarse un d&iacute;a para ser juzgado.<br /><br />Confirmo, adem&aacute;s, con mi autoridad apost&oacute;lica el deber del m&aacute;s riguroso secreto sobre todo lo que concierne directa o indirectamente las operaciones mismas de la elecci&oacute;n: tambi&eacute;n en esto, sin embargo, he querido simplificar y reducir a lo esencial las normas relativas, de modo que se eviten perplejidades y dudas, y tambi&eacute;n quiz&aacute;s posteriores problemas de conciencia en quien ha tomado parte en la elecci&oacute;n.<br /><br />Finalmente, he considerado la necesidad de revisar la forma misma de la elecci&oacute;n, teniendo asimismo en cuenta las actuales exigencias eclesiales y las orientaciones de la cultura moderna. As&iacute; me ha parecido oportuno no conservar la elecci&oacute;n por aclamaci&oacute;n quasi ex inspiratione, juzg&aacute;ndola ya inadecuada para interpretar el sentir de un colegio electoral tan extenso por su n&uacute;mero y tan diversificado por su procedencia. Igualmente ha parecido necesario suprimir la elecci&oacute;n per compromissum, no s&oacute;lo porque es de dif&iacute;cil realizaci&oacute;n, como ha demostrado el c&uacute;mulo casi inextricable de normas emanadas a este respecto en el pasado, sino tambi&eacute;n porque su naturaleza conlleva una cierta falta de responsabilidad de los electores, los cuales, en esta hip&oacute;tesis, no ser&iacute;an llamados a expresar personalmente el propio voto.<br /><br />Despu&eacute;s de madura reflexi&oacute;n he llegado, pues, a la determinaci&oacute;n de establecer que la &uacute;nica forma con la cual los electores pueden manifestar su voto para la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice sea la del escrutinio secreto, llevado a cabo seg&uacute;n las normas indicadas m&aacute;s abajo. En efecto, esta forma ofrece las mayores garant&iacute;as de claridad, nitidez, simplicidad, transparencia y, sobre todo, de efectiva y constructiva participaci&oacute;n de todos y cada uno de los Padres Cardenales llamados a constituir la asamblea electiva del Sucesor de Pedro.<br /><br />Con estos prop&oacute;sitos promulgo la presente Constituci&oacute;n apost&oacute;lica, que contiene las normas a las que, cuando tenga lugar la vacante de la Sede Romana, deben atenerse rigurosamente los Cardenales que tienen el derecho-deber de elegir al Sucesor de Pedro, Cabeza visible de toda la Iglesia y Siervo de los siervos de Dios.<br /><br />--------------------------------------------------------------------------------<br /><br />PRIMERA PARTE<br /><br />VACANTE DE LA SEDE APOST&Oacute;LICA<br /><br /><br />CAP&Iacute;TULO I<br /><br />PODERES DEL COLEGIO DE LOS CARDENALES MIENTRAS EST&Aacute; VACANTE LA SEDE APOST&Oacute;LICA<br /><br />1. Mientras est&aacute; vacante la Sede Apost&oacute;lica, el Colegio de los Cardenales no tiene ninguna potestad o jurisdicci&oacute;n sobre las cuestiones que corresponden al Sumo Pont&iacute;fice en vida o en el ejercicio de las funciones de su misi&oacute;n; todas estas cuestiones deben quedar reservadas exclusivamente al futuro Pont&iacute;fice. Declaro, por lo tanto, inv&aacute;lido y nulo cualquier acto de potestad o de jurisdicci&oacute;n correspondiente al Romano Pont&iacute;fice mientras vive o en el ejercicio de las funciones de su misi&oacute;n, que el Colegio mismo de los Cardenales decidiese ejercer, si no es en la medida expresamente consentida en esta Constituci&oacute;n. <br /><br />2. Mientras est&aacute; vacante la Sede Apost&oacute;lica, el gobierno de la Iglesia queda confiado al Colegio de los Cardenales solamente para el despacho de los asuntos ordinarios o de los inaplazables (cf.n.6), y para la preparaci&oacute;n de todo lo necesario para la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice. Esta tarea debe llevarse a cabo con los modos y los l&iacute;mites previstos por esta Constituci&oacute;n: por eso deben quedar absolutamente excluidos los asuntos, que sea por ley como por praxis- o son potestad &uacute;nicamente del Romano Pont&iacute;fice mismo, o se refieren a las normas para la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice seg&uacute;n las disposiciones de la presente Constituci&oacute;n. <br /><br />3. Establezco, adem&aacute;s, que el Colegio Cardenalicio no pueda disponer nada sobre los derechos de la Sede Apost&oacute;lica y de la Iglesia Romana, y tanto menos permitir que algunos de ellos vengan menguados, directa o indirectamente, aunque fuera con el fin de solucionar divergencias o de perseguir acciones perpetradas contra los mismos derechos despu&eacute;s de la muerte o la renuncia v&aacute;lida del Pont&iacute;fice.(1)(2) Todos los Cardenales tengan sumo cuidado en defender tales derechos. <br /><br />4. Durante la vacante de la Sede Apost&oacute;lica, las leyes emanadas por los Romanos Pont&iacute;fices no pueden de ning&uacute;n modo ser corregidas o modificadas, ni se puede a&ntilde;adir, quitar nada o dispensar de una parte de las mismas, especialmente en lo que se refiere al ordenamiento de la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice. Es m&aacute;s, si sucediera eventualmente que se hiciera o intentara algo contra esta disposici&oacute;n, con mi suprema autoridad lo declaro nulo e inv&aacute;lido. <br /><br />5. En el caso de que surgiesen dudas sobre las disposiciones contenidas en esta Constituci&oacute;n, o sobre el modo de llevarlas a cabo, dispongo formalmente que todo el poder de emitir un juicio al respecto corresponde al Colegio de los Cardenales, al cual doy por tanto la facultad de interpretar los puntos dudosos o controvertidos, estableciendo que cuando sea necesario deliberar sobre estas o parecidas cuestiones, excepto sobre el acto de la elecci&oacute;n, sea suficiente que la mayor&iacute;a de los Cardenales reunidos est&eacute; de acuerdo sobre la misma opini&oacute;n. <br /><br />6. Del mismo modo, cuando se presente un problema que, a juicio de la mayor parte de los Cardenales reunidos, no puede ser aplazado posteriormente, el Colegio de los Cardenales debe disponer seg&uacute;n el parecer de la mayor&iacute;a. <br /><br />CAP&Iacute;TULO II<br /><br />LAS CONGREGACIONES DE LOS CARDENALES PARA PREPARAR LA ELECCI&Oacute;N DEL SUMO PONT&Iacute;FICE<br /><br />7. Durante la Sede vacante tendr&aacute;n lugar dos clases de Congregaciones de los Cardenales: una general, es decir, de todo el Colegio hasta el comienzo de la elecci&oacute;n, y otra particular. En las Congregaciones generales deben participar todos los Cardenales no impedidos leg&iacute;timamente, apenas son informados de la vacante de la Sede Apost&oacute;lica. Sin embargo, a los Cardenales que, seg&uacute;n la norma del n. 33 de esta Constituci&oacute;n, no tienen el derecho de elegir al Pont&iacute;fice, se les concede la facultad de abstenerse, si lo prefieren, de participar en estas Congregaciones generales.<br /><br />La Congregaci&oacute;n particular est&aacute; constituida por el Cardenal Camarlengo de la Santa Iglesia Romana y por tres Cardenales, uno por cada Orden, extra&iacute;dos por sorteo entre los Cardenales electores llegados a Roma. La funci&oacute;n de estos tres Cardenales, llamados Asistentes, cesa al cumplirse el tercer d&iacute;a, y en su lugar, siempre mediante sorteo, les suceden otros con el mismo plazo de tiempo incluso despu&eacute;s de iniciada la elecci&oacute;n.<br /><br />Durante el per&iacute;odo de la elecci&oacute;n las cuestiones de mayor importancia, si es necesario, ser&aacute;n tratadas por la asamblea de los Cardenales electores, mientras que los asuntos ordinarios seguir&aacute;n siendo tratados por la Congregaci&oacute;n particular de los Cardenales. En las Congregaciones generales y particulares, durante la Sede vacante, los Cardenales vestir&aacute;n el traje talar ordinario negro con cord&oacute;n rojo y la faja roja, con solideo, cruz pectoral y anillo.<br /><br />8.En las Congregaciones particulares deben tratarse solamente las cuestiones de menor importancia que se vayan presentando diariamente o en cada momento. Si surgieran cuestiones m&aacute;s importantes y que merecieran un examen m&aacute;s profundo, deben ser sometidas a la Congregaci&oacute;n general. Adem&aacute;s, todo lo que ha sido decidido, resuelto o denegado en una Congregaci&oacute;n particular no puede ser revocado, cambiado o concedido en otra; el derecho de hacer esto corresponde &uacute;nicamente a la Congregaci&oacute;n general y por mayor&iacute;a de votos.<br /><br />9. Las Congregaciones generales de los Cardenales tendr&aacute;n lugar en el Palacio Apost&oacute;lico Vaticano o, si las circunstancias lo exigen, en otro lugar m&aacute;s oportuno a juicio de los mismos Cardenales. Preside estas Congregaciones el Decano del Colegio o, en el caso de que est&eacute; ausente o leg&iacute;timamente impedido, el Vicedecano. En el caso de que uno de ellos o los dos no gocen, seg&uacute;n la norma del n. 33 de esta Constituci&oacute;n, del derecho de elegir al Pont&iacute;fice, presidir&aacute; las asambleas de los Cardenales electores el Cardenal elector m&aacute;s antiguo, seg&uacute;n el orden habitual de precedencia.<br /><br />10. El voto en las Congregaciones de los Cardenales, cuando se trate de asuntos de mayor importancia, no debe ser dado de palabra, sino de forma secreta.<br /><br />11. Las Congregaciones generales que preceden el comienzo de la elecci&oacute;n, llamadas por eso &laquo;preparatorias&raquo;, deben celebrarse a diario, a partir del d&iacute;a establecido por el Camarlengo de la Santa Iglesia Romana y por el primer Cardenal de cada orden entre los electores, incluso en los d&iacute;as en que se celebran las exequias del Pont&iacute;fice difunto. Esto debe hacerse para que el Cardenal Camarlengo pueda o&iacute;r el parecer del Colegio y darle las comunicaciones que crea necesarias u oportunas; y tambi&eacute;n para permitir a cada Cardenal que exprese su opini&oacute;n sobre los problemas que se presenten, pedir explicaciones en caso de duda y hacer propuestas.<br /><br />12. En las primeras Congregaciones generales se proveer&aacute; a que cada Cardenal tenga a disposici&oacute;n un ejemplar de esta Constituci&oacute;n y, al mismo tiempo, se le d&eacute; la posibilidad de proponer eventualmente cuestiones sobre el significado y el cumplimiento de las normas establecidas en la misma. Conviene, adem&aacute;s, que sea le&iacute;da la parte de esta Constituci&oacute;n que hace referencia a la vacante de la Sede Apost&oacute;lica. Al mismo tiempo, todos los Cardenales presentes deben prestar juramento de observar las disposiciones contenidas en ella y de guardar el secreto. Este juramento, que debe ser hecho tambi&eacute;n por los Cardenales que habiendo llegado con retraso participen m&aacute;s tarde en estas Congregaciones, ser&aacute; le&iacute;do por el Cardenal Decano o, eventualmente por otro presidente del Colegio (conforme a la norma establecida en el n. 9 de esta Constituci&oacute;n) en presencia de los otros Cardenales seg&uacute;n la siguiente f&oacute;rmula:<br /><br />Nosotros, Cardenales de la Santa Iglesia Romana, del Orden de los Obispos, del de los Presb&iacute;teros y del de los Di&aacute;conos, prometemos, nos obligamos y juramos, todos y cada uno, observar exacta y fielmente todas las normas contenidas en la Constituci&oacute;n apost&oacute;lica Universi Dominici Gregis del Sumo Pont&iacute;fice Juan Pablo II, y mantener escrupulosamente el secreto sobre cualquier cosa quede alg&uacute;n modo tenga que ver con la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice, o que por su naturaleza, durante la vacante de la Sede Apost&oacute;lica, requiera el mismo secreto.<br /><br />Seguidamente cada Cardenal dir&aacute;: Y Yo, N.Cardenal N. prometo, me obligo y juro. Y poniendo la mano sobre los Evangelios, a&ntilde;adir&aacute;: As&iacute; me ayude Dios y estos Santos Evangelios que toco con mi mano.13. En una de las Congregaciones inmediatamente posteriores, los Cardenales deber&aacute;n, en conformidad con el orden del d&iacute;a preestablecido, tomar las decisiones m&aacute;s urgentes para el comienzo del proceso de la elecci&oacute;n, es decir:<br /><br />a)establecer el d&iacute;a, la hora y el modo en que el cad&aacute;ver del difunto Pont&iacute;fice ser&aacute; trasladado a la Bas&iacute;lica Vaticana, para ser expuesto a la veneraci&oacute;n de los fieles;<br /><br />b)disponer todo lo necesario para las exequias del difunto Pont&iacute;fice, que se celebrar&aacute;n durante nueve d&iacute;as consecutivos, y fijar el inicio de las mismas de modo que el entierro tenga lugar, salvo motivos especiales, entre el cuarto y el sexto d&iacute;a despu&eacute;s de la muerte;<br /><br />c)pedir a la Comisi&oacute;n, compuesta por el Cardenal Camarlengo y por los Cardenales que desempe&ntilde;an respectivamente el cargo de Secretario de Estado y de Presidente de la Pontificia Comisi&oacute;n para el Estado de la Ciudad del Vaticano, que disponga oportunamente tanto los locales de la Domus Sanctae Marthae para el conveniente alojamiento de los Cardenales electores, como las habitaciones adecuadas para los que est&aacute;n previstos en el n. 46 de la presente Constituci&oacute;n, y que, al mismo tiempo, provea a que est&eacute; dispuesto todo lo necesario para la preparaci&oacute;n de la Capilla Sixtina, a fin de que las operaciones relativas a la elecci&oacute;n puedan desarrollarse de manera &aacute;gil, ordenada y con la m&aacute;xima reserva, seg&uacute;n lo previsto y establecido en esta Constituci&oacute;n;<br /><br />d)confiar a dos eclesi&aacute;sticos de clara doctrina, sabidur&iacute;a y autoridad moral, el encargo de predicar a los mismos Cardenales dos ponderadas meditaciones sobre los problemas de la Iglesia en aquel momento y la elecci&oacute;n iluminada del nuevo Pont&iacute;fice; al mismo tiempo, quedando firme lo dispuesto en el n. 52 de esta Constituci&oacute;n, determinen el d&iacute;a y la hora en que debe serles dirigida la primera de dichas meditaciones;<br /><br />e)aprobar bajo propuesta de la Administraci&oacute;n de la Sede Apost&oacute;lica o, en la parte que le corresponde, del Gobierno del Estado de la Ciudad del Vaticano-, los gastos necesarios desde la muerte del Pont&iacute;fice hasta la elecci&oacute;n del sucesor;<br /><br />f)leer, si los hubiere, los documentos dejados por el Pont&iacute;fice difunto al Colegio de Cardenales;<br /><br />g)cuidar que sean anulados el Anillo del Pescador y el Sello de plomo, con los cuales son enviadas las Cartas Apost&oacute;licas;<br /><br />h)asignar por sorteo las habitaciones a los Cardenales electores;<br /><br />i) fijar el d&iacute;a y la hora del comienzo de las operaciones de voto.<br /><br />CAP&Iacute;TULO III<br /><br />ALGUNOS CARGOS DURANTE LA SEDE APOST&Oacute;LICA VACANTE <br /><br />14. Seg&uacute;n el art. 6 de la Constituci&oacute;n apost&oacute;lica Pastor Bonus,(1)(3) a la muerte del Pont&iacute;fice todos los Jefes de los Dicasterios de la Curia Romana, tanto el Cardenal Secretario de Estado como los Cardenales Prefectos y los Presidentes Arzobispos, as&iacute; como tambi&eacute;n los Miembros de los mismos Dicasterios, cesan en el ejercicio de sus cargos. Se except&uacute;an el Camarlengo de la Santa Iglesia Romana y el Penitenciario Mayor, que siguen ocup&aacute;ndose de los asuntos ordinarios, sometiendo al Colegio de los Cardenales todo lo que debiera ser referido al Sumo Pont&iacute;fice.<br /><br />Igualmente, de acuerdo con la Constituci&oacute;n Apost&oacute;lica Vicariae Potestatis (n. 2 1),(1)(4) el Cardenal Vicario General de la di&oacute;cesis de Roma no cesa en su cargo durante la vacante de la Sede Apost&oacute;lica y tampoco cesa en su jurisdicci&oacute;n el Cardenal Arcipreste de la Bas&iacute;lica Vaticana y Vicario General para la Ciudad del Vaticano.<br /><br />15. En el caso de que a la muerte del Pont&iacute;fice o antes de la elecci&oacute;n del Sucesor est&eacute;n vacantes los cargos de Camarlengo de la Santa Iglesia Romana o de Penitenciario Mayor, el Colegio de los Cardenales debe elegir cuanto antes al Cardenal o, si es el caso, los Cardenales que ocupar&aacute;n su cargo hasta la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice. En cada uno de los casos citados la elecci&oacute;n se realiza por medio de votaci&oacute;n secreta de todos los Cardenales electores presentes, por medio de papeletas, que ser&aacute;n distribuidas y recogidas por los Ceremonieros y abiertas despu&eacute;s en presencia del Camarlengo y de los tres Cardenales Asistentes, si se trata de elegir al Penitenciario Mayor; o de los citados tres Cardenales y del Secretario del Colegio de los Cardenales si se debe elegir al Camarlengo. Resultar&aacute; elegido y tendr&aacute; ipso facto todas las facultades correspondientes al cargo aqu&eacute;l que haya obtenido la mayor&iacute;a de los votos. En el caso de empate, ser&aacute; designado quien pertenezca al orden m&aacute;s elevado y, dentro del mismo orden, quien haya sido creado primero Cardenal. Hasta que no haya sido elegido el Camarlengo, ejerce sus funciones el Decano del Colegio o, en su ausencia o si est&aacute; leg&iacute;timamente impedido, el Vicedecano o el Cardenal m&aacute;s antiguo seg&uacute;n el orden de precedencia conforme al n. 9 de esta Constituci&oacute;n, el cual puede tomar sin ninguna dilaci&oacute;n las decisiones que las circunstancias aconsejen.<br /><br />16. En cambio, si durante la Sede vacante falleciese el Vicario General de la Di&oacute;cesis de Roma, el Vicegerente en funciones ejercer&aacute; tambi&eacute;n la funci&oacute;n propia del Cardenal Vicario adem&aacute;s de su jurisdicci&oacute;n ordinaria vicaria.(1)(5) Si tambi&eacute;n faltase el Vicegerente, el Obispo Auxiliar m&aacute;s antiguo en el nombramiento desempe&ntilde;ar&aacute; las funciones.<br /><br />17. Apenas recibida la noticia de la muerte del Sumo Pont&iacute;fice, el Camarlengo de la Santa Iglesia Romana debe comprobar oficialmente la muerte del Pont&iacute;fice en presencia del Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias, de los Prelados Cl&eacute;rigos y del Secretario y Canciller de la C&aacute;mara Apost&oacute;lica, el cual deber&aacute; extender el documento o acta aut&eacute;ntica de muerte. El Camarlengo debe adem&aacute;s sellar el estudio y la habitaci&oacute;n del mismo Pont&iacute;fice, disponiendo que el personal que vive habitualmente en el apartamento privado pueda seguir en &eacute;l hasta despu&eacute;s de la sepultura del Papa, momento en que todo el apartamento pontificio ser&aacute; sellado; comunicar la muerte al Cardenal Vicario para la Urbe, el cual dar&aacute; noticia al pueblo romano con una notificaci&oacute;n especial; igualmente al Cardenal Arcipreste de la Bas&iacute;lica Vaticana; tomar posesi&oacute;n del Palacio Apost&oacute;lico Vaticano y, personalmente o por medio de un delegado suyo, de los Palacios de Letr&aacute;n y de Castel Gandolfo, ejerciendo su custodia y gobierno; establecer, o&iacute;dos los Cardenales primeros de los tres &oacute;rdenes, todo lo que concierne a la sepultura del Pont&iacute;fice, a menos que &eacute;ste, cuando viv&iacute;a, no hubiera manifestado su voluntad al respecto; cuidar, en nombre y con el consentimiento del Colegio de los Cardenales, todo lo que las circunstancias aconsejen para la defensa de los derechos de la Sede Apost&oacute;lica y para una recta administraci&oacute;n de la misma. De hecho, es competencia del Camarlengo de la Santa Iglesia Romana, durante la Sede vacante, cuidar y administrar los bienes y los derechos temporales de la Santa Sede, con la ayuda de los tres Cardenales Asistentes, previo el voto del Colegio de los Cardenales, una vez para las cuestiones menos importantes, y cada vez para aqu&eacute;llas m&aacute;s graves.<br /><br />18. El Cardenal Penitenciario Mayor y sus Oficiales, durante la Sede vacante, podr&aacute;n llevar a cabo todo lo que ha sido establecido por mi Predecesor P&iacute;o XI en la Constituci&oacute;n apost&oacute;lica Quae divinitus, del 25 de marzo de 1935,(1)(6) y por m&iacute; mismo en la Constituci&oacute;n apost&oacute;lica Pastor Bonus.(1)(7)<br /><br />19. El Decano del Colegio de los Cardenales, sin embargo, apenas haya sido informado por el Cardenal Camarlengo o por el Prefecto de la Casa Pontificia de la muerte del Pont&iacute;fice, tiene la obligaci&oacute;n de dar la noticia a todos los Cardenales, convoc&aacute;ndolos para las Congregaciones del Colegio. Igualmente comunicar&aacute; la muerte del Pont&iacute;fice al Cuerpo Diplom&aacute;tico acreditado ante la Santa Sede y a los Jefes de Estado de las respectivas Naciones.<br /><br />20. Durante la vacante de la Sede Apost&oacute;lica, el Sustituto de la Secretar&iacute;a de Estado as&iacute; como el Secretario para las Relaciones con los Estados y los Secretarios de los Dicasterios de la Curia Romana conservan la direcci&oacute;n de la respectiva oficina y responden de ello ante el Colegio de los Cardenales.<br /><br />21. De la misma manera, no cesan en el cargo y en las propias facultades los Representantes Pontificios.<br /><br />22. Tambi&eacute;n el Limosnero de Su Santidad continuar&aacute; en el ejercicio de las obras de caridad, con los mismos criterios usados cuando viv&iacute;a el Pont&iacute;fice; y depender&aacute; del Colegio de los Cardenales hasta la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice.<br /><br />23. Durante la Sede vacante, todo el poder civil del Sumo Pont&iacute;fice, concerniente al gobierno de la Ciudad del Vaticano, corresponde al Colegio de los Cardenales, el cual sin embargo no podr&aacute; emanar decretos sino en el caso de urgente necesidad y s&oacute;lo durante la vacante de la Santa Sede. Dichos decretos ser&aacute;n v&aacute;lidos en el futuro solamente si los confirma el nuevo Pont&iacute;fice.<br /><br />CAP&Iacute;TULO IV<br /><br />FACULTADES DE LOS DICASTERIOS DE LA CURIA ROMANA <br />DURANTE LA VACANTE<br />DE LA SEDE APOST&Oacute;LICA <br /><br />24. Durante la Sede vacante, los Dicasterios de la Curia Romana, excepto aqu&eacute;llos a los que se refiere el n. 26 de esta Constituci&oacute;n, no tienen ninguna facultad en aquellas materias que, Sede plena, no pueden tratar o realizar sino facto verbo cum SS.mo, o ex Audientia SS.mi o vigore specialium et extraordinarium facultatum, que el Romano Pont&iacute;fice suele conceder a los Prefectos, a los Presidentes o a los Secretarios de los mismos Dicasterios.<br /><br />25. En cambio, no cesan con la muerte del Pont&iacute;fice las facultades ordinarias propias de cada Dicasterio; establezco, no obstante, que los Dicasterios hagan uso de ellas s&oacute;lo para conceder gracias de menor importancia, mientras las cuestiones m&aacute;s graves o discutidas, si pueden diferirse, deben ser reservadas exclusivamente al futuro Pont&iacute;fice; si no admitiesen dilaci&oacute;n (como, entre otras, los casos in articulo mortis de dispensas que el Sumo Pont&iacute;fice suele conceder), podr&aacute;n ser confiadas por el Colegio de los Cardenales al Cardenal que era Prefecto hasta la muerte del Pont&iacute;fice, o al Arzobispo hasta entonces Presidente, y a los otros Cardenales del mismo Dicasterio, a cuyo examen el Sumo Pont&iacute;fice difunto las hubiera confiado probablemente. En dichas circunstancias, &eacute;stos podr&aacute;n decidir per modum provisionis, hasta que sea elegido el Pont&iacute;fice, todo lo que crean m&aacute;s oportuno y conveniente para la custodia y la defensa de los derechos y tradiciones eclesi&aacute;sticas.<br /><br />26. El Supremo Tribunal de la Signatura Apost&oacute;lica y el Tribunal de la Rota Romana, durante la vacante de la Santa Sede, siguen tratando las causas seg&uacute;n sus propias leyes, permaneciendo en pie lo establecido en el art. 18, puntos 1 y 3 de la Constituci&oacute;n apost&oacute;lica Pastor Bonus.(1)(8) <br /><br />CAP&Iacute;TULO V<br /><br />LAS EXEQUIAS DEL ROMANO PONT&Iacute;FICE <br /><br />27. Despu&eacute;s de la muerte del Romano Pont&iacute;fice, los Cardenales celebrar&aacute;n las exequias en sufragio de su alma durante nueve d&iacute;as consecutivos, seg&uacute;n el Ordo exsequiarum Romani Pontificis, cuyas normas, as&iacute; como las del Ordo rituum Conclavis ellos cumplir&aacute;n fielmente.<br /><br />28. Si la sepultura se hiciera en la Bas&iacute;lica Vaticana, el correspondiente documento aut&eacute;ntico es extendido por el Notario del Cap&iacute;tulo de la misma Bas&iacute;lica o por el Can&oacute;nigo Archivero. Sucesivamente, un delegado del Cardenal Camarlengo y un delegado del Prefecto de la Casa Pontificia extender&aacute;n separadamente los documentos que den fe de que se ha efectuado la sepultura; el primero en presencia de los miembros de la C&aacute;mara Apost&oacute;lica y el otro ante el Prefecto de la Casa Pontificia.<br /><br />29. Si el Romano Pont&iacute;fice falleciese fuera de Roma, corresponde al Colegio de los Cardenales disponer todo lo necesario para un digno y decoroso traslado del cad&aacute;ver a la Bas&iacute;lica de San Pedro en el Vaticano.<br /><br />30. A nadie le est&aacute; permitido tomar con ning&uacute;n medio im&aacute;genes del Sumo Pont&iacute;fice enfermo en la cama o difunto, ni registrar con ning&uacute;n instrumento sus palabras para despu&eacute;s reproducirlas. Si alguien, despu&eacute;s de la muerte del Papa, quiere hacer fotograf&iacute;as para documentaci&oacute;n, deber&aacute; pedirlo al Cardenal Camarlengo de la Santa Iglesia Romana, el cual, sin embargo, no permitir&aacute; que se hagan fotograf&iacute;as del Sumo Pont&iacute;fice si no est&aacute; revestido con los h&aacute;bitos pontificales.<br /><br />31. Despu&eacute;s de la sepultura del Sumo Pont&iacute;fice y durante la elecci&oacute;n del nuevo Papa, no se habite ninguna parte del apartamento privado del Sumo Pont&iacute;fice.<br /><br />32. Si el Sumo Pont&iacute;fice difunto ha hecho testamento de sus cosas, dejando cartas o documentos privados, y ha designado un ejecutor testamentario, corresponde a &eacute;ste establecer y ejecutar, seg&uacute;n el mandato recibido del testador, lo que concierne a los bienes privados y a los escritos del difunto Pont&iacute;fice. Dicho ejecutor dar&aacute; cuenta de su labor &uacute;nicamente al nuevo Sumo Pont&iacute;fice.<br /><br />--------------------------------------------------------------------------------<br /><br />SEGUNDAPARTE<br /><br />LA ELECCI&Oacute;N DEL ROMANO PONT&Iacute;FICE<br /><br />CAP&Iacute;TULO I<br /><br />LOS ELECTORES DEL ROMANO PONT&Iacute;FICE<br /><br />33. El derecho de elegir al Romano Pont&iacute;fice corresponde &uacute;nicamente a los Cardenales de la Santa Iglesia Romana, con excepci&oacute;n de aquellos que, antes del d&iacute;a de la muerte del Sumo Pont&iacute;fice o del d&iacute;a en el cual la Sede Apost&oacute;lica quede vacante, hayan cumplido 80 a&ntilde;os de edad. El n&uacute;mero m&aacute;ximo de Cardenales electores no debe superar los ciento veinte. Queda absolutamente excluido el derecho de elecci&oacute;n activa por parte de cualquier otra dignidad eclesi&aacute;stica o la intervenci&oacute;n del poder civil de cualquier orden o grado.<br /><br />34. En el caso de que la Sede Apost&oacute;lica quedara vacante durante la celebraci&oacute;n de un Concilio Ecum&eacute;nico o de un S&iacute;nodo de los Obispos, que tengan lugar, bien sea en Roma o en otra ciudad del mundo, la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice debe ser hecha &uacute;nica y exclusivamente por los Cardenales electores, indicados en el n&uacute;mero precedente, y no por el mismo Concilio o S&iacute;nodo de los Obispos. Por tanto, declaro nulos e inv&aacute;lidos los actos que, de la manera que sea, intentaran modificar temerariamente las normas sobre la elecci&oacute;n o el colegio de los electores. Es m&aacute;s, quedando a este respecto confirmados el can. 340 y tambi&eacute;n el can. 347 2 del C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico y el can. 53 del C&oacute;digo de los C&aacute;nones de las Iglesias Orientales, el mismo Concilio o el S&iacute;nodo de los Obispos, sea cual sea el estado en el que se encuentren, deben considerarse inmediatamente suspendidos ipso iure, apenas se tenga noticia cierta de la vacante de la Sede Apost&oacute;lica. Por consiguiente, deben interrumpir, sin demora alguna, toda clase de reuni&oacute;n, congregaci&oacute;n o sesi&oacute;n y dejar de redactar o preparar cualquier tipo de decreto o canon o de promulgar los confirmados, bajo pena de nulidad; tampoco podr&aacute; continuar el Concilio o el S&iacute;nodo por ninguna raz&oacute;n, aunque sea grav&iacute;sima y digna de especial consideraci&oacute;n, hasta que el nuevo Pont&iacute;fice can&oacute;nicamente elegido no haya dispuesto que los mismos contin&uacute;en.<br /><br />35. Ning&uacute;n Cardenal elector podr&aacute; ser excluido de la elecci&oacute;n, activa o pasiva, por ning&uacute;n motivo o pretexto, quedando en pie lo establecido en el n. 40 de esta Constituci&oacute;n.<br /><br />36. Un Cardenal de la Santa Iglesia Romana, que haya sido creado y publicado en Consistorio, tiene por eso mismo el derecho a elegir al Pont&iacute;fice seg&uacute;n el n. 33 de la presente Constituci&oacute;n, aunque no se le hubiera impuesto la birreta, entregado el anillo, ni hubiera prestado juramento. En cambio, no tienen este derecho los Cardenales depuestos can&oacute;nicamente o que hayan renunciado, con el consentimiento del Romano Pont&iacute;fice, a la dignidad cardenalicia. Adem&aacute;s, durante la Sede vacante, el Colegio de los Cardenales no puede readmitir o rehabilitar a &eacute;stos.<br /><br />37. Establezco, adem&aacute;s, que desde el momento en que la Sede Apost&oacute;lica est&eacute; leg&iacute;timamente vacante los Cardenales electores presentes esperen durante quince d&iacute;as completos a los ausentes; dejo adem&aacute;s al Colegio de los Cardenales la facultad de retrasar, si hubiera motivos graves, el comienzo de la elecci&oacute;n algunos d&iacute;as. Pero pasados al m&aacute;ximo veinte d&iacute;as desde el inicio de la Sede vacante, todos los Cardenales electores presentes est&aacute;n obligados a proceder a la elecci&oacute;n.<br /><br />38. Todos los Cardenales electores, convocados por el Decano, o por otro Cardenal en su nombre, para la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice, est&aacute;n obligados, en virtud de santa obediencia, a dar cumplimiento al anuncio de convocatoria y a acudir al lugar designado al respecto, a no ser que est&eacute;n imposibilitados por enfermedad u otro impedimento grave, que deber&aacute; ser reconocido por el Colegio de los Cardenales.<br /><br />39. Pero, si algunos Cardenales electores llegasen re integra, es decir, antes de que se haya procedido a elegir al Pastor de la Iglesia, ser&aacute;n admitidos a los trabajos de la elecci&oacute;n en la fase en que &eacute;stos se hallen.<br /><br />40. Si, acaso, alg&uacute;n Cardenal que tiene derecho al voto se negase a entrar en la Ciudad del Vaticano para llevar a cabo los trabajos de la elecci&oacute;n o, a continuaci&oacute;n, despu&eacute;s que la misma haya comenzado, se negase a permanecer para cumplir su cometido sin una raz&oacute;n manifiesta de enfermedad reconocida bajo juramento por los m&eacute;dicos y comprobada por la mayor parte de los electores, los otros proceder&aacute;n libremente a los procesos de la elecci&oacute;n, sin esperarle ni readmitirlo nuevamente. Por el contrario, si un Cardenal elector debiera salir de la Ciudad del Vaticano por sobrevenirle una enfermedad, se puede proceder a la elecci&oacute;n sin pedir su voto; pero si quisiera volver a la citada sede de la elecci&oacute;n, despu&eacute;s de la curaci&oacute;n o incluso antes, debe ser readmitido.<br /><br />Adem&aacute;s, si alg&uacute;n Cardenal elector saliera de la Ciudad del Vaticano por otra causa grave, reconocida por la mayor&iacute;a de los electores, puede regresar para volver a tomar parte en la elecci&oacute;n.<br /><br />CAP&Iacute;TULO II<br /><br />EL LUGAR DE LA ELECCI&Oacute;N Y LAS PERSONAS ADMITIDAS EN RAZ&Oacute;N DE SU CARGO<br /><br />41. El C&oacute;nclave para la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice se desarrollar&aacute; dentro del territorio de la Ciudad del Vaticano, en lugares y edificios determinados, cerrados a los extra&ntilde;os, de modo que se garantice una conveniente acomodaci&oacute;n y permanencia de los Cardenales electores y de quienes, por t&iacute;tulo leg&iacute;timo, est&aacute;n llamados a colaborar al normal desarrollo de la elecci&oacute;n misma.<br /><br />42. En el momento establecido para el comienzo del proceso de la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice, todos los Cardenales electores deber&aacute;n haber recibido y tomado una conveniente acomodaci&oacute;n en la llamada Domus Sanctae Marthae, construida recientemente en la Ciudad del Vaticano.<br /><br />Si razones de salud, previamente comprobadas por la competente Congregaci&oacute;n Cardenalicia, exigen que alg&uacute;n Cardenal elector tenga consigo, incluso en el per&iacute;odo de la elecci&oacute;n, un enfermero, se debe proveer que a &eacute;ste le sea asignada una adecuada habitaci&oacute;n.<br /><br />43. Desde el momento en que se ha dispuesto el comienzo del proceso de la elecci&oacute;n hasta el anuncio p&uacute;blico de que se ha realizado la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice o, de todos modos, hasta cuando as&iacute; lo ordene el nuevo Pont&iacute;fice, los locales de la Domus Sanctae Marthae, como tambi&eacute;n y de modo especial la Capilla Sixtina y las zonas destinadas a las celebraciones lit&uacute;rgicas, deben estar cerrados a las personas no autorizadas, bajo la autoridad del Cardenal Camarlengo y con la colaboraci&oacute;n externa del Sustituto de la Secretar&iacute;a de Estado, seg&uacute;n lo establecido en los n&uacute;meros siguientes.<br /><br />Todo el territorio de la Ciudad del Vaticano y tambi&eacute;n la actividad ordinaria de las Oficinas que tienen su sede dentro de su &aacute;mbito deben regularse, en dicho per&iacute;odo, de modo que se asegure la reserva y el libre desarrollo de todas las actividades en relaci&oacute;n con la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice. De modo particular se deber&aacute; cuidar que nadie se acerque a los Cardenales electores durante el traslado desde la Domus Sanctae Marthae al Palacio Apost&oacute;lico Vaticano.<br /><br />44. Los Cardenales electores, desde el comienzo del proceso de la elecci&oacute;n hasta que &eacute;sta tenga lugar y sea anunciada p&uacute;blicamente, deben abstenerse de mantener correspondencia epistolar, telef&oacute;nica o por otros medios de comunicaci&oacute;n con personas ajenas al &aacute;mbito del desarrollo de la misma elecci&oacute;n, si no es por comprobada y urgente necesidad, debidamente reconocida por la Congregaci&oacute;n particular a la que se refiere el n. 7. A la misma corresponde reconocer la necesidad y la urgencia de comunicar con los respectivos dicasterios por parte de los Cardenales Penitenciario Mayor, Vicario General para la di&oacute;cesis de Roma y Arcipreste de la Bas&iacute;lica Vaticana.<br /><br />45. A todos aquellos que, no estando indicados en el n&uacute;mero siguiente, y que casualmente, aunque presentes en la Ciudad del Vaticano por justo t&iacute;tulo, como se prev&eacute; en el n. 43 de esta Constituci&oacute;n, encontraran a algunos de los Cardenales electores en tiempo de la elecci&oacute;n, est&aacute; absolutamente prohibido mantener coloquio, de cualquier forma, por cualquier medio o por cualquier motivo, con los mismos Padres Cardenales.<br /><br />46. Para satisfacer las necesidades personales yde la oficina relacionadas con el desarrollo de laelecci&oacute;n, deber&aacute;n estar disponibles y, por tanto, alojados convenientemente dentro de los l&iacute;mites a los que se refiere el n. 43 de la presente Constituci&oacute;n, el Secretario del Colegio Cardenalicio, que act&uacute;a de Secretario de la asamblea electiva; el Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias con dos Ceremonieros y dos religiosos adscritos a la Sacrist&iacute;a Pontificia; un eclesi&aacute;stico elegido por el Cardenal Decano, o por el Cardenal que haga sus veces, para que lo asista en su cargo.<br /><br />Adem&aacute;s, deber&aacute;n estar disponibles algunos religiosos de varias lenguas para las confesiones, ytambi&eacute;n dos m&eacute;dicos para eventuales emergencias.<br /><br />Se deber&aacute; tambi&eacute;n proveer oportunamente para que un n&uacute;mero suficiente de personas, adscritas a los servicios de comedor y de limpieza, est&eacute;n disponibles para ello.<br /><br />Todas las personas aqu&iacute; mencionadas deber&aacute;n recibir la aprobaci&oacute;n previa del Cardenal Camarlengo y de los tres Asistentes.<br /><br />47. Todas las personas se&ntilde;aladas en el n. 46 de la presente Constituci&oacute;n que por cualquier motivo o en cualquier momento fueran informadas por quien sea sobre algo directa o indirectamente relativo a los actos propios de la elecci&oacute;n y, de modo particular, de lo referente a los escrutinios realizados en la elecci&oacute;n misma, est&aacute;n obligadas a estricto secreto con cualquier persona ajena al Colegio de los Cardenales electores; por ello, antes del comienzo del proceso de la elecci&oacute;n, deber&aacute;n prestar juramento seg&uacute;n las modalidades y la f&oacute;rmula indicada en el n&uacute;mero siguiente.<br /><br />48. Las personas se&ntilde;aladas en el n. 46 de la presente Constituci&oacute;n, debidamente advertidas sobre el significado y sobre el alcance del juramento que han de prestar antes del comienzo del proceso de la elecci&oacute;n, deber&aacute;n pronunciar y subscribir a su debido tiempo, ante el Cardenal Camarlengo u otro Cardenal delegado por &eacute;ste, en presencia de dos Ceremonieros, el juramento seg&uacute;n la f&oacute;rmula siguiente:<br /><br />Yo N. N. prometo y juro observar el secreto absoluto con quien no forme parte del Colegio de los Cardenales electores, y esto perpetuamente, a menos que no reciba especiales facultades dadas expresamente por el nuevo Pont&iacute;fice elegido o por sus Sucesores, acerca de todo lo que ata&ntilde;e directa o indirectamente a las votaciones y a los escrutinios para la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice.<br /><br />Prometo igualmente y juro que me abstendr&eacute; de hacer uso de cualquier instrumento de grabaci&oacute;n, audici&oacute;n o visi&oacute;n de cuanto, durante el per&iacute;odo de la elecci&oacute;n, se desarrolla dentro del &aacute;mbito de la Ciudad del Vaticano, y particularmente de lo que directa o indirectamente de alg&uacute;n modo tiene que ver con lasoperaciones relacionadas con la elecci&oacute;n misma. Declaro emitir este juramento consciente de que unainfracci&oacute;n del mismo comportar&iacute;a para m&iacute; aquellas penas espirituales y can&oacute;nicas que el futuro SumoPont&iacute;fice (cf. can. 1399 del C.I.C.) determine adoptar.<br /><br />As&iacute; Dios me ayude y estos Santos Evangelios que toco con mi mano.<br /><br />CAP&Iacute;TULO III<br /><br />COMIENZO DE LOS ACTOS DE LA ELECCI&Oacute;N<br /><br />49. Celebradas las exequias del difunto Pont&iacute;fice, seg&uacute;n los ritos prescritos, y preparado lo necesario para el desarrollo regular de la elecci&oacute;n, el d&iacute;a establecido es decir, el decimoquinto desde la muerte del Pont&iacute;fice, o seg&uacute;n lo previsto en el n. 37 de la presente Constituci&oacute;n, no m&aacute;s all&aacute; del vig&eacute;simo- los Cardenales electores se reunir&aacute;n en la Bas&iacute;lica de San Pedro en el Vaticano, o donde la oportunidad y las necesidades de tiempo y de lugar aconsejen, para participar en una solemne celebraci&oacute;n eucar&iacute;stica con la Misa votiva &laquo; Pro eligendo Papa &raquo;.(1)(9) Esto deber&aacute; realizarse a ser posible en una hora adecuada de la ma&ntilde;ana, de modo que en la tarde pueda tener lugar lo prescrito en los n&uacute;meros siguientes de la presente Constituci&oacute;n.<br /><br />50. Desde la Capilla Paulina del Palacio Apost&oacute;lico, donde se habr&aacute;n reunido en una hora conveniente de la tarde, los Cardenales electores en h&aacute;bito coral ir&aacute;n en solemne procesi&oacute;n, invocando con el canto del Veni Creator la asistencia del Esp&iacute;ritu Santo, a la Capilla Sixtina del Palacio Apost&oacute;lico, lugar y sede del desarrollo de la elecci&oacute;n.<br /><br />51. Conservando los elementos esenciales del C&oacute;nclave, pero modificando algunas modalidades secundarias, que el cambio de las circunstancias ha hecho irrelevantes para el objeto que serv&iacute;an anteriormente, con la presente Constituci&oacute;n establezco y dispongo que todo el proceso de la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice, seg&uacute;n lo prescrito en los n&uacute;meros siguientes, se desarrolle exclusivamente en la Capilla Sixtina del Palacio Apost&oacute;lico Vaticano, que sigue siendo lugar absolutamente reservado hasta el final de la elecci&oacute;n, de tal modo que se asegure el total secreto de lo que all&iacute; se haga o diga de cualquier modo relativo, directa o indirectamente, a la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice.<br /><br />Por tanto, el Colegio Cardenalicio, que act&uacute;a bajo la autoridad y la responsabilidad del Camarlengo, ayudado por la Congregaci&oacute;n particular de la que se habla en el n. 7 de la presente Constituci&oacute;n cuidar&aacute; de que, dentro de dicha Capilla y de los locales adyacentes, todo est&eacute; previamente dispuesto, incluso con la ayuda desde el exterior del Sustituto de la Secretar&iacute;a de Estado, de modo que se preserve la normal elecci&oacute;n y el car&aacute;cter reservado de la misma.<br /><br />De modo especial se deben hacer precisos y severos controles, incluso con la ayuda de personas de plena confianza y probada capacidad t&eacute;cnica, para que en dichos locales no sean instalados dolosamente medios audiovisuales de grabaci&oacute;n y transmisi&oacute;n al exterior.<br /><br />52. Llegados los Cardenales electores a la Capilla Sixtina, seg&uacute;n lo dispuesto en el n. 50, en presencia a&uacute;n de quienes han participado en la solemne procesi&oacute;n, emitir&aacute;n el juramento, pronunciando la f&oacute;rmula indicada en el n&uacute;mero siguiente.<br /><br />El Cardenal Decano o el primer Cardenal por orden y antig&uuml;edad, seg&uacute;n lo dispuesto en el n. 9 de la presente Constituci&oacute;n, leer&aacute; la f&oacute;rmula en voz alta; al final cada uno de los Cardenales electores, tocando los Santos Evangelios leer&aacute; y pronunciar&aacute; la f&oacute;rmula en el modo indicado en el n&uacute;mero siguiente.<br /><br />Despu&eacute;s que haya prestado juramento el &uacute;ltimo de los Cardenales electores, el Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias pronunciar&aacute; el extra omnes y todos los ajenos al C&oacute;nclave deber&aacute;n salir de la Capilla Sixtina.<br /><br />En ella quedar&aacute;n &uacute;nicamente el Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias y el eclesi&aacute;stico, ya designado para tener la segunda de las meditaciones a los Cardenales electores, a la que se refiere el n. 13/d, sobre el grav&iacute;simo deber que les incumbe y, por tanto, sobre la necesidad de proceder con recta intenci&oacute;n por el bien de la Iglesia universal solum Deum prae oculis habentes.53. Seg&uacute;n lo dispuesto en el n&uacute;mero precedente, el Cardenal Decano, o el primer Cardenal por orden y antig&uuml;edad, pronunciar&aacute; la siguiente f&oacute;rmula de juramento:<br /><br />Todos y cada uno de nosotros Cardenales electores presentes en esta elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice prometemos, nos obligamos y juramos observar fiel y escrupulosamente todas las prescripciones contenidas en la Constituci&oacute;n Apost&oacute;lica del Sumo Pont&iacute;fice Juan Pablo II, Universi Dominici Gregis, emanada el 22de febrero de 1996. Igualmente, prometemos, nos obligamos y juramos que quienquiera de nosotros que, por disposici&oacute;n divina, sea elegido Romano Pont&iacute;fice, se comprometer&aacute; a desempe&ntilde;ar fielmente el &laquo; munus petrinum &raquo; de Pastor de la Iglesia universal y no dejar&aacute; de afirmar y defender denodadamente los derechos espirituales y temporales, as&iacute; como la libertad de la Santa Sede. Sobre todo, prometemos y juramos observar con la m&aacute;xima fidelidad y con todos, tanto cl&eacute;rigos como laicos, el secreto sobre todo lo relacionado de alg&uacute;n modo con la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice y sobre lo que ocurre en el lugar de la elecci&oacute;n concerniente directa o indirectamente al escrutinio; no violar de ning&uacute;n modo este secreto tanto durante como despu&eacute;s de la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice, a menos que sea dada autorizaci&oacute;n expl&iacute;cita por el mismo Pont&iacute;fice; no apoyar o favorecer ninguna interferencia, oposici&oacute;n o cualquier otra forma de intervenci&oacute;n con la cual autoridades seculares de cualquier orden o grado, o cualquier grupo de personas o individuos quisieran inmiscuirse en la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice.<br /><br />A continuaci&oacute;n, cada Cardenal elector, seg&uacute;n el orden de precedencia, prestar&aacute; juramento con la f&oacute;rmula siguiente:<br /><br />Y yo, N. Cardenal N. prometo, me obligo y juro, y poniendo la mano sobre los Evangelios, a&ntilde;adir&aacute;: As&iacute; Dios me ayude y estos Santos Evangelios que toco con mi mano.54. Despu&eacute;s de predicada la meditaci&oacute;n, el eclesi&aacute;stico que la ha pronunciado sale de la Capilla Sixtina junto con el Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias. Los Cardenales electores, despu&eacute;s de haber recitado las oraciones seg&uacute;n el relativo Ordo, escuchan al Cardenal Decano (o a quien haga sus veces), el cual somete al Colegio de los electores ante todo la cuesti&oacute;n de si se puede ya proceder a iniciar el proceso de la elecci&oacute;n, o si fuera preciso a&uacute;n aclarar dudas sobre las normas y las modalidades establecidas en esta Constituci&oacute;n, pero sin que a nadie le est&eacute; permitido poder modificar o sustituir alguna de ellas, referente sustancialmente a los actos de la elecci&oacute;n misma, aunque se diera la unanimidad de los electores, y esto bajo pena de nulidad de la misma deliberaci&oacute;n.<br /><br />Si adem&aacute;s, seg&uacute;n la mayor&iacute;a de los electores, nada impide que se proceda a las operaciones de la elecci&oacute;n, se pasar&aacute; inmediatamente a ellas de acuerdo con las modalidades indicadas en esta misma Constituci&oacute;n.<br /><br />CAP&Iacute;TULO IV<br /><br />OBSERVANCIA DEL SECRETO SOBRE TODO LO RELATIVO A LA ELECCI&Oacute;N <br /><br />55. El Cardenal Camarlengo y los tres Cardenales Asistentes pro tempore est&aacute;n obligados a vigilar atentamente para que no se viole en modo alguno el car&aacute;cter reservado de lo que sucede en laCapilla Sixtina, donde se desarrollan las operaciones de votaci&oacute;n, y de los locales contiguos, tanto antes como durante y despu&eacute;s de tales operaciones.<br /><br />De modo particular, incluso recurriendo a la pericia de dos t&eacute;cnicos de confianza, procurar&aacute;n tutelar este car&aacute;cter reservado, asegur&aacute;ndose de que ning&uacute;n medio de grabaci&oacute;n o de transmisi&oacute;n audiovisual sea introducido por alguien en los locales indicados, especialmente en la citada Capilla donde se desarrollan los actos de la elecci&oacute;n.<br /><br />Si se cometiese y descubriese una infracci&oacute;n a esta norma, sepan los autores que estar&aacute;n sujetos a graves penas seg&uacute;n juzgue el futuro Pont&iacute;fice.<br /><br />56. En todo el tiempo que dure el proceso de la elecci&oacute;n, los Cardenales electores est&aacute;n obligados a abstenerse de correspondencia epistolar y de conversaciones incluso telef&oacute;nicas o por radio con personas no debidamente admitidas en los edificios reservados a ellos.<br /><br />Unicamente razones grav&iacute;simas y urgentes, comprobadas por la Congregaci&oacute;n particular de los Cardenales, de la que habla el n. 7, podr&aacute;n consentir semejantes conversaciones.<br /><br />Los Cardenales electores, antes de iniciar los actos de la elecci&oacute;n, proveer&aacute;n pues a que se disponga todo lo referente a las exigencias de su cargo o personales y no aplazables, de modo que no sea necesario recurrir a tales coloquios.<br /><br />57. Los Cardenales electores deber&aacute;n abstenerse igualmente de recibir o enviar cualquier tipo de mensajes fuera de la Ciudad del Vaticano, existiendo naturalmente la prohibici&oacute;n de que &eacute;stos se hagan por medio de alguna persona leg&iacute;timamente admitida all&iacute;. De forma espec&iacute;fica se proh&iacute;be a los Cardenales electores, mientras dure el proceso de la elecci&oacute;n, recibir prensa diaria y peri&oacute;dica de cualquier tipo, as&iacute; como escuchar programas radiof&oacute;nicos o ver transmisiones televisivas.<br /><br />58. Quienes, de alg&uacute;n modo, seg&uacute;n lo previsto en el n. 46 de la presente Constituci&oacute;n, prestan su servicio en lo referente a la elecci&oacute;n, y que directa o indirectamente pudieran violar el secreto ya se trate de palabras, escritos, se&ntilde;ales, o cualquier otro medio- deben evitarlo absolutamente, porque de otro modo incurrir&iacute;an en la pena de excomuni&oacute;n latae sententiae reservada a la Sede Apost&oacute;lica.<br /><br />59. En particular, est&aacute; prohibido a los Cardenales electores revelar a cualquier otra persona noticias que, directa o indirectamente se refieran a las votaciones, como tambi&eacute;n lo que se ha tratado o decidido sobre la elecci&oacute;n del Pont&iacute;fice en las reuniones de los Cardenales, tanto antes como durante el tiempo de la elecci&oacute;n. Tal obligaci&oacute;n del secreto concierne tambi&eacute;n a los Cardenales no electores participantes en las Congregaciones generales seg&uacute;n la norma del n. 7 de la presente Constituci&oacute;n.<br /><br />60. Ordeno adem&aacute;s a los Cardenales electores, graviter onerata ipsorum conscientia, que conserven el secreto sobre estas cosas incluso despu&eacute;s de la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice, recordando que no es l&iacute;cito violarlo de ning&uacute;n modo, a no ser que el mismo Pont&iacute;fice haya dado una especial y expl&iacute;cita facultad al respecto.<br /><br />61. Finalmente, para que los Cardenales electores puedan salvaguardarse de la indiscreci&oacute;n ajena y de eventuales asechanzas que pudieran afectar a su independencia de juicio y a su libertad de decisi&oacute;n, prohibo absolutamente que, bajo ning&uacute;n pretexto, se introduzcan en los lugares donde se desarrollan las operaciones de la elecci&oacute;n o, si ya los hubiera, que sean usados instrumentos t&eacute;cnicos de cualquier tipo que sirvan para grabar, reproducir o transmitir voces, im&aacute;genes o escritos.<br /><br />CAP&Iacute;TULO V<br /><br />DESARROLLO DE LA ELECCI&Oacute;N<br /><br />62. Abolidos los modos de elecci&oacute;n llamados per acclamationem seu inspirationem y per compromissum, la forma de elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice ser&aacute; de ahora en adelante &uacute;nicamente per scrutinium.<br /><br />Establezco, por lo tanto, que para la elecci&oacute;n v&aacute;lida del Romano Pont&iacute;fice se requieren los dos tercios de los votos, calculados sobre la totalidad de los electores presentes.<br /><br />En el caso en que el n&uacute;mero de Cardenales presentes no pueda dividirse en tres partes iguales, para la validez de la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice se requiere un voto m&aacute;s.<br /><br />63. Se proceder&aacute; a la elecci&oacute;n inmediatamente despu&eacute;s de que se hayan cumplido las formalidades contenidas en el n. 54 de la presente Constituci&oacute;n.<br /><br />Si eso sucede ya en la tarde del primer d&iacute;a, se tendr&aacute; un solo escrutinio; en los d&iacute;as sucesivos si la elecci&oacute;n no ha tenido lugar en el primer escrutinio, se deben realizar dos votaciones tanto en la ma&ntilde;ana como en la tarde, comenzando siempre las operaciones de voto a la hora ya previamente establecida bien en las Congregaciones preparatorias, bien durante el periodo de la elecci&oacute;n, seg&uacute;n las modalidades establecidas en los n&uacute;meros 64 y siguientes de la presente Constituci&oacute;n.<br /><br />64. El procedimiento del escrutinio se desarrolla en tres fases, la primera de las cuales, que se puede llamar pre-escrutinio, comprende: 1) la preparaci&oacute;n y distribuci&oacute;n de las papeletas por parte de los Ceremonieros, quienes entregan por lo menos dos o tres a cada Cardenal elector; 2) la extracci&oacute;n por sorteo, entre todos los Cardenales electores, de tres Escrutadores, de tres encargados de recoger los votos de los enfermos, llamados Infirmarii, y de tres Revisores; este sorteo es realizado p&uacute;blicamente por el &uacute;ltimo Cardenal Di&aacute;cono, el cual extrae seguidamente los nueve nombres de quienes deber&aacute;n desarrollar tales funciones; 3) si en la extracci&oacute;n de los Escrutadores, de los Infirmarii y de los Revisores, salieran los nombres de Cardenales electores que, por enfermedad u otro motivo, est&aacute;n impedidos de llevar a cabo estas funciones, en su lugar se extraer&aacute;n los nombres de otros no impedidos. Los tres primeros extra&iacute;dos actuar&aacute;n de Escrutadores, los tres segundos de Infirmarii y los otros tres de Revisores.<br /><br />65. En esta fase de escrutinio hay que tener en cuenta las siguientes disposiciones: 1) la papeleta ha de tener forma rectangular y llevar escritas en la mitad superior, a ser posible impresas, las palabras: Eligo in Summum Pontificem, mientras que en la mitad inferior debe dejarse espacio para escribir el nombre del elegido; por tanto, la papeleta est&aacute; hecha de modo que pueda ser doblada por la mitad; 2) la compilaci&oacute;n de las papeletas debe hacerse de modo secreto por cada Cardenal elector, el cual escribir&aacute; claramente, con caligraf&iacute;a lo m&aacute;s irreconocible posible, el nombre del que elige, evitando escribir m&aacute;s nombres, ya que en ese caso el voto ser&iacute;a nulo, doblando dos veces la papeleta; 3) durante las votaciones, los Cardenales electores deben permanecer en la Capilla Sixtina solos y por eso, inmediatamente despu&eacute;s de la distribuci&oacute;n de las papeletas y antes de que los electores empiecen a escribir, el Secretario del Colegio de los Cardenales, el Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias y los Ceremonieros deben salir de all&iacute;; despu&eacute;s de su salida, el &uacute;ltimo Cardenal Di&aacute;cono cerrar&aacute; la puerta, abri&eacute;ndola y cerr&aacute;ndola todas las veces que sea necesario, como por ejemplo cuando los Infirmarii salgan para recoger los votos de los enfermos y vuelven a la Capilla.<br /><br />66. La segunda fase, llamada escrutinio verdadero y propio, comprende: 1) la introducci&oacute;n de las papeletas en la urna apropiada; 2) la mezcla y el recuento de las mismas; 3) el escrutinio de los votos. Cada Cardenal elector, por orden de precedencia, despu&eacute;s de haber escrito y doblado la papeleta, teni&eacute;ndola levantada de modo que sea visible, la lleva al altar, delante del cual est&aacute;n los Escrutadores y sobre el cual est&aacute; colocada una urna cubierta por un plato para recoger las papeletas. Llegado all&iacute;, el Cardenal elector pronuncia en voz alta la siguiente f&oacute;rmula de juramento: Pongo por testigo a Cristo Se&ntilde;or, el cual me juzgar&aacute;, de que doy mi voto a quien, en presencia de Dios, creo que debe ser elegido. A continuaci&oacute;n deposita la papeleta en el plato y con &eacute;ste la introduce en la urna. Hecho esto, se inclina ante el altar y vuelve a su sitio.<br /><br />Si alguno de los Cardenales electores presentes en la Capilla no puede acercarse al altar por estar enfermo, el &uacute;ltimo de los Escrutadores se acerca a &eacute;l, previo el mencionado juramento, entrega la papeleta doblada al mismo Escrutador, el cual la lleva de manera visible al altar y, sin pronunciar el juramento, la deposita en el plato y con &eacute;ste la introduce en la urna.<br /><br />67. Si hay Cardenales electores enfermos en sus habitaciones, a los cuales se refiere el n. 41 y siguientes de esta Constituci&oacute;n, los tres Infirmarii se dirigen a ellos con una caja, que tenga en la parte superior una abertura por donde pueda introducirse una papeleta doblada. Los Escrutadores, antes de entregar esta caja a los Infirmarii la abren p&uacute;blicamente, de modo que los otros electores puedan comprobar que est&aacute; vac&iacute;a, despu&eacute;s la cierran y depositan la llave sobre el altar. Seguidamente los Infirmarii, con la caja cerrada y un conveniente n&uacute;mero de papeletas sobre una bandeja, se dirigen, debidamente acompa&ntilde;ados, a la Domus Sanctae Marthae, donde est&eacute; cada enfermo, el cual, tomando una papeleta, vota en secreto, la dobla y, previo el mencionado juramento, la introduce en la caja a trav&eacute;s de la abertura. Si alg&uacute;n enfermo no est&aacute; en condiciones de escribir, uno de los tres Infirmarii u otro Cardenal elector escogido por el enfermo, despu&eacute;s de haber prestado juramento ante los mismos Infirmarii de mantener el secreto, lleva a cabo dichas operaciones. Despu&eacute;s de esto, los Infirmarii devuelven a la Capilla la caja, que ser&aacute; abierta por los Escrutadores una vez que los Cardenales presentes hayan depositado su voto, contando las papeletas que contiene y comprobando que su n&uacute;mero corresponde al de los enfermos, las ponen una a una en el plato y con &eacute;ste las introducen todas juntas en la urna. Para no alargar demasiado las operaciones de voto, los Infirmarii pueden rellenar y depositar sus papeletas en la urna despu&eacute;s del primero de los Cardenales, yendo despu&eacute;s a recoger el voto de los enfermos del modo indicado m&aacute;s arriba mientras los otros electores depositan su papeleta.<br /><br />68. Una vez que todos los Cardenales electores hayan introducido su papeleta en la urna, el primer Escrutador la mueve varias veces para mezclar las papeletas e, inmediatamente despu&eacute;s, el &uacute;ltimo Escrutador procede a contarlas, extray&eacute;ndolas de manera visible una a una de la urna y coloc&aacute;ndolas en otro recipiente vac&iacute;o, ya preparado para ello. Si el n&uacute;mero de las papeletas no corresponde al n&uacute;mero de los electores, hay que quemarlas todas y proceder inmediatamente a una segunda votaci&oacute;n; si, por el contrario, corresponde al n&uacute;mero de electores, se contin&uacute;a el recuento como se dice m&aacute;s abajo.<br /><br />69. Los Escrutadores se sientan en una mesa colocada delante del altar; el primero de ellos toma una papeleta, la abre, observa el nombre del elegido y la pasa al segundo Escrutador quien, comprobado a su vez el nombre del elegido, la pasa al tercero, el cual la lee en voz alta e inteligible, de manera que todos los electores presentes puedan anotar el voto en una hoja. El mismo Escrutador anota el nombre le&iacute;do en la papeleta. Si durante el recuento de los votos los Escrutadores encontrasen dos papeletas dobladas de modo que parezcan rellenadas por un solo elector, si &eacute;stas llevan el mismo nombre, se cuentan como un solo voto; si, por el contrario, llevan dos nombres diferentes, no ser&aacute; v&aacute;lido ninguno de los dos; sin embargo, la votaci&oacute;n no ser&aacute; anulada en ninguno de los dos casos.<br /><br />Concluido el escrutinio de las papeletas, los Escrutadores suman los votos obtenidos por los varios nombres y los anotan en una hoja aparte. El &uacute;ltimo de los Escrutadores, a medida que lee las papeletas, las perfora con una aguja en el punto en que se encuentra la palabra Eligo y las inserta en un hilo, para que puedan ser conservadas con m&aacute;s seguridad. Al terminar la lectura de los nombres, se atan los extremos del hilo con un nudo y las papeletas as&iacute; unidas se ponen en un recipiente o al lado de la mesa.<br /><br />70. Sigue despu&eacute;s la tercera y &uacute;ltima fase, llamada tambi&eacute;n post-escrutinio, que comprende: 1)el recuento de los votos; 2) su control; 3) la quema de las papeletas.<br /><br />Los Escrutadores hacen la suma de todos los votos que cada uno ha obtenido, y si ninguno ha alcanzado los dos tercios de los votos en aquella votaci&oacute;n, el Papa no ha sido elegido; en cambio, si resulta que alguno ha obtenido los dos tercios, se tiene por can&oacute;nicamente v&aacute;lida la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice.<br /><br />En ambos casos, es decir, haya tenido lugar o no la elecci&oacute;n, los Revisores deben proceder al control tanto de las papeletas como de las anotaciones hechas por los Escrutadores, para comprobar que &eacute;stos han realizado con exactitud y fidelidad su funci&oacute;n.<br /><br />Inmediatamente despu&eacute;s de la revisi&oacute;n, antes de que los Cardenales electores abandonen la Capilla Sixtina, todas las papeletas son quemadas por los Escrutadores, ayudados por el Secretario del Colegio y los Ceremonieros, llamados entre tanto por el &uacute;ltimo Cardenal Di&aacute;cono. En el caso de que se debiera proceder inmediatamente a una segunda votaci&oacute;n, las papeletas de la primera votaci&oacute;n se quemar&aacute;n s&oacute;lo al final, junto con las de la segunda votaci&oacute;n.<br /><br />71. Ordeno a todos y a cada uno de los Cardenales electores que, a fin de mantener con mayor seguridad el secreto, entreguen al Cardenal Camarlengo o a uno de los tres Cardenales Asistentes los escritos de cualquier clase que tengan consigo relativos al resultado de cada escrutinio, para que se quemen junto con las papeletas.<br /><br />Establezco adem&aacute;s que, al finalizar la elecci&oacute;n, el Cardenal Camarlengo de la Santa Iglesia Romana redacte un escrito, que debe ser aprobado tambi&eacute;n por los tres Cardenales Asistentes, en el cual declare el resultado de las votaciones de cada sesi&oacute;n. Este escrito ser&aacute; entregado al Papa y despu&eacute;s se conservar&aacute; en el archivo correspondiente, cerrado en un sobre sellado, que no podr&aacute; ser abierto por nadie, a no ser que el Sumo Pont&iacute;fice lo permitiera expl&iacute;citamente.<br /><br />72. Confirmando las disposiciones de mis Predecesores, san P&iacute;o X,(2)(0) P&iacute;o XII (2)(1) y Pablo VI,(2)(2) ordeno que exceptuada la tarde de la entrada en el C&oacute;nclave-, sea por la ma&ntilde;ana como por la tarde, inmediatamente despu&eacute;s de una votaci&oacute;n en la cual no haya tenido lugar la elecci&oacute;n, los Cardenales electores procedan inmediatamente a una segunda en la que dar&aacute;n de nuevo su voto. En este segundo escrutinio deben observarse todas las modalidades del primero, con la diferencia de que los electores no est&aacute;n obligados a hacer un nuevo juramento ni a elegir nuevos Escrutadores, Infirmarii ni Revisores, siendo v&aacute;lido tambi&eacute;n para el segundo escrutinio lo que se ha hecho en el primero, sin repetir nada.<br /><br />73. Todo cuanto se ha establecido m&aacute;s arriba acerca del desarrollo de las votaciones debe ser observado diligentemente por los Cardenales electores en todos los escrutinios, que se deben hacer cada d&iacute;a, en la ma&ntilde;ana y en la tarde, despu&eacute;s de las celebraciones sagradas u oraciones establecidas en el mencionado Ordo rituum Conclavis.<br /><br />74. En el caso de que los Cardenales electores encontrasen dificultades para ponerse de acuerdo sobre la persona a elegir, entonces, despu&eacute;s de tres d&iacute;as de escrutinios sin resultado positivo, seg&uacute;n la forma descrita en los n&uacute;meros 62 y siguientes, &eacute;stos se suspenden al m&aacute;ximo por un d&iacute;a, para una pausa de oraci&oacute;n, de libre coloquio entre los votantes y de una breve exhortaci&oacute;n espiritual hecha por el primer Cardenal del Orden de los Di&aacute;conos. A continuaci&oacute;n, se reanudan las votaciones seg&uacute;n la misma forma y despu&eacute;s de siete escrutinios, si no ha tenido lugar la elecci&oacute;n, se hace otra pausa de oraci&oacute;n, de coloquio y de exhortaci&oacute;n, hecha por el primer Cardenal del Orden de los Presb&iacute;teros. Se procede luego a otra eventual serie de siete escrutinios, seguida, si todav&iacute;a no se ha llegado a un resultado positivo, de una nueva pausa de oraci&oacute;n, de coloquio y de exhortaci&oacute;n, hecha por el primer Cardenal del Orden de los Obispos. Despu&eacute;s, seg&uacute;n la misma forma, siguen las votaciones, las cuales, si no tiene lugar la elecci&oacute;n, ser&aacute;n siete.<br /><br />75. Si las votaciones no tuvieran resultado positivo, despu&eacute;s de proceder seg&uacute;n lo establecido en el n&uacute;mero anterior, los Cardenales electores son invitados por el Camarlengo a expresar su parecer sobre el modo de actuar, y se proceder&aacute; seg&uacute;n lo que la mayor&iacute;a absoluta de ellos establezca.<br /><br />Sin embargo, no se podr&aacute; prescindir de la exigencia de que se tenga una elecci&oacute;n v&aacute;lida, sea con la mayor&iacute;a absoluta de los votos, sea votando sobre dos nombres que en el escrutinio inmediatamente precedente hayan obtenido el mayor n&uacute;mero de votos, exigi&eacute;ndose tambi&eacute;n en esta segunda hip&oacute;tesis &uacute;nicamente la mayor&iacute;a absoluta.<br /><br />76. Si la elecci&oacute;n se hubiera realizado de modo distinto a como ha sido prescrito en la presente Constituci&oacute;n o no se hubieran observado las condiciones establecidas en la misma, la elecci&oacute;n es por eso mismo nula e inv&aacute;lida, sin que se requiera ninguna declaraci&oacute;n al respecto y, por tanto, no da ning&uacute;n derecho a la persona elegida.<br /><br />77. Establezco que las disposiciones concernientes a todo lo que precede a la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice y al desarrollo de la misma, deben ser observadas &iacute;ntegramente aun cuando la vacante de la Sede Apost&oacute;lica pudiera producirse por renuncia del Sumo Pont&iacute;fice, seg&uacute;n el can. 332 2 del C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico y del can. 44 2 del C&oacute;digo de los C&aacute;nones de las Iglesias Orientales.<br /><br />CAP&Iacute;TULO VI<br /><br />LO QUE SE DEBE OBSERVAR O EVITAR<br />EN LA ELECCI&Oacute;N DEL SUMO PONT&Iacute;FICE<br /><br />78. Si en la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice se perpetrase Dios nos libre- el crimen de la simon&iacute;a, determino y declaro que todos aquellos que fueran culpables incurrir&aacute;n en la excomuni&oacute;n latae sententiae, y que, sin embargo, sea quitada la nulidad o no validez de la provisi&oacute;n simon&iacute;aca, para que como ya establecieron mis predecesores- no sea impugnada por este motivo la validez de la elecci&oacute;n del Romano Pont&iacute;fice.(2)(3)<br /><br />79. Confirmando tambi&eacute;n las prescripciones de mis Predecesores, proh&iacute;bo a quien sea, aunque tenga la dignidad de Cardenal, mientras viva el Pont&iacute;fice, y sin haberlo consultado, hacer pactos sobre la elecci&oacute;n de su Sucesor, prometer votos o tomar decisiones a este respecto en reuniones privadas.<br /><br />80. De la misma manera, quiero ratificar cuanto sancionaron mis Predecesores a fin de excluir toda intervenci&oacute;n externa en la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice. Por eso nuevamente, en virtud de santa obediencia y bajo pena de excomuni&oacute;n latae sententiae, prohibo a todos y cada uno de los Cardenales electores, presentes y futuros, as&iacute; como tambi&eacute;n al Secretario del Colegio de los Cardenales y a todos los que toman parte en la preparaci&oacute;n y realizaci&oacute;n de lo necesario para la elecci&oacute;n, recibir, bajo ning&uacute;n pretexto, de parte de cualquier autoridad civil, el encargo de proponer el veto o la llamada exclusiva, incluso bajo la forma de simple deseo, o bien de manifestarlo tanto a todo el Colegio de los electores reunido, como a cada uno de ellos, por escrito o de palabra, directa e inmediatamente o indirectamente o por medio de otros, tanto antes del comienzo de la elecci&oacute;n como durante su desarrollo. Quiero que dicha prohibici&oacute;n se extienda a todas las posibles interferencias, oposiciones y deseos, con que autoridades seculares de cualquier nivel o grado, o cualquier grupo o personas aisladas, quisieran inmiscuirse en la elecci&oacute;n del Pont&iacute;fice.<br /><br />81. Los Cardenales electores se abstendr&aacute;n, adem&aacute;s, de toda forma de pactos, acuerdos, promesas u otros compromisos de cualquier g&eacute;nero, que los puedan obligar a dar o negar el voto a uno o a algunos. Si esto sucediera en realidad, incluso bajo juramento, decreto que tal compromiso sea nulo e inv&aacute;lido y que nadie est&eacute; obligado a observarlo; y desde ahora impongo la excomuni&oacute;n latae sententiae a los transgresores de esta prohibici&oacute;n. Sin embargo, no pretendo prohibir que durante la Sede vacante pueda haber intercambios de ideas sobre la elecci&oacute;n.<br /><br />82. Igualmente, prohibo a los Cardenales hacer capitulaciones antes de la elecci&oacute;n, o sea, tomar compromisos de com&uacute;n acuerdo, oblig&aacute;ndose a llevarlos a cabo en el caso de que uno de ellos sea elevado al Pontificado. Estas promesas, aun cuando fueran hechas bajo juramento, las declaro tambi&eacute;n nulas e inv&aacute;lidas.<br /><br />83. Con la misma insistencia de mis Predecesores, exhorto vivamente a los Cardenales electores, en la elecci&oacute;n del Pont&iacute;fice, a no dejarse llevar por simpat&iacute;as o aversiones, ni influenciar por el favor o relaciones personales con alguien, ni moverse por la intervenci&oacute;n de personas importantes o grupos de presi&oacute;n o por la instigaci&oacute;n de los medios de comunicaci&oacute;n social, la violencia, el temor o la b&uacute;squeda de popularidad. Antes bien, teniendo presente &uacute;nicamente la gloria de Dios y el bien de la Iglesia, despu&eacute;s de haber implorado el auxilio divino, den su voto a quien, incluso fuera del Colegio Cardenalicio, juzguen m&aacute;s id&oacute;neo para regir con fruto y beneficio a la Iglesia universal.<br /><br />84. Durante la Sede vacante, y sobre todo mientras se desarrolla la elecci&oacute;n del Sucesor de Pedro, la Iglesia est&aacute; unida de modo particular con los Pastores y especialmente con los Cardenales electores del Sumo Pont&iacute;fice y pide a Dios un nuevo Papa como don de su bondad y providencia. En efecto, a ejemplo de la primera comunidad cristiana, de la que se habla en los Hechos de los Ap&oacute;stoles (cf. 1, 14), la Iglesia universal, unida espiritualmente a Mar&iacute;a, la Madre de Jes&uacute;s, debe perseverar un&aacute;nimemente en la oraci&oacute;n; de esta manera, la elecci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice no ser&aacute; un hecho aislado del Pueblo de Dios que ata&ntilde;e s&oacute;lo al Colegio de los electores, sino que en cierto sentido, ser&aacute; una acci&oacute;n de toda la Iglesia. Por tanto, establezco que en todas las ciudades y en otras poblaciones, al menos las m&aacute;s importantes, conocida la noticia de la vacante de la Sede Apost&oacute;lica, y de modo particular de la muerte del Pont&iacute;fice, despu&eacute;s de la celebraci&oacute;n de solemnes exequias por &eacute;l, se eleven humildes e insistentes oraciones al Se&ntilde;or (cf. Mt 21, 22; Mc 11, 24), para que ilumine a los electores y los haga tan concordes en su cometido que se alcance una pronta, un&aacute;nime y fructuosa elecci&oacute;n, como requiere la salvaci&oacute;n de las almas y el bien de todo el Pueblo de Dios.<br /><br />85. Recomiendo esto del modo m&aacute;s vivo y cordial a los venerables Padres Cardenales que, por su edad, no gozan ya del derecho de participar en la elecci&oacute;n del Sumo Pont&iacute;fice. En virtud del especial&iacute;simo v&iacute;nculo que los cardenales tienen con la Sede Apost&oacute;lica, p&oacute;nganse al frente del Pueblo de Dios, congregado particularmente en las Bas&iacute;licas Patriarcales de la ciudad de Roma y tambi&eacute;n en los lugares de culto de las otras Iglesias particulares, para que con la oraci&oacute;n asidua e intensa, sobre todo mientras se desarrolla la elecci&oacute;n, se alcance del Dios Omnipotente la asistencia y la luz del Esp&iacute;ritu Santo necesarias para los Hermanos electores, participando as&iacute; eficaz y realmente en la ardua misi&oacute;n de proveer a la Iglesia universal de su Pastor.<br /><br />86. Ruego, tambi&eacute;n, al que sea elegido que no renuncie al ministerio al que es llamado por temor a su carga, sino que se someta humildemente al designio de la voluntad divina. En efecto, Dios, al imponerle esta carga, lo sostendr&aacute; con su mano para que pueda llevarla; al conferirle un encargo tan gravoso, le dar&aacute; tambi&eacute;n la ayuda para desempe&ntilde;arlo y, al darle la dignidad, le conceder&aacute; la fuerza para que no desfallezca bajo el peso del ministerio.<br /><br />CAP&Iacute;TULO VII<br /><br />ACEPTACI&Oacute;N, PROCLAMACI&Oacute;N E INICIO<br />DEL MINISTERIO DEL NUEVO PONT&Iacute;FICE<br /><br />87. Realizada la elecci&oacute;n can&oacute;nicamente, el &uacute;ltimo de los Cardenales Di&aacute;conos llama al aula de la elecci&oacute;n al Secretario del Colegio de los Cardenales y al Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias; despu&eacute;s, el Cardenal Decano, o el primero de los Cardenales por orden y antig&uuml;edad, en nombre de todo el Colegio de los electores, pide el consentimiento del elegido con las siguientes palabras: &iquest;Aceptas tu elecci&oacute;n can&oacute;nica para Sumo Pont&iacute;fice? Y, una vez recibido el consentimiento, le pregunta: &iquest;C&oacute;mo quieres ser llamado? Entonces el Maestro de las Celebraciones Lit&uacute;rgicas Pontificias, actuando como notario y teniendo como testigos a dos Ceremonieros que ser&aacute;n llamados en aquel momento, levanta acta de la aceptaci&oacute;n del nuevo Pont&iacute;fice y del nombre que ha tomado.<br /><br />88. Despu&eacute;s de la aceptaci&oacute;n, el elegido que ya haya recibido la ordenaci&oacute;n episcopal, es inmediatamente Obispo de la Iglesia romana, verdadero Papa y Cabeza del Colegio Episcopal; el mismo adquiere de hecho la plena y suprema potestad sobre la Iglesia universal y puede ejercerla.<br /><br />En cambio, si el elegido no tiene el car&aacute;cter episcopal, ser&aacute; ordenado Obispo inmediatamente.<br /><br />89. Entre tanto, cumplidas las otras formalidades previstas en el Ordo rituum Conclavis, los Cardenales electores, seg&uacute;n las formas establecidas, se acercan para expresar un gesto de respeto y obediencia al neoelegido Sumo Pont&iacute;fice. A continuaci&oacute;n se dan gracias a Dios, y el primero de los Cardenales Di&aacute;conos anuncia al pueblo, que est&aacute; esperando, la elecci&oacute;n y el nombre del nuevo Pont&iacute;fice, el cual inmediatamente despu&eacute;s imparte la Bendici&oacute;n Apost&oacute;lica Urbi et Orbi desde el balc&oacute;n de la Bas&iacute;lica Vaticana.<br /><br />Si el elegido no tiene el car&aacute;cter episcopal, s&oacute;lo despu&eacute;s de que haya sido ordenado Obispo solemnemente se le rinde homenaje y se da el anuncio.<br /><br />90. Si el elegido reside fuera de la Ciudad del Vaticano, deben observarse las normas del mencionado Ordo rituum Conclavis.<br /><br />La ordenaci&oacute;n episcopal del Sumo Pont&iacute;fice elegido, si no es a&uacute;n Obispo, a la cual se refieren los nn. 88 y 89 de la presente Constituci&oacute;n, debe hacerla, seg&uacute;n la costumbre de la Iglesia, el Decano del Colegio de los Cardenales o, en su ausencia, el Vicedecano o, si &eacute;ste est&aacute; impedido, el m&aacute;s antiguo de los Cardenales Obispos.<br /><br />91. El C&oacute;nclave se concluir&aacute; inmediatamente despu&eacute;s de que el nuevo Sumo Pont&iacute;fice elegido haya dado el consentimiento a su elecci&oacute;n, salvo que &eacute;l mismo disponga otra cosa. Desde ese momento podr&aacute;n acercarse al nuevo Pont&iacute;fice el Sustituto de la Secretar&iacute;a de Estado, el Secretario para las Relaciones con los Estados, el Prefecto de la Casa Pontificia y cualquier otro que tenga que tratar con el Pont&iacute;fice elegido cosas que sean necesarias en ese momento.<br /><br />92. El Pont&iacute;fice, despu&eacute;s de la solemne ceremonia de inauguraci&oacute;n del pontificado y dentro de un tiempo conveniente, tomar&aacute; posesi&oacute;n de la Patriarcal Archibas&iacute;lica Lateranense, seg&uacute;n el rito establecido.<br /><br />--------------------------------------------------------------------------------<br /><br />PROMULGACI&Oacute;N<br /><br />Por tanto, despu&eacute;s de madura reflexi&oacute;n y movido por el ejemplo de mis Predecesores, establezco y prescribo estas normas, determinando que nadie ose impugnar por cualquier causa la presente Constituci&oacute;n y lo que en ella est&aacute; contenido. Esta debe ser inviolablemente observada por todos, no obstante cualquier disposici&oacute;n al contrario, incluso si es digna de especial&iacute;sima menci&oacute;n. Que &eacute;sta surta y alcance sus plenos e &iacute;ntegros efectos, y sea gu&iacute;a para todos aquellos a quienes se refiere.<br /><br />Igualmente declaro derogadas, como ha sido establecido m&aacute;s arriba, todas las Constituciones y los Ordenamientos emanados a este respecto por los Romanos Pont&iacute;fices, y al mismo tiempo declaro carente de todo valor cuanto se intentara hacer en sentido contrario a esta Constituci&oacute;n por cualquiera, con cualquier autoridad, consciente o inconscientemente.<br /><br />Dado en Roma, junto a San Pedro, el d&iacute;a 22 de febrero, fiesta de la C&aacute;tedra de San Pedro Ap&oacute;stol del a&ntilde;o 1996, decimoctavo de mi Pontificado.<br /><br />--------------------------------------------------------------------------------<br /><br />(1) S. Ireneo, Adv. Haeres., III, 3, 2: SCh 211, 33.<br /><br />(2) Cf. Const. ap. Vacante Sede Apostolica (25 diciembre 1904): Pii X Pontificis Maximi Acta, III (1908), 239-288.<br /><br />(3) Cf. Motu proprio Cum Proxime (1 marzo 1922): AAS 14 (1922), 145-146; Const. ap. Quae divinitus (25 marzo 1935): AAS 27 (1935), 97-113.<br /><br />(4) Cf. Const. ap. Vacantis Apostolicae Sedis (8 diciembre 1945): AAS 38 (1946), 65-99.<br /><br />(5) Cf. Motu proprio Summi Pontificis electio (5 septiembre 1962): AAS 54 (1962), 632-640.<br /><br />(6) Cf. Const. ap. Regimini Ecclesiae universae (15 agosto 1967): AAS 59 (1967), 885-928; Motu proprio Ingravescentem aetatem (21 noviembre 1970): AAS 62 (1970), 810-813; Const. ap. Romano Pontifici eligendo (1 octubre 1975): AAS 67 (1975), 609-645.<br /><br />(7) Cf. AAS 80 (1988), 841-912.<br /><br />(8) Cf. Conc. Ecum. Vat. I, Const. dogm. Pastor aeternus, sobre la Iglesia de Cristo, III; Conc. Ecum. Vat. II, Const. dogm. Lumen gentium, sobre la Iglesia, 18.<br /><br />(9) C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico, can. 332 1; cf. C&oacute;digo de los C&aacute;nones de las Iglesias Orientales, can. 44 1.<br /><br />(10) Cf. Motu proprio Ingravescentem aetatem (21 noviembre 1970), II, 2: AAS 62 (1970), 811; Const. ap. Romano Pontifici eligendo (1 octubre 1975), 33: AAS 67 (1975), 622.<br /><br />(11) C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico, can. 1752.<br /><br />(12) Cf. C&oacute;digo de Derecho Can&oacute;nico, can. 332 2; C&oacute;digo de los C&aacute;nones de las Iglesias Orientales, can. 44 2.<br /><br />(13) Cf. AAS 80 (1988), 860.<br /><br />(14) Cf. AAS 69 (1977), 9-10.<br /><br />(15) Cf. Const. ap. Vicariae potestatis (6 enero 1977), 2 4: AAS 69 (1977), 10.<br /><br />(16) Cf. n. 12: AAS 27 (1935), 112-113.<br /><br />(17) Cf. art. 117: AAS 80 (1988), 905.<br /><br />(18) Cf. AAS 80 (1988), 864.<br /><br />(19) Missale Romanum, n. 4, p. 795.<br /><br />(20) Cf. Const. ap. Vacante Sede Apostolica (25 diciembre 1904), 76: Pii X Pontificis Maximi Acta, III, 1908, 280-281.<br /><br />(21) Cf. Const. ap. Vacantis Apostolicae Sedis (8 diciembre 1945), 88: AAS 38 (1946), 93.<br /><br />(22) Cf. Const. ap. Romano Pontifici eligendo (1 octubre 1975), 74: AAS 67 (1975), 639.<br /><br />(23) Cf. S. P&iacute;o X, Const. ap. Vacante Sede Apostolica (25 diciembre 1904), 79: Pii X Pontificis Maximi Acta, III, 1908, 282; P&iacute;o XII, Const. ap. Vacantis Apostolicae Sedis (8 diciembre 1945), 92: AAS 38 (1946), 94; Pablo VI, Const. ap. Romano Pontifici eligendo (1 octubre 1975), 79: AAS 67 (1975), 641.]]></description><pubDate>Mon, 04 Apr 2005 11:54:00 +0000</pubDate></item><item><title>El llamado  NUEVO ORDEN MUNDIAL.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/032801-el-llamado-nuevo-orden-mundial-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/032801-el-llamado-nuevo-orden-mundial-.php</guid><description><![CDATA[<strong>Muerto el "Orden", &iexcl; VIVA EL ORDEN !.</strong><br /><br />En el mundo se habla, especialmente desde la finalizaci&oacute;n de la Guerra del Golfo P&eacute;rsico (enero de 1991), del "nuevo orden mundial" -repiti&eacute;ndose la afirmaci&oacute;n hecha por George Bush al finalizar la guerra, m&aacute;s como una manifestaci&oacute;n de deseos que como una realidad, reiterada por Bill Clinton-, aunque nadie describe con certeza sus caracter&iacute;sticas -que parecieran ser la resultante de situaciones m&aacute;gicas, como la guerra mencionada-, y lo que es m&aacute;s grave, luego de haber hecho tal afirmaci&oacute;n, comienzan a desdecirse y a comentar que, en realidad, el nuevo orden est&aacute; en formaci&oacute;n, poni&eacute;ndole m&aacute;s intenci&oacute;n -acerca de las caracter&iacute;sticas que tendr&aacute;- que realismo al comentario. <br /><br />*<br /><br />Se habla mucho sobre el "nuevo" orden, pero poco se define con claridad; poco se dice acerca de qu&eacute; es el orden, cu&aacute;les son sus componentes. C&oacute;mo nace y se desarrolla; c&oacute;mo fue en otras &eacute;pocas. Si hay una continuidad a trav&eacute;s de la historia o si cada orden nuevo que surge tiene -o no- algo de parecido con otros anteriores. Qu&eacute; requisitos debe reunir el mundo para tener orden y c&oacute;mo influye en los Estados y el resto de los actores que intervienen en el &aacute;mbito mundial -empresas multinacionales, actores transnacionales de todo orden, tales como la banca privada, fondos de capital, empresas, organismos internacionales no gubernamentales (ONG&rsquo;s), etc..-. Si se aplica a todos los Estados por igual; etc.. <br /><br />*<br /><br />Estas y muchas otras preguntas podr&iacute;an hacerse, y ser&iacute;a importante responderlas, con el fin de tener en claro en qu&eacute; mundo vivimos y bajo qu&eacute; condiciones. Qui&eacute;n o qui&eacute;nes imponen las condiciones y cu&aacute;les son las alternativas o posibilidades para regiones como Am&eacute;rica Latina o Africa, o para paises como Argentina, por ejemplo. <br /><br />*<br /><br />Lo cierto es que no hay orden autom&aacute;tico. Desaparecido un orden, no emerge uno nuevo en forma inmediata y autom&aacute;tica. Se da un complejo proceso, que requiere de bastante tiempo, para que nazca un nuevo orden y se consolide. <br /><br />*<br /><br />Por ejemplo: luego de desaparecido el orden que imper&oacute; durante 100 a&ntilde;os entre 1815 y 1914 -sistema multipolar-, como consecuencia -aunque no &uacute;nica- de la 1ra G.M., hasta que emergi&oacute; un nuevo orden -el que rigi&oacute; en los &uacute;ltimos 50 a&ntilde;os, despu&eacute;s de la segunda guerra mundial-, pasaron m&aacute;s de 25 a&ntilde;os, tiempo que requiri&oacute; para configurarse y consolidarse de hecho, "institucionaliz&aacute;ndose" -de derecho- luego a trav&eacute;s de los Acuerdos de Bretton Woods (1944), la creaci&oacute;n de la Organizaci&oacute;n de las Naciones Unidas (ONU) en la Conferencia de San Francisco (1945), y otros organismos internacionales. <br /><br />*<br /><br />Durante todo el tiempo que transcurre -transici&oacute;n intersist&eacute;mica- entre la decadencia de un orden y la emergencia de uno nuevo, deben resolverse una gran cantidad de temas -no hablo en t&eacute;rminos institucionales (derecho), sino en los hechos- que est&aacute;n vinculados a las relaciones entre los Estados, entre estos y otros actores internacionales, como los organismos internacionales, las empresas multinacionales, los actores transnacionales, las organizaciones no gubernamentales (ONG&rsquo;s); entre estos &uacute;ltimos entre s&iacute;; etc.. <br /><br />-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br /><br /><strong>EL PODER.</strong><br /><br /><br /><br />El poder es la "variable cr&iacute;tica", ya que es el factor instrumental indispensable para el logro de los objetivos. Sin el poder, o un paliativo, como por ejemplo las alianzas maximizadoras, o las estrategias -procesos integrativos en el primer caso, Grupo OPEP como un ejemplo de ambos casos- resulta imposible lograr los objetivos deseados, o resistirse a las conductas impositivas de otros que disponen de mayor poder. No necesariamente cualquier proceso integrativo es una alianza maximizadora, ya que cuando lo que se presente es simplemente ampliar un &aacute;rea de comercio a trav&eacute;s de la desgravaci&oacute;n arancelaria, puede conseguirse el aumento del intercambio comercial, pero no necesariamente maximizar la capacidad de desempe&ntilde;o frente a terceros actores. MERCOSUR puede ser un ejemplo de lo dicho. <br /><br />*<br /><br />La inserci&oacute;n mundial que un Estado o actor no estatal alcancen -no s&oacute;lo como ubicaci&oacute;n en el marco mundial, sino tambi&eacute;n como capacidad para generar o modificar reglas-, depende de la capacidad de poder de que dispongan. <br /><br />*<br /><br />Para comprender la forma en que operan las relaciones de poder, debe considerarse que los sistemas -en este caso el sistema mundial- son definidos por su estructura o "configuraci&oacute;n de poder vigente"; lo que significa que si hay un "subsistema dominante" en el "tope" -o actor polar- se trata de un sistema unipolar, si hay dos, bipolar y si hay m&aacute;s de cuatro, multipolar. <br /><br />*<br /><br />Subsistema dominante o actor polar, es aqu&eacute;l actor que ha alcanzado, por su capacidad -cualquiera sea la forma en que la haya demostrado: militar o econ&oacute;mica- el rango de generador de reglas o pautas direccionadoras, de manera individual o compartida con otros "subsistemas dominantes" o actores "polares". Por ejemplo, en el siglo XIX, Gran Breta&ntilde;a, Francia, Rusia, Prusia y el Imperio Austro-H&uacute;ngaro -la "pentarqu&iacute;a" europea-; durante 1945-47/1989-91, EUA y la URSS. Actualmente se perfilan como tales, los actores que componen la "Tr&iacute;ada": EUA, Jap&oacute;n en el contexto asi&aacute;tico y Alemania en el marco europeo. La "Tr&iacute;ada", que es la configuraci&oacute;n que se da en el presente (1995), es imperfecta, ya que no puede comportarse como un sistema multipolar debido a que el sistema de "alianzas ad hoc" (al efecto de resolver una situaci&oacute;n) para mantener el equilibrio y balance del sistema, se ve entorpecido por la poca cantidad de actores. El ideal para que funcione el equilibrio y balance de poder es, por lo menos, cuatro actores o m&aacute;s. Autores como Hoffmann, confunden -al criticar a Waltz, quien tambi&eacute;n confunde- el concepto de estructura como si comprendiera s&oacute;lo a los "subsistemas dominantes" sin relaci&oacute;n a los "subsistemas dominados" con aquellos y con la estructura. <br /><br />*<br /><br />La estructura tiene un componente de relacionamiento "horizontal" que tiene que ver con las relaciones Polo-Polo y un componente de relacionamiento "vertical" que comprende las relaciones Polos-miembros del &aacute;mbito hegem&oacute;nico y miembros hegemonizables. <br /><br />*<br /><br />Piensen en el bloque occidental para el caso de EUA y en el bloque oriental para el de la URSS entre 1947 y 1991. Los miembros "hegemonizables" podr&iacute;an ser las ex-colonias en Asia, Africa y el Caribe, que al independizarse fueron "disputadas" para su hegemonizaci&oacute;n por los dos polos. De la misma manera se puede hablar en el marco del sistema mundial del siglo XIX, en el que el "reparto" fue neo-colonial para el caso del territorio latinoamericano, en lo que hace a Sudam&eacute;rica, por parte de Gran Breta&ntilde;a, y en el de Centroam&eacute;rica, M&eacute;xico y el Caribe espa&ntilde;ol, por parte de EUA. En la actualidad, el reparto por los miembros de la "Tr&iacute;ada" comprende al planeta; pero cada actor trata de establecer "exclusividades", como por ejemplo, la Uni&oacute;n Europea a todos aquellos paises que tienen un v&iacute;nculo a trav&eacute;s de los Acuerdos de Lom&eacute; y Yaound&eacute;, firmados tras el proceso de descolonizaci&oacute;n, entre las ex-madres patrias y las ex-colonias, para darle continuidad al v&iacute;nculo en forma neo-colonial; EUA, actualmente a trav&eacute;s del NAFTA o mediante la creaci&oacute;n de un ALCA (Area de Libre Comercio Americano), procura mantener su influencia en la esfera tradicional hemisf&eacute;rica; Asia es un poco m&aacute;s compleja, ya que entre sus miembros hubo m&aacute;s tradici&oacute;n de disputas que de alianzas u otro tipo de v&iacute;nculo, a la vez que generalmente estuvieron dominados o por el imperio brit&aacute;nico o por EUA y la URSS; el caso de los paises que compon&iacute;an la hoy ex URSS y su esfera de influencia, tambi&eacute;n est&aacute; nebuloso actualmente, pero de alguna manera, en el mediano o largo plazo deber&aacute; definirse. <br /><br />*<br /><br />La estructura ser&iacute;a la configuraci&oacute;n de poder -entre los actores polares, componente "horizontal"- y de dominaci&oacute;n -en el sentido de imperio, gobierno, autoridad, tal como significa en espa&ntilde;ol, como en ingl&eacute;s- vigente por parte de los actores polares -hacia "abajo", componente "vertical"-, y de reacci&oacute;n y resistencia por parte de los miembros hegemonizados/hegemonizables -hacia "arriba", componente "vertical"-. <br /><br />*<br /><br />Este segundo componente de "dominaci&oacute;n" por un lado y de "reacci&oacute;n y resistencia" por el otro, no es m&aacute;s que el concepto de "normas transformantes" establecidas por Morton Kaplan en sus "sistemas de acci&oacute;n"; o las "l&iacute;neas de borde intra-hegem&oacute;nicas" planteadas por Juan Carlos Puig; o las "viabilidad nacional" de Helio Jaguaribe en t&eacute;rminos de "capacidad de desempe&ntilde;arse en forma relativamente aut&oacute;noma"; y que yo denomino "l&iacute;neas de control intra-hegem&oacute;nicas". <br /><br />*<br /><br />Pero adem&aacute;s, existe una "correlaci&oacute;n"-conexi&oacute;n con consecuencia rec&iacute;proca- entre la forma en que est&aacute;n determinadas las relaciones horizontales y las relaciones verticales de poder; lo que puede generar distintos "estados" en el sistema, como por ejemplo, en el caso del sistema bipolar que existi&oacute; entre 1947 y 1991: guerra fr&iacute;a, coexistencia pac&iacute;fica -componente "horizontal"-, bipolar r&iacute;gido, bipolar flexible -componente "vertical"-, etc.. <br /><br />*<br /><br />Si digo guerra fr&iacute;a o coexistencia pac&iacute;fica estoy haciendo referencia al grado de entendimiento/desentendimiento entre los actores polares. Si digo "bipolarismo r&iacute;gido" o "bipolarismo flexible", estoy haciendo referencia al grado de "permisividad" -m&iacute;nimo en el primer caso, mayor en el segundo- de los actores polares respecto de los miembros de sus &aacute;mbitos hegem&oacute;nicos y, como consecuencia, al grado de capacidad de adoptar conductas independientes desde "abajo". <br /><br />*<br /><br />La "correlaci&oacute;n" se explica en t&eacute;rminos de: <br /><br />Caso Guerra Fr&iacute;a/Bipolarismo R&iacute;gido: Porque hay un alto grado de desentendimiento entre los actores polares, hay un bajo grado de permisividad -o un alto grado de rigidez- de los actores polares respecto de los miembros de sus &aacute;mbitos hegem&oacute;nicos. <br /><br />*<br /><br />Se entiende que hay un alto grado de "desconfianza" por parte de los actores polares en relaci&oacute;n a las "conductas independientes" de sus miembros hegemonizados, en el sentido de que puedan poner en tela de juicio sus intereses de seguridad, favoreciendo el "avance" del "otro actor polar" sobre su bloque. <br /><br />*<br /><br />Los casos Cuba (1961), en el marco del bloque occidental y Hungr&iacute;a (1956) y (1958) en el marco del bloque oriental, son un buen ejemplo de lo dicho. <br /><br />*<br /><br />Pese a la no coincidencia en las etapas que he dividido, tambi&eacute;n entrar&iacute;an en este concepto el caso Rep&uacute;blica Dominicana (1965) en el bloque occidental y el caso Checoeslovaquia (1968).<br /><br />*<br /><br />Caso Coexistencia Pac&iacute;fica/Bipolarismo Flexible: Porque existen entendimientos "puntuales" entre los actores polares y adem&aacute;s, una mayor capacidad de presi&oacute;n por parte de los miembros hegemonizados/hegemonizables -surgimiento del Movimiento No Alineados, Grupo de los 77, inicio de los procesos integrativos en Europa, Am&eacute;rica Latina, Africa; procesos de descolonizaci&oacute;n masivos en Africa; mayor&iacute;a tercermundista en el Asamblea General de la ONU; etc..- es que las conductas de los actores polares hacia "abajo" son m&aacute;s flexibles, y entre s&iacute;, tratan de acercarse -tel&eacute;fono rojo por ej. para consultarse sobre situaciones de crisis global- para no perder terreno y manejo de la situaci&oacute;n, que cada vez se hace m&aacute;s compleja. <br /><br />*<br /><br />Despu&eacute;s de 1979, con el gobierno de Ronald Reagan, se inicia la segunda guerra fr&iacute;a, a trav&eacute;s de la Iniciativa de Defensa Estrat&eacute;gica (IDE) conocida com&uacute;nmente como "guerra de las galaxias", que dura hasta 1985 en que se celebra la Cumbre de Reikjavick entre Reagan y Gorbachov, iniciando la segunda coexistencia pac&iacute;fica o segunda "postguerra fr&iacute;a", que finaliza en 1991 con la "desintegraci&oacute;n" de la URSS, inici&aacute;ndose el "postbipolarismo". Ya a mediados de los &lsquo;70 y particularmente en los 80, la capacidad hegem&oacute;nica (relaciones verticales) tanto de EUA como de la URSS no es tan efectiva, como en la etapa anterior, debido a la cantidad de nuevos Estados y actores transnacionales, y a la proliferaci&oacute;n de situaciones de crisis, generando un escenario planetario calificable de "peque&ntilde;os focos de orden en un mar de desorden". <br /><br />*<br /><br />Si la configuraci&oacute;n de poder en el "tope" del sistema es bipolar, es muy probable que haya una pugna permanente entre los actores polares por el establecimiento de pautas globales de orden, y que recurran a la ideolog&iacute;a -modelo guerra fr&iacute;a- como instrumento para imponerse uno sobre el otro. Esto, provocar&aacute; que el "orden global" se base m&aacute;s en "desentendimientos polares" que en reglas "m&uacute;tuamente impuestas o acordadas". <br /><br />*<br /><br />Durante la etapa bipolar, especialmente desde 1945/47 hasta la d&eacute;cada de los &lsquo;60, no hubo orden global, ya que no hab&iacute;a acuerdo entre los "polos", a la vez que ninguno de los dos pod&iacute;a imponer pautas de orden por sobre el otro; por ello los Tratados vigentes m&aacute;s importantes eran el de la OTAN de 1949 en el Bloque Occidental y el Pacto de Varsovia de 1955 en el Bloque Oriental, para la seguridad, la prevenci&oacute;n y la destrucci&oacute;n mutua. S&oacute;lo hab&iacute;a orden al interior de cada uno de los bloques. A partir del establecimiento del "tel&eacute;fono rojo" (1958) -mediante el que buscaban consultarse frente a situaciones de crisis global en las que podr&iacute;an perjudicarse ellos y por lo tanto deb&iacute;an actuar "gatopardistamente" en "defensa" del sistema- y una serie de tratados acordados entre ambos polos (Tratado Ant&aacute;rtico de 1959; Tratado de Mosc&uacute; 1963 sobre prohibici&oacute;n de experiencias at&oacute;micas en la atm&oacute;sfera; Tratado de no Realizaci&oacute;n de Experiencias At&oacute;micas en la Atm&oacute;sfera, el Espacio Ultraterrestre y bajo el Agua de 1963; Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre de 1967; Tratado sobre Prohibici&oacute;n de Ensayos Subterr&aacute;neos con Armas Nucleares 1967; Tratado de No Proliferaci&oacute;n Nuclear 1968; Tratado sobre la Desatomizaci&oacute;n de los Fondos Marinos y Oce&aacute;nicos de 1970; Tratado sobre la Prevenci&oacute;n de la Guerra At&oacute;mica de 1973; etc.) que alimentaron la coexistencia pac&iacute;fica promovida por Kruschev y aceptada por Kennedy, se inici&oacute; un per&iacute;odo de "entendimientos puntuales" en el marco mundial. <br /><br />*<br /><br />Cuanto mayor es el desentendimiento -modelo guerra fr&iacute;a- entre los actores polares, menor ser&aacute; la conducta "permisiva" de cada uno de estos hacia los miembros de sus &aacute;mbitos hegem&oacute;nicos. En otros t&eacute;rminos, las conductas de resistencia -desde abajo- tendr&aacute;n l&iacute;mites muy estrechos -l&iacute;neas de borde o control intra-hegem&oacute;nico- dentro de los que podr&aacute;n operar, antes que el sistema -l&eacute;ase quienes lo conducen- reaccione -proceso homeost&aacute;tico o reequilibraddor de las anteriores condiciones del sistema- tratando de evitar que la resistencia se lleve a cabo o los que se resisten consigan su objetivo, utilizando mecanismos como, intervenci&oacute;n directa, bloqueo econ&oacute;mico-comercial, o favoreciendo a otras facciones pol&iacute;ticas o militares internas que har&aacute;n un golpe de Estado, o mecanismos m&aacute;s sutiles como la "democracia controlada", de manera tal de revertir todo el proceso. <br /><br />*<br /><br />Pero, si la configuraci&oacute;n de poder en el "tope" del sistema es multipolar, el relacionamiento entre los actores polares ser&aacute; m&aacute;s de "competencia" -como la "pentarqu&iacute;a" europea en el siglo XIX o las tendencias en la "Tr&iacute;ada" actualmente- que de b&uacute;squeda de "destrucci&oacute;n mutua" -modelo guerra fr&iacute;a-. Esto da un mayor margen de maniobra a los miembros no polares y "hegemonizables" del sistema, como para resistirse frente a las aspiraciones de los polares. <br /><br />*<br /><br />Por ello, es fundamental tener en cuenta que el modelo de "estructura del sistema multipolar" no se corresponde con el bipolar, en cuanto al tipo de relaciones Polo-Polo ni a la de &eacute;stos con los miembros hegemonizados/hegemonizables. <br /><br />*<br /><br />El factor central que los diferencia es que, en el bipolarismo, la ideolog&iacute;a es el "factor catalisador" del sistema de relaciones, debido a que no hay "consenso global ideol&oacute;gico", sino "ideolog&iacute;as en pugna". En otros t&eacute;rminos, todo se explica a partir de la ideolog&iacute;a que sostiene cada cabeza de bloque. "O est&aacute;s conmigo, o est&aacute;s contra m&iacute;". Casos Cuba (1961) -bloque occidental- o Hungr&iacute;a (1956-58) o Checoeslovaquia (1968) -bloque oriental-. <br /><br />*<br /><br />En cambio, en el sistema multipolar, la ideolog&iacute;a -que existe, aunque puede ser diferente a la que exist&iacute;a, o una que estaba latente y por distintos motivos se hace manifiesta- cumple un rol secundario en el sistema de relaciones; no es un factor "catalisador". Adem&aacute;s, la ideolog&iacute;a es "englobante", no es una alternativa en "pugna" frente a otra ideolog&iacute;a como en el sistema bipolar. Por ello, las relaciones polo-polo se definen en t&eacute;rminos de "competencia" y no de destrucci&oacute;n mutua; y pese a que los intereses de dominaci&oacute;n existen en un sistema u otro, la manera de "control" de los hegemonizados responde a pautas diferentes. <br /><br />*<br /><br />Esto significa que, actualmente, con vistas al futuro orden, tal como se perfila en sus tendencias; las posibilidades de los paises "perif&eacute;ricos", como los latinoamericanos, son mucho mayores que durante el per&iacute;odo del sistema bipolar; por lo que ser&iacute;a necio el buscar "cristalizar" el v&iacute;nculo de dependencia con un actor polar -l&eacute;ase EUA, que debe resolver primero (y eso har&aacute;) sus problemas-, cuando lo que se puede hacer es tener v&iacute;nculos dependientes diversos, con vistas a procurar una mayor autonom&iacute;a, en el mediano o largo plazo -a diferencia del sistema bipolar, en el que o se est&aacute; de un lado o del otro de la pugna ideol&oacute;gica-. <br /><br /><strong>CARACTER&Iacute;STICAS DEL PODER.</strong> <br /><br />Independientemente de que la configuraci&oacute;n del sistema mundial, sea la resultante del v&iacute;nculo del eje pol&iacute;tico con el eje estrat&eacute;gico-militar, o del eje pol&iacute;tico con el eje econ&oacute;mico, siempre se dan relaciones de poder, diferenci&aacute;ndose -en el contexto mundial- s&oacute;lo por el predominio e intervenci&oacute;n de factores predominantemente ideol&oacute;gicos -modelo guerra fr&iacute;a- o predominantemente pol&iacute;ticos en estas relaciones. Cuando hablo del relacionamiento mundial en t&eacute;rminos de predominio de factores "ideol&oacute;gicos", considero que las relaciones Polo-Polo se basan en el concepto "amigo-enemigo"-est&aacute;s conmigo o est&aacute;s contra m&iacute;- donde predomina la "destrucci&oacute;n mutua". Al hablar de predominio de los factores "pol&iacute;ticos", considero que las relaciones Polo-Polo se basan en el concepto "amigo-adversario"; no est&aacute; en tela de juicio la existencia del otro, aunque compitan por hegemonizar &aacute;reas. <br /><br />*<br /><br />En un sistema nacional, los gobiernos tienen el uso leg&iacute;timo de la fuerza, evitando as&iacute; el uso privado -particular- de la fuerza y de esa manera las personas no necesitan prepararse para defenderse. Por lo tanto este sistema no puede ser calificado de auto-ayuda-cada cual deber&iacute;a protegerse a s&iacute; mismo en un sistema de auto-ayuda-. El sistema internacional por el hecho de carecer de un gobierno central, s&iacute; es de auto-ayuda. En un sistema deauto-ayuda las unidades utilizan sus esfuerzos para protegerse de las otras. <br /><br />*<br /><br />El poder es un t&eacute;rmino mult&iacute;voco, que no puede ser conceptualizado de una &uacute;nica manera; que presume la relaci&oacute;n de mando y obediencia, pero tambi&eacute;n de desobediencia, lo que puede conllevar la resistencia. <br /><br />*<br /><br />La obediencia se puede dar frente a una imposici&oacute;n material, por temor a la coacci&oacute;n, por carisma, por consentimiento. Los m&eacute;todos de coacci&oacute;n en el mando son tanto expl&iacute;citos como impl&iacute;citos. <br /><br />*<br /><br />Pero tambi&eacute;n existe la "desobediencia". Esta se da cuando no se siguen las reglas vigentes o no se obedece a quien establece o est&aacute; encargado de mantener las reglas. <br /><br />*<br /><br />La desobediencia surge de un estado de disconformismo, derivando en una conducta de resistencia cuando existe la sensaci&oacute;n de que la situaci&oacute;n es intolerable, que se pierde lo que se tiene o que no se alcanza lo m&iacute;nimo deseable y aceptable y que, de acuerdo a las reglas vigentes y/o de quienes las establecen o mantienen, las cosas no van a cambiar favorablemente, salvo resisti&eacute;ndose. <br /><br />*<br /><br />La realidad en las relaciones sociales, muestra una permanente din&aacute;mica -tanto la actual como la hist&oacute;rica-, en la que se dan relaciones de mando y obediencia, pero tambi&eacute;n de desobediencia y de resistencia. Esta es la manera natural en que se conducen las relaciones. Es tan natural que hayan relaciones de mando y obediencia, como de resistencia. El conflicto es algo natural de la misma manera que la cooperaci&oacute;n; dos caras de una misma moneda. Este es el pensamiento de fil&oacute;sofos-pol&iacute;ticos como Hobbes, San Agust&iacute;n , Reinhold Niehbur, Spinoza, Morgenthau, Foucault, etc.. <br /><br />*<br /><br />Adem&aacute;s, un sistema no se "explica" por lo que ocurre en su "tope" -que es lo m&aacute;s visible y aparente- sino por su din&aacute;mica total. Si no hubiera una din&aacute;mica en las relaciones sociales -se puede "cristalizar" un status, pero generando pautas que impidan o repriman la movilidad ascendente y descendente, como el sistema de castas en la India, o como en los sistema pol&iacute;ticos autoritarios, en los que se act&uacute;a verticalmente, evitando que haya movilidad y margen de acci&oacute;n para el cambio- siempre estar&iacute;an en el "tope" del sistema los mismos actores y los perif&eacute;ricos estar&iacute;an "condenados" a la condici&oacute;n de tales. No obstante es evidente que muchos imperios han nacido y tambi&eacute;n han decaido y muchos Estados que antes no eran poderosos, pasaron a la condici&oacute;n de potencia relevante e incluso de superpotencia. Por dar algunos pocos ejemplos, podemos hablar de la decadencia del Imperio Brit&aacute;nico y status actual de potencia intermedia, a la vez que EUA emergi&oacute; de potencia intermedia a la condici&oacute;n de superpotencia mundial. Alemania y Jap&oacute;n, de poderes militares pasaron a paises subordinados la primera del poder de EUA y la URSS en forma dividida y Jap&oacute;n, de EUA, sin embargo actualmente son dos poderes econ&oacute;micos de primer orden y Alemania est&aacute; unida nuevamente; la URSS de superpotencia, luego de su desinegraci&oacute;n, pas&oacute;, como Rusia al rol de potencia intermedia; etc.. <br /><br />*<br /><br />La resistencia presume estados o situaciones l&iacute;mite. No obstante, en gran cantidad de casos, la resistencia est&aacute; latente, no se manifiesta en una acci&oacute;n por falta de organicidad o de posibilidad. Letonia, Estonia o Lituania, frente a la URSS poco y nada pod&iacute;an hacer. Su "liberaci&oacute;n" como Estados result&oacute; no de su resistencia sino de la desintegraci&oacute;n de la URSS por otros motivos, aunque la resistencia en estas naciones estuviera latente. Por otra parte, las nacionalidades que terminaron desintegrando al Estado yugoeslavo y se encuentran enfrascadas en una guerra civil, provocaron una resistencia al estado de cosas, pero su grado de organicidad es pr&aacute;cticamente inexistente. En cambio, en el caso de la Revoluci&oacute;n Francesa de 1789, hubo un desarrollo intelectual que favoreci&oacute; y aliment&oacute; la Revoluci&oacute;n. <br /><br />*<br />No obstante, es muy importante conocer cu&aacute;les son las caracter&iacute;sticas de funcionamiento del sistema, para poder deducir -cada gobierno al establecer los objetivos y las estrategias de pol&iacute;tica exterior debe hacerlo- cu&aacute;les son los "l&iacute;mites"-normas transformantes o l&iacute;neas de "borde" o de control intra-hegem&oacute;nico- dentro de los que se puede operar libremente, en el interior de un sistema -bipolar, multipolar- con determinadas caraacter&iacute;sticas, sin que el sistema -l&eacute;ase quienes lo comandan- reaccione, impidiendo que se logre ese objetivo a trav&eacute;s de diferentes medios, que pueden ir desde el bloqueo hasta la intervenci&oacute;n directa. <br /><br /><strong>PODER MATERIAL Y PODER POL&Iacute;TICO.</strong><br /><br />Hay que hacer una clara diferenciaci&oacute;n entre el poder en t&eacute;rminos "materiales" y en t&eacute;rminos "pol&iacute;ticos". <br /><br />*<br /><br />El poder -en t&eacute;rminos "materiales"- es el desarrollado a trav&eacute;s de los factores econ&oacute;micos o del desempe&ntilde;o militar. <br /><br />*<br /><br />El poder -en t&eacute;rminos pol&iacute;ticos- es el resultado de una "influencia psicol&oacute;gica" que un actor o actores ejercen sobre otro u otros. O dicho en otros t&eacute;rminos, la conformaci&oacute;n de los actos de uno o m&aacute;s actores, a los deseos de quien dispone y aplica su poder. <br /><br />*<br /><br />Ha habido una tendencia permanente -que incluso se le atribuye a Hans Morgenthau de manera totalmente equivocada, ya que pareciera que los autores que lo critican, como Raymond Aron o Keohane o Nye no hubieran leido lo escrito por Morgenthau- a reducir el poder pol&iacute;tico a la aplicaci&oacute;n de la fuerza, o al menos a considerarlo igual a las amenazas hechas con &eacute;xito. <br /><br />*<br /><br />Los aspectos psicol&oacute;gicos del poder tienen que ver con que, tanto las personas, como las "agrupaciones sociales" -los Estados-Naci&oacute;n hoy, los feudos en su oportunidad, etc., as&iacute; como las relaciones entre los grupos sociales- se relacionan naturalmente y pretenden de los dem&aacute;s, conductas o resultados que los favorezcan en sus intereses, haciendo uso de la "influencia psicol&oacute;gica", y no a trav&eacute;s de la "imposici&oacute;n material", que procede -en el terreno militar-, toda vez que fracasa aquella. <br /><br />*<br /><br />Las relaciones sociales, en lo cotidiano, se basan en mutuas influencias y coincidencias, no en conductas materialmente contundentes. Toda vez que una persona desea algo de otra, un Estado de otro, no lo hace a los golpes o declarando guerras, sino utilizando su "influencia", sea &eacute;sta el carisma, la condici&oacute;n de indispensable, o la sensaci&oacute;n psicol&oacute;gica de que, si no es satisfecha, los costos pueden ser mayores que los beneficios. Las acci&oacute;n material procede, cuando hay una impotencia de lograr los objetivos por medio de la influencia. <br /><br />*<br /><br />Desde ya que, sea por influencia o por imposici&oacute;n, se procura obtener un beneficio material, generalmente econ&oacute;mico. <br /><br /><strong>LA NATURALEZA DEL PODER.</strong> <br /><br />La funcionalidad -manera en que satisface objetivos y necesidades, resuelve situaciones, mantiene el equilibrio- del sistema mundial depende del tipo de orden vigente el que, a su vez, depende de las caracter&iacute;sticas que tiene el sistema. Como caracter&iacute;sticas se entienden aquellos elementos que hacen que un sistema sea s&oacute;lo igual a s&iacute; mismo. A diferencia de los emp&iacute;ricos, que buscan similitudes y regularidades, los sist&eacute;micos, como por ejemplo, Morton Kaplan, o Philippe Braillard, entre otros, buscan "diferencias", caracter&iacute;sticas propias, que permitan identificar a un sistema como &uacute;nico. De esta manera es posible conocer cu&aacute;ndo comienza el tr&aacute;nsito hacia otro sistema diferente, ya que aparecen ciertos elementos que son caracter&iacute;sticos de otro sistema y no del que est&aacute; vigente. Por ejemplo, un sistema bipolar es cerrado, s&oacute;lo admite dos miembros polares, mientras que el multipolar es abierto, admite m&aacute;s miembros polares, con el s&oacute;lo requisito de que no atenten contra el equilibrio del sistema; las "alianzas" en un sistema multipolar son temporarias y "ad hoc" (al efecto para el que fueron creadas), no pueden ser "permanentes como en un sistema bipolar, porque sino no se podr&iacute;a mantener el equilibrio del sistema a trav&eacute;s del balance de poderes entre los actores polares; etc.. Esto nos muestra que todo sistema no s&oacute;lo funciona de acuerdo con ciertas caracter&iacute;sticas, sino tambi&eacute;n como una totalidad. Esto es importante, porque cada vez que se habla del sistema internacional, especialmente en pol&iacute;tica internacional, s&oacute;lo se hace referencia a los actores polares y los hechos ocurren en el "tope" del sistema. Pareciera que en el resto del sistema, y particularmente entre los miembros perif&eacute;ricos no ocurriera nada que pudiera afectar, e incluso producir modificaciones al sistema en beneficio propio, como en el caso de OPEP, por ejemplo. <br /><br />*<br /><br />En un sistema bipolar, en el que el grado de "desentendimiento" entre los actores polares es muy alto -epicentro de la guerra fr&iacute;a-, las posibilidades de los miembros hegemonizados de llevar a cabo sus objetivos en el marco de cada bloque, son &iacute;nfimas, sin que cada actor polar reaccione y aplique alg&uacute;n tipo de sanci&oacute;n al miembro rebelde, presumiendo que corre peligro su seguridad o sus intereses econ&oacute;micos o los de sus aliados. <br /><br />*<br /><br />En el contexto de la coexistencia pac&iacute;fica, que implica un m&iacute;nimo de entendimiento en determinados aspectos puntuales por parte de los actores polares de un sistema bipolar, es m&aacute;s probable que los miembros hegemonizados tengan un mayor margen de acci&oacute;n para el logro de su objetivos. <br /><br />*<br /><br />En un sistema multipolar en el que, la pugna ideol&oacute;gica no es el factor central de relacionamiento, las posibilidades de los miembros perif&eacute;ricos para llevar a cabo sus objetivos, aumentan considerablemente. <br /><br />*<br /><br />Todas estas caracter&iacute;sticas son fundamentales para establecer las bases de un proyecto de pa&iacute;s y los objetivos de relacionamiento a nivel mundial. Es importante conocer el margen de acci&oacute;n m&aacute;ximo, sin que haya sanci&oacute;n; los aliados con los que se cuenta y tambi&eacute;n qui&eacute;nes disputan nuestros mismos objetivos. <br /><br />*<br /><br />Si bien las necesidades b&aacute;sicas son las mismas a lo largo de todas las &eacute;pocas: necesidades materiales-comida, vivienda, vestido, etc.-, de seguridad, de organizaci&oacute;n; los factores y elementos que componen esas necesidades en cada &eacute;poca var&iacute;an. Como dice Morgenthau, siempre nos guiamos por el inter&eacute;s. Es el objeto de inter&eacute;s el que var&iacute;a, aunque la conducta basada en el inter&eacute;s sea la permanente. <br /><br />*<br /><br />El desarrollo tecnol&oacute;gico, la evoluci&oacute;n cultural, la educaci&oacute;n, son factores de cambio, aunque esencialmente las relaciones sociales siguen siendo de cooperaci&oacute;n y conflicto. <br /><br />*<br /><br />Mientras estuvo vigente el sistema multipolar (1815-1914), el poder como "variable cr&iacute;tica" se centr&oacute; en el control de los espacios geo-econ&oacute;micos perif&eacute;ricos (colonizaci&oacute;n y neo-colonizaci&oacute;n) con el fin de tener materia prima para la Revoluci&oacute;n Industrial, mano de obra esclava o barata y dominar &aacute;reas estrat&eacute;gicas. Adem&aacute;s, se utiliz&oacute; para controlar los mares, con el objeto de controlar las rutas comerciales y los mercados. El poder econ&oacute;mico creci&oacute; apoyado -log&iacute;sticamente- por el poder estrat&eacute;gico-militar. El "paradigma" central era la "Revoluci&oacute;n Industrial". <br /><br />*<br /><br />Por el contrario, en el sistema mundial bipolar, vigente entre 1945/47 -fin de la segunda guerra mundial (1945) y principio de la pol&iacute;tica de contenci&oacute;n al comunismo o Doctrina Truman que dio lugar al inicio de la guerra fr&iacute;a (1947)- y 1985/89/91-Reikiavik (1985) o fin de la segunda guerra fr&iacute;a o inicio de la segunda postguerra fr&iacute;a. Ca&iacute;da del muro de Berl&iacute;n (1989) o fin de la segunda postguerra fr&iacute;a -hubo una primera postguerra fr&iacute;a a partir de la era Kennedy-Kruschev que con vaivenes y dificultades lleg&oacute; hasta el inicio de la segunda guerra fr&iacute;a iniciada por Reagan que quiso repetir la Doctrina Truman de contenci&oacute;n al comunismo a trav&eacute;s de la "guerra de las galaxias" e inicio del postbipolarismo; (1991) desintegraci&oacute;n de la URSS-, el poder como variable cr&iacute;tica tuvo como objetivo central, la seguridad de las grandes potencias y el control ideol&oacute;gico de los subordinados, en la pugna Este-Oeste. El desarrollo econ&oacute;mico, se orient&oacute; a apuntalar y darle ventaja comparativa y competitiva, en el terreno estrat&eacute;gico-militar, a cada una de las dos grandes potencias frente a la otra, en su pugna por la supremac&iacute;a, particularmente mediante el desarrollo tecnol&oacute;gico misil&iacute;stico y espacial, y el de las grandes computadoras. La econom&iacute;a estuvo pr&aacute;cticamente al servicio del objetivo de cada una de las superpotencias, gast&aacute;ndose cifras inimaginables -que terminaron siendo la causa de su ruina econ&oacute;mica en beneficio de un poder econ&oacute;mico creciente en Europa, centrado especialmente en Alemania y en Asia, especialmente en Jap&oacute;n y los denominados Nic&rsquo;s o tigres asi&aacute;ticos- en desarrollar tecnolog&iacute;as militares de defensa y destrucci&oacute;n m&uacute;tua. El "paradigma" que imper&oacute; estuvo centrado en la problem&aacute;tica de seguridad basada en la pugna ideol&oacute;gica Este-Oeste. <br /><br />*<br /><br />La decadencia del sistema bipolar se debe a causas m&uacute;ltiples, que podr&iacute;an remontarse a principios de la d&eacute;cada de los &lsquo;70, con la declaraci&oacute;n de la inconvertibilidad del d&oacute;lar en oro por el presidente Nixon en 1971 -poniendo en tela de juicio los acuerdos de Bretton Woods de 1944-, siguiendo con el impacto provocado por la OPEP en 1973 y un segundo impacto en 1979, acompa&ntilde;ados por el inicio del "desplazamiento" del eje econ&oacute;mico hacia la regi&oacute;n del "Pac&iacute;fico" -ventajas comparativas y competitivas en el desarrollo tecnol&oacute;gico e industrial particularmente Jap&oacute;n y los Nic&rsquo;s asi&aacute;ticos-, lo que se fue consolidando en los &rsquo;80. La crisis de la deuda iniciada en 1982, termin&oacute; de completar el cuadro, saliendo al ruedo las transnacionales, especialmente las financieras, como actor relevante. En la d&eacute;cada de los &lsquo;70 eran una especulaci&oacute;n acad&eacute;mica; en los &lsquo;80 se transformaron en una realidad poderosa. <br /><br />*<br /><br />Entretanto, los l&iacute;deres de las dos superpotencias segu&iacute;an concentrados en su pugna estrat&eacute;gico-militar, gastando m&aacute;s de lo que sus econom&iacute;as pod&iacute;an resistir. Confirmaci&oacute;n de que el poder militar no es absoluto, ni es el &uacute;nico ni el m&aacute;s efectivo. <br /><br />*<br /><br />Esto debe analizarse complementariamente, con el "recalentamiento" de las econom&iacute;as de una y otra superpotencia, concentradas en el desarrollo de tecnolog&iacute;a y producci&oacute;n de armamentos y en la carrera espacial; recalentamiento que se profundiz&oacute; con el inicio de la denominada "segunda guerra fr&iacute;a" provocada por Reagan hacia fines de los &lsquo;70 -reviviendo la Doctrina Truman-, en la creencia de que el futuro del mundo segu&iacute;a girando alrededor del conflicto ideol&oacute;gico Este-Oeste, y lo econ&oacute;mico era una variable manejable. <br /><br />*<br /><br />El obnubilamiento de ambas dirigencias respecto de lo que estaba pasando en el resto del mundo -Asia y Europa-, particularmente en el terreno econ&oacute;mico, y la obcecaci&oacute;n en la pugna estrat&eacute;gico-militar, ha sido el principal desencadenante del declinio del bipolarismo. El sello final lo puso la Perestroika y el Glasnost de Gorbachov, que en vez de modificar la inserci&oacute;n y el relacionamiento de la URSS en el mundo, deriv&oacute; en su desintegraci&oacute;n, aprovechada en beneficio de su propio poder por Yeltsin. <br /><br />*<br /><br />La decadencia del bipolarismo, muestra la desintegraci&oacute;n de la URSS como actor -aunque queda el interrogante de qu&eacute; pasar&aacute; en el mediano y largo plazo con Rusia-; la decadencia de EUA, al menos como actor que tiene el monopolio del poder mundial, y la emergencia de nuevas potencias de rango mundial, como Jap&oacute;n y Alemania. <br /><br />*<br /><br />No cabe duda que la URSS perdi&oacute; la guerra fr&iacute;a, pero no por ello la ha ganado EUA. El ex presidente Nixon, entre otros, ha declarado esto. <br /><br />*<br /><br />En el sistema internacional que emerja de la resultante del proceso de "polarizaci&oacute;n" que se viene dando, el eje del poder, pasa por el control de los procesos cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gicos. No cabe duda que la materia prima m&aacute;s importante hacia el futuro es la "materia gris". El saber, el conocimiento -no confundir con informaci&oacute;n. La informaci&oacute;n per se no da poder, si no existe capacidad de analizarla y explicar qu&eacute; est&aacute; pasando y por qu&eacute;- es el factor m&aacute;s importante, a&uacute;n m&aacute;s que los productos industriales. El saber aplicado a la "gesti&oacute;n" -es m&aacute;s importante saber "c&oacute;mo" hacerlo que lo que se tiene que hacer; la "tecnolog&iacute;a de los procesos" supera a la "tecnolog&iacute;a de productos"- es la nueva forma de utilizaci&oacute;n del conocimiento. El "paradigma" hacia el que se orienta el nuevo sistema gira alrededor del segmento "cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gico". Este sistema girar&aacute; alrededor de nuevas situaciones que ya est&aacute;n emergiendo y lo est&aacute;n condicionando. <br /><br />*<br /><br />Entre otros temas est&aacute;n: <br /><br /><strong>1.</strong> La convivencia entre un proceso de globalizaci&oacute;n, de frangmentaci&oacute;n y, entremedio, la regionalizaci&oacute;n; <br /><br /><strong>2.</strong> La reestructuraci&oacute;n del Estado, con un mayor rol de las ONG&rsquo;s; <br /><br /><strong>3.</strong>. Un proceso creciente de transnacionalizaci&oacute;n de las relaciones mundiales; <br /><br /><strong>4.</strong> Una mayor vigencia de los derechos humanos, debido fundamentalmente al rol de las ONG&rsquo;s, m&aacute;s que al Estado; <br /><br /><strong>5.</strong> Continuidad y profundizaci&oacute;n del conflicto Norte-Sur; <br /><br /><strong>6.</strong> Disminuci&oacute;n de la capacidad reguladora de los organismos internacionales, entretanto el nuevo r&eacute;gimen y orden mundial no alcancen vigencia real; <br /><br /><strong>7.</strong> Un proceso de expansi&oacute;n demogr&aacute;fica y de migraciones que generar&aacute;n conflictos entre el Norte y el Sur; <br /><br /><strong>8.</strong> Una creciente importancia de lo ecol&oacute;gico y el medio ambiente, merced, especialmente a las ONG&rsquo;s, m&aacute;s que a los Estados; gener&aacute;ndose obligaciones para estos, de manera transnacional; <br /><br /><strong>9.</strong> Creciente desempleo con crisis social, tanto en el mundo industrializado, como en el "Sur"; <br /><br /><strong>10.</strong> Transformaci&oacute;n radical de valores y creencias a nivel mundial. <br /><br /><strong>PODER Y CAPACIDAD.</strong> <br /><br />El poder, implica dominio, preponderancia; la capacidad, una facultad, una habilidad. <br /><br />*<br /><br />El poder es una cuesti&oacute;n relativa -se mide en relaci&oacute;n con otros-, la capacidad no. Es un concepto asbsoluto. <br /><br />*<br /><br />EUA y la URSS estuvieron balanceados aproximadamente en sus capacidades durante todo el per&iacute;odo que fue del &rsquo;45 a los &rsquo;80. Mientras este balance se mantuvo, el poder de cada uno respecto del otro fue pr&aacute;cticamente nulo, pese a que las capacidades eran suficientes como para hacer desaparecer al otro varias veces. Las mayores capacidades, no necesariamente implican un mayor poder. <br /><br />*<br /><br />En algunos casos puede darse una correlaci&oacute;n invertida entre poder y capacidad. La debilidad en la capacidad en un pa&iacute;s peque&ntilde;o, puede transformarse en un elemento de fuerza contra el pa&iacute;s poderoso. El caso de la crisis de los rehenes de Ir&aacute;n es un ejemplo, en el que el Ayatolah Kohmeini, mantuvo pr&aacute;cticamente en jaque al gobierno norteamericano de Carter durante un a&ntilde;o -modificaci&oacute;n de las "relaciones verticales" de poder, maximizando las "l&iacute;neas de control intra-hegem&oacute;nico" o "normas transformantes"-, a tal punto que a &eacute;ste le cost&oacute; la posibilidad de la reelecci&oacute;n y al partido Dem&oacute;crata el continuar en el poder. <br /><br />*<br /><br />La posesi&oacute;n de recursos naturales como elemento "tangible" de poder en t&eacute;rminos de capacidad, no necesariamente es un determinante del poder. <br /><br />*<br /><br />Muchos paises que carecen de recursos naturales, como Jap&oacute;n, por ejemplo, pudieron paliar esta carencia a trav&eacute;s del desarrollo tecnol&oacute;gico. <br /><br />*<br /><br />Por otra parte, mientras los Estados &aacute;rabes y otros africanos y latinoamericanos, fueron incapaces de coordinar sus pol&iacute;ticas petroleras hacia el mundo industrializado, sus abundantes reservas de este recurso natural -que, adem&aacute;s, no manejaban, sino las empresas extranjeras que lo explotaban- no significaron tener un poder. A partir de 1973, merced a una actitud coordinada, provocaron un embargo petrolero que les dio, repentinamente, un poder imponente en el escenario mundial -modificaci&oacute;n de las "relaciones verticales" de poder, alterando incluso las "reglas" en la estructura-, a tal punto que provocaron una gran crisis en el mundo industrializado y el inicio de una revoluci&oacute;n tecnol&oacute;gica, particularmente en el terreno de lo energ&eacute;tico. <br /><br />*<br /><br />C&oacute;mo utilizaron o dispusieron de este poder -en este caso particular-, los paises miembros de la OPEP (Organizaci&oacute;n de Paises Productores y Exportadores de Petr&oacute;leo), ya es otro tema de discusi&oacute;n, en el que tiene que ver c&oacute;mo administran el poder para alcanzar una mayor autonom&iacute;a de desempe&ntilde;o internacional, que no sea temporal y provisoria, como la que en &uacute;ltima instancia tuvieron. No hubo clara conciencia de que el "impacto" provocado por la OPEP, produjo un cambio importante, generando una nueva "distribuci&oacute;n" -difusi&oacute;n- del poder econn&oacute;mico mundial, volviendo "vulnerable" al sistema econ&oacute;mico del mundo industrializado. <br /><br />*<br /><br />Los pa&iacute;ses de la OPEP generaron una "alianza estrat&eacute;gica de medios" (un producto escaso y estrat&eacute;gico como el petr&oacute;leo), que no deriv&oacute; en una "alianza estrat&eacute;gica de fines"(cu&aacute;l es el el objeto de la alianza, m&aacute;s all&aacute; de buscar el aumento del precio del producto), ya que, independientemente del impacto provocado, no adoptaron conductas coordinadas como para maximizar sus posibilidades en el contexto mundial y modificar su status quo -los Nic&rsquo;s asi&aacute;ticos desarrollaron un "nacionalismo de fines o resultados" sin que medien alianzas, y actuaron "subrepticiamente"-. Por otra parte, los miembros de la OPEP eran pa&iacute;ses, cuya &uacute;nico elemento en com&uacute;n era el petr&oacute;leo, ya que sus sociedades y culturas eran bastante dispares. Adem&aacute;s, los ingresos multimillonarios que recibieron como consecuencia del impacto, en vez de utilizarlos para el desarrollo cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico, la educaci&oacute;n, la industrializaci&oacute;n, y todo otro factor coadyuvante a modificar en t&eacute;rminos reales el status de estos pa&iacute;ses -los Nic&rsquo;s asi&aacute;ticos utilizaron el ahorro interno y los ingresos con este fin-, mayoritariamente se utiliz&oacute; con fines especulativos e incluso se fue en corrupci&oacute;n. Los fondos se depositaron en bancos que fueron los que verdaderamente los manejaron (salieron a prestarlos para conseguir rentabilidad), en vez de los gobiernos, mediante la planificaci&oacute;n de su desarrollo. El caso OPEP es la demostraci&oacute;n de que se pueden llevar a cabo estrategias para provocar impactos suficientes como para modificar el status internacional de pa&iacute;ses de la periferia, pero tambi&eacute;n para tomar conciencia de que, a&uacute;n teniendo una cantidad importante de fondos a disposici&oacute;n, no se alcanza el desarrollo, si no hay un proyecto concreto de autonomizaci&oacute;n <br /><br />*<br /><br />No s&oacute;lo no hubo clara conciencia del poder de que se dispon&iacute;a, sino que adem&aacute;s, el mundo industrializado pudo recuperarse en menos de una d&eacute;cada desasrrollando tecnolog&iacute;as energ&eacute;ticas alternativas, aunque se deton&oacute; otra crisis a partir de 1982: la de la deuda, que inmediatemente supieron relanzarla hacia el tercer mundo para que &eacute;ste se hiciera cargo. El mundo industrializado tambi&eacute;n est&aacute; endeudado. 12 billones (millones de millones) de d&oacute;lares es la deuda global del mundo industrializado, de los que le corresponden a EUA 5 billones. <br /><br />*<br /><br />En esto, desde ya, juega un papel muy importante la naturaleza del gobierno de los paises. Tiene que ver con la toma de conciencia de su dependencia; con saber cu&aacute;les son las ventajas comparativas de las que se dispone o podr&iacute;a disponerse en el mediano y/o largo plazo; con el conocimiento de cu&aacute;les son las verdaderas condiciones internacionales imperantes y d&oacute;nde est&aacute; realmente inserto su pa&iacute;s y, por supuesto, con un proyecto de pa&iacute;s. Proyecto de pa&iacute;s auton&oacute;mico o dependiente (con vistas a explotar al m&aacute;ximo esa relaci&oacute;n de dependencia y ver, si en un futuro no lejano se puede orientar progresivamente hacia la autonom&iacute;a). <br /><br />*<br /><br />Los gobiernos, independientemente de que sean democr&aacute;ticos o dictatoriales -y de las bondades o desastres que conllevan- si carecen de "direccionalidad" de nada sirven para potenciar al pa&iacute;s. No tiene ning&uacute;n valor un gobierno que desprecia sus propios potenciales cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gicos, o que se vanagloria de sus recursos naturales, pero no los procesa o industrializa. <br /><br />*<br /><br />Tambi&eacute;n tiene que ver el "car&aacute;cter nacional" o, en otros t&eacute;rminos, la predisposici&oacute;n de una Naci&oacute;n -no de un gobierno en particular- a realizarse y alcanzar objetivos de desarrollo y de mejor inserci&oacute;n internacional. Lo dicho, nada tiene que ver con el nacionalismo. <br /><br />*<br /><br />No obstante ello, el nacionalismo, como imagen de un pasado y un futuro, puede ser el "motor" para que una Naci&oacute;n retome su destino, desvincul&aacute;ndola del Estado que la oprimi&oacute; m&aacute;s que satisfacerla en sus necesidades y aspiraciones. Ejemplo de ello, son Estonia, Letonia y Lituania en relaci&oacute;n a la URSS. Las diferentes nacionalidades subordinadas al Estado yugoeslavo, que de una manera pac&iacute;fica o traum&aacute;tica replantean su futuro destruyendo un Estado y recreando (o no) uno (o varios diferentes) nuevo. <br /><br /><strong>RELACI&Oacute;N ENTRE PODER E IDEOLOG&Iacute;A.</strong> <br /><br />La relaci&oacute;n entre el poder y la ideolog&iacute;a es compleja y multifac&eacute;tica:<br /><br /><br /><strong>a).</strong> La creencia en la "verdad" de una ideolog&iacute;a puede precipitar su realizaci&oacute;n y convertirse en factor de poder. Por ejemplo, la convicci&oacute;n ideol&oacute;gica de la mayor&iacute;a de los comunistas de que la victoria del comunismo estaba prescripta en la historia, aument&oacute; en forma considerable el poder de la URSS y de China comunista. <br /><br /><strong>b).</strong> En segundo lugar, la ideolog&iacute;a puede asumir su propia autoridad, precisamente sus adeptos est&aacute;n convencidos de su validez metaf&iacute;sica. La ideolog&iacute;a tiene la peculiar funci&oacute;n de "justificar el poder transform&aacute;ndolo en autoridad". <br /><br />*<br /><br />La ideolog&iacute;a encubre la expansi&oacute;n imperialista; pero tambi&eacute;n sostiene el comportamiento de resistencia frente a las conductas expansivas o impositivas de los dominantes. <br /><br />*<br /><br />Lo que ocurri&oacute; en estos a&ntilde;os en la ex Yugoeslavia es un ejemplo de la resistencia a la conducta dominante de un Estado opresor interno, no externo -otro Estado-, una nacionalidad dominando por sobre otra haciendo uso del mismo Estado para ese dominio. <br /><br />*<br /><br />La resistencia es la oposici&oacute;n reactiva que, dentro de un "marco" -l&iacute;neas de control intra-hegem&oacute;nico o normas transformantes- establecido por el sistema -lease por quienes lo conducen-, ejercen -aunque no necesariamente, ya que pueden estar conformes con el status detentado o su &eacute;lite dirigente percibir que la situaci&oacute;n vigente es ventajosa- las unidades recipiendarias tratando de manejarse de la manera m&aacute;s independiente posible. La resistencia puede ser "inorg&aacute;nica" u "org&aacute;nica". En este &uacute;ltimo caso, las ONG&rsquo;s son un buen exponente. Ejemplos de resistencia pueden ser: Espartaco, liberando y creando un ej&eacute;rcito de esclavos para resistirse frente a los romanos en el a&ntilde;o 73 antes de Cristo; Jesucristo que subvirti&oacute; el orden de la &eacute;poca y gener&oacute; una resistencia en base a su pensamiento espiritual; la Revoluci&oacute;n Francesa (1789) frente a la Monarqu&iacute;a absolutista (hubo revoluci&oacute;n gracias al pensamiento y direccionamiento intelectual de Voltaire, Diderot, Rousseau; Montesquieu; Condorcet); la "resistencia " especialmente en Francia durante la 2da GM; la resistencia de los ciudadanos de Buenos Aires frente a las invasiones inglesas en 1806; la "resistencia pasiva" promovida por Gandhi; la resistencia de los negros en EUA frente a la opresi&oacute;n y la injusticia de los blancos; la resistencia del grupo OPEP frente a las grandes empresas transnacionales y el mundo industrializado; y a la inversa, la del mundo industrializado frente al "impacto "OPEP; la resistencia de los procesos revolucionarios anticoloniales y descolonizadores en Asia y Africa posteriores a la 2da GM y especialmente durante la d&eacute;cada de los &lsquo;60; la resistencia de los negros en Sud&aacute;frica con Mandela preso 20 a&ntilde;os; la de pueblos oprimidos, como el haitiano frente a la dinast&iacute;a Duvallier; la resistencia de las distintas "nacionalidades" en relaci&oacute;n al Estado yugoeslavo; la de Estonia, Letonia y Lituania en relaci&oacute;n a la URSS; el sandinismo frente a la dictadura somocista; la resistencia de Chechenia frente a Rusia; la de los "latinos" en Estados Unidos, con su marcha por los derechos civiles en el mes de octubre de 1996 por las pol&iacute;ticas norteamericanas contra los migrantes y residentes latinos; etc. Debe considerarse que los "nacionalismos" frente a las conductas imperialistas o colonialistas, son una manera de configurar una resistencia. <br /><br />*<br /><br />Te&oacute;ricamente ideolog&iacute;a y poder se refuerzan m&uacute;tuamente. Mientras la idea y la realidad tiendan a converger, la ideolog&iacute;a permanecer&aacute; como un vasto manantial de poder. Quien no est&aacute; con la ideolog&iacute;a vigente, no s&oacute;lo es "antisist&eacute;mico" sino que, al pretender actuar contra ella, se transforma en un "subversivo". Cuando los gobiernos resultan antisist&eacute;micos, porque perjudican m&aacute;s que benefician a sus pueblos, con conductas dictatoriales o totalitarias, se transforman en "superversivos". <br /><br />*<br /><br />Sin embargo la realidad puede anular la ideolog&iacute;a, ya que &eacute;sta puede perder la autoridad en funci&oacute;n de una l&oacute;gica propia de la realidad. <br /><br />*<br /><br />La Perestroika es un ejemplo de esto, ya que el crecimiento del poder militar sovi&eacute;tico no pod&iacute;a ir m&aacute;s all&aacute; de su capacidad econ&oacute;mica, en un mundo en el que los poderes emergentes reorientaron las relaciones hacia ventajas competitivas de car&aacute;cter econ&oacute;mico (v.gr.: Jap&oacute;n, la UNI&Oacute;N EUROPEA (UE), Alemania Federal, hoy Alemania unificada). Dentro de este mismo esquema est&aacute; encuadrado el EUA de Reagan que, si no acordaba con la URSS en Reikjiavic (1985) el desarme, compromet&iacute;a m&aacute;s de lo que ya estaba la econom&iacute;a norteamericana -300 mil millones d&oacute;lares de d&eacute;ficit fiscal; 300 mil millones de d&oacute;lares de d&eacute;ficit de la balanza comercial; 40 millones de pobres; 5 billones (millones de millones) de d&oacute;lares de deuda externa- en la pugna con la URSS -70 mil millones de d&oacute;lares de deuda externa; 50 millones de pobres, que est&aacute;n por debajo del salario m&iacute;nimo de subsistencia equivalente a 56 u$s mensuales, seg&uacute;n datos oficiales de julio de 1995- en la "guerra de las galaxias". La ventaja norteamericana sobre los sovi&eacute;ticos, estuvo en que cont&oacute; con todo el bloque occidental como "colch&oacute;n" -basado en el manipuleo de la tasa de inter&eacute;s, especialmente a partir de la declaraci&oacute;n de inconvertibilidad del d&oacute;lar en oro por parte de Nixon en 1971- para solucionar sus problemas econ&oacute;micos (financieros); "colch&oacute;n" con el que no cont&oacute; la ex URSS. <br /><br />*<br /><br />Desde una perspectiva ideol&oacute;gica, en el mundo s&oacute;lo hay espacio para uno, y el otro debe desaparecer (en el mundo bipolar 1945/47 los &rsquo;80s: o EUA o la URSS, los dos juntos no) o ser destruido -Doctrina Truman de la "destrucci&oacute;n total" del comunismo esgrimida en 1947 e ideada por el te&oacute;rico realista norteamericano, George Kennan, "contenci&oacute;n del comunismo" y expresada en la Revista Foreign Affairs de julio de 1947, bajo el seud&oacute;nimo de "Mr. X". Doctrina Stalin en el contexto sovi&eacute;tico-. Desde una perspectiva pol&iacute;tica, las alternativas son m&uacute;ltiples y no tan tajantes. Ejemplo de ello, fue el mundo multipolar de 1815 a 1914, o el que se est&aacute; perfilando actualmente, mediante una "Tr&iacute;ada", centrada no en el factor ideol&oacute;gico (que existe pero es de prioridad secundaria) sino en la competencia econ&oacute;mica y especialmente cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gica. <br /><br />*<br /><br />Si se da una dicotom&iacute;a entre ideolog&iacute;a y realidad-no se condicen o ambas van en sentidos diferentes-, aquella comienza a erosionarse y a perder su autoridad. S&oacute;lo puede sostenerse a trav&eacute;s de la coerci&oacute;n; pero cuando esta &uacute;ltima tambi&eacute;n se debilita, entonces se da lugar a las "fuerzas centr&iacute;fugas" que provocan una "atomizaci&oacute;n" de las unidades anteriormente reprimidas, como ocurri&oacute; con la URSS, que termin&oacute; "explotando" en 1991. <br /><br />*<br /><br />EUA ha demostrado dirigir sus recursos a la conformaci&oacute;n de una "ideolog&iacute;a universal", en contraposici&oacute;n con los intereses similares de la URSS; y para ello, ha llegado incluso a intervenir en los asuntos internos de otros Estados, aduciendo defensa de los ideales de universalismo democr&aacute;tico, privando de la libertad de autodeterminaci&oacute;n a otras naciones. <br /><br />*<br /><br />Habr&iacute;a que ver hasta qu&eacute; punto, la ideolog&iacute;a liberal-capitalista, perdura frente a una realidad que, a diferencia de lo que se declama -particularmente a partir de la desintegraci&oacute;n sovi&eacute;tica-, muestra importantes retrocesos sociales y una profundizaci&oacute;n de la brecha, entre lo que se ha denominado desde hace d&eacute;cadas, el "Norte" y el "Sur". <br /><br />*<br /><br />Por el momento, el poder, en t&eacute;rminos globales, se orienta en el sentido de la ideolog&iacute;a vigente, con el agravamiento de que el transnacionalismo ha superado largamente al nacionalismo que, de todas formas sigue estando presente. Mientras la tendencia global se orienta hacia la integraci&oacute;n, hay gran cantidad de paises que se est&aacute;n desintegrando -proceso de fragmentaci&oacute;n-. Mientras algunos paises se preocupan por alcanzar determinado desarrollo econ&oacute;mico o tecnol&oacute;gico, hay algunos que todav&iacute;a no han superado sus conflictos territoriales, t&iacute;picos del siglo XIX, a&uacute;n pese al subdesarrollo y la pobreza en el que est&aacute;n sumidos y que deber&iacute;an intentar resolver prioritariamente. <br /><br />*<br /><br />Esto resulta de que hay sociedades que se encuentran en el siglo XXI, otras que contin&uacute;an en alguna etapa del siglo XX y algunas a&uacute;n no han salido del siglo XIX o XVIII. Hay muchos paises -desarrollados y subdesarrollados- en los que conviven las tres. <br /><br />*<br /><br />No s&oacute;lo los Estados est&aacute;n sometidos a cambios por el desarrollo tecnol&oacute;gico y la transnacionalizaci&oacute;n; tambi&eacute;n los actores transnacionales corren peligros. La incorporaci&oacute;n de tecnolog&iacute;a inform&aacute;tica en el sistema bancario, amenaza con desplazar a los bancos mismos, ya que el usuario podr&aacute; servirse de manera directa. Las compa&ntilde;&iacute;as de software podr&iacute;an ofrecer servicios de finanzas personales y de transacciones. El ex-Presidente de la Reserva Federal de Nueva York, Gerald Corrigan, adviriti&oacute; en la Conferencia Monetaria Internacional celebrada en Seattle (EUA), sobre el peligro que implica para el mundo financiero, el avance de la red tecnol&oacute;gica <br /><br /><strong>EL USO INTERNACIONAL DE LA FUERZA COMO GENERADOR DE PODER.</strong><br /><br />Las fuerzas armadas, en el contexto militar, est&aacute;n vinculadas con la "amenaza", la "disuasi&oacute;n" y la "guerra". En todos los casos, con el objeto de influir en la conducta del oponente, o para alterar o preservar el status quo. <br /><br />*<br /><br />Las fuerzas armadas de por s&iacute;, no son sin&oacute;nimo de poder militar. Ellas son un elemento para alcanzarlo. Son el medio para alcanzar tal poder en una situaci&oacute;n particular en el que su empleo o amenaza de empleo, resulta en coerci&oacute;n o en la defensa o modificaci&oacute;n del status quo. Seg&uacute;n Klaus Knor, muchas variables intervienen en todo intento por alcanzar poder efectivo. <br /><br />*<br /><br />Hay un camino adicional en el cual las fuerzas armadas, o la fuerza militar de una Naci&oacute;n puede producir poder. Cuando el Estado "A" no escoge o a&uacute;n considera una pol&iacute;tica que, su temor, podr&iacute;a derivar en la respuesta militar por parte del Estado "B". A&uacute;n cuando el Estado "B" no haga nada en este caso, su capacidad militar reputada y voluntad para usar la fuerza ha sido, no obstante, efectiva en restringir las alternativas de "A" para la acci&oacute;n. Esta reputaci&oacute;n y voluntad pueden ser pol&iacute;ticamente efectivas. <br /><br />*<br /><br />La amenaza envuelve riesgos, incluyendo el riesgo del desaf&iacute;o o del contra-ataque por parte del Estado objeto o por terceros Estados. <br /><br />*<br /><br /><strong>Vigencia de los objetivos que desencadenan el uso de la fuerza.</strong><br /><br />Algunos de los objetivos, que tradicionalmente eran considerados importantes para ir a la guerra, hoy han perdido inter&eacute;s. <br /><br /><strong>1).</strong> Anteriormente eran considerados como puntos importantes para la guerra, los siguientes: <br /><br />---El deseo de conquista territorial ha sido el motivo m&aacute;s poderoso para el uso de la fuerza a trav&eacute;s de la historia. <br /><br />---Razones de econom&iacute;a o de seguridad est&aacute;n entre los principales factores que han empujado a los gobiernos a conquistar o defender un territorio. <br /><br />*<br /><br />Previo a la Revoluci&oacute;n Industrial, una expansi&oacute;n de las posesiones territoriales, significaba m&aacute;s control sobre la mano de obra y los recursos naturales, fuentes de aprovisionamiento, mercados y lugares para inversi&oacute;n. <br /><br />*<br /><br />En d&eacute;cadas recientes, las &eacute;lites han comprendido gradualmente, en gran parte, como resultado de la econom&iacute;a moderna y la educaci&oacute;n, que la principal fuente del bienestar nacional es en &uacute;ltima instancia dom&eacute;stica; por ejemplo, ahorro, inversi&oacute;n, progreso tecnol&oacute;gico y el mejoramiento de los recursos humanos. A la vez, proteger los recursos naturales del da&ntilde;o ecol&oacute;gico. <br /><br />*<br /><br />Tambi&eacute;n comprenden que el comercio internacional y las inversiones no requieren de un control territorial. Hay un orden econ&oacute;mico internacional -m&aacute;s all&aacute; de lo justo o injusto del mismo- que fomenta tal intercambio. Ejemplo de ello, son Suiza, Jap&oacute;n, Alemania, Suecia. <br /><br />*<br /><br />Hasta no hace mucho tiempo, la expansi&oacute;n y el control territorial tambi&eacute;n eran consideradas desde el terreno de la seguridad. Israel ha dado innumerables ejemplos de esto, al manejar la "doctrina de la seguridad nacional" desde la perspectiva de mantener "fronteras seguras" a partir de "intervenciones preventivas" en paises vecinos. <br /><br />*<br /><br />La expansi&oacute;n territorial significa m&aacute;s poblaci&oacute;n, acceso seguro a recursos naturales y alimentos, que no pueden ser cortados en tiempos de guerra, y m&aacute;s espacio que el enemigo tiene que cruzar con el fin de alcanzar los centros de poder vulnerables. <br /><br />*<br /><br />Hoy en d&iacute;a, la poblaci&oacute;n constituye un poder, m&aacute;s que por la cantidad o por su utilizaci&oacute;n militar, por su habilidad, por el desarrollo cient&iacute;fico, intelectual, t&eacute;cnico y de creatividad. <br /><br />*<br /><br />La dependencia de recursos extranjeros durante una guerra, es importante, s&oacute;lo si la guerra se extiende en el tiempo; pero a&uacute;n as&iacute;, existe una creciente diversidad de posibilidades de aprovisionamiento, incluso en forma artificial, merced al surgimiento de los "nuevos materiales" que reemplazan a gran cantidad de recursos naturales en forma m&aacute;s eficiente, as&iacute; como a la biotecnolog&iacute;a que puede producir alimentos -y otros productos- en laboratorio. Y en lo que hace a la seguridad territorial para evitar que el enemigo se encuentre cerca de los centros de poder vulnerables, el desarrollo de tecnolog&iacute;a misil&iacute;stica muestra que el alcance ha crecido, no en proporci&oacute;n al territorio ocupado, sino al desarrollo tecnol&oacute;gico. <br /><br />*<br /><br /><strong>2).</strong> En la actualidad provoca desarrollo armamentista: <strong>a)</strong> los conflictos ideol&oacute;gicos; <strong>b)</strong> la unificaci&oacute;n o la liberalizaci&oacute;n &eacute;tnica; <strong>c)</strong> los objetivos de establecimiento, mantenimiento o modificaci&oacute;n del orden mundial; <strong>d)</strong> las disputas sobre el establecimiento de fronteras o disputas territoriales (caso de Israel y el mundo &aacute;rabe, y gran cantidad de paises latinoamericanos; incluso el caso de Rusia y China o las Islas Kuriles entre Rusia y Jap&oacute;n; etc.); <strong>e)</strong> las guerras civiles y la intervenci&oacute;n por parte de actores extra&ntilde;os en las mismas, con el objeto de apoyar o derrocar r&eacute;gimenes pol&iacute;ticos (hay numeros&iacute;simos ejemplos sobre este caso; entre los m&aacute;s recientes, el caso Nicaragua con la "contra" y la presencia de tropas norteamericanas en bases en Honduras; el apoyo de EUA en el conflicto de El Salvador; la intervenci&oacute;n de EUA en Panam&aacute; para derrocar un gobierno que hab&iacute;a sido anteriormente utilizado por el gobierno norteamericano; la cantidad de casos que tienen que ver con el apoyo de la ex-URSS y Cuba en Africa; etc.); <strong>f)</strong> Una combinaci&oacute;n de los objetivos anteriores. <br /><br /><strong>El valor declinante de la Fuerza Militar.</strong> <br /><br />Las Relaciones Internacionales han venido experimentando -y a&uacute;n contin&uacute;a-, una transformaci&oacute;n revolucionaria. <br /><br /><strong>1)</strong> El balance de terror nuclear -vigente durante la guerra fr&iacute;a-, que se presum&iacute;a que produc&iacute;a una seguridad estable, no puede utilizarse en gran escala entre Estados poderosos. M&aacute;s a&uacute;n, no puede utilizarse para generar "obediencia" en los paises perif&eacute;ricos. Los casos OPEP, as&iacute; como la Crisis de los Rehenes de Ir&aacute;n, son ejemplos suficientes como para mostrar lo que quiero decir. <br /><br /><strong>2)</strong> Las sociedades en general -aunque los gobiernos act&uacute;en de manera diferente-, se encuentran preocupadas en resolver sus problemas dom&eacute;sticos econ&oacute;micos y sociales, de cuya soluci&oacute;n depende el bienestar nacional -o evitar crisis sociales inmanejables, a&uacute;n con la represi&oacute;n-; por lo que los presupuestos nacionales no pueden orientarse de la misma manera en que lo hac&iacute;an con anterioridad hacia el desarrollo militar. <br /><br />*<br /><br />La forma en que paises como la ex-URSS han entrado en una crisis que implic&oacute; su descomposici&oacute;n imperial y un gran atraso frente a otros Estados como Alemania o Jap&oacute;n, constituye un ejemplo contundente. Tambi&eacute;n lo es el gran retraso econ&oacute;mico y tecnol&oacute;gico de EUA provocado por el empecinamiento militarizante de gobiernos como el de Reagan y Bush. Ejemplos m&uacute;ltiples lo ofrecen paises del Tercer Mundo gobernados por dictaduras militares o civiles, impuestas o apoyadas por EUA o la ex-URSS, cuyo alto &iacute;ndice de represi&oacute;n para mantener un orden y favorecer los intereses econ&oacute;micos y de seguridad de las potencias hegem&oacute;nicas, sumi&oacute; a estos paises en el mayor atraso social, econ&oacute;mico, tecnol&oacute;gico, etc.. <br /><br /><strong>3)</strong> La creciente y acelerada interdependencia internacional, especialmente en el terreno econ&oacute;mico, es acompa&ntilde;ada por el vigoroso crecimiento de fuerzas transnacionales y organizaciones, incluyendo corporaciones multinacionales; que disminuye la primac&iacute;a de los gobiernos en las relaciones mundiales en favor de los actores privados, reduciendo en gran medida la importancia de las fronteras territoriales. <br /><br />*<br /><br />El cl&aacute;sico Estado-Naci&oacute;n basado en la soberan&iacute;a militar, es crecientemente influido y dominado por aquellas fuerzas, a tal punto que hoy debemos replantearnos la definici&oacute;n de soberan&iacute;a y todo lo que la acompa&ntilde;a y compone, como el concepto de seguridad, por ejemplo. <br /><br />*<br /><br /><strong>4)</strong> Los temas y problemas internacionales, est&aacute;n cada vez m&aacute;s vinculados con lo econ&oacute;mico, social y ambiental, que genera negociaciones en las que el poder militar es irrelevante. Est&aacute;n m&aacute;s sujetas al poder econ&oacute;mico internacional, y requiere un creciente manejo por autoridades e instituciones que trascienden las fronteras nacionales, no s&oacute;lo como los organismos internacionales o los sistemas de integraci&oacute;n, sino tambi&eacute;n las Organizaciones No Gubernamentales (ONG&rsquo;s) que crecientemente se ocupan de los intereses de grupos sociales, m&aacute;s all&aacute; del Estado al que pertenezcan y en creciente reemplazo de &eacute;ste, que cada vez -merced al predominio del neoliberalismo- se retrotrae de sus funciones para con la Naci&oacute;n. <br /><br />*<br /><br />El mundo, acorde con estos conceptos, est&aacute; siendo reformulado por fuerzas y visiones que generan nuevas formas de vida y relacionamiento. <br /><br />*<br /><br />Esto no significa que los conflictos se han terminado; ni siquiera que el desarrollo militar est&aacute; pr&oacute;ximo a desaparecer. El hecho de que hayan habido cambios en los causas de los conflictos, no modifica la ra&iacute;z esencialmente conflictiva de las relaciones sociales, por ende, de las Relaciones Mundiales. <br /><br />*<br /><br />De la misma manera, la tesis que sostiene que la creciente interdependencia internacional y el crecimiento de los actores transnacionales y las instituciones, amenazan la existencia del Estado, tienen tanto de cierto como de postura ideol&oacute;gica. <br /><br />*<br /><br />Si uno se ubica en la d&eacute;cada de los &rsquo;70, los paises del Tercer Mundo ten&iacute;an mayor&iacute;a de gobiernos que promov&iacute;an el fortalecimiento del Estado, turn&aacute;ndose desde ya, con gobiernos que eran impuestos por las potencias hegem&oacute;nicos, y que hac&iacute;an que los Estados fueran manejados en funci&oacute;n de sus intereses econ&oacute;micos y de seguridad, aunque esto no apuntaba al debilitamiento del Estado como tal. Igualmente en la actualidad, se observa que, a&uacute;n en el mundo industrializado, la poblaci&oacute;n demanda una mayor intervenci&oacute;n de su gobiernos en temas en los que tiene que ver el rol del Estado, pese a que se propone a los paises perif&eacute;ricos que abandonen esos temas y los dejen en manos del sector privado en aras de una mayor eficiencia y de una disminuci&oacute;n de los d&eacute;ficit fiscales. <br /><br />*<br /><br />No cabe duda, que este fen&oacute;meno no indica que el mundo va hacia la desaparici&oacute;n del Estado -en &uacute;ltima instancia hacia la transformaci&oacute;n del mismo-, sino que el sistema mundial incorpora nuevos actores -o emergen en &eacute;l- (no estatales) que compiten buscando la mayor ventaja para s&iacute;, lo que en el juego natural de las relaciones implica la b&uacute;squeda del debilitamiento de los otros actores. <br /><br />*<br /><br />No cabe duda que circunscribirse a una etapa hist&oacute;rica para el an&aacute;lisis de los fen&oacute;menos mundiales, trae como consecuencia la posibilidad de errores de apreciaci&oacute;n. Klaus Knorr se imagina un mundo que es como el de la d&eacute;cada de los &rsquo;70, pero las circunstancias de los &rsquo;90 muestran orientaciones distintas. Esto no hace que uno u otro fen&oacute;meno sean el verdadero, sino que la historia sigue ciclos, que puede "recuperar" a posteriori seg&uacute;n la conveniencia del sistema vigente. Hablo en t&eacute;rminos estructurales, considerando que los cambios basados en los adelantos tecnol&oacute;gicos o culturales, siempre se ven reflejados como tales. <br /><br />*<br /><br /><strong>Teor&iacute;a y realidad del Poder * Poder y desarrollo te&oacute;rico.</strong><br /><br />La teor&iacute;a est&aacute;, por naturaleza, en contra del poder, sostiene Michel Foucault. <br /><br />*<br /><br />El orden es generado por los "representativos", que dentro del marco internacional son los actores que tienen m&aacute;s poder y pueden decidir cuales ser&aacute;n las reglas que predominar&aacute;n -resultante del acuerdo y/o la pugna con otros poderosos y limitados por la resistencia de los hegemonizados/bles-. De esta manera, terminan generando el orden en nombre de todos los miembros del sistema internacional, y terminan siendo impl&iacute;citamente autorizados a reprimir. <br /><br />*<br /><br />La "reforma" del orden, es planteada por qui&eacute;nes est&aacute;n disconformes con el estado de cosas, y para ser alcanzada requiere, o de un contrapoder suficiente, o cuestionar el poder y la jerarqu&iacute;a vigente, deslegitim&aacute;ndolo. <br /><br />*<br /><br />La sanci&oacute;n o represi&oacute;n es "legitimada" por la capacidad "impl&iacute;cita" de reprimir, por ser generador de orden. El mejor ejemplo de lo que digo lo da el presidente norteamericano Wilson, que reprimi&oacute; e intervino en nombre de la defensa de la democracia y de la civilizaci&oacute;n. <br /><br /><strong>La &eacute;tica del Poder.</strong><br /><br />No se puede hacer una divisi&oacute;n &eacute;tica de lo que es el poder. S&iacute; de la forma y el objetivo para el que uno lo aplica. La "&eacute;tica pol&iacute;tica", a diferencia de la &eacute;tica como moral, mide las consecuencias -positivas o negativas- de los actos para el grupo representado, m&aacute;s que el bien com&uacute;n de la totalidad. <br /><br />*<br /><br />Actuar en funci&oacute;n de principios universales seg&uacute;n su consideraci&oacute;n abstracta, sin atender a los intereses de la Naci&oacute;n, y a&uacute;n, descuidando las consecuencias para la misma, puede ser bueno desde el punto de vista de la &eacute;tica como moral -ya que se act&uacute;a seg&uacute;n los principios morales-, pero malo desde el punto de vista de la &eacute;tica pol&iacute;tica. Esto no significa dejar de lado la moral en la pol&iacute;tica; sino atender o no perder de vista los intereses. Este es un tema muy discutido y bastante complejo. Sobre el particular sigo el criterio de Hans Morgenthau. <br /><br />*<br /><br />El poder sirve tanto como instrumento para lograr objetivos como para reprimir o imponer conductas. Tambi&eacute;n puede ser un instrumento de censura o de rechazo frente a lo que se considere "transgresi&oacute;n". <br /><br />*<br /><br />El intervencionismo norteamericano en los casos Guatemala (indirectamente 1954), Rep&uacute;blica Dominicana (directa y unilateralmente 1965), el bloqueo a Cuba, las presiones sobre Per&uacute; en la etapa de Velazco Alvarado, el intervencionismo en Chile en la etapa de Allende; las intervenciones a Grenada (tropas de desplazamiento r&aacute;pido 1983), Panam&aacute; 1990; en Nicaragua (indirectamente a trav&eacute;s de la "contra", conocido como conflicto de baja intensidad 1980-90); o en el caso de la URSS, sobre Hungr&iacute;a (1956 y 1958) y sobre Checoeslovaquia (1968) operaron como l&iacute;mites, par&aacute;metros o "normas transformantes" del sistema dadas sus caracter&iacute;sticas esenciales del funcionamiento; a la vez que fueron la manera de frenar, conjurar o eliminar "transgresiones" al orden generado por estas potencias "ordenadoras" del sistema bipolar. <br /><br />*<br /><br />Por &uacute;ltimo se puede pensar en el poder como el instrumento para la enunciaci&oacute;n de la ley, como discurso de lo prohibido. En este discurso, no s&oacute;lo hay una prohibici&oacute;n, sino tambi&eacute;n una "interpretaci&oacute;n" de lo que se prohibe. En el caso de la "no intervenci&oacute;n" en los asuntos internos y externos de otros Estados, en muchos casos, tanto EUA como la URSS han intervenido aduciendo que "su intervenci&oacute;n" era para contrarrestar la "intervenci&oacute;n" -a trav&eacute;s de la influencia ideol&oacute;gica- de la potencia contraria. En &uacute;ltima instancia, interven&iacute;an para "salvar" a ese Estado de un "mal mayor". Las "normas transformantes" de un sistema determinado -todo sistema tiene normas transformantes propias y diferentes de otros sistemas- son el marco impl&iacute;cito y/o expl&iacute;cito de lo permitido y lo prohibido en aras de la estabilidad y la protecci&oacute;n del sistema. <br /><br />*<br /><br />Se presume que el "derecho" es la forma de coartar el poder. No obstante ello, requiere de poder para cumplir con su finalidad; sea esta la celebraci&oacute;n de un acuerdo, la exigencia de cumplimiento de este acuerdo u otra norma, o la aplicaci&oacute;n de sanciones por el incumplimiento. Mi opini&oacute;n es que el derecho no coarta el poder, lo institucionaliza o intenta enmarcarlo a trav&eacute;s de regulaciones. <br /><br />*<br /><br />Esto significa que el "derecho", como el "poder" no implican s&oacute;lo algo "negativo", como aplicaci&oacute;n de sanciones o represi&oacute;n. Tambi&eacute;n implica algo "positivo", como acuerdos, logro de objetivos de mayor equilibrio social o pol&iacute;tico, de mayor justicia, etc.. <br /><br />*<br /><br />No existen relaciones de poder sin resistencia. <br /><br />*<br /><br />Si la resistencia supera el marco previsible, entonces estamos frente a un proceso de "polarizaci&oacute;n" del sistema -mundial para el caso que nos ocupa-. Esto es lo que se observa en lo que denomino "transici&oacute;n intersist&eacute;mica": no hay un sistema estable vigente, ya que el anterior se encuentra en decadencia o ha desaparecido como tal, y no existe nuevo sistema, ya que la estructura que lo sostiene a&uacute;n no existe, est&aacute; en proceso de configuraci&oacute;n, a trav&eacute;s de lo que denomino "polarizaci&oacute;n". <br /><br />*<br /><br />Si la resistencia se encuentra dentro del marco previsible; lo que significa que se respetan los "par&aacute;metros de cambio" para ese tipo de sistema, entonces nos encontramos frente al intento de reforma del sistema por parte de aquellos que se encuentran disconformes con el status que detentan. <br /><br />*<br /><br />Al hablar de "intento de reforma" del sistema, hago referencia a lo que se podr&iacute;a denominar "tendencias autonomizantes" o la b&uacute;squeda -en t&eacute;rminos relativos-, de alcanzar una mayor autonom&iacute;a de desempe&ntilde;o. Esto no significa que se logre tal autonom&iacute;a, sino que se realiza el intento, alcanzando el &eacute;xito -en el corto, mediano o largo plazo, sujeto al tipo de metodolog&iacute;a utilizada- dependiendo del grado de "viabilidad", o capacidad de acci&oacute;n -individual o mediante alianzas-. <br /><br /><strong>La lucha por el Poder.</strong> <br /><br />Cuando la lucha por el poder se centra en el eje estrat&eacute;gico-militar, es porque la variable ideol&oacute;gica tiene preponderancia, haciendo que esta lucha se vuelva total, en el sentido de no dar lugar a una "coexistencia", sino a la existencia -preeminencia- de uno u otro, pero nunca de los actores en pugna juntos. A su vez, las relaciones de los actores polares con los miembros de sus &aacute;mbitos hegem&oacute;nicos son de muy baja permisividad a las conductas independientes, ya que no quieren dejar posibilidad de que el otro polo pueda encontrar un punto d&eacute;bil por el cual introducirse y avanzar para sacar ventaja. <br /><br />*<br /><br />El problema con este tipo de sistema en lo que hace a la relaci&oacute;n polo-polo, es que la pugna no permite una victoria militar decisiva de un polo sobre el otro, particularmente por las caracter&iacute;sticas de la confrontaci&oacute;n nuclear. Por lo que se definir&aacute; en el terreno econ&oacute;mico, tal como ocurri&oacute; entre 1985/89/91. <br /><br />*<br /><br />En cambio, cuando la lucha por el poder se centra en el eje econ&oacute;mico, la variable ideol&oacute;gica pierde prioridad, y la pugna entre los actores polares admite la "coexistencia competitiva". Adem&aacute;s, las relaci&oacute;n de los actores polares con los miembros de sus &aacute;mbitos hegem&oacute;nicos est&aacute; orientada a mantener y/o maximizar sus ventajas econ&oacute;micas, sin controles ideol&oacute;gicos cerrados que impidan las relaciones en "diagonal". Esto no significa que no exista una ideolog&iacute;a -el liberalismo actual es un buen ejemplo- sino que esta no es el factor "catalisador" del sistema de relaciones. <br /><br />*<br /><br />El poder sobre los miembros hegemonizados se ejerce, fundamentalmente, a trav&eacute;s del control de la exportaci&oacute;n de productos, de los mercados -como espacios o a partir de la acumulaci&oacute;n de stocks-, de los precios, de las inversiones, de los cr&eacute;ditos, la asistencia econ&oacute;mica, de su endeudamiento, etc.. <br /><br />*<br /><br />La asistencia econ&oacute;mica, por supuesto, trata de hacerse en forma directa, canalizando en los organismos internacionales el m&iacute;nimo indispensable para la ayuda formal. De esta manera, se aseguran un control real sobre los paises que reciben la ayuda. <br /><br />*<br /><br />En muchos casos, la ayuda otorgada a los paises perif&eacute;ricos, fue recibida por la &eacute;lite funcional a los intereses de EUA o la URSS y considerada como "reaccionaria" por la mayor&iacute;a de la poblaci&oacute;n; raz&oacute;n por la cual, generalmente se necesit&oacute; una alta represi&oacute;n para que pudieran gobernar. Esto dio lugar tambi&eacute;n a un alto &iacute;ndice de corrupci&oacute;n escudado en el poder. <br /><br />*<br /><br />Esta disfuncionalidad impidi&oacute; que se implementaran proyectos auton&oacute;micos, ya que las propias &eacute;lites no estaban interesadas en ello. Adoptaron un discurso auton&oacute;mico, tanto local, como en los foros internacionales, pero mantuvieron conductas dependientes. <br /><br />*<br /><br />En contraste, la trasferencia masiva de fondos a determinados paises del "Tercer Mundo" a partir del "impacto" OPEP, le ha quitado control y espacio de poder al mundo industrializado sobre el mundo subdesarrollado. El problema es que esta transferencia no signific&oacute; el inicio de un nuevo proyecto de inserci&oacute;n internacional de estos paises, sino que fue pr&aacute;cticamente "dilapidado" debido a la corrupci&oacute;n y a una p&eacute;sima visi&oacute;n de la &eacute;lite dirigente. <br /><br />*<br /><br />Actualmente, la asistencia favorece m&aacute;s al mercado y las ONG&rsquo;s, que al Estado. <br /><br />*<br /><br />En general, las relaciones mundiales se orientan principalmente hacia el sector privado. Los actores transnacionales generan "potencia" y tambi&eacute;n "direccionalidad" en el sistema, buscando establecer reglas de funcionamiento que les convenga, por sobre los Estados. <br /><br />*<br /><br />El "cerebro" que los pa&iacute;ses han armado en sus aparatos p&uacute;blicos, para generar un desarrollo cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico, se est&aacute; privatizando crecientemente en la mayor&iacute;a de los paises, siendo absorbido por consultoras, centros de investigaciones, fundaciones, ONG&rsquo;s, etc.. <br /><br />*<br /><br />La "etapa privada" va a mayor velocidad que la p&uacute;blica, en este proceso de transformaciones mundiales. <br /><br /><strong>La Mec&aacute;nica del Poder.</strong> <br /><br />Cuando uno habla en t&eacute;rminos de "mec&aacute;nica", lo hace atendiendo a la manera en que quienes utilizan el poder, manejan los principios de aplicaci&oacute;n para obtener beneficios seg&uacute;n criterios de "verdad" imperantes, que los propios aplicadores desarrollan, con el fin de "convencer" a los que son pasivos de poder, que es el costo que pagan por posibles perjuicios mayores que recibir&iacute;an; trayendo como consecuencia que esa mec&aacute;nica, busca anular -y anula en la mayor&iacute;a de los casos- toda conducta de resistencia, y posterga -o destruye toda posibilidad- los procesos que pueden llevar a una mayor autonom&iacute;a. <br /><br />*<br /><br />En el conflicto Este-Oeste, los criterios de verdad operaron "horizontalmente" -en el "tope" del sistema- mediante acusaciones de "totalitarismo" por parte de EUA para calificar al comunismo sovi&eacute;tico, o de "clasismo" o "dominaci&oacute;n de clases" por parte de los sovi&eacute;ticos para calificar al capitalismo occidental. <br /><br />*<br /><br />Entretanto, se han utilizado "verticalmente", con el objeto de mantener un status quo frente a aquellos miembros al interior de cada bloque, que manifestaron un estado de disconformidad y procuraron resistirse. Inmediatamente son acusados de subvertir el orden y de poner en peligro la seguridad del bloque, operando todos los mecanismos correctores disponibles y las convocatorias a "reuniones de consulta" -al estilo Sistema Interamericano, mediante el TIAR o la Carta de la OEA- con otros Estados, con el objeto de legitimar la intimaci&oacute;n y la intervenci&oacute;n correctiva. <br /><br />*<br /><br />Lo importante es que, cualquiera sea la forma bajo la que se represente, siempre hay una forma de "dominaci&oacute;n", de ejercicio de poder con el objeto de mantener el dominio sobre un grupo o una regi&oacute;n, a fin de sacar ventajas o superar al opositor (mec&aacute;nica de la lucha Este-Oeste en el sistema bipolar o de competencia por el control de espacios geo-econ&oacute;micos, de mercados, &aacute;reas de inversi&oacute;n, procesos industriales, etc., en un sistema multipolar). <br /><br />*<br /><br />La "mec&aacute;nica" tiene que ver con el intervencionismo directo o indirecto; la utilizaci&oacute;n de la ayuda econ&oacute;mica; el favorecer golpes de Estado para tener y mantener gobiernos funcionales, o gobiernos civiles dictatoriales que son funcionales a los intereses hegem&oacute;nicos; el control de mercados; el control sobre los flujos financieros; el control sobre el desarrollo y/o la transferencia tecnol&oacute;gica, especialmente en &aacute;reas estrat&eacute;gicas; etc.. <br /><br />*<br /><br />En el caso de un sistema bipolar, opera haciendo uso del factor central de "medici&oacute;n" de las conductas "amigo-enemigo" que es la ideolog&iacute;a: est&aacute;s conmigo o est&aacute;s contra m&iacute;. <br /><br />*<br /><br />Cuando se habla en t&eacute;rminos de ideolog&iacute;a se est&aacute; o de un lado o del otro, pero no se piensa en el "costo" que se paga por subordinarse a quien maneja esa ideolog&iacute;a, sino en el "beneficio" que el dominante nos otorga por "protegernos" de caer en las "garras" del oponente. <br /><br />*<br /><br />La mec&aacute;nica en un sistema multipolar, responde al mismo criterio, pero a factores diferentes de "medici&oacute;n" de las conductas. <br /><br />*<br /><br />En el marco de relacionamiento "interpolar" -"horizontal"- los v&iacute;nculos son de "amigo-adversario". No se pone en tela de juicio la existencia del otro, sino que se compite para sacar el m&aacute;ximo beneficio impidiendo que el otro logre lo mismo. <br /><br />*<br /><br />En el marco del relacionamiento "vertical" polo-miembros hegemonizados o hegemonizables, al no operar la variable ideol&oacute;gica como factor "catalisador" del sistema de relaciones -tal como ocurre en un sistema bipolar-, ya que esta es secundaria -la ideolog&iacute;a no desaparece; opera desde un &aacute;ngulo distinto; lo distintivo, es que en un sistema bipolar, la variable ideol&oacute;gica no opera "globalmente", porque est&aacute; en "pugna" con otra ideolog&iacute;a; en un sistema multipolar, la ideolog&iacute;a es "ambiental"; no hay ideolog&iacute;a alterna, con capacidad convocante que se oponga: el liberalismo hoy por ejemplo-, los factores de "medici&oacute;n" de las conductas tienen que ver con el grado de funcionalidad a aquellos elementos que generan poder, en el terreno pol&iacute;tico-econ&oacute;mico, que es donde fundamentalmente operan este tipo de sistemas: flujos financieros, sean inversiones (productivas o especulativas) o deuda; mercados; producci&oacute;n y procesos industriales; control de patentes y marcas; etc.; y desde ya, c&oacute;mo operar&aacute; el sistema pol&iacute;tico para que sea "funcional" a estos criterios -aqu&iacute; es donde opera la variable ideol&oacute;gica ambiental-. Este &uacute;ltimo aspecto tambi&eacute;n es importante en un sistema bipolar, en el que la variable ideol&oacute;gica es central, ya que -en todos los casos- el sistema pol&iacute;tico debe ser funcional a la ideolog&iacute;a -mundial o al interior del bloque- imperante. <br /><br />*<br /><br />Nadie aceptar&iacute;a subordinarse conscientemente a un proceso que favorece el dominio, si no creyera que es el costo que se paga por el beneficio de no caer en algo peor, en el entendimiento de que existen s&oacute;lo esas alternativas, por lo que se est&aacute; escogiendo la "menos mala", ya que en ese escenario, bajo ese panorama, no es posible adoptar conductas "independientes", porque la estructura del sistema as&iacute; lo establece y lo estableci&oacute; desde el momento de la "configuraci&oacute;n" (de poder) del sistema. <br /><br />*<br /><br />Por ello las potencias hegem&oacute;nicas est&aacute;n "atentas" al tipo de gobierno que hay o se elige en cada pa&iacute;s miembro de sus &aacute;mbitos hegem&oacute;nicos/zables, a los efectos de que el equilibrio de su bloque no se desestabilice. Cuando se detecta un r&eacute;gimen adverso -Castro en Cuba, Allende en Chile, el sandinismo en Nicaragua, etc. en el bloque occidental; o en Hungr&iacute;a en 1956 a 1958 Imre Nagy; en Checoeslovaquia en 1968, Alexander Dubcek, en el bloque oriental- hay mecanismos directos, a trav&eacute;s de reuniones de consulta, o mediante organismos de seguridad creados al efecto, como la OEA, el TIAR, la OTAN, el Pacto se Varsovia, entre otros, para actuar con celeridad y "estirpar" al r&eacute;gimen nocivo, o "aislarlo" del resto para transformarlo en inocuo. <br /><br />*<br /><br />Lo que hace que el poder se sostenga, que sea "aceptable", en &uacute;ltima instancia, es a trav&eacute;s de su "discurso". <br /><br />*<br /><br />Ese discurso tiene que ver con el r&eacute;gimen -en t&eacute;rminos de confioguraci&oacute;n de poder vigente- de "verdad" que impera en la sociedad: los tipos de discurso que acoge y que hace funcionar como verdaderos y falsos, el modo como se sancionan unos y otros, las t&eacute;cnicas y procedimientos que est&aacute;n valorizados para la obtenci&oacute;n de la verdad, el estatuto de qui&eacute;nes est&aacute;n a cargo de decir lo que funciona como verdadero. <br /><br />*<br /><br />La "verdad" est&aacute; caracterizada por cinco rasgos hist&oacute;ricamente importantes: <br /><br /><strong>1)</strong> La verdad est&aacute; centrada sobre la forma del discurso cient&iacute;fico -su vigencia y su respeto- y sobre las instituciones que lo producen. <br /><br />En lo paises del Tercer Mundo -del mundo subdesarrollado o en v&iacute;as de desarrollo- el desarrollo cient&iacute;fico es muy pobre y se le da poca o nula importancia -hablo siempre en t&eacute;rminos de las ciencias sociales-. En la mayor&iacute;a de los casos, las Relaciones Internacionales han sido monopolizadas por los miembros de las fuerzas armadas, que las han reducido a una mera interpretaci&oacute;n geopol&iacute;tica -o pseudo-geopol&iacute;tica- particularizada en el conflicto Este-Oeste y en las hip&oacute;tesis de conflicto con paises vecinos; por los abogados, que han reducido a la Pol&iacute;tica Internacional a un marco jur&iacute;dico encerrado en el Derecho Internacional vigente; por los periodistas que la han reducido a las noticias "espectaculares" especialmente de car&aacute;cter b&eacute;lico, centrando sus an&aacute;lisis (?) en la informaci&oacute;n de coyuntura. Ahora los economistas reducen las Relaciones Internacionales a conceptos de mercado. <br /><br />El grado de ideologizaci&oacute;n (o anti-ideologizaci&oacute;n deber&iacute;amos decir) ha hecho que esta ciencia estuviera vedada o limitada en cuanto a su desarrollo cient&iacute;fico por parte de personas que pudieran poner en tela de juicio las interpretaciones del "establishment". <br /><br />De esta manera, las Relaciones Internacionales, as&iacute; como la Ciencia Pol&iacute;tica y otras ciencias sociales como la Sociolog&iacute;a por ejemplo, no tuvieron desarrollo cient&iacute;fico en los paises perif&eacute;ricos, por temor, por parte de la &eacute;lites dirigentes, a que se pudiera escapar el control de sus manos y se desarrollaran pautas "subversivas" del orden que ellas controlan, o creen controlar, ya que su existencia -la de las &eacute;lites dirigentes- y permanencia no se debe a razones aut&oacute;nomas, sino a que fueron puestas o autorizadas a instalarse y apoyadas por la potencia hegem&oacute;nica o los factores de poder vigentes. <br /><br />Como corolario de esto, el conocimiento de los hechos, procesos y fen&oacute;menos internacionales globales y la problem&aacute;tica externa de los paises perif&eacute;ricos son conocidos seg&uacute;n desarrollos cient&iacute;ficos -modelos- llevados a cabo en algunos paises desarrollados; hecho que no invalida la calidad de la ciencia, pero si la limitaci&oacute;n en cuanto a la interpretaci&oacute;n de los fen&oacute;menos que ocurren en la periferia, las causas y su posible soluci&oacute;n. <br /><br />Manteniendo el control del conocimiento, se puede mantener el control de los paises perif&eacute;ricos. Esa es la verdadera dependencia, mucho m&aacute;s importante a&uacute;n, que la dependencia material. Y hay &eacute;lites funcionales a este tipo de dependencia en los paises dependientes. <br /><br />Control del conocimiento y &eacute;lites funcionales a ese fen&oacute;meno, son requisitos sine-qua-non para la dependencia. <br /><br />Tambi&eacute;n es corolario de este punto, el hecho de que los "intelectuales" no son deseables -s&iacute; los pseudo-intelectuales- en sociedades como estas. <br /><br />Cuando menciono a los intelectuales, no hablo de intelectuales "antisociales", que usan su conocimiento contra la posibilidad de desarrollo y la movilidad social, ya que estos son tan nefastos, como la dirigencia que impide que haya un desarrolllo cient&iacute;fico en la sociedad. <br /><br /><strong>2)</strong> Est&aacute; sometida a una constante incitaci&oacute;n econ&oacute;mica y pol&iacute;tica. En otros t&eacute;rminos, necesidad de la verdad tanto para el modelo econ&oacute;mico como para el poder pol&iacute;tico. <br /><br />Que en los paises perif&eacute;ricos est&aacute; vinculada a un esquema de dependencia econ&oacute;mica y a una concepci&oacute;n pol&iacute;tica que la favorece, en cuanto a su implementaci&oacute;n y en cuanto a la presi&oacute;n necesaria como para que nada ni nadie se oponga a este esquema. <br /><br /><strong>3)</strong> Es objeto, bajo diversas formas, de una inmensa difusi&oacute;n o de informaci&oacute;n cuya extensi&oacute;n es relativamente amplia en el cuerpo social, a pesar de algunas limitaciones estrictas. <br /><br />Esta informaci&oacute;n, sigue los lineamientos indicados en los puntos anteriores, de manera tal de lograr, mediante su difusi&oacute;n, una conciencia "totalizadora" de la sociedad, como para que no haya posibilidad de que la concepci&oacute;n vigente tenga flancos d&eacute;biles. <br /><br />La forma en que los medios de comunicaci&oacute;n masivos han evolucionado, hasta tal punto que se puede unir al planeta mediante una red de informaci&oacute;n, como ocurri&oacute;, por ejemplo, con la CNN durante la guerra del Golfo P&eacute;rsico a principios de 1991 -y en adelante, no s&oacute;lo con esta red, sino otras, mayoritariamente manejadas por grupos transnacionales ubicados en EUA-, mostrando una verdad, la que EUA quiso mostrar. Hay otros casos, como la intervenci&oacute;n en Panam&aacute; por EUA para derrocar a Noriega; el caso de la intervenci&oacute;n norteamericana en Hait&iacute; para reinstalar a Aristide; el desarrollo de la "Cumbre de Presidentes" en Miami en Diciembre de 1994, mientras que no fueron transmitidas la Cumbre de la APEC (Foro para el Comercio y el Desarrollo entre Paises del Asia y el Pac&iacute;fico) celebrada en Indonesia por paises del Asia y el Pac&iacute;fico, ni la Cumbre de Essex (Alemania) por paises de la Uni&oacute;n Europea, donde se trataron tem&aacute;ticas tanto o m&aacute;s importantes que en la Cumbre de Miami -se presume que de cada una de estas Cumbres saldr&iacute;an algunos lineamientos b&aacute;sicos, reveladores de las tendencias en la "Tr&iacute;ada" sobre la conformaci&oacute;n del orden mundial-, en fechas cercanas; etc.. <br /><br />Tambi&eacute;n est&aacute;n emergiendo redes, como Internet que podr&iacute;an dar mayor independencia al manejo de la informaci&oacute;n por parte de las personas. Esto har&iacute;a m&aacute;s transparente al flujo de la informaci&oacute;n y menos dependiente de la voluntad -cualquiera que sea- de los gobiernos. <br /><br /><strong>4)</strong> Es producida y transmitida bajo el control, no exclusivo pero dominante, de algunos aparatos pol&iacute;ticos y econ&oacute;micos. <br /><br />No creo necesario tener que explicar el significado de lo dicho en este punto. Cabe tanto para la verdad planteada por una y otra cabeza de bloque en la pugna ideol&oacute;gica Este-Oeste en el sistema bipolar, como para las concepciones econ&oacute;micas o los intereses de Estados, multinacionales y transnacionales en un sistema multipolar, por dar algunos ejemplos. <br /><br /><strong>5)</strong> Por &uacute;ltimo, es la apuesta de todo un debate pol&iacute;tico y de todo un enfrentamiento social: las luchas ideol&oacute;gicas. <br /><br />*<br /><br />En la mayor&iacute;a de los casos, las sociedades perif&eacute;ricas viven bajo tal grado de represi&oacute;n, que el debate pol&iacute;tico -no hablemos de un debate ideol&oacute;gico, ya que ser&iacute;a un gran logro- es pr&aacute;cticamente imposible, y seguramente considerado como un hecho subversivo. <br /><br />*<br /><br />En realidad, los problemas pol&iacute;ticos de los intelectuales, especialmente en las sociedades perif&eacute;ricas, no son problemas que deban considerarse en t&eacute;rminos de ciencia/ideolog&iacute;a, sino en t&eacute;rminos de verdad/poder. <br /><br />*<br /><br />El problema principal, entonces, para sacar a los paises dependientes del estado en que se encuentran es, adem&aacute;s de tomar conciencia de que se es dependiente, establecer las bases de c&oacute;mo cambiar el "r&eacute;gimen de producci&oacute;n de verdad" haci&eacute;ndolo operar en beneficio de una ruptura de la dependencia. <br /><br />*<br /><br />Esto significar&iacute;a desligar al r&eacute;gimen de verdad, de la hegemon&iacute;a social, econ&oacute;mica, cultural, pol&iacute;tica, en el interior de los cuales funciona en beneficio de los grupos que lo controlan -en vez de la sociedad-, que son, a su vez, controlados por los hegemones y los factores de poder. <br /><br />---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br /><br /><strong>COMPOSICI&Oacute;N DEL PODER.</strong><br /><br />El poder es un t&eacute;rmino "mult&iacute;voco" que no puede ser conceptualizado de una &uacute;nica manera. Siempre se dan relaciones de poder, diferenci&aacute;ndose por el predominio e intervenci&oacute;n de factores predominantemente ideol&oacute;gicos -modelo guerra fr&iacute;a- o predominantemente pol&iacute;ticos. Cuando hablo del relacionamiento mundial en t&eacute;rminos de predominio de factores "ideol&oacute;gicos", considero que las relaciones Polo-Polo se basan en el concepto "amigo-enemigo" donde predomina la "destrucci&oacute;n mutua". Al hablar de predominio de los factores "pol&iacute;ticos", considero que las relaciones Polo-Polo se basan en el concepto "amigo-adversario"; no est&aacute; en tela de juicio la existencia del otro, aunque compitan por hegemonizar &aacute;reas. <br /><br />*<br />Para tener una lectura "totalizadora" de las relaciones de poder, deben observarse tanto las que se establecen a nivel interpolar, "horizontalmente", como las que se llevan a cabo "verticalmente" entre los polos y los miembros hegemonizados/hegemonizables, hacia "abajo" -proceso de dominaci&oacute;n- y hacia "arriba" -proceso de resistencia-. <br /><br />*<br /><br />Tanto en el nivel "horizontal" como en el "vertical" el ejercicio de poder de uno, presume el de "contrapoder" por parte del otro o los otros; sea para "polarizar" entre actores polares o para resistirse por parte de los no polares y de los "hegemonizados/hegemonizables". <br /><br />*<br /><br />Previo a la conformaci&oacute;n del orden mundial, incluso del sistema, las "relaciones" entre las unidades componentes del sistema -las m&aacute;s capaces y poderosos-, est&aacute;n dadas por una "interacci&oacute;n" basada, fundamentalmente en la "pugna" por establecer las "reglas" del juego en cada uno de los "segmentos" en los que existen relaciones, a fin de imponer el "r&eacute;gimen" que deber&aacute; imperar. La pugna no implica necesariamente guerra o conflicto, sino b&uacute;squeda de una mayor ventaja por sobre el resto de los actores "polares" (los que polarizan). Los "segmentos" a los que hago referencia tienen que ver con las &aacute;reas con las que generalmente se dan las relaciones en el sistema mundial: segmento financiero; comercial; industrial; cient&iacute;fico-t&eacute;cnico; de la producci&oacute;n, distribuci&oacute;n de las armas; la realizaci&oacute;n de alianzas militares; etc. A esta interacci&oacute;n, basada en la "pugna", la denomino proceso de "polarizaci&oacute;n" entre los actores estatales o no estatales (transnacionales). Los actores que predominen, ser&aacute;n los que "controlen" al sistema o "polos".<br /><br />* <br /><br />&iquest;Cu&aacute;les son los l&iacute;mites del contrapoder? &iquest;De qu&eacute; manera se ejerce para que sea efectivo? <br /><br /><strong>RELACIONES HORIZONTALES Y VERTICALES SEG&Uacute;N TIPO DE SISTEMA.</strong><br /><br />Como se observa, los "sistemas pol&iacute;ticos" -que son una "variable" dependiente del sistema y el orden resultante-deben ser "funcionales", en este &uacute;ltimo caso, a las problem&aacute;ticas de "seguridad" planteadas por la pugna ideol&oacute;gica entre los actores polares, so pena de ser "intervenidos". Ejemplos de lo dicho, abundan. Intervenci&oacute;n de EUA en forma indirecta, en Guatemala (1954), ya que el gobierno norteam&eacute;ricano consideraba que el gobierno reformista de Arbenz era una "cabeza de puente" para el avance del comunismo en Am&eacute;rica. Intervenci&oacute;n de EUA en Rep&uacute;blica Dominicana (1965), con la excusa por parte del gobierno de Johnson de defender a ciudadanos norteam&eacute;ricanos (Corolario Theodoro Roosevelt a la Doctrina Monroe), para luego reconocer que la situaci&oacute;n interna en ese pa&iacute;s, pod&iacute;a degenerar en una "nueva Cuba". Lo mismo puede decirse en el marco del bloque oriental, para las intervenciones sovi&eacute;ticas a trav&eacute;s del Pacto de Varsovia en Hungr&iacute;a (1956-58) y en Checoeslovaquia (1968). <br /><br />*<br /><br />La pugna entre EUA y la URSS durante todo el per&iacute;odo del sistema bipolar, pero particularmente durante la guerra fr&iacute;a, fue una pugna por el control o el dominio para establecer e imponer al resto de los actores, las normas esenciales de la "organizaci&oacute;n mundial". Cuando hablo de "organizaci&oacute;n mundial", no estoy hablando de Naciones Unidas, sino del tipo de orden que debe imperar, seg&uacute;n la ideolog&iacute;a que ostenta cada actor polar. <br /><br />*<br /><br />En un sistema "multipolar", el orden es la resultante, generalmente, del v&iacute;nculo entre el eje pol&iacute;tico y el eje econ&oacute;mico. La variable ideol&oacute;gica no es preponderante -pero no "desaparece", no hay "fin de las ideolog&iacute;as"; si llegara a emerger en el futuro mediato, un sistema basado en la pugna por la supremac&iacute;a, la ideolog&iacute;a (cualquiera sean los valores que la sostienen) volver&aacute; a jugar un rol preponderante-. Los conflictos est&aacute;n vinculados a problem&aacute;ticas de car&aacute;cter econ&oacute;mico: control de espacios territoriales, continentales y/o insulares; de materia prima; de mano de obra esclava o barata; de mercados; de procesos cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gicos; etc.. <br /><br />*<br /><br />La actitud de las potencias rectoras, en relaci&oacute;n con los Estados menores, es "colonial", ya que predomina el inter&eacute;s por el control "espacial", de los recursos naturales, as&iacute; como de los mercados. <br /><br />*<br /><br />La conducta de las potencias europeas en relaci&oacute;n a Africa y Asia a fines del siglo XIX y gran parte del siglo XX; la de Inglaterra en relaci&oacute;n a Sudam&eacute;rica en forma neocolonial o la de EUA en relaci&oacute;n a Centroam&eacute;rica y el Caribe espa&ntilde;ol (siglos XIX y XX), o en 1990-91 en relaci&oacute;n al conflicto en el Golfo P&eacute;rsico, provocado por la "percepci&oacute;n" del gobierno norteamericano sobre la invasi&oacute;n de Irak a Kuwait, son ejemplo de lo dicho. EUA adopt&oacute;, en relaci&oacute;n a paises como Vietnam, u otros caribe&ntilde;os o centroamericanos -como Grenada o Nicaragua, por ejemplo- conductas "hegem&oacute;nicas", ya que se trataba de la potencia rectora del bloque occidental, en forma indiscutida. <br /><br />*<br /><br />Sin embargo, la conducta de EUA en el Golfo P&eacute;rsico, nada tiene que ver con la de un actor hegem&oacute;n -no hay problema de seguridad o conflicto ideol&oacute;gico a dirimir o solucionar-, sino con la de una potencia colonial que procura ejercer una ventaja comparativa desde el punto de vista militar, a la vez que monopolizar el control sobre el petr&oacute;leo en relaci&oacute;n al resto de las potencias econ&oacute;micas con las que tiene que competir. Este puede ser un buen instrumento para ir a la "mesa de negociaciones" del orden mundial y esgrimirlo como elemento de "canje" frente a ventajas que otros tienen, particularmente, en el eje econ&oacute;mico, y que EUA no tiene, al menos en paridad de condiciones. <br /><br />*<br /><br />En un sistema multipolar, el orden se basa en el equilibrio o balance de poder. Las alianzas son temporarias, son ad-hoc (al efecto). Se celebran s&oacute;lo en el caso de que sea necesario el "restablecimiento" del equilibrio "roto" por algunos de los miembros polares del sistema. Si las alianzas fueran "permanentes", se anular&iacute;a la "regla del balance para el mantenimiento -o restablecimiento- del equilibrio" y la existencia del sistema peligrar&iacute;a. La seguridad es individual. Depende de cada uno de los miembros polares del sistema; dado que no se pueden conformar "bloques de seguridad colectivos" en aras de poder mantener el equilibrio y contrabalancearlo permanentemente. El inter&eacute;s que tiene el gobierno norteamericano porque la OTAN cumpla con la funci&oacute;n de "polic&iacute;a mundial" liderada, desde ya, por el propio EUA,va en contra de esta regla. No obstante, por m&aacute;s que mantenga el nombre de OTAN, no puede continuar con la estructura hecha para el &eacute;poca de la guerra fr&iacute;a. Deber&aacute; adaptarse y ser tan flexible como el nuevo sistema lo exija, especialmente porque se basa en el v&iacute;nculo del eje pol&iacute;tico con el econ&oacute;mico, y el eje estrat&eacute;gico-militar cumple con la funci&oacute;n de "servicio" de ese v&iacute;nculo vigente <br /><br />*<br /><br />Ejemplo de las caracter&iacute;sticas dichas, fue el sistema multipolar imperante entre 1815 (Congreso de Viena en el que se pact&oacute; el equilibrio pol&iacute;tico imperante durante la existencia de ese sistema) y 1914, 1ra G.M.. Estas mismas caracter&iacute;sticas se vienen "asomando" desde los &rsquo;80, en que los sistemas de seguridad colectivos comenzaron a perder vigencia. La OTASE (Organizaci&oacute;n del Tratado del Sudeste Asi&aacute;tico), perdi&oacute; vigencia a partir de la "paz" de Vietnam en 1975. CENTO (Organizaci&oacute;n del Tratado de los Pa&iacute;ses del Centro; antiguo Pacto de Bagdad) perdi&oacute; vigencia a partir de la guerra entre Ir&aacute;n e Irak. ANZUS (Australia, Nueva Zelandia y EUA), perdi&oacute; vigencia a partir de la denuncia hecha por Nueva Zelanda de este tratado. El TIAR perdi&oacute; vigencia a partir de la guerra de las Malvinas en 1982. La OTAN fue objeto de desentendimientos en diversas oportunidades, entre los "aliados" europeos y EUA. Por su parte, el Pacto de Varsovia perdi&oacute; vigencia luego de la Cumbre de Reikjavick y el proceso de creciente nacionalismo en el bloque oriental, especialmente a partir de 1990/91. Pero no s&oacute;lo hay que anotar estos elementos. Con el conflicto del "Cuerno de Africa" por ejemplo, EUA pidi&oacute; a Kenia, autorizaci&oacute;n para establecer "bases temporarias" a fin de poder actuar en la zona. Esta es una caracter&iacute;stica propia de un sistema multipolar, no de uno bipolar. <br /><br />*<br /><br />Contrariamente, en un sistema bipolar, no se puede alcanzar un "orden global" sino dentro de cada uno de los bloques, hegemonizados por cada uno de los actores polares en pugna -si hubiera "entendimiento" en vez de pugna entre los actores polares, se tratar&iacute;a de una "diarqu&iacute;a"-. Las alianzas son permanentes y la seguridad es colectiva. <br /><br />*<br /><br />No existe un "poder legislativo" -un Parlamento- a nivel internacional. Los que deciden en nombre de los actores -los que "gobiernan" los Estados; organismos internacionales; empresas multinacionales; actores transnacionales- act&uacute;an como "colegisladores" pero, estos actores son individualmente responsables de la aplicaci&oacute;n y cumplimiento de las normas acordadas. <br /><br /><strong>GENERACI&Oacute;N Y APLICACI&Oacute;N DEL PODER</strong><br /><br /><br /><br />La generaci&oacute;n y la aplicaci&oacute;n del poder debe verse tanto en t&eacute;rminos de la "estructura global", como en una o varias "&aacute;reas tem&aacute;ticas" diferenciadas. <br /><br />*<br /><br />Hasta ahora hemos estado trabajando con el concepto de "ejes b&aacute;sicos de relacionamiento mundial" divididos en "segmentos". <br /><br />*<br /><br />En principio, los actores polares, ejercen poder "globalmente", generando "reglas" en todas las &aacute;reas tem&aacute;ticas o segmentos de relacionamiento. <br /><br />*<br /><br />No obstante, si tom&aacute;ramos cada uno de esos segmentos, ver&iacute;amos que tienen una modalidad propia de generaci&oacute;n y aplicaci&oacute;n de poder. La manera en que opera el poder en el segmento financiero, es diferente de la manera en que lo hace en el comercial, en el cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gico, o en el de la seguridad militar. <br /><br />*<br /><br />La pregunta es: &iquest;el poder es aplicable "globalmente", independientemente del "segmento" de donde provenga? Por ejemplo, &iquest;por qu&eacute; el poder militar norteamericano no resolvi&oacute; el conflicto provocado por los paises de la OPEP al mundo industrilizado, en 1973? La capacidad militar norteamericana -&uacute;nica intacta hasta el momento- &iquest;es suficiente para competir con el poder econ&oacute;mico-tecnol&oacute;gico de paises como Jap&oacute;n y Alemania y seguir jugando un papel de superpotencia mundial? &iquest;La capacidad militar de Rusia que equivale a la norteamericana, podr&iacute;a resolver los problemas econ&oacute;micos que tiene?; etc.. <br /><br />*<br /><br />&iquest;Es "canjeable" el poder de un segmento para ser aplicado a situaciones o aspiraciones en otros segmentos? &iquest;Se puede "construir" poder a partir de un segmento hasta alcanzar poder "global"? &iquest;Podr&iacute;an haber construido poder "global" los paises de la OPEP, a partir del beneficio financiero provocado por el "impacto" generado en 1973? El poder econ&oacute;mico-tecnol&oacute;gico de que disponen actores como Jap&oacute;n o Alemania, &iquest;puede transformarse en "poder global" d&aacute;ndoles a estos Estados capacidad polar? <br /><br />*<br /><br />Podr&iacute;amos introducir un nuevo interrogante, que nos derivar&iacute;a en otra forma de conceptualizaci&oacute;n del poder, sin que se niegue la anterior: &iquest;se puede no ser pasible de poder? &iquest;Puede un Estado -persona o grupo social- liberarse del poder de otro o no estar subordinado al poder de otro? En principio ser&iacute;a factible, si se considera el ejemplo de pol&iacute;tica "pendular" del Egipto de Nasser frente a las dos superpotencias, de la misma manera que la India de Nehru. Aunque &eacute;sta no se puede considerar como la &uacute;nica manera, ni como el modelo. <br /><br />*<br /><br />Cuando un Estado no necesita lo que otro tiene, no est&aacute; subordinado a la influencia del otro. Esto significa rehusarse a ser receptor de poder. &iquest;Es esto factible? &iquest;En qu&eacute; medida? <br /><br />*<br /><br />Adem&aacute;s, deber&iacute;amos hacer una diferencia entre el "poder relacional", en t&eacute;rminos de capacidad de cambiar los resultados o de afectar la conducta de otros dentro de un r&eacute;gimen determinado -esto es sin modificar el r&eacute;gimen- y el "metapoder", o capacidad de cambiar las reglas del juego -modificar el r&eacute;gimen vigente-. <br /><br />*<br /><br />Los resultados pueden cambiarse tanto alterando los recursos de los que disponen los actores individuales, como cambiando los reg&iacute;menes que condicionan la acci&oacute;n. Jap&oacute;n y Alemania, haciendo uso del "poder relacional" cambiaron y alcanzaron objetivos importantes, dentro del r&eacute;gimen vigente. Los paises de la OPEP, a trav&eacute;s del "metapoder" modificaron el r&eacute;gimen en varios segmentos del "eje" econ&oacute;mico. <br /><br />*<br /><br />El "poder relacional" acepta las metas y las estructuras institucionales existentes. El desaf&iacute;o es lograr metas de manera eficiente, dentro de ese contexto. Un ejemplo es la negociaci&oacute;n de la deuda externa, siguiendo los criterios establecidos por la banca transnacional acreedora, el "Club de Par&iacute;s", las reglas del FMI y los requisitos del Plan Baker/Brady. De la misma manera los acuerdos de "Stand By" que los Estados celebran con el FMI, donde procuran sacar las m&aacute;ximas ventajas, sin modificar el r&eacute;gimen vigente. Igualmente las relaciones de intercambio entre el mundo industrializado y el mundo subdesarrollado en lo que hace al intercambio de recursos. <br /><br />*<br /><br />El "metapoder" rechaza las metas y estructuras institucionales existentes, promoviendo nuevas metas -mejorar los ingresos por parte de los paises petroleros a partir de la modificaci&oacute;n del precio- e incluso nuevas instituciones -los paises del tercer mundo promoviendo un Nuevo Orden Econ&oacute;mico Internacional (NOEI) m&aacute;s justo-. Entra en este concepto la cantidad de asociaciones creadas sobre otros productos, como hierro, bauxita, banano, caf&eacute;, az&uacute;car, etc.. <br /><br />*<br /><br />Analizar&eacute; la problem&aacute;tica del poder a partir de tres perspectivas te&oacute;ricas: <strong>A</strong>) Poder y contrapoder; <strong>B</strong>) Poder en t&eacute;rminos de "estructura global" y poder por "&aacute;reas tem&aacute;ticas", y la "construccion del poder relacional o del meta-poder"; y <strong>C</strong>) La "autonom&iacute;a" o el "poder sobre s&iacute; mismo". <br /><br />---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------<br /><br /><strong>PODER y CONTRA-PODER.</strong><br /><br />Resulta importante considerar que todo poder puede encontrar un "contra-poder" -v.g.: EUA vs. URSS o a la inversa en el contexto bipolar, o actualmente, los miembros de la "Tr&iacute;ada" entre s&iacute;, en el terreno econ&oacute;mico- en el &aacute;mbito internacional como en el &aacute;mbito interno. Pero tambi&eacute;n puede ser el "contra-poder" de los pa&iacute;ses de la OPEP -"verticalmente" y hacia "arriba"- frente al mundo industrializado, aunque aqu&eacute;llos no ten&iacute;an poder militar o el desarrollo industrial de los &uacute;ltimos; o el poder -contrapoder "verticalmente" y hacia "arriba"- demostrado por Khomeini al tomar como rehenes a diplom&aacute;ticos norteamericanos, hecho que no pudo ser neutralizado -&iquest;contrapoder o poder disciplinario por parte de EUA?- por la primera potencia militar del mundo occidental, cost&aacute;ndole la reelecci&oacute;n a Carter y la continuidad en el poder al partido dem&oacute;crata. <br /><br />*<br /><br />Toda &eacute;lite puede toparse con una "contra-&eacute;lite". Esto significar&iacute;a que las naciones podr&iacute;an encontrarse con "alternativas" hacia las cu&aacute;les inclinarse. Creo que uno de los problemas que se dan en los sistemas pol&iacute;ticos latinoamericanos, es justamente la falta de "contra-&eacute;lites", y por ende de alternativas. Los grandes vac&iacute;os son ocupados por qui&eacute;nes tienen poder o forman parte de la gran telara&ntilde;a pol&iacute;tica, dominando todas las posibilidades, sin que se pueda hacer nada en favor de los intereses aut&eacute;nticos de la Naci&oacute;n, ya que no pueden ver otras alternativas hacia las cuales inclinarse. Esto se puede observar actualmente (1995) y, especialmente desde principios de los &rsquo;90, que la falta de alternativas de "izquierda" (no estoy hablando del comunismo; no es la &uacute;nica izquierda) en Am&eacute;rica Latina, favorece el predominio casi irrestricto del "neoliberalismo" en toda la regi&oacute;n. La contra&eacute;lite plantear&iacute;a una "direcci&oacute;n" alternativa haciendo uso de un contrapoder, o de su poder, si se encuentra en el "turno" en el que lo ejercita gobernando, esta vez como &eacute;lite. <br /><br />*<br /><br />El poder no s&oacute;lo est&aacute; compuesto por recursos tangibles, sino tambi&eacute;n por recursos intangibles, como el car&aacute;cter nacional, o la voluntad de la &eacute;lite para afectar el comportamiento de otras naciones. <br /><br /><strong>EL PENSAMIENTO DE MORGENTHAU SOBRE EL PODER.</strong> <br /><br />Cuando Hans Morgenthau habla de poder, no hace referencia al poder del hombre sobre la naturaleza, o sobre un medio de expresi&oacute;n art&iacute;stica como el lenguaje, la oratoria, el sonido o el color, sobre los medios de producci&oacute;n o de consumo o sobre s&iacute; mismo en el sentido de autocontrol. Se refiere al dominio del hombre sobre las mentes y las acciones de otros hombres. <br /><br />*<br /><br />Por poder pol&iacute;tico entiende a las relaciones de dominio entre los detentores de la autoridad p&uacute;blica y entre estos y la gente en general. Se definir&iacute;a como la influencia que un actor ejerce sobre otro. <br /><br />*<br /><br />La influencia proviene de tres fuentes: <strong>a</strong>) la espera de beneficios (por parte del influenciado); <strong>b</strong>) el temor a circunstancias adversas; y <strong>c</strong>) el respeto o aprecio por hombres o instituciones. Puede ser ejercida a trav&eacute;s de &oacute;rdenes, amenazas o persuaci&oacute;n, la autoridad o carisma de un hombre o de un departamento o una combinaci&oacute;n de ellos. <br /><br />*<br /><br />De acuerdo con Hans Morgenthau, es un aspecto caracter&iacute;stico de las pol&iacute;ticas tanto nacionales como internacionales, que sus manifestaciones no se muestren como realmente son: manifestaciones de la lucha por el poder. Por el contrario, se justifican en t&eacute;rminos &eacute;ticos, legales o biol&oacute;gicos. Es decir: la verdadera naturaleza de la pol&iacute;tica se oculta por justificaciones y racionalizaciones ideol&oacute;gicas. <br /><br />*<br /><br />La realidad puede anular la ideolog&iacute;a vigente, toda vez que aquella se aleja de lo que &eacute;sta quiere reflejar, aunque siempre ser&aacute; reemplazada por otra. Por ejemplo las relaciones EUA-URSS a partir de la Cumbre de Reikjavick de 1985; la "perestroika" y el "glasnost" desarrollados por el gobierno sovi&eacute;tico de Gorbachov o la pol&iacute;tica de "modernizaci&oacute;n" iniciada (aunque luego accidentada en su aplicaci&oacute;n) por el gobierno de China comunista. Mientras la idea y la realidad tiendan a converger -en esto juega un papel muy importante la "propaganda"- ideolog&iacute;a vigente permanecer&aacute; como un vasto manantial de poder. Para Morgenthau la presencia de masas ideol&oacute;gicas en las relaciones internacionales, implica que en el mundo hay s&oacute;lo espacio para uno, y el otro debe desaparecer o ser destruido -l&oacute;gica del sistema bipolar basado en la guerra fr&iacute;a. Las relaciones son "amigo-enemigo": o vos o yo, los dos juntos no-. De la misma manera las masas nacionalistas, se encuentran en la arena internacional, sosteniendo cada una su concepci&oacute;n del mundo, convencidas de que tienen que ejecutar el mandato de la historia. <br /><br />*<br /><br />El ejercicio del "contrapoder" es permanente entre los actores polares -sea por la b&uacute;squeda de la destrucci&oacute;n mutua, modelo guerra fr&iacute;a, o por la competencia en &aacute;reas tem&aacute;ticas y/o geogr&aacute;ficas, como se dio en el orden del siglo XIX y tiende a darse en la actualidad-, y factible -en t&eacute;rminos relativos- de ser ejercido para -por lo menos- mantener el equilibrio, toda vez que no se puede conseguir una mayor ventaja por sobre el otro -supremac&iacute;a- o se busque que el otro no siga avanzando y saque m&aacute;s ventajas que las que obtuvo. <br /><br />*<br /><br />Sin embargo, no resulta tan f&aacute;cil ese mismo ejercicio por parte de actores no polares, sean estos potencias intermedias o actores perif&eacute;ricos. Para comenzar, el contrapoder se utilizar&iacute;a no para mantener el equilibrio, ya que lo que se quiere, es romper el status quo; sino para alcanzarlo, en la medida de lo posible; b&aacute;sicamente para maximizar la capacidad de desempe&ntilde;o. <br /><br />*<br /><br />El problema es resolver, no s&oacute;lo un mejoramiento de la situaci&oacute;n de los paises "no polares", sino tambi&eacute;n -este es un tema que le compete a la concepci&oacute;n idealista-normativa que ha dado lugar a las corrientes basadas en el "deber ser", sin contemplar a la realidad tal cual es- lograr que el sistema internacional mantenga ciertas pautas del comportamiento que favorezcan un "orden justo". <br /><br />*<br /><br />Esto s&oacute;lo ser&iacute;a factible, en principio -de acuerdo con la concepci&oacute;n realista-, a trav&eacute;s de un sistema global de "equilibrio de poderes", en el que los actores menores deber&iacute;an realizar alianzas a fin de poder "equilibrar" su capacidad negociadora respecto de los actores mayores. <br /><br />*<br /><br />Morgenthau plantea, frente a este tipo de situaciones, la realizaci&oacute;n de "alianzas maximizadoras". <br /><br />*<br /><br />Ejemplo de ello puede ser la Comunidad Econ&oacute;mica Europea (CEE), hoy Uni&oacute;n Europea (UE), frente a la capacidad de desarrollo y control del mercado mundial por parte de EUA durante el bipolarismo. Si no existiera la Uni&oacute;n Europea, los paises de la Europa occidental, individualmente, tendr&iacute;an pocas alternativas frente a la realidad actual, en vez de formar parte de la "Triada". <br /><br />*<br /><br />Otro tipo de alianza maximizadora -m&aacute;s all&aacute; de &eacute;xitos y fracasos-, ha sido el Movimiento de Paises No Alineados. No cabe duda, que el proceso de descolonizaci&oacute;n masivo que se dio en Asia y especialmente en Africa, tiene como factor rector y consolidador a este Movimiento. De la misma manera que del cap&iacute;tulo econ&oacute;mico del Movimiento y del Grupo de los 77 salieron las propuestos para un Nuevo Orden Econ&oacute;mico Internacional (NOEI) m&aacute;s justo, que provoc&oacute; cambios sustantivos en las relaciones Norte-Sur, generando compromisos que, aunque no fueron cumplidos ni alcanzados, significaron un factor de cambio. <br /><br />*<br /><br />Un ejemplo contundente fue el impacto producido por la alianza OPEP, que gener&oacute; una revoluci&oacute;n tanto en el orden financiero, como en el tecnol&oacute;gico, toda vez que el mundo industrializado debi&oacute; orientarse a la b&uacute;squeda de tecnolog&iacute;as energ&eacute;ticas alternativas. <br /><br />*<br /><br />No obstante, si se observa atentamente, los ejemplos dados muestran que el &eacute;xito de las conductas que derivan en una resistencia al orden imperante basadas en la construcci&oacute;n de un contrapoder, surgen en el &aacute;rea en la que no predomina el poder rector del sistema, sino en otras en las que es posible actuar "subrepticiamente" -durante el bipolarismo Alemania y Jap&oacute;n crecieron desarrollando la capacidad tecnol&oacute;gica e industrial, no la capacidad militar-. Desde ya, tanto Alemania como Jap&oacute;n, estaban ocupados militarmente, en el primer caso, por EUA y la URSS dividi&eacute;ndola, y en el segundo, por EUA. Rusia hoy, no est&aacute; ocupada militarmente. Adem&aacute;s, tiene una capacidad en ese orden equivalente a la de EUA, que no le sirve de todas maneras -pese a las visiones conspiracionistas de muchos- para resolver sus problemas. Su problema central es, c&oacute;mo construir poder econ&oacute;mico, para transformarse en un pa&iacute;s competitivo a nivel mundial, de acuerdo con las nuevas tendencias. <br /><br />*<br /><br />El caso de la desintegraci&oacute;n de la URSS -e incluso del declinio de EUA- responde, no al triunfo de Reagan en la guerra fr&iacute;a -la URSS perdi&oacute; la guerra fr&iacute;a pero no fue EUA el que la gan&oacute;- sino a la "emergencia", "subrepticia" durante a&ntilde;os, de dos poderes econ&oacute;micos, como el de Alemania y Jap&oacute;n, aunque no tienen la capacidad nuclear de EUA. Tampoco le sirvi&oacute; a EUA su capacidad nuclear para contrarrestar a la OPEP, o para resolver la crisis de los rehenes de Ir&aacute;n. &iquest;Le sirve la capacidad nuclear que tiene actualmente Rusia, para mantener, en reemplazo de la ex-URSS, su condici&oacute;n de potencia planetaria? <br /><br />*<br /><br />La clave del contrapoder est&aacute; en encontrar un punto en el que se pueda "neutralizar" y si fuera posible "contrarrestar" las actividades ejercidas por otro/s. Esto derivar&iacute;a, en principio, en un equilibrio. No obstante, como se ver&aacute;, depende de si los actores son "pares" o "subordinados", el equilibrio funciona de distinta manera. <br /><br />*<br /><br />Hoy, la "construcci&oacute;n" de poder pasa, fundamentalmente, por el desarrollo del segmento cient&iacute;fico y tecnol&oacute;gico, pero no conectado al eje estrat&eacute;gico-militar, como en los &uacute;ltimos 50 a&ntilde;os, sino en &aacute;reas vinculadas a lo econ&oacute;mico-social. <br /><br /><strong>EQUILIBRIO DE PODER Y SISTEMA MUNDIAL.</strong><br /><br />El equilibrio de poder en su forma m&aacute;s simple, funciona de la siguiente manera: en un mundo an&aacute;rquico -con el t&eacute;rmino "an&aacute;rquico" no se hace referencia a un mundo carente de orden, sino carente de un gobierno central, en el que gobierna el o los actores que predominan porque tienen mayor capacidad de poder- de Estados-naciones, cada protagonista busca maximizar su seguridad -la seguridad no es un concepto esclusivamente militar; se puede buscar seguridad econ&oacute;mica, financiera, etc.- a trav&eacute;s del incremento del poder. En esta "competencia", el anhelo de seguridad se expresa principalmente en la b&uacute;squeda de maximizaci&oacute;n del poder propio m&aacute;s -o gracias a- el de los aliados que favorezcan a esta maximizaci&oacute;n. Puede ser una alianza militar como TIAR, OTAN o el ex Pacto de Varsovia; o un proceso integrativo como el NAFTA por ejemplo, e incluso una "cuasi-confederaci&oacute;n" como la Uni&oacute;n Europea. <br /><br />*<br /><br />La seguridad de todos, los que se encuentran en el "tope" del sistema, se obtiene si ninguna de las naciones alcanza preponderancia por sobre las otras. Cada vez que el equilibrio peligre, los sistemas de "contralianza" operar&aacute;n para restablecerlo. La contralianza puede ser cualquiera de las desarrolladas durante la existencia del sistema multipolar (1815-1914), por ejemplo las que llev&oacute; a cabo la Prusia de Bismark con otras potencias europeas para aislar a Francia; o la OPEP frente a las "Siete Hermanas" como se conoc&iacute;an a las empresas petroleras privadas que ven&iacute;an explotando el petr&oacute;leo en el Medio Oriente y otros paises del orbe. <br /><br />*<br /><br />Si un actor o grupo de actores no polares -alianza maximizadora- intenta modificar el status quo para mejorar su inserci&oacute;n, buscando un equilibrio con los dominantes, lo que ocurre -en la medida del &eacute;xito- es que se "rompe" el equilibrio vigente modific&aacute;ndose la estructura. <br /><br />*<br /><br />Resulta muy dif&iacute;cil que un conjunto de actores menores logren tal grado de coalici&oacute;n en el corto plazo, como para alterar el equilibrio vigente e incluso modificar la estructura. Esto requiere plazos largos y permanentes actualizaciones de las estrategias que se siguen -estrategias alternativas-, ya que los dominantes utilizar&aacute;n "contra-estrategias" orientadas a romper o hacer fracasar a la "alianza" -divide et impera-. A la actual Uni&oacute;n Europea (UE) le cost&oacute; m&aacute;s de 40 a&ntilde;os alcanzar la condici&oacute;n presente y a&uacute;n tiene dificultades internas. Generalmente la maximizaci&oacute;n de las capacidades se orientan -al menos en el corto y mediano plazo- a encontrar formas de modificar el r&eacute;gimen vigente, m&aacute;s que a romper el equilibrio -v.g. CEE frente a EUA en el mercado mundial, u OPEP frente al mundo industrializado-. <br /><br />*<br /><br />El equilibrio inicial en el "tope" del sistema -horizontalmente-, se alcanza luego de un proceso de "polarizaci&oacute;n" entre los principales protagonistas; proceso en el que ya ninguno podr&aacute; sacar m&aacute;s ventajas que las que sac&oacute; al resto ni podr&aacute; impedir que los otros saquen m&aacute;s ventajas que las que sacaron; y "verticalmente" toda vez que los actores polares manejan a los perif&eacute;ricos dentro de marcos "razonables" -razonables para los hegem&oacute;nicos- de resistencia. <br /><br />*<br /><br />La "configuraci&oacute;n de poder" resultante -la estructura: uni, bi o multipolar- comenzar&aacute; a generar "equilibrios" de poder, en el "tope" y "verticalmente", acorde con las caracter&iacute;sticas esenciales de funcionamiento del sistema. <br /><br />*<br /><br />Hay distintos tipos de equilibrio de poder. Los definir&eacute; en mis t&eacute;rminos como: <br /><br /><strong>a</strong>) Equilibrio "mec&aacute;nico", que presume paridad relativa entre los actores, v.g.: la "pentarqu&iacute;a" europea en el siglo XIX; EUA y la URSS durante el bipolarismo; actualmente la "Tr&iacute;ada". <br /><br /><strong>b</strong>) Equilibrio "pol&iacute;tico", basado en un "acuerdo" pol&iacute;tico entre partes que tienen equilibrio mec&aacute;nico, que plantea una pol&iacute;tica de balance a fin de mantener el equilibrio, v.g.: el "acuerdo" arribado en el Congreso de Viena de 1815 sobre un orden del "sistema multipolar" basado en el balance de poder. <br /><br /><strong>c</strong>) Equilibrio "hegem&oacute;nico", que es el "equilibrio del sistema". El actor polar -como "conductor" del sistema- mantiene, en relaci&oacute;n a los miembros de su &aacute;mbito de influencia, una conducta de relativa "tolerancia" a las actividades independientes o aut&oacute;nomas de estos; m&aacute;s all&aacute; de las cuales "interviene" de diversas maneras -el Sistema Interamericano est&aacute; plagado de ejemplos sobre este particular a trav&eacute;s de lo que se conocen como &lsquo;Reuniones de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores"- para mantener el "equilibrio del sistema" -status quo-. Se trata de un equilibrio "desequilibrado" a favor del hegem&oacute;n. V.g.: el equilibrio del "sistema Interamericano", basado en el "intervencionismo" permanente por parte de EUA para evitar que los gobiernos latinoamericanos desarrollen pol&iacute;ticas o econom&iacute;as que puedan poner en tela de juicio la seguridad o los intereses econ&oacute;micos de ese pa&iacute;s o de sus ciudadanos o empresas. <br /><br />*<br /><br />Las situaciones de equilibrio son diferentes si se trata de: <br /><br /><strong>a</strong>) Un sistema bipolar; ya que predominar&aacute;, muy probablemente, la pugna por la supremac&iacute;a entre los dos actores polares -en el "tope" del sistema-, justificando esta pugna ideol&oacute;gicamente, y cuyo equilibrio resultante se basar&aacute; en lo que, durante la guerra fr&iacute;a se denomin&oacute; el "equilibrio del terror" por el temor a que la destrucci&oacute;n del otro implique la mutua destrucci&oacute;n. En el nivel "vertical" de relacionamiento, las conductas de los hegemones en relaci&oacute;n a los miembros de sus &aacute;mbitos respectivos, ser&aacute; de prevenir -o sancionar- cualquier posibilidad de que se transformen en generadores de "inseguridad" para sus intereses como conductores de bloque. <br /><br /><strong>b</strong>) Un sistema multipolar; ya que predominar&aacute; la pol&iacute;tica del balance -en el "tope" del sistema-. Si bien todos intentar&aacute;n sacar un m&aacute;ximo de ventaja por sobre el resto, la garant&iacute;a de todos radica en el mantenimiento del equilibrio (balance). En el nivel "vertical", los miembros no polares, sean potencias intermedias o perif&eacute;ricos, tendr&aacute;n m&aacute;s margen de acci&oacute;n que en un sistema bipolar, ya que la pugna ideol&oacute;gica en el "tope" del sistema no procede, a la vez que hay una mayor "difusi&oacute;n" del poder existente. <br /><br />*<br /><br />En lo que hace al balance dentro del equilibrio multipolar, se da el caso en el que todos los miembros act&uacute;an de manera tal de mantener el equilibrio seg&uacute;n las circunstancias y otros en los que un actor realiza el papel de "mediador" -v.g.: Gran Breta&ntilde;a en la "pentarqu&iacute;a" europea durante el siglo XIX-, por lo que el balance no se realiza "autom&aacute;ticamente" sino que es "regulado" por el "mediador". <br /><br />*<br /><br />La esencia del proceso del equilibrio -en el "tope" del sistema- es "frenar" al poder con un "contrapoder". La t&eacute;cnica para llevar a cabo esto (balance) ha sido el sistema de "alianzas y contra-alianzas" ad hoc. Un ejemplo cl&aacute;sico es: la alianza Austro-Brit&aacute;nica contra Francia y Prusia en 1740, que pocos a&ntilde;os despu&eacute;s se transform&oacute; en una alianza Anglo-Prusiana en contra de Francia y de Austria. Desde ya, el balance no funciona en un sistema "bipolar" ya que no se pueden realizar alianzas "compensadoras". <br /><br /><strong>EL PODER ESTRUCTURAL.</strong><br /><br /><br />La perspectiva del poder en t&eacute;rminos "estructurales", es la de la distribuci&oacute;n agregada de los atributos de poder entre los Estados. <br /><br /><strong>LEY DE VASOS COMUNICANTES.</strong> <br /><br />La explicaci&oacute;n del poder en t&eacute;rminos de la "estructura global" se basa -a mi criterio- en la "ley de vasos comunicantes"-haciendo una semejanza con qu&iacute;mica y f&iacute;sica-, en el sentido de considerar que el poder (existente en los distintos "segmentos") siempre hallar&aacute; un nivel com&uacute;n. <br /><br />*<br /><br />Con esto quiero significar que el sistema, siempre tender&aacute; a la b&uacute;squeda de un equilibrio (sist&eacute;mico) pero, dependiendo de las caracter&iacute;sticas de las &eacute;pocas, &eacute;ste equilibrio se alcanzar&aacute; de forma distinta. <br /><br />*<br /><br />Los actores polares, que tendr&aacute;n diferente grado de poder (o peso espec&iacute;fico) en distintos "segmentos" de las relaciones mundiales, operar&aacute;n, -no necesariamente con la fuerza militar- para recuperar ventajas en aquellos segmentos en los que carezcan de ventajas comparativas o en los que se encuentren perjudicados, tratando de ejercer presiones a trav&eacute;s de otros segmentos en los que s&iacute; tengan ciertas ventajas y que generen costos altos a qui&eacute;nes los perjudican, para modificar el status existente. De esta manera, opera la "ley de vasos comunicantes", ya que se tiende a un equilibrio usando el poder de un segmento, para mejorar la situaci&oacute;n en otro. <br /><br />*<br /><br />Esta es una conducta "estrat&eacute;gica". EUA bloquea comercialmente a muchos pa&iacute;ses, o ejerce presiones de diferente tipo, para conseguir de sus gobiernos determinadas pol&iacute;ticas o conductas, en diferentes &aacute;reas, toc&aacute;ndolos en los puntos -segmentos- donde son d&eacute;biles. Por ejemplo -entre muchos otros-, la exigencia norteamericana al gobierno argentino de que promulgue cuanto antes una "Ley de Patentes", amenazando con que sino no habr&aacute; inversiones. Lo mismo en relaci&oacute;n al gobierno chino. <br /><br />*<br /><br />El poder en t&eacute;rminos "estructurales", puede recibir impactos, no en la "globalidad", sino en alguno de los segmentos. Por lo tanto, los cambios en la "estructura de ese segmento" no necesariamente modificar&aacute;n el poder "global", pero s&iacute; lo afectar&aacute;n. <br /><br />*<br /><br />Los paises industrializados que fueron afectados por el impacto OPEP buscaron, en el mediano plazo, estrategias suficientes -contra-estrategias-, para conjurar la situaci&oacute;n. La "conjura" de la situaci&oacute;n, no necesariamente requiri&oacute; una respuesta militar, de la misma manera que el "realismo" no hubiera propuesto soluciones de ese tipo. Pensar en ello, ser&iacute;a no entender verdaderamente al realismo. <br /><br />*<br /><br />Los Estados que son fuertes, lo son en las principales &aacute;reas tem&aacute;ticas. Y en aquellos casos en que, como el de la energ&iacute;a, se muestran d&eacute;biles, tratan de paliarlos a trav&eacute;s de la capacidad en otras &aacute;reas, v. gr.: la cient&iacute;fico-tecnol&oacute;gica, como para desarrollar tecnolog&iacute;as alternativas y resolver las situaciones de desventaja y vulnerabilidad. <br /><br />*<br /><br />Esto no es as&iacute; en el caso de los paises que no son fuertes, precisamente porque no controlan las &aacute;reas m&aacute;s importantes; por lo que el equilibrio en los vasos comunicantes termina "fluyendo" en el sentido del poder global. <br /><br />-------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------]]></description><pubDate>Mon, 28 Mar 2005 17:18:00 +0000</pubDate></item><item><title>CUBA: El d&#xED;a despu&#xE9;s de la muerte de FIDEL.</title><link>https://triunfo.blogia.com/2005/032501-cuba-el-dia-despues-de-la-muerte-de-fidel-.php</link><guid isPermaLink="true">https://triunfo.blogia.com/2005/032501-cuba-el-dia-despues-de-la-muerte-de-fidel-.php</guid><description><![CDATA[<strong>TEMA</strong>: Cuba probablemente no saldr&aacute; de su estancamiento actual hasta despu&eacute;s de la desaparici&oacute;n de Fidel Castro.<br />.<br /><strong>RESUMEN</strong>: El resbal&oacute;n de Fidel Castro el 20 de octubre de 2004 fue otro recordatorio de que, tarde o temprano, el Comandante faltar&aacute;. Aunque otros factores a&uacute;n pudieran precipitar cambios profundos, Cuba probablemente no salga del estancamiento actual hasta despu&eacute;s del velorio. Este an&aacute;lisis pone la mirada sobre un d&iacute;a despu&eacute;s fijado en 2005 &oacute; 2006 y perfila a los cuatro actores principales en el panorama pol&iacute;tico cubano, a saber, la elite dirigente, la ciudadan&iacute;a en Cuba, el gobierno de Estados Unidos y la comunidad cubana en Miami. Un gobierno sucesor que perdurara al menos a corto plazo ser&iacute;a el escenario probable si los sucesores se mantuvieran cohesionados e implementaran reformas econ&oacute;micas tipo China y Vietnam. &iquest;Bastar&iacute;a abrir la econom&iacute;a para que el gobierno recuperara cierta legitimidad ante la poblaci&oacute;n? EEUU y los &ldquo;halcones&rdquo; en Miami s&oacute;lo contemplan una transici&oacute;n r&aacute;pida a la democracia. &iquest;Qu&eacute; har&iacute;an si la sucesi&oacute;n se estableciera? &iquest;Podr&iacute;a el Miami cubano evolucionar r&aacute;pidamente hacia posiciones moderadas una vez desaparecido Castro?<br /><br /><strong>AN&Aacute;LISIS</strong>: Fidel Castro se resbal&oacute; el 20 de octubre de 2004 en Santa Clara. A diferencia de su desmayo en junio de 2001 cuando no pudo reaccionar, esta vez tard&oacute; unos pocos minutos en dirigirse al p&uacute;blico &ndash;&ldquo;Estoy entero&rdquo;&ndash; y acto seguido tom&oacute; las riendas de su traslado a un hospital habanero. Al d&iacute;a siguiente, Castro explic&oacute; a la poblaci&oacute;n que los m&eacute;dicos lo operaron bajo anestesia administrada por v&iacute;a raqu&iacute;dea y, por tanto, hab&iacute;a atendido &ldquo;las tareas m&aacute;s importantes que me corresponden&rdquo;.<br />--------------------------------------------------------------------------------------------------------<br />En la Mesa Redonda Informativa transmitida el 25 de octubre el Comandante anunci&oacute; el fin de la circulaci&oacute;n del d&oacute;lar estadounidense. Desde el 8 de noviembre, el peso convertible circula en su lugar. A partir del 15 de noviembre, el canje de d&oacute;lares de EEUU por pesos convertibles conlleva un 10% de recargo, es decir, se ha devaluado el d&oacute;lar estadounidense frente al peso convertible, lo cual perjudica a los cubanos cuyas remesas provienen principalmente de Estados Unidos. &ldquo;Hace falta que no vuelva a caerse&rdquo;, coment&oacute; un bicitaxista en La Habana.<br /><br />La salud de Castro es una primer&iacute;sima raz&oacute;n de Estado en Cuba. M&aacute;s de 45 a&ntilde;os en el poder sin contrapesos no se gastan en vano y su muerte provocar&aacute; cambios de todo tipo. Quiz&aacute; uno de los m&aacute;s impredecibles sea c&oacute;mo se ver&aacute;n afectados psicol&oacute;gicamente los actores principales sobre el tablero pol&iacute;tico cubano, a saber, la elite dirigente, la ciudadan&iacute;a en Cuba, el gobierno de Estados Unidos y la comunidad cubana en Miami. La elite, &iquest;se sentir&aacute; aliviada o sin comp&aacute;s? Los cubanos de a pie, &iquest;seguir&aacute;n aguantando resignadamente? Washington y los &ldquo;halcones&rdquo; en el Miami cubano, &iquest;se aferrar&aacute;n a la pol&iacute;tica del enfrentamiento?<br /><br />El juego de los escenarios prospectivos es imprudente. Pero, aun as&iacute;, de eso se trata: proyectar el comportamiento de los cuatro actores una vez despedido el Comandante. Como tambi&eacute;n se trata de armar un an&aacute;lisis y no una novela, la fecha del velorio se fija para el 2005 &oacute; 2006 cuando los actores tendr&iacute;an un perfil parecido al de hoy.<br /><br /><strong>La &eacute;lite dirigente.</strong><br /><br />Contra casi todos los pron&oacute;sticos, Castro y su gobierno sobrevivieron la ca&iacute;da del muro de Berl&iacute;n. Si el Comandante hubiera fallecido antes de la posguerra fr&iacute;a, &iquest;c&oacute;mo hubieran enfrentado Ra&uacute;l Castro y los dem&aacute;s sucesores esos dificil&iacute;simos a&ntilde;os de principios de los 90? Los escenarios contrafactuales son a&uacute;n m&aacute;s traicioneros pero improbablemente hubieran sobrevivido &ndash;de haber sobrevivido&ndash; de la forma en que lo lograron con &eacute;l. Cuando falte Castro, los sucesores afrontar&aacute;n la monumental tarea sin antecedente de trazar pol&iacute;ticas y forjar consensos sin &eacute;l a la par de mantenerse cohesionados.<br /><br />A principios de los 90, Castro consinti&oacute; refunfu&ntilde;ando a una cierta liberalizaci&oacute;n econ&oacute;mica, a saber, la legalizaci&oacute;n del d&oacute;lar estadounidense, el trabajo por cuenta propia en algunos oficios y una mayor autonom&iacute;a para las cooperativas agr&iacute;colas. Nunca, sin embargo, se asumi&oacute; la siguiente rueda que inclu&iacute;a la creaci&oacute;n de un peque&ntilde;o y mediano sector empresarial nacional. Las reformas, por lo tanto, se estancaron. En 2003 el impasse cedi&oacute; al retroceso al dictarse nuevas restricciones al trabajo por cuenta propia, centralizarse el turismo bajo la sombrilla militar y prohib&iacute;rsele a las empresas estatales el manejo de divisas. La reciente medida respecto al d&oacute;lar estadounidense es, en parte, otro paso sobre la marcha atr&aacute;s.<br /><br />Aunque para el grueso de la ciudadan&iacute;a la econom&iacute;a es la prioridad m&aacute;s acuciante, no es as&iacute; para el Comandante. Su rechazo al socialismo de mercado es notorio y casi tan visceral como el que siente por el capitalismo. En consecuencia, la dirigencia est&aacute; maniatada. El congreso del Partido Comunista, por ejemplo, debi&oacute; celebrarse en 2002 &oacute; 2003, pero pende sin fecha todav&iacute;a por la negativa de Castro a poner las reformas al centro.<br /><br />Una reestructuraci&oacute;n econ&oacute;mica profunda hubiera implicado nuevas formas de gobernar. Los comunistas cubanos &ndash;como los de China y Vietnam&ndash; se hubieran preocupado m&aacute;s por generar riqueza que por movilizar a las masas. En vez de esto, lo que est&aacute;n librando desde mediados de 2000 es una llamada &ldquo;Batalla de Ideas&rdquo; para recargar la conciencia revolucionaria de las masas. La elite dedica m&aacute;s atenci&oacute;n y recursos a la movilizaci&oacute;n de cuatro millones de personas &ndash;como en las recientes maniobras militares del 13 al 19 de diciembre&ndash; que a liberar las energ&iacute;as ciudadanas con miras al bienestar econ&oacute;mico nacional. Con todo, la guerra en Irak y el informe sobre la transici&oacute;n en Cuba publicado por el Departamento de Estado en mayo de 2004 hacen que sectores de la elite y de la poblaci&oacute;n concuerden con Castro respecto a la amenaza que el segundo mandato de George W. Bush representa para el pa&iacute;s.<br /><br />Castro, adem&aacute;s, ha revivido con fuerza viejos h&aacute;bitos forjados en pleno apogeo revolucionario durante los 60 cuando gobernaba por cuenta propia con pocos apegos institucionales civiles que, por otra parte, no estaban muy desarrollados. A partir de los 70 hasta fines de los 90, se asent&oacute; un entramado institucional asumido del entonces campo socialista que, mal que bien, funcionaba. La renuencia de Castro a centrarse en la econom&iacute;a y la impotencia de la elite de ponerle l&iacute;mites como la china le hizo a Mao a principios de los 70 significa que las movilizaciones, la ideolog&iacute;a y la defensa son el principal comp&aacute;s. &Eacute;stas tambi&eacute;n le facilitan a Castro &ndash;el gobernante cuentapropista&ndash; atender &ldquo;las tareas m&aacute;s importantes&rdquo; que le corresponden mayormente a trav&eacute;s de sus colaboradores m&aacute;s pr&oacute;ximos y las altas instancias militares. En parte, el Partido Comunista, los ministerios y la Asamblea Nacional del Poder Popular han pasado a un segundo plano en la pol&iacute;tica nacional (aunque no en las provincias y los municipios) y no era as&iacute; en los 90. Si la econom&iacute;a fuera el eje de la pol&iacute;tica gubernamental, la institucionalidad cobrar&iacute;a su debido lugar.<br /><br />El descuido de la econom&iacute;a y el incremento del personalismo no son un buen punto de partida para el d&iacute;a despu&eacute;s. A los sucesores no les quedar&aacute; m&aacute;s remedio que volcarse sobre la econom&iacute;a y sustentarse en la institucionalidad, es decir, contravenir la direcci&oacute;n que Castro le daba al pa&iacute;s en sus &uacute;ltimos a&ntilde;os. Continuar con las pautas castristas ser&iacute;a la v&iacute;a m&aacute;s segura al colapso definitivo. El escenario de continuidad al pie de la letra ser&iacute;a, por lo tanto, poco probable. Los sucesores, despu&eacute;s de todo, buscar&iacute;an reafirmarse en el poder.<br /><br />Los escenarios m&aacute;s previsibles se dar&iacute;an en torno a la implementaci&oacute;n de las reformas para relanzar la econom&iacute;a y as&iacute; ganar cierta legitimidad ante la poblaci&oacute;n. La decisi&oacute;n clave girar&iacute;a alrededor de la gradaci&oacute;n de &eacute;stas: &iquest;A medias como en los 90? &iquest;Modestamente ampliadas como ser&iacute;a una mayor liberalizaci&oacute;n del trabajo por cuenta propia? &iquest;A plenitud como en China y Vietnam? Cualquiera que fuera la combinaci&oacute;n, las reformas desatar&iacute;an nuevas din&aacute;micas en la sociedad cubana en un plazo relativamente corto. &iquest;C&oacute;mo responder&iacute;an los sucesores? &iquest;Con cautela o con audacia? &iquest;Con dureza o apertura? &iquest;Lograr&iacute;an consenso o se desvelar&iacute;an fisuras y facciones? &iquest;Podr&iacute;a Ra&uacute;l Castro &ndash;quien ha vivido siempre a la sombra de su hermano&ndash; dar un viraje de 180 grados para as&iacute; pasar a la historia con m&eacute;ritos e iniciativas propios?<br /><br /><strong>La ciudadan&iacute;a.</strong><br /><br />La supervivencia de los 90 fue posible, en parte, por la relativa quietud ciudadana. El que los cubanos no se lanzaran a las calles como los ciudadanos de los antiguos pa&iacute;ses socialistas no debi&oacute; haber sorprendido. Cuba no era como Europa del Este en al menos dos sentidos. Por un lado, la revoluci&oacute;n hab&iacute;a sido aut&oacute;ctona y hab&iacute;a representado las aspiraciones de casi todos los cubanos. El fin de la guerra fr&iacute;a no desenlaz&oacute; los nudos cubanos de sus or&iacute;genes y del curso seguido desde el 1 de enero de 1959. Por otro lado, la voluntad de la elite cubana de mantenerse en el poder nunca ha flaqueado y fue reafirmada sin titubeos luego de caer el muro. &ldquo;Somos nosotros y eso no tiene alternativa&rdquo;, dijo Castro respondiendo a su propia pregunta ret&oacute;rica sobre quienes deb&iacute;an gobernar a Cuba.<br /><br />La gran mayor&iacute;a de los cubanos a&uacute;n no ha cobrado conciencia del &ldquo;poder de los sin poder&rdquo;. La represi&oacute;n es efectiva porque su car&aacute;cter es mayormente de baja intensidad. Los espacios p&uacute;blicos est&aacute;n casi exclusivamente copados por el discurso oficial que es particularmente estrecho y mon&oacute;tono porque la ideolog&iacute;a es su motor. En Cuba, la ciudadan&iacute;a libra batallas campales por el pan de cada d&iacute;a. Al mismo tiempo participa en los rituales oficiales para no buscarse problemas. La doble moral &ndash;el decir una cosa en p&uacute;blico y creer otra en privado&ndash; y la ilegalidad &ndash;por las abultad&iacute;simas proscripciones a las transacciones mercantiles&ndash; son ineludibles. Los cubanos afligidos por &ldquo;una lesi&oacute;n antropol&oacute;gica&rdquo; &ndash;al decir de monse&ntilde;or Pedro Meurice Estiu, arzobispo de Santiago de Cuba&ndash; son demasiados y, por ende, no pueden asumir el protagonismo que les corresponde. No pocos sue&ntilde;an con irse del pa&iacute;s.<br /><br />C&oacute;mo, cu&aacute;ndo y de qu&eacute; manera los cubanos de a pie dejar&aacute;n de ser actores pasivos es impredecible. La inconexi&oacute;n popular del discurso oficial no se ha traducido en una oposici&oacute;n con poder de movilizaci&oacute;n y convocatoria. La brecha abierta entre la elite y la ciudadan&iacute;a es, no obstante, insalvable bajo los par&aacute;metros castristas. Por eso es que la muerte de Castro presentar&aacute; a los sucesores con la oportunidad de tender puentes abriendo la econom&iacute;a. &iquest;Bastar&iacute;an las reformas econ&oacute;micas para que la sucesi&oacute;n ganara legitimidad y estabilidad? Por el contrario, &iquest;se enlazar&iacute;an relativamente r&aacute;pido con demandas ciudadanas de una apertura pol&iacute;tica que llevara a una transici&oacute;n?<br /><br />En cualquier escenario, tres actores surgidos o fortalecidos despu&eacute;s de 1990 &ndash;los empresarios asociados a las empresas mixtas, la iglesia cat&oacute;lica y la oposici&oacute;n&ndash; podr&iacute;an ser particularmente influyentes. &iquest;Se conformar&iacute;an los empresarios con una liberalizaci&oacute;n econ&oacute;mica profunda? &iquest;C&oacute;mo quedar&iacute;an sus v&iacute;nculos &ndash;hoy estrechos y dependientes&ndash; con la esfera pol&iacute;tica? &iquest;Qu&eacute; har&iacute;a la iglesia si los sucesores limitaran las libertades religiosas concedidas a principios de los 90? En sentido opuesto, &iquest;qu&eacute; har&iacute;a si por fin lograra acceso a los medios masivos o permiso para abrir escuelas primarias? &iquest;Ser&iacute;a entonces osada o cautelosa la iglesia? Los opositores declarados del r&eacute;gimen &ndash;vapuleados por la ola represiva de 2003&ndash; son faros morales en el sombr&iacute;o panorama pol&iacute;tico nacional. &iquest;Desempe&ntilde;ar&iacute;an labores decisivas que aceleraran la transici&oacute;n? De ser as&iacute;, &iquest;qu&eacute; papel jugar&iacute;an? &iquest;Les pasar&iacute;a lo que a sus hom&oacute;logos en los antiguos pa&iacute;ses socialistas quienes, por lo general, no han sido determinantes en la pol&iacute;tica? Lo sean o no, lo cierto es que las ideas alzadas por la oposici&oacute;n &ndash;libertad y democracia&ndash; son puntos cardinales para que los cubanos recuperen su esp&iacute;ritu y ejerzan el poder ciudadano que les corresponde.<br /><br /><strong>El gobierno de Estados Unidos.</strong><br /><br />La Ley Helms-Burton (1996) y el informe de la Comisi&oacute;n de Apoyo a una Cuba Libre (2004) son los documentos rectores de la pol&iacute;tica de Estados Unidos hacia el gobierno cubano y constituir&iacute;an la hoja de ruta para el d&iacute;a despu&eacute;s del velorio.<br /><br />La ley establece condiciones puntuales para normalizar las relaciones con Washington, entre ellas que no figuren ni Fidel (entonces ya difunto) ni Ra&uacute;l Castro, que se atiendan las reclamaciones sobre las propiedades confiscadas y que se convoquen elecciones libres. Por su parte, el informe presenta un programa detallad&iacute;simo para la transici&oacute;n que, sin embargo, refleja pocos conocimientos de la Cuba real &ndash;se dice, por ejemplo, que habr&iacute;a que vacunar a los ni&ntilde;os menores de cinco a&ntilde;os&ndash; e inmiscuye a Estados Unidos &ndash;aunque siempre aclarando que la cooperaci&oacute;n estadounidense se dar&iacute;a s&oacute;lo si fuera solicitada por un gobierno democr&aacute;tico en Cuba&ndash; en la casi totalidad de los asuntos que le competen, fundamentalmente, a los cubanos en la isla. En resumen, la pol&iacute;tica del gobierno de Bush &ndash;la m&aacute;s severa desde principios de los 60&ndash; no admite consideraci&oacute;n alguna de una sucesi&oacute;n y reclama una transici&oacute;n lo m&aacute;s r&aacute;pida posible.<br /><br />La cuesti&oacute;n de fondo es c&oacute;mo se impide la sucesi&oacute;n y se acelera la transici&oacute;n desde el exterior. Despu&eacute;s del velorio, el gobierno cubano probablemente logre reconstituirse a medio plazo, entre otras razones porque es el actor mejor articulado. Si se arraigara una reestructuraci&oacute;n econ&oacute;mica profunda, se tratar&iacute;a de un largo plazo que no ser&iacute;a tan largo como en China y Vietnam por el car&aacute;cter urbano y la apertura al exterior de la sociedad cubana. Incluso en China y, en menor grado, en Vietnam, ya aparecen algunas grietas pol&iacute;ticas. Las econom&iacute;as de mercado exitosas &ndash;como las de Corea del Sur, Taiwan y Chile&ndash; tienden finalmente a la liberalizaci&oacute;n pol&iacute;tica.<br /><br />&iquest;C&oacute;mo se pudiera dar un cambio de r&eacute;gimen a corto plazo? Los sucesores pudieran convencerse r&aacute;pidamente de la inviabilidad de la sucesi&oacute;n y, por ende, convocar&iacute;an un gran di&aacute;logo nacional con miras a pactar la transici&oacute;n. Este escenario es improbable ya que equivaldr&iacute;a a que la elite se &ldquo;rindiera&rdquo; de antemano. Pudiera suceder, sin embargo, que a la elite la sucesi&oacute;n se le fuera de las manos. Por ejemplo, una migraci&oacute;n desordenada hacia Florida, una explosi&oacute;n popular y/o una crisis humanitaria crear&iacute;an un contexto propicio a una intervenci&oacute;n de Estados Unidos. As&iacute; y todo, la coyuntura tambi&eacute;n pudiera inducir un di&aacute;logo nacional que facilitara la transici&oacute;n y, de esa manera, evitar una ocupaci&oacute;n estadounidense.<br /><br />El reciente informe da pie a la suposici&oacute;n de que algunos sectores de la administraci&oacute;n Bush contemplan una acci&oacute;n militar que apure la transici&oacute;n. Es la primera vez que un documento oficial elimina el adjetivo &ldquo;pac&iacute;fica&rdquo; para calificar a la transici&oacute;n y, en su lugar, emplea &ldquo;r&aacute;pida&rdquo;. Por su minuciosidad, el informe adem&aacute;s casi parece un manual para un gobierno ocupante.<br /><br />M&aacute;s preocupante a&uacute;n es que la administraci&oacute;n no parece tener una hoja de ruta alterna a una transici&oacute;n r&aacute;pida. &iquest;Qu&eacute; pasa si la sucesi&oacute;n se estableciera? &iquest;Continuar&iacute;a el embargo ad infinitum? Por el contrario, &iquest;cabr&iacute;a dar una se&ntilde;al alterna como ser&iacute;a una declaraci&oacute;n &ndash;la de Bush padre la dio&ndash; que Estados Unidos no alberga intenciones militares hacia Cuba? &iquest;Tomar&iacute;a el Congreso la iniciativa, por ejemplo, anulando la Helms-Burton? Ante una Cuba enfrascada en un proceso real de reestructuraci&oacute;n econ&oacute;mica, &iquest;No ser&iacute;a l&oacute;gico que los empresarios estadounidenses se movilizaran por el levantamiento del embargo? &iquest;Se enfrentar&iacute;a la administraci&oacute;n Bush y la que le siga en 2008 a la Uni&oacute;n Europea, Canad&aacute; y Am&eacute;rica Latina que, sin duda, acelerar&iacute;an el engagement con un gobierno sucesor comprometido con las reformas econ&oacute;micas?<br /><br /><strong>La comunidad cubana en Miami.</strong><br /><br />El Miami cubano sostiene sobre sus hombres el embargo: un 65% lo apoya, si bien s&oacute;lo un 25% lo considera eficaz. El peso electoral de la Florida as&iacute; como la intensidad y entrega con que los cubanoamericanos se movilizan en torno a Cuba acent&uacute;an el poder del Miami cubano. Por el contrario, para los que se oponen al embargo, Cuba es uno de m&uacute;ltiples y variados intereses. Si, por ejemplo, los agricultores del Midwest &ndash;que ya le venden grano y otros productos agr&iacute;colas a Cuba&ndash; dedicaran tes&oacute;n y recursos exclusivamente a cambiar la pol&iacute;tica de EEUU, habr&iacute;a cambios. Los estados del Midwest tambi&eacute;n tienen un peso electoral considerable.<br /><br />El Miami cubano, sin embargo, tiene matices y se contradice. Las encuestas patrocinadas por el Cuba Study Group &ndash;hombres de negocios que buscan moderaci&oacute;n y equilibrio en la pol&iacute;tica de EEUU hacia Cuba&ndash; arrojan lo siguiente:<br /><br />&bull; El 62% considera que el enfrentamiento ha fracasado.<br />&bull; El 57% considera que el futuro de Cuba debe ser negociado entre cubanos y no en Washington.<br />&bull; El 77% piensa que la democratizaci&oacute;n de Cuba es responsabilidad cubana y no estadounidense.<br />&bull; El 74% prefiere una transici&oacute;n pac&iacute;fica y gradual.<br />&bull; El 65% opina que la oposici&oacute;n en la isla ser&aacute; m&aacute;s determinante del futuro de Cuba que el exilio.<br /><br />Al mismo tiempo, una encuesta realizada recientemente por la Universidad Internacional de la Florida registra lo siguiente:<br /><br /><br />&bull; El 55% apoya un di&aacute;logo nacional entre el gobierno cubano, la oposici&oacute;n y el exilio.<br />&bull; El 60% favorece una invasi&oacute;n por Estados Unidos.<br />&bull; El 70% aprueba la venta de medicinas y el 55% la de alimentos.<br />&bull; El 46% secunda el levantamiento de las restricciones a los viajes a Cuba.<br /><br />Aunque contradictoriamente, la comunidad cubanoamericana ya est&aacute; en transici&oacute;n y no s&oacute;lo por lo que revelan estas encuestas. Su perfil demogr&aacute;fico est&aacute; cambiando porque las generaciones del exilio tradicional van pasando y porque los cubanos que llegaron despu&eacute;s del Mariel se acercan a la mayor&iacute;a del Miami cubano. Los que nacieron en Estados Unidos y los que salieron de Cuba despu&eacute;s de 1980 tienden a ser m&aacute;s flexibles en cuanto al embargo y a inscribirse en los partidos Dem&oacute;crata y Republicano en proporciones parecidas. La gran mayor&iacute;a de votantes cubanoamericanos, sin embargo, provienen de las filas de los que llegaron en los 60.<br /><br />La desaparici&oacute;n de Castro podr&iacute;a acelerar la transici&oacute;n en Miami. &iquest;Lograr&iacute;an los &ldquo;halcones&rdquo; mantener su poder e influencia sin el factor principal que los cohesion&oacute;? Si en La Habana la elite pudiera dividirse por el ritmo de las reformas, &iquest;no pudiera pasar lo mismo en Miami por c&oacute;mo lidiar con Cuba despu&eacute;s del velorio? De establecerse la sucesi&oacute;n y despuntar la econom&iacute;a, &iquest;no habr&iacute;a cubanoamericanos interesados en invertir en Cuba, incluso para establecer negocios con sus familiares all&aacute;? &iquest;No ser&iacute;a l&oacute;gico que los que llegaron despu&eacute;s de 1980 &ndash;generalmente con familia en la isla&ndash; presionaran para el fin de las restricciones a los viajes? Sin Castro, &iquest;no es posible que la opini&oacute;n a favor de una invasi&oacute;n de Estados Unidos a Cuba ceda ante las que favorecen una soluci&oacute;n entre cubanos, pac&iacute;fica y gradual? Por el contrario, si los sucesores perdieran el control r&aacute;pidamente, los &ldquo;halcones&rdquo; podr&iacute;an entusiasmarse con una intervenci&oacute;n de Estados Unidos aunque, claro, el curso de los acontecimientos en Irak podr&iacute;a dificultar esta opci&oacute;n.<br /><br /><strong>Conclusiones</strong>: &iquest;Qu&eacute; duda cabe que la desaparici&oacute;n de Fidel Castro dejar&aacute; un vac&iacute;o? Su muerte y el subsiguiente desenlace del per&iacute;odo revolucionario &ndash;de eso se tratar&iacute;a, incluso, si la sucesi&oacute;n se estableciera a medio o largo plazo&ndash; marcar&aacute; un hito singular en la historia de Cuba. Atenuar la polarizaci&oacute;n que anteced&iacute;a a la revoluci&oacute;n y que fue agravada tr&aacute;gicamente despu&eacute;s de 1959 ser&iacute;a entonces el desaf&iacute;o mayor si los actores principales se interesaran con seriedad y equilibrio por lograr para Cuba la mayor normalidad posible. Ojal&aacute; que as&iacute; sea, aunque requerir&iacute;a que, sobre todo, los sucesores, el gobierno de Estados Unidos y el Miami cubano actuaran con una fina inteligencia pol&iacute;tica que casi nunca han puesto de manifiesto. Quiz&aacute;, no obstante, se crezcan ante el momento hist&oacute;rico que enfrentar&aacute;n.<br /><br />Una ocupaci&oacute;n de Cuba por Estados Unidos &ndash;posible pero no probable&ndash; conformar&iacute;a un escenario catastr&oacute;fico. Ahogar&iacute;a las esperanzas de normalidad para Cuba. Har&iacute;a trizas las relaciones de EEUU con Am&eacute;rica Latina y, en menor grado, con la Uni&oacute;n Europea. Ser&iacute;a echarle le&ntilde;a al fuego del antiamericanismo ya rampante por la guerra en Irak. Aunque Estados Unidos se impondr&iacute;a, no se debe desestimar la voluntad de resistencia de ciertos sectores en Cuba. &iquest;C&oacute;mo impedir que la cat&aacute;strofe se materialice?<br /><br />La elite cubana &ndash;especialmente las fuerzas armadas&ndash; har&iacute;a todo lo posible por evitar las situaciones que pudieran provocar una respuesta militar estadounidense. Para ello, claro est&aacute;, tendr&iacute;a que mantener un justo equilibrio entre la cautela y la audacia adem&aacute;s de estar dispuesta, en &uacute;ltima instancia, a compartir o dejar el poder. El escenario de una explosi&oacute;n popular se alejar&iacute;a si los sucesores recuperaran &ndash;aunque fuera a medias&ndash; la confianza de la ciudadan&iacute;a. Convendr&iacute;a que la administraci&oacute;n Bush confeccionara una hoja de ruta para una posible sucesi&oacute;n a medio plazo. Desde el siglo XIX, la consideraci&oacute;n principal de Washington respecto a Cuba ha sido que all&iacute; imperaran la estabilidad y el orden. La sensatez, por tanto, debiera prevalecer en alg&uacute;n momento.<br /><br />Si Washington, de hecho, contemplara los acontecimientos en Cuba desde lejos y dejara que fueran los cubanos &ndash;en la isla y en la di&aacute;spora&ndash; los que desataran sus enredad&iacute;simos nudos, los d&iacute;as y los a&ntilde;os despu&eacute;s del velorio podr&iacute;an rendir frutos para bien. Sobre el Miami cubano caer&iacute;a una responsabilidad singular para que as&iacute; fuera: convertirse en una fuerza disuasoria contundente ante Washington. &iquest;Qu&eacute; ganar&iacute;a el Miami cubano? Asegurar su lugar en el futuro de Cuba con peso propio y no ajeno. Ser&iacute;a, sin duda, un paso firme hacia la normalidad que los cubanos necesitamos para, por fin, vivir en paz.<br />------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- <br /><strong>Marifeli P&eacute;rez-Stable.</strong><br />Vicepresidenta, Di&aacute;logo Interamericano, Washington, DC.]]></description><pubDate>Fri, 25 Mar 2005 21:15:00 +0000</pubDate></item></channel></rss>
